domingo, 31 de mayo de 2009

La mafia judía en la Argentina


Por FABIAN SPOLLANSKY

Dedicado a:
AL AMOR DE MI VIDA, NANCY.
A MIS HIJOS MARCOS, SHARON Y JOSE NATAN.
A LOS ÁRBOLES PLANTADOS EN SAN LORENZO, SALTA.
A LAS VICTIMAS DE LA MAFIA, Y A LOS JUDIOS DE LA ARGENTINA.

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DETRÁS DE CADA GRAN FORTUNA HAY UN CRIMEN
BALZAC

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Cuando vean que el dinero fluye hacia quienes trafican influencias y no a los que comercian honradamente.
Cuando vean que los hombres se hacen más ricos a través de la estafa y no del trabajo.
Cuando vean que las leyes los amparan a ellos, en lugar de protegerlos a ustedes.
Cuando vean que la corrupción permite el éxito social y que la honestidad se convierte en un sacrificio sin sentido,
Entonces sabrán que su sociedad está condenada a muerte”.
Ayn Rand



INDICE:
Introducción /13
Ocho razones tuve para escribir este libro
Prólogo
Cómo surgió la idea de este libro
Elzstain: Propiedades Agrarias
La mafia Elsztain -Mindlin y la crisis del campo
La mafia presiona al kirchnerismo y a la oposición, impulsa a los funcionarios para cobrar las retenciones y empuja al campo a resistirlas, y además lava dinero
Capítulo I/23
Antecedentes de la mafia judía en Estados Unidos
La Kosher Nostra
Hasta dónde llegaron Luciano y Lansky
La mafia judía en la Argentina, sus orígenes
La Zwi Migdal
Los temeyim
Mafia, crimen organizado, delincuencia de cuello blanco
Capítulo II/33
Mafia judía y menemismo
La política privatizadora cedió poder político a las Mafias
Beraja y Menem: historia de una asociación ilícita
Privatizaciones escandalosas
La actuación de Espartaco Rojo en la privatización del Banco Hipotecario Nacional
¿Cómo se regaló el Banco Hipotecario?
¿Cómo se consiguieron los 1.200 millones de dólares para pagar la compra del 25% de las acciones del Banco Hipotecario Nacional?
La mafia se apropia de territorios
Capítulo III/53
Los miembros de la mafia
Las sociedades: ¿refugios, escondites, aguantaderos legales o estructuras de despiste para evitar cualquier seguimiento o investigación?
Sociedades en las que participa el gang
Sociedades de Bolsa vinculadas al gang
Elsztain y Zang manejan la Bolsa de Buenos Aires

Capítulo IV /71
El Padrino (GEVATTER EN IDISH)
El Estado Mayor del GEVATTER
Saúl Zang
Marcos Marcelo Mindlin
Martín Esteban Paolantonio
Tzvi Grumblat
Clarisa Lifsic de Estol
Guillermo Harteneck
Mario Blejer
El gang y sus grandes contactos en el directorio global
Edgard Bronfman
Sam Zell
Michael Steinhardt
Gorges Soros
Una “suciedad” generó la pelea de Soros con el gang
Los conseglieri: Estudio Jurídico Zang, Bergel, Viñes y Asociados
El gang Zang y el Banco Mayo
Las manos en la lata
Capítulo V /97
Vivencias personales con algunos miembros de la mafia
Roberto Apelbaum
La “Carta de despedida de Apelbaum”
La respuesta de Edgardo Fornero y Ricardo Gómez
Roberto Apelbaum unía a Elzstain con Macri
Ernesto Viñes
Capítulo VI/105
Historia de una querella
De cómo hice caer a un vicepresidente de la mafia
Apelbaum y Fabiana Katz de Apelbaum

Capítulo VII /109
Los tentáculos del pulpo
IRSA Inversiones y representaciones
Algunas sociedades vinculadas
Algunas sociedades controladas
Algunos problemas del gang con la Comisión Nacional de Valores
Sumario SAPSA (Alto Palermo)
Otros ilícitos
Felisa Miceli y el Banco Hipotecario investigados por maniobras
APE: Acuerdo Preventivo Extrajudicial del BHSA
Miceli, Elzstain y los ADR
Las financieras BH
Venta de 4600 Mutuos Hipotecarios
Capítulo VIII /131
Cómo terminó Beraja
La “inocencia” del Patricios
Operatoria de las mesas de dinero
Otras personas deudoras
Operación irregular con Icatur SA
Asistencia crediticia en cuenta corriente
Análisis jurídico de la imputación
Participación criminal
Capítulo IX/201
¿Cómo van a terminar Elsztain y su gang?
Algunas cuestiones del gang con la justicia penal
Eduardo Elsztain, Felisa Miceli y los ADR
Allanamiento del BHSA
Firmas de balances del BHSA
Querella al Banco Hipotecario
El ardid
Presentaciones realizadas por la Asociación en Defensa de la Vivienda familiar de la República Argentina (Adevifra)

Epílogo/217
La necesidad de un gran movimiento antimafia
El fenómeno toughs jews y nosotros
El fenómeno hofjuden y nosotros
La Mafia maneja todo
Apéndice /221
Bibliografía /233

Introducción
Ocho razones tuve para escribir este libro
En Jánuca se celebra “la entrega de los poderosos en manos de los débiles, los muchos en manos de los pocos... y los malvados en manos de los justos...”
En los ocho días de Jánuca prendemos ocho velas, empezando con una vela el primer día, y agregando una vela más cada día, generando más y más luz. Las velas se prenden con una novena vela llamada “Shamash” (servidor).
Humildemente voy a ser el “SHAMASH” para dar luz...
Vaya encender ocho velas, y espero que duren toda la vida:
La primera de ellas es mi propia responsabilidad como judío con relación a mi pueblo. No puedo admitir ya tanto silencio entre nosotros mismos, tanto hacer oídos sordos a la verdad, tanto negarse a admitir lo que nos está ocurriendo. Desde luego, miro al mundo desde la Argentina, pero también desde mi época y desde seis milenios que llevo en mi sangre.
La segunda, para nada menor que la anterior, es cierta pretensión profética, un deseo profundo de advertir contra el error que atrae el mal y contra el mal aparentemente menor que se transforma en un imán que trae el mal absolutamente mayor. Quizá lo que está ocurriéndonos, nos está pasando en todo el mundo y, como pasa con todos los pueblos, no sea algo que viene simplemente desde el ayer inmediato. Pero en nuestro caso se ha agravado de muy mala manera y se presenta de un modo ofensivo y ostentoso en estas tierras del sur del mundo.
La tercera es la responsabilidad como ciudadano argentino de enfrentar, descubrir, y revelar poniendo a la vista de todos, un entramado de hechos de corrupción punibles jurídicamente desde la legislación y repudiables desde nuestra ética de fundamento religioso. Si las leyes y los tribunales de la patria de nuestra nacionalidad estatonacional dejan hacer y dejan pasar a todas las mafias posibles, ¿cómo es que desde nuestra ética varias veces milenaria vamos a silenciar este abuso que nos hiere y nos humilla?
La cuarta es la reafirmación del judaísmo como supervivencia de la verdad frente a la mentira del faraón, frente a la impudicias babilónicas de toda laya, frente a los embustes conspiracionistas del nazi fascismo y el antisemitismo, frente a los genocidios, injusticias y dolores que han soportado nuestro pueblo y toda la humanidad en el transcurso de la historia. ¿Cómo es que hay algunos de nosotros que se dedican sistemáticamente a delinquir para provocar más y más antisemitismo o judeofobia? Esos que organizan mafias para echar a los pobres de su tierra y de sus casas, esos que se adueñaron de la energía a través de “arregladas” e intrincadas privatizaciones, esos que ayer acumulaban miserables fortunas explotando la trata de blancas, esos que no pueden poner freno a su ambición de enriquecimiento financiero ¿no son acaso profundos antisemitas, fundamentadores prácticos de la reacción totalitaria más siniestra?
La quinta es para que el lector perciba una confirmación: este no es un libro para entretener, ni para divertir, ni para divagar. Esta es un arma para luchar contra quienes nos llevan como pueblo a la desazón y al escepticismo. Esta es una herramienta para sembrar verdad y cosechar fraternidad humana. El no poder siquiera criticar a quienes no sólo delinquen sino que reducen a la esclavitud clientelística a nuestros paisanos, enriqueciéndolos primero para luego someterlos a la lealtad silenciosa de una omertá que no viene de nuestra cultura ni de nuestro pasado profundo, pero que es necesaria y funcional al pulpo mafioso y sus tentáculos, ofende y nos hace clamar contra las mil formas de la complicidad, entre las cuales está la religiosa.

La sexta es un compromiso inexcusable: este es un libro que denuncia actividades mafiosas organizadas por diversos gangs integrados por judíos. Desde el título al colofón, es el resultado de un compromiso muy sensible con mis paisanos y con mis compatriotas, con mi familia y con mis amigos. La mafia, los gangs, la máquina de delinquir, los tentáculos que anillan las posiciones de poder formal para usarlas en beneficio de una acumulación especulativo financiera y una apropiación latifundiaria de extensiones incalculables de las tierras más ricas del mundo, y de miles y miles de metros cuadrados en predios urbanos, hieren hondamente y ofenden y nos provocan y convocan a ejercer nuestra responsabilidad cívica, moral, social y religiosa contra la injusticia.
La séptima, es que como judíos tenemos un imperativo: “No olvidar”, o si lo queremos: “Recordar”. Ser memoria permanente de hechos, situaciones, angustias y éxitos que nos han formado como pueblo, como testigos de sucesos que no pueden pasar por alto nuestras vidas, nuestros meses, nuestros días...
Y la octava y última vela la enciende el corazón: si no hubiera escrito este libro, hubiera sentido que también para mí escribía aquella mano sin cuerpo, en la pared de aquel palacio del déspota babilónico, la enigmática frase:
“fuiste pesado en balanza y has sido hallado falto...”

Prólogo
Como primera expresión quiero dejar en claro mi judaidad, la de mi esposa, la de mis hijos, la de mi padre, la de mi madre, de mis abuelas, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos, suegros, abuelos de mi señora, bisabuelos de mi señora, tatarabuelos de mi señora, todos, por parte de madres y padres, con lo que quiero significar que no hay un mínimo porcentaje de sangre que no sea judía, tanto por las venas de mi señora, las mías, la de mis hijos, o sea que soy tanto o mas judío que cualquiera de los que nombro en este libro, haciendo la salvedad que, siendo religioso, no soy ortodoxo. Soy más bien lo que se llama conservador, en el sentido de continuar con la tradición.
La extensa declaración que acabo de describir, es para dejar en claro que me encuentro en el derecho y el deber de aclarar los negocios turbios e ilegales realizados por “mafiosos” judíos que afectan a la comunidad judía argentina.
También dejar sentado que no se trata de ningún resentimiento, por hechos pasados, que llevaron a un enfrentamiento jurídico con sociedades que pertenecen al gang, (específicamente Banco Hipotecario SA) en el cual la justicia me dio la razón a los planteas esgrimidos en esa oportunidad. Nada más lejos de la realidad.
La única intención del presente es demostrar que existe otra mafia que no es la siciliana, ni la italiana, ni la japonesa, ni la rusa, es justamente la MAFIA JUDIA.
Asimismo el hecho de denunciar a esta organización criminal en Argentina no es tirar ninguna piedra y esconder la mano, sino todo lo contrario, es tener una luz de esperanza para que el pueblo argentino piense que no todos los judíos sornas lo mismo.
Quiero desmitificar el derrotero de los judíos de la diáspora y más en Argentina, donde no nos bajan de usureros, y que con el actuar de estos delincuentes le dan la razón a ese pensamiento popular antisemita.
Calzan perfectamente todos estos mafiosos en las definiciones de estudiosos del terna corno lo es Irving Sutherland por ejemplo, donde ya los definía corno ladrones o mafiosos de Cuello Blanco.
El accionar que describo de esta mafia es de libro...
Todo encaja perfectamente con las acciones que realizan en el afán de delinquir, acumular riqueza, en la desesperación de codearse con el poder -a pesar de que son vistos por el mismo poder corno simples “rusitos inteligentes”-y que en la primera de cambio les sueltan la mano, como le pasó a Beraja, otro de los máximos exponentes de los judíos “religiosos” mafiosos de otra época muy reciente.
Cuando el poder (Menem) lo dejó sin protección a Beraja típico hofjude, o “judío de corte”, éste dejó a toda la comunidad judía de Argentina indefensa y con una sensación de abandono y malestar tremenda, sin mencionar la entrega que este hizo de la AMIA.
La idea es decir que tenemos salvación, que no todos los judíos de la Argentina somos como los Elzstain, Zang, Bergel, Mindlin, Lifsip de Estol, Wior, Blejer, Beraja, Grumblat, ni formamos parte de sus gangs.
Sino por el contrario hacerles frente y denunciarlos con hechos concretos, en la misma condición de judío.
Si así no fuera seguramente estaríamos ante la presencia de fascistas y nazis escandalosos, como lo son quienes se han ca11sado de escribir barbaridades (¿verdaderas?) de estos mafiosos, claro que no con una defu1ición del sentido capitalista de la obtención de riquezas y con una forma mafiosa de apropiarse de ella, sino expresarse en un sentido xenofóbico, como el mismo Salbuchi lo dice:

EDUARDO ELSZTAIN: EL DUEÑO DE LA TIERRA EN ARGENTINA
“... si los judíos europeos tomaron Palestina, los judíos de América deben tomar Argentina”.
Sí, soy judío, los denuncio y escribo sobre las barbaridades que estos mafiosos de Cuello Blanco (como los definiría Sutherland) han hecho, están haciendo y van a hacer, y esto no significa escupir para arriba, sino tratar de esclarecer a los argentinos y a la comunidad judía del mundo sobre lo que esta “banda” es capaz de realizar, y asimismo tratar de evitar que estos fascistas como Salbuchi sigan hablando de que la comunidad judía quiere “quedarse” con la Argentina y que éstos revisen el planteo de una vez, y en serio empiecen a tratarlos como una banda de delincuentes cuyo único interés es apropiarse de las riquezas del estado y de particulares afectados en sus operatorias comerciales.
¿Cómo surgió la idea de este libro?
En el año 1995 el entonces Banco Hipotecario Nacional presentó una operatoria que se llamaba “Titulización de Hipotecas con Transmisión de Dominio Fiduciario”, y consistía básicamente en darle al BHN la propiedad en fideicomiso de todas las tierras y proyectos con compradores de viviendas, a cambio de créditos para terminar dichas viviendas que eran asumidos por los compradores. En dicha operatoria inscribí mi empresa constructora de la ciudad de Salta, a efectos de poder participar de ella, previa reunión con un vicepresidente del BHN que luego renunció y donde me dio todas las garantías de seguridad del nuevo negocio.
En ese momento el BHN estaba prácticamente fundido y con esta operatoria, dirigida por el entonces presidente de dicha entidad, Pablo Rojo (cuyo segundo nombre daba la impresión de ser un tipo correcto, revolucionario, serio, intachable, incorruptible y combativo, esos nombres como para respetar, que llevan la carga emotiva de cumplir con un rol en la vida: ESPARTACO) y que consistía en colocar todos estos fideicomisos en bancos extranjeros y de esa forma se fondeaba el BHN.
Aclaremos que largaron esta operatoria ofreciéndola a lo largo y ancho del país a todas las empresas constructoras, gremios, provincias, y también municipios, con tal suerte que se salvaron y empezaron una estrategia destinada a seguir la fiebre de las privatizaciones efectuadas por Menem con socios nuevos, que tomaron con “mucho riesgo” un banco que estaba con muchos problemas pero así mismo con un gran activo (más de 4.000 millones de dólares), y con un presidente del Banco dispuesto a todo.
Para entender la privatización: el grupo lRSA, dirigido por Eduardo Elsztain y Marcos Marcelo Mindlin, entre otros, “compró” la minoría accionaria con dinero puesto por George Soros, y se quedó con el management del BHN, con los activos, etc” y sin poner una sola moneda, como se demostrará con el correr del libro.
Este texto tiene la particularidad que voy a narrar hechos reales relacionados con los entonces compradores o privatizadores del BHN en cabeza del presidente de IRSA, Eduardo Sergio Elsztain, hoy uno de los personajes millonarios de la colectividad judía argentina, cuya fortuna la realizó en los últimos años con la incorporación de un socio como Soros, el famoso inversor nacido en Hungría, residente en Londres y gigantesco operador bolsístico en todo el mundo y principalmente en Nueva York, a quien con el correr del tiempo le hizo tantas trampas que están hoy peleados, al igual que con el otro socio de Argentina, Marcos Marcelo Mindlin, con el cual casi terminan en tribunales dirimiendo sus cuestiones, y donde seguramente no fueron porque terminaban presos los dos.
Eduardo Elsztain y Marcos Marcelo Mindlin lo usaron al “pobre” SOROS para que los inversores y en general la colectividad judía del mundo, creyendo que eran socios del gurú de los negocios (SOROS), les pusieran plata a tipos como estos que les ofrecen un buen verso y proyecciones extraordinarias, pero que hay que esperar el momento cuando les toque devolver esos dineros, que como diría un amigo mío justo en ese momento se van a devaluar y vamos a ver qué cosas les devuelven a los inversores.
Estudiar, y escribir un libro sobre la “mafia judía” en la Argentina no fue una decisión fácil.
No sólo por los peligros asociados a un exceso de curiosidad en sus asuntos, sino que formuló un gran esfuerzo por la escasez de pruebas empíricas y por la falta de credibilidad de las pocas pruebas que por entonces pude conseguir.
Aspectos ambos que facilitaron que gente común y académicos por igual se formaran todo tipo de creencias injustificadas sobre la naturaleza de esta organización mafiosa.

También tuve en cuenta algunos consejos de amigos, todos ellos favorables, por sobre el titulo y los temas que iba a tratar en el mismo, pero muy preocupados por la integridad física tanto mía como la de los míos, porque están totalmente de acuerdo, en conocimiento del perjuicio moral y económico que me infringieron estos mafiosos.
Estando en el mes de mayo del 2008 en Israel, con motivo de celebrarse el 60 Aniversario de la creación del Estado de Israel, y participando de un tour donde la mayoría eran judíos porteños y viajando de TEL A VIV rumbo a Eilat, donde el viaje se hacía un poco monótono surgió la idea de que el que quisiera expresara lo qué estaba sintiendo en ese momento y en Tierra Santa. Yo tomé el micrófono del colectivo y me expresé en el sentido de estar y compartir con tantos judíos que no tienen nada que ver con estos mafiosos y de cómo estábamos quedando con respecto al resto del mundo. Cuando mencioné lo que estaba haciendo (escribiendo un libro) precisando, además, que se refería a la colectividad, con mucha insistencia me pidieron más datos y precisiones y el título. Lo tuve que decir y se hizo un silencio brutal. Tuve la aprobación del título del libro y del contenido del mismo en el 98% de los que íbamos en el colectivo, salvo una pareja que no entendió porque creyó que yo iba a escribir en el libro que todos los judíos eran mafiosos. Destaco que me dio más fuerza para seguir porque todos están de acuerdo conmigo, pero nadie se anima a decir ni a escribir algo tan palpable en nuestra colectividad.
En este aspecto tuve mucha suerte porque todos los elementos y pruebas reunidos en forma fehaciente fueron aportados por el accionar de la misma gente que integra esta organización mafiosa, sólo era cuestión de interpretar los pensamientos y acciones que este grupo ejecuta y donde le caben perfectamente todas y cada una de las definiciones académicas y vulgares consultadas.
Mi interés por la mafia judía surge en gran parte por mi experiencia personal. Encontrarle un sentido se convirtió en un desafío irresistible.
La idea de escribir este libro surge a partir de la relación que me genera Eduardo
Elsztain con el arquitecto Jaime Grinberg, director del BHSA (relacionado con el escándalo de la bolsa encontrada en el baño del despacho -de la ministra de economía, Felisa Miceli.)
Cuando Elsztain telefónicamente me comunica que puedo mantener una reunión con este arquitecto Grinberg con el objeto de llegar a un acuerdo luego de que mi empresa obtuviera un fallo favorable en primera instancia del juicio que le iniciáramos al Banco Hipotecario SA por daños y perjuicios en el año 2000.
Esa reunión con Grinberg, director en representación del Estado, según me enteré en ese momento, se realizó en el sexto piso del BHSA, en el comedor de los directores del grupo IRSA, donde hizo alardes de manejo y de poder con respecto a Miceli y Elsztain.
Lo único que me queda claro de esa reunión es que él estaba allí puesto por Felisa Miceli (ministra de economía del momento), cosa que me lo dijo en un tono altamente amenazador, agregando que era el encargado de los arreglos entre Elsztain y la Miceli.
A partir de los problemas de la Miceli con los ladrillos de dinero contante y sonante encontrados en el baño de su despacho y todo lo acontecido con relación a todos estos hechos, comprendí por qué este arquitecto Grinberg se encontraba ahí, lo cual me decidió llamarlo a Elzstain por teléfono para decirle lo que yo opinaba sobre ese tema.
Intenté comunicarme a la oficina del Elsztain. Su secretaria me informó que le expresara por mail todo lo que yo quisiera decir, cuestión que entendí como una negativa a recibir mi llamado.
Entonces decidí escribirle un mail a Eduardo Elzstain manifestándole que él no se sentía lo suficientemente satisfecho con:
• Lo mal que estaba dejando a la colectividad judía con semejante comportamiento por el tema de la Miceli y los sobornos y las denuncias que lo involucraban a él y al BHSA.

• Perjudicar a la gente mediante las operatorias del BHN que incluyeron tanto a las empresas originantes y constructoras, como a los adjudicatarios de créditos.
• Con las Obligaciones Negociables emitidas por el BHSA por más de 1200 millones de dólares, que nunca pagó y le significaron presentarse en un APE (Acuerdo Preventivo Extraconcursal) generándole más de un centenar de pedidos de quiebra, tema que al día de la fecha no está resuelto.
• Los problemas de Elzstain, Mindlin, Zang, Viñes, y sus colaboradores, en forma personal y de sus sociedades con la Comisión Nacional de Valores.
• Las pérdidas que arrojó el BHSA desde que lo maneja el grupo IRSA.
• El vaciamiento que le estaban produciendo al BHSA.
• Todas las denuncias penales que tenían.
• El BHSA estaba técnicamente quebrado según el Acuerdo Preventivo Extraconcursal.
• Destituir a dos funcionarios puestos por la ministra.
• Bajar y comerse “literalmente” una ministra de Economía de un país, cosa que en mi vida había escuchado.
• El embargo de las acciones que tenía el estado en un fideicomiso en Estados Unidos y que un abogado de su entorno (socio de Zang, asesor del BHSA, asesor de Irsa, etc.) Martín Esteban Paolantonio, las realizó con el consentimiento de la Miceli.
Con todo énfasis le manifesté hasta dónde llegaba su soberbia y angurria, (dos de los pecados capitales) y que no le importaba nada de lo que ocurriera con toda la gente que perjudicaba, mandando al muere a dos delfines suyos, y a la ministra misma, lo que le auguré que por ese camino iba a terminar igual que Beraja.
Ese mail lo tenía en la carpeta de borradores y me pareció muy fuerte para mandarlo, pero como le hablé por teléfono y la secretaria me dijo que no me iba a atender personalmente y que todo lo hiciera vía mail, lo estuve pensando un día entero, hasta que se lo mostré a Nancy, mi señora...Ella me decidió:
-”Sí. Si es la verdad, mandáselo”.
Se lo mande a eso de las 14 y 45 horas -Le dije a Nancy:
-Ahora me llama...”
No pasaron más de 15 minutos y suena el celular y veo una llamada de Buenos Aires. Atiendo y era la secretaria de Elsztain, preguntándome si lo podía atender al “Señor Eduardo”. Le contesté:
-”Nunca le negué un llamado a nadie, páseme con él. No tengo ningún problema en atenderlo”.
Con un tono muy agradable Eduardo Elsztain me comienza a dar una serie de explicaciones respecto del mail que yo le había escrito, diciendo por ejemplo:
-”No estoy de acuerdo con vos en lo que me escribiste, no es tan así. Yo no tengo nada que ver con el episodio del baño de la ministra. Nunca antes llegamos a un acuerdo con tu empresa (respecto al litigio que mantenemos) porque los dos somos judíos y un acuerdo entre nosotros no iba a ser bien visto en el ministerio de economía donde yo tengo que rendir cuentas permanentemente de todos los actos del BHSA”.
Fue entonces cuando le dije:

-Me parece raro que me hayas llamado por teléfono para explicarme o rendirme cuentas a mí de algo que se lo tendrás que explicar a la justicia en su momento, a lo que agregó, por la alusión a Beraja:
-Las maldiciones no me llegan. -Le contesté:
-Es una bendición que alguien que no fuera de tu entorno te hiciera reflexionar y decirte las cosas como son y cómo las ve el común de los mortales.
Luego de lo cual se despidió en buenos términos.
Y me quedé pensando que todo lo que le escribí era tan cierto, tan real, que había llegado a él no como una ofensa, sino como un destape de la verdad, que vulneró su soberbia y lo obligó a mostrar debilidad, llamándome a mi celular.
Era tan patético lo que le escribí y a la vez tan verosímil que se molestó tanto hasta perder el orgullo y la dignidad. No aguantó las ganas de decirme cosas que le traicionaban el subconsciente. Como se dice, lo puse en el llano.
No me hubiera llamado, si el mail que le envié no hubiera dicho la verdad, esa misma verdad que no quería escuchar.
Seguí cavilando y descubrí que me había equivocado en algo: Elsztain no va a terminar igual que Beraja. Va a terminar mucho peor.
ELSZTAIN: PROPIEDADES AGRARIAS
El 28 de febrero de 1999, Silvia Naishtat escribió un artículo con muchos datos sobre las propiedades de Elsztain en el campo. El artículo se denominó: 'Dueño de la pampa'. En 1993 IRSA tenía 14 propiedades facturando 24 millones por alquileres. En 1998 tenía 114 propiedades y facturaba por 173 millones con 64,5 millones de ganancias. Cresud tenía en el 2000, la friolera de 468 mil hectáreas y obtenía 200 mil toneladas de granos y 17 mil de carne por año. En el 98 ganó 53 millones de dólares vendiendo cereales, vacas y oleaginosas. Cuando sobrevino la crisis de Asia perdió mucho dinero. Elsztain ya estaba en Brasil en el 2000 unido al grupo Cyrela con el cual formaron Brazil Realty tenían 261 millones en shoppings, edificios y oficinas, en Venezuela eran socios del grupo Velutini, invirtieron 300 millones de dólares. Invirtieron mucho en tierras porque estaban baratas: la hectárea en Europa estaba a 20 mil dólares y en la Argentina a 3 o 4 mil. Gracias a Soros, obtenían recursos en el mercado global de capitales sin demasiados problemas.
La mafia Elstain -Mindlin y la crisis del campo
La mafia presiona al kirchnerismo y a la oposición, impulsa a los funcionarios para cobrar las retenciones, y empuja al campo a resistirlas. Además, lava dinero.
Con el fisco y contra el fisco: ganar con las retenciones y lavar dinero todas las veces que se pueda En pleno conflicto del campo, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner se entrevistó con Eduardo Sergio Elsztain. Los contenidos exactos del diálogo se desconocen. Lo que sí se sabe es que Elsztain fue invitado porque es el principal latifundista cerealero y sojero de la Argentina, influyente, a la vez, sobre las cuatro organizaciones ruralistas -Sociedad Rural, Federación Agraria Argentina, Confederaciones Rurales Argentinas y Coninagro- y empresario de confianza en las esferas de decisión del gobierno.

En el mes de enero del 2008 Eduardo Sergio Elsztain se entrevistó lejos de los despachos oficiales con Martín Lousteau, entonces ministro de economía, y le sugirió elevar “nuevamente” las retenciones. Estas ya habían sido elevadas dos veces durante el 2007.
Más allá de los intereses fiscales en juego, Elsztain necesitaba esta medida para incrementar aún más su ganancia extraordinaria. Sabido es que existe una ganancia extraordinaria básica por el precio internacional y porque la demanda sigue creciendo en el Extremo Oriente.
Pero para poder hacer más fáciles los negocios de penetración terrateniente en Brasil, en Paraguay y en el Este boliviano, le hace falta a la mafia más y más dinero. Esos recursos deben ser extraídos de la gran masa de productores en negro, que ante el crecimiento de las retenciones habrían de quedar a merced de los acopiadores y de los grandes cerealistas exportadores, de los cuales Elsztain y su amigo Marcos Marcelo Mindlin, son los primeros.
El negocio es simple. Cualquier persona puede entender esta lógica de la superganancia fácil sobre un sujeto extorsionado doblemente, por el aparato fiscal del gobierno y por el gran capital concentrado.
Una asociación perfecta: la mafia obteniendo una ganancia extorsiva, mediante la utilización, no de pistolas o “luparas”, sino de un arma mucho más efectiva, el aparato fiscal del Estado.
La gran masa de productores en negro, aquellos a los que el propio fisco no incorpora deliberadamente, se ve obligada a realizar operaciones a pérdida que para intermediarios, acopiadores y cerealistas exportadores son ganancia redonda. Eso motivó el larguísimo paro granario en rechazo a la política fiscal del gobierno, que a los cerealistas no les significó absolutamente ningún riesgo ni mucho menos, costo adicional. Encabezados por la mafia Elsztain, trajeron 4 millones de toneladas de saja del Paraguay que llegaron a Rosario en convoyes de balsas por la Hidrovía del Paraná.
La larga huelga agraria produjo desabastecimiento y, a la vez, un tremendo desprestigio del gobierno, pero los grandes cerealistas silenciosamente, siguieron ganando dinero y consolidaron su expansión en todo el MERCOSUR. La mafia Elsztain avanza rápidamente en el territorio sojizado. Lo obtenido como ganancia extraordinaria con la crisis lo utilizará para extender sus latifundios en Goiás y en el Matto Grosso.
Pero así como se sirve del fisco para extorsionar a los más débiles del circuito productivo, pasa por sobre este cuando se trata de lavado de dinero. El domingo 22 de junio del 2008 se conocieron detalles del lavado de divisas de la Argentina, realizado por grandes capitalistas, noticia que fue difundida por el diario Crítica, en una nota del director de ese medio, Jorge Lanata, que reproducimos íntegra en el apéndice. Uno de los principales lavadores de dinero es Marcos Marcelo Mindlin, socio y amigo de Elsztain. Operaba por medio de JP Morgan, y uno de los ejecutivos de esta banca, Hernán Arbizu, denunció las maniobras en Estados Unidos y en la Argentina.
Capítulo I
Antecedentes en Estados Unidos de la mafia judía
La kosher nostra:
Se denominó Kosher Nostra al jewish mob o mafia judía norteamericana. Ese tipo de organizaciones -o quizá con mayor precisión, 'movimientos sociales delictivos' -eran gang's de New York, lid era dos a principios de siglo por Monk Eastman, 'Big' Jack Zelig, Vach Lewis, llamado también 'Ciclón Louie', Max Zwerbach, entre otros.
Compitieron con los italianos por el control del espacio mafioso de Nueva York.
Eran, también, un resultado de la ghettización, un componente fundamental en la socio etnografía norteamericana. La mafia judía no era un fenómeno exclusivamente newyorkino. Una de las bandas más importantes fue la 'pandilla púrpura' de Detroit. Los gangsters judeo americanos participaron de negocios relacionados con la prostitución y la droga. Controlaron espacios importantes en la burocracia sindical, predominantemente en el sindicato del vestido y en el sindicato del transporte. La presencia judía en la mafia y en circuitos de tráfico ilegal, fue siempre un motivo para los antisemitas y los discursos anti inmigración. Empezaron alrededor del 1900 en el gheto judío de New York con la banda denominada Mano Negra Yidish, dirigida por Jacob Levinsky, Charles Litoffsky y Joseph Toplinsky.
La kosher nostra se organizó con su propia personalidad pero tutelada por la mafia predominantemente siciliana. De otra forma no hubiera podido hacerlo.
Tanto la mafia como la kosher nostra eran sostenedores de un sector del establishment contra el cual, por supuesto, no iban en contra.
Ambas servían a la Nación americana y al Imperio desde fuera de la ley formal.
No fomentaban ninguna crítica del orden tradicional ni del orden moderno establecido.
Antropológicamente funcionaban como estructuras de asimilación. Sostenían el orden social a la vez que extorsionaban a sus personeros, y lo hacían desde una hospitalaria ghettización.
Hasta donde llegaron Luciano y Lansky
En abril de1 2004 se realizó en Viena la Exposición KOSHER NOSTRA.
No fue una novedad, aunque causó un verdadero impacto, porque presentó la historia de la delincuencia judía en Estados Unidos.
Hay una historia de asesinatos entre 1890 y el 2000. El pintor fue el austro-israelí Oz Almog.
Algunos observadores insisten en un punto de coincidencia entre ambas mafias: la figura materna, el papel de la mamma y de la idishe mame.
La asociación más fuerte entre italianos y judíos en este tipo de negocios fueron Salvatore Lucania, conocido como Lucky Luciano, Maier Suchowljansky y Meyer Lansky. Donde todos ellos fueron un polo de poder de Occidente y una máquina muy afinada de producción de corrupción.
Luciano y Lansky, con todo lo importante que fueron no lograron dar forma a un nuevo tipo de acumulación capitalista, como se ha logrado a partir de los Elzstain, Mindlin y compañía, que acumulan riqueza en forma ampliada, con métodos gansteriles, de guante blanco o de cuello blanco como lo describiría Sutherland.

La mafia judía en la Argentina, sus orígenes.
La Zwi Migdal:
La Sociedad Israelita de Socorros Mutuos Varsovia, más conocida como la Zwi Migdal, era una red de proxenetas judeo polaca que operó en la Argentina al menos entre 1906 y 1930 al amparo de la corrupción política, judicial y policial.
En ese período se puso en marcha una poderosa maquinaria de persuasión y engaño, de la que fueron víctimas cientos de jóvenes mujeres, en su mayoría pobres campesinas polacas, muchas menores de edad, ilusionadas con un futuro mejor que el que les deparaba su devastado territorio natal. Pero en lugar de los idílicos romances prometidos por siniestros príncipes azules las aguardaba en la Argentina un inimaginable infierno de sometimiento, brutalidad y esclavización.
Las actividades de la Sociedad quedaron definitivamente descubiertas tras el juicio originado por las denuncias de Raquel Liberman en 1930, desde entonces un referente de las luchas contra la explotación de la mujer. El juicio resultó una farsa que si bien desbarató a la organización no castigó a sus socios, convertidos muy pronto en prósperos comerciantes y empresarios de negocios perfectamente legales, aunque iniciados con dinero sucio.
La transmisión oral señala que muchos proxenetas practicaban la beneficencia. Al igual que estos mafiosos modernos. Numerosas fuentes coinciden al señalar que tanto durante la vigencia de la Migdal como luego de su desarticulación, los proxenetas (mafiosos) realizaron importantes y frecuentes donaciones a instituciones de la comunidad judía. Especialmente se menciona al Hospital Israelita de Buenos Aires.
Dentro del hospital todos sabían que esos tipos donaban plata a la institución, pero en esos tiempos hacía falta y nadie decía nada, aseguraría una enfermera retirada que trabajó en el hospital en la década del 40. La caridad practicada por estos mafiosos, casi obligatoria en el ámbito devoto judío, parece una incongruencia - o quizás una culposa compensación -ante la perversidad y crueldad que ejercían sobre sus negocios.
La similitud con esta mafia actual es imperdible, los civilizados vínculos que la red mafiosa supo tejer con las instituciones judías y su comunidad, un conjunto de relaciones mutuamente convenientes.
Las donaciones efectuadas por Eduardo Elsztain a distintas organizaciones llámense Jabad Lubavitch, Hilel, Birthright, entre otras, también al igual que en los inicios de la mafia judía en argentina y siguiendo la obligatoriedad de la religiosidad o quizás la culposa compensación de todo el daño realizado, y como agradecimiento tal vez de las grandes ganancias producto de los negocios ilegales que lleva a cabo, y con el objeto de poder ser enterrado en un cementerio Israelita, en algún “lugar reservado” únicamente para los honestos.
(Nota: Los mafiosos o proxenetas judíos no pueden ser enterrados en cementerios judíos)
Temeyim
Zwi Migdal, cuya traducción sería la siguiente: Zwi (o Tzvi) quiere decir Gacel, y Migdal quiere decir 'torre'. Fue el nombre propio de uno de los primeros capo mafias de la organización de proxenetas. Los judíos que no pertenecían a la organización de tratantes de blancas denominaban a los miembros de la Migdal, como 'temeyim', o impuros. Trataban de excluirlos, de aislar los de la vida de la colectividad. Querían además sacar los prostíbulos de los ghetos.
La organización criminal Zwi Migdal era una mafia judía dedicada a la trata de blancas. Extraían mujeres de los shtetls, aldeas, más pobre de Europa Oriental. A nivel internacional funcionó entre 1860 y 1939. Era una organización muy grande. Tenía 400 miembros en la Argentina en los años 30. Nunca hubo en la Argentina una banda de esas dimensiones. Al pasar del siglo XIX al XX, tuvo
beneficios anuales de 50 millones de dólares de entonces. La metrópoli de esta organización criminal fue la ciudad de Buen-os Aires; 'desde donde operaba hacia Brasil, Varsovia, Sudáfrica, India y China. Tenía varias sucursales en el Interior de la Argentina. En la década del 20, tenía 430 cafishios, 2.000 prostíbulos y 4.000 prostitutas esclavas. Pero la Zwi Migdal tenía como lema 'el orden, la disciplina y la honestidad'; La organización se llamó originariamente “Varsovia Judía Mutual Aid Society”, pero el7 de mayo de 1906 pasó a llamarse Zwi Migdal. El nombre se debía al fundador de la organización. Traían niñas y las casaban con los proxenetas en ceremonias sin rabino. A veces utilizan rabinos o falsos rabinos. Las chicas tenían entre 13 y 16 años. En Buenos Aires había un prostíbulo de 60 a 80 mujeres. La mayoría de los prostíbulos de la Migdal estaban en calle Junín.
En 1885 se formó una organización judeo argentina denominada 'Asociación para la Protección de Mujeres y Niñas'. Los zwi migdal trataban de ser aceptados por la colectividad haciendo donaciones para las sinagogas y el financiamiento del culto. El primer judío que echó a un cafishio judío de un teatro de la colectividad fue Nahum Sorkin, luego se los echó de las sinagogas y más tarde se les prohibió ser sepultados en el cementerio judío. Hubo una interna y se produjo una escisión denominada Ashkenazum. La dirigía Simón Rubinstein. Raquel Liberman, una mujer polaca nacida en Lodz, los denunció. Operó la investigación un funcionario policial llamado Julio Alsogaray, y el juez Rodríguez acampo los condenó. En septiembre de 1930 hubo 108 detenidos. Los cafishios detenidos apelaron y luego el Ministerio de Justicia soltó a todos, menos a 3. Deportaron los cafishios al Uruguay, pero luego volvieron a Buenos Aires.
Mafia, crimen organizado, delincuencia de cuello blanco
Definición del diccionario de la lengua española
Mafia:
• Organización secreta de criminales originaria de Sicilia, que se caracteriza por emplear la violencia, la intimidación y el chantaje.
• Cualquier organización clandestina de criminales.
• Organización que emplea métodos ilícitos para el logro de sus objetivos y no deja participar a otros en una actividad.
• Unión de personas ligadas por intereses comerciales para beneficiarse.
• Una organización o grupo que no observa métodos rectos para la obtención de los fines que persigue.
La mafia no es sólo una organización delictiva, es una forma de organización política paraestatal, que puede contar con una esfera de decisiones no formales, pero que además puede tener cuadros dentro del aparato de Estado.
El concepto a partir del cual definir mafia, no es un tema exclusivamente siciliano, o relacionado con la venta de protección, o de organizaciones criminales que permanentemente matan para mantener el poder económico que detentan, sino la idea es demostrar que a través de intrincados y enredados manejos económicos, relacionados con el poder y por la forma de organización, demuestran con cada paso esta nueva interpretación que la mafia realiza hoy, con una combinación de actividades antiguas y nuevas:
• Constitución de sociedades que cotizan y que no cotizan en bolsa, armando redes de corrupción con funcionarios desesperados por tener relaciones con gente que ofrece cosas distintas a las que puede esperar cualquier mortal que esté en la administración pública. (Caso Carlos Espartaco Rojo, en la privatización del BHN)
• Uso de regímenes promocionales del estado.

• Contacto permanente con órganos de poder y con gente que detenta el poder 1
• Redes de corrupción en el manejo de estos negocios, impunidad impositiva, laboral, comercial.
• Imponer nombres en los gobiernos, ya sean ministros, legisladores, secretarios de estado, etc. Es el caso de Mario Blejer, a quien nos referiremos detalladamente en este libro, empleado del grupo IRSA a quien se instaló en su momento como presidente del BCRA., o el caso Roberto Apelbaum como Presidente del IVC, instalado en el gobierno de Macri hasta junio del 2008.
• Protección sacra, es decir, un manto de cobertura espiritual, por intermedio de sectas religiosas, es el caso de los Jabad Lubavitch. Fuerte inserción religiosa.
• Manejo y control de la religión en su propio provecho.
• Legitimación a partir de la religión.
• Manejo de dineros que no son propios sino de terceros que no saben cuál es su destino real, ni qué futuro les espera para sus inversiones, como ha ocurrido con las obligaciones negociables emitidas por el BHSA, y que inexorablemente no se van a pagar salvo algunas excepciones previo pedidos de quiebra al BHSA.
• Un alto grado de dispersión de negocios: es el caso de las cientos de sociedades con distintos objetos en las cuales participa todo el gang.
• Una fuerte tendencia a una proliferación incontrolada.
• Un alto grado de centralización.
• Un funcionamiento con concesiones en prestimonios. 2
• Gran cantidad de refugios y uso de lugares y nombres.
• Utilización de intelectuales. Hay una intelectualidad orgánica de la mafia, que esta suele compartir con el Estado.
• Utilización de funcionarios del Estado como parte de su personal operativo (escribanos, contadores, abogados, etc.).
• Falta de códigos con los propios socios (Una “suciedad” generó la pelea de Soros y Elsztain)
• Membresía étnica y código comunicacional de raíz dialectal, excluyente. Puede ser una lengua sometida, un dialecto, un lunfardo o una jerga profesional incomprensible para los legos. Puede ser una jerga financiera.
• Contactos Internacionales.
• Importantes donaciones a instituciones.
Pero para definir a los delincuentes de cuello blanco nos remontamos a la descripción de su propio autor, el sociólogo Edwin H. Sutherland:
“Se refiere a los delitos cometidos por las personas respetables de la alta sociedad, y bien consideradas por todos los poderes del Estado.”
____________
1 CABOT; Diego y OLIVERA, Francisco: Hablen con Julio, Ed. Sudamericana, Buenos Aires, 2007.
2 Prestimonios: Una relación prestimonial se establece entre un poderoso que da en préstamo de usufructo un bien, a cambio de un servicio. Se produce también de un modo inverso entre aquellos que prestan un nombre y reciben un patrimonio en precario. [ILLANES. Daniel: Poder y vasallaje en la política y los negocios. Cuadernos del Laberinto, San Juan. 2002]

Uno de los capítulos más llamativos del trabajo de Sutherland y Conwell es el dedicado al asesor jurídico (llámese en este caso el Estudio Zang, Viñes, Bergel y Asoc.). En él se pone muy claramente de manifiesto que los ladrones profesionales eluden casi siempre la acción de la justicia y por tanto no. sufren condenas en las cárceles. Cuando se crean las condiciones intelectuales para objetivar un problema se abre también la vía a soluciones posibles.
Durante su estancia en Chicago Sutherland tuvo tiempo suficiente para darse cuenta de que las conexiones entre el crimen organizado y los poderes públicos corruptos estaban muy extendidas, tanto en los medios policiales como en la magistratura y la administración. Por otra parte Frederik Thraser, también sociólogo formado en Chicago por la misma época, había puesto claramente de manifiesto en su investigación sobre las bandas -The Gang (1927) -las redes existentes entre las autoridades honorables y los gansters.
“La delincuencia de cuello blanco en el mundo de los negocios -escribía Sutherland- se manifiesta sobre todo bajo la forma de manipulación de los informes financieros de compañías, la falsa declaración de los stocks de mercancías, los sobornos comerciales, la corrupción de funcionarios realizada directa o indirectamente para conseguir contratos y leyes favorables, la tergiversación de los anuncios y del arte de vender, los desfalcos y la malversación de fondos, los trucajes de pesos y medidas, la mala clasificación de las mercancías, los fraudes fiscales y la desviación de fondos realizada por funcionarios y consignatarios, estos son los que Al Capone llamaba los negocios legítimos”.
Generalmente el crimen organizado trata principalmente de la búsqueda de ganancias y se lo puede entender, en términos clausewitzianos como una continuación de los negocios por medios delictivos.
Las organizaciones criminales no son los únicos participantes en los mercados ilícitos, pero muchas veces son los más importantes. Además, las organizaciones criminales tienden a ser excepcionalmente hábiles en identificar y aprovechar oportunidades para nuevas empresas y actividades ilegales.
En años recientes los grupos del crimen organizado y del narcotráfico se han refinado enormemente. Esto agrega una capa extra de protección, al utilizar expertos jurídicos y financieros informados en transacciones financieras y en la existencia de refugios en jurisdicciones financieras extraterritoriales.
Al mismo tiempo, el crimen organizado no necesita desarrollar su experiencia técnica en cuanto a la Internet. Puede contratar a aquellos de la comunidad de piratas informáticos que tienen esa experiencia, asegurándose mediante una combinación de recompensas y amenazas de que lleven a cabo en forma efectiva y eficiente las tareas que les son asignadas.
Los grupos del crimen organizado generalmente tienen bases en los estados débiles que les proveen un refugio desde el que pueden realizar sus operaciones transnacionales. En efecto, esto les da un grado adicional de protección contra las autoridades y les permite operar con un mínimo de riesgo. La inherente naturaleza transnacional de la Internet se ajusta perfectamente a este modelo de actividad y al esfuerzo de aumentar al máximo las ganancias con un grado de riesgo aceptable.
El crimen organizado ha escogido siempre industrias particulares como objetivos de infiltración y para ejercer su influencia ilícita. En el pasado, figuraron entre éstas las industrias del transporte de basura y de la construcción en Nueva York, las industrias de la construcción y de la eliminación de desperdicios tóxicos en Italia, y las industrias de la banca y del aluminio en Rusia.
El Grupo de Trabajo de Acción Financiera (GTAF o GAFI), organismo establecido por el G-7, ha intentado crear normas y pautas que los gobiernos e instituciones financieras pueden utilizar en la creación de leyes, reglamentos y mecanismos de aplicación a nivel nacional. Si bien se puede criticar al GTAF, éste inició en el 2000 una campaña eficaz de “nombrar y avergonzar”, la que
identificó a 15 jurisdicciones “no cooperadoras” cuyos esfuerzos para combatir el lavado de dinero eran extremadamente insuficientes. En algunos casos, los resultados fueron notables y resultaron en programas más estrictos contra el lavado de dinero y en una mayor transparencia de las actividades financieras. Esto ha sucedido con nuestro país ya que por la presión ejercida por el CICAD y GTAF se logró la aprobación por parte del Congreso de la Ley para Reprimir el Lavado de Activos.
En resumen los Estados deben dar, la armonización necesaria tanto para las leyes substantivas como las procesales. Todos los países deben reevaluar y revisar sus reglamentos acerca de las pruebas, el registro y decomiso, la escucha electrónica oculta y otras actividades similares, que abarquen la información digital, los sistemas modernos de computación y comunicación y la naturaleza mundial de la Internet. Una mayor coordinación de las leyes procesales facilitaría, por lo tanto, la cooperación en las investigaciones que trasciendan jurisdicciones múltiples.
Diferencia entre los delitos comunes y el crimen organizado:
Los delitos cometidos por la delincuencia común, para diferenciarla del crimen organizado, tienen un carácter predatorio. Incorpora una redistribución de unas rentas existentes previamente. En el lado opuesto, el crimen organizado está involucrado en delitos, como la prostitución, el juego o el tráfico de drogas, que abarcan la producción y distribución de nuevos bienes y servicios con la componente de tener un valor añadido. En conjunto, sus actividades tienen un carácter consensual hacia el delito cometido que tiene la activa complicidad de otros miembros legítimos de la sociedad en general. El repertorio de sus actividades, por lo tanto, tiene su núcleo principal en delitos sin víctimas. En consecuencia, la actuación del estado no sólo se verá dificultada por la intimidación o la corrupción anteriormente referida sino por una inacción hacia la aplicación de justicia por parte de personajes importantes de las sociedades en las que actúan. Forzando el argumento incluso la extorsión a gran escala tiene un carácter racional de interacción entre dos actores económicos egoístas: la incapacidad del estado para otorgar protección a los bienes y servicios lleva a ciertos grupos a organizarse de manera que sean capaces de proporcionar esta garantía de permanencia en el tiempo de la propiedad.
Concepto de lavado de Activos
De acuerdo con los términos contenidos en los enunciados de la Convención de las naciones unidas contra el narcotráfico, suscriptas el 20 de diciembre de 1998, el Lavado de Activos, en general es el proceso de esconder o disfrazar la existencia, fuente ilegal, movimiento destino o uso ilegal de bienes o fondos derivados ilícitamente para hacerlos aparentar legítimos
Sujetos del delito de lavado de activos.
En derecho penal, la ejecución de la conducta punible supone la existencia de dos sujetos, a saber: un sujeto activo y otro pasivo. Estos, a su vez, pueden ser una o varias personas naturales o jurídicas. De esta suerte, el bien jurídico protegido será en definitiva el elemento localizador de los sujetos y de su posición frente al delito. Así, el titular del bien jurídico lesionado será el sujeto pasivo, quien puede diferir del sujeto perjudicado, el cual puede, eventualmente, ser un tercero. De otra parte, quien lesione el bien que se protege, a través de la realización del tipo penal, será el ofensor o sujeto activo.
Sujeto Activo
De acuerdo al profesor chileno Mario Garrido Montt, se entiende por sujeto activo a quien realiza toda o una parte de la acción descrita por el tipo penal. En el caso que nos ocupa, el sujeto activo del delito de lavado de activos, puede ser cualquier persona, no requiere de una calificación especial.
Pero algunos autores consideran que este tipo de criminalidad esta relacionada con los llamados como “delitos de cuello blanco” término introducido por primera vez por el criminólogo norteamericano Edwin Sutherland. Con esta consideración el sujeto activo de este delito, seria una persona de cierto status socioeconómico, y de ciertas habilidades y posición laboral lo que le permite realizar complejas transacciones financieras para ocultar el origen ilícito de los activos, su comisión no puede explicarse por pobreza ni por mala habitación, ni por carencia de recreación, ni por baja educación, ni por poca inteligencia, ni por inestabilidad emocional.
Sujeto Pasivo
El sujeto pasivo es la persona titular del bien jurídico que el legislador protege y sobre la cual recae la actividad típica del sujeto activo. En el lavado de activos varía el sujeto pasivo según el ordenamiento jurídico de cada país. Para algunos lo constituye el Estado, y para otros la sociedad en general. Los primeros consideran que el lavado de activos dificulta al Estado ejercer su función de intervención en la economía; mientras que los segundos sostienen que la sociedad, como ente general y abstracto es quien padece las consecuencias del lavado de activos.
Corolario del Lavado de Activos
En conclusión, el mundo del crimen organizado en cuanto al Lavado de Activos o Legitimación de los mismos no ha estado al margen de los grandes conflictos políticos internacionales que se han multiplicado en los últimos años.
De hecho a decir de Carlos Reza, las estrategias mundiales de las grandes organizaciones criminales han estado influencia das profundamente por acontecimientos geopolíticos. El crimen organizado prospera en plena turbulencia política y económica. Las oportunidades de comunicación les permiten trasladar a zonas en conflicto o inestables, donde obviamente disminuyen los controles, gran cantidad de capitales que cubren la huida de los fondos legales en momentos de perentoriedad de efectivo y en los que el rendimiento de la inversión suele ser alto por las propias características del riesgo asumido. La desaparición de la Guerra Fría ha supuesto un relajamiento de la tensión mundial y, por tanto, de cualquier tipo de control indirecto, o incluso directo con sus grados de responsabilidad ante auditorios más amplios y menos polarizados, sobre las zonas en conflicto. Algunos acontecimientos de los últimos años han sido particularmente relevantes para estos grupos. Los más importantes de entre éstos han sido el conflicto yugoslavo, la unificación alemana, la reforma económica en la República Popular de China, la emergencia de nuevos bloques comerciales y de los nuevos países industrializados.
Según el GT AF9, grupo de acción financiera norteamericano; las principales fuentes de ganancias ilegales son: el tráfico de drogas, el fraude bancario, los fraudes con tarjeta de crédito, insolvencias punibles y los delitos societarios. Una gran parte del dinero de origen ilegal que ingresa al sistema financiero, procede de la criminalidad organizada. Se darán cuenta que esta definición encaja perfectamente en el gang aquí denunciado y en las cientos de sociedades creadas ad-hoc.

Capítulo II
Mafia judía y menemismo.
La política privatizadora cedió poder político a las mafias.
A mediados del 2004, se publicó un ensayo sobre la privatización que fue uno de los más claros de todos cuantos se publicaron hasta entonces.
Las privatizaciones sirven para mucho más que gestionar servicios públicos, manejar empresas y captar ganancias: constituyen un modo de tomar, ejercer y mantener el poder. La Argentina de los '90, donde las privatizaciones jugaron un rol central y la venta de activos públicos significó establecer una relación de dominación sobre la sociedad y el Estado, es un claro ejemplo. Se privatizaron las empresas estatales de acero, las químicas y los complejos petroquímicos, también se privatizó la energía. En el sector financiero fueron privatizadas la Caja Nacional de Ahorro y Seguro, el Banco Hipotecario Nacional y numerosos bancos provinciales, y se disolvió el Banco Nacional de Desarrollo. ¿Para qué sirvió todo esto? Ante todo, para privatizar el poder y alejarlo de cualquier posibilidad de transformación democrática. Esto implica el manejo por grupos oligopólicos privados de variables fundamentales de la economía: fijación de precios y tarifas; cantidad de los abastecimientos; transferencia de tecnología y suministro de información. Con estos instrumentos, esos grupos determinan quiénes se quedan con el excedente económico. Ya no son necesarios los golpes de Estado, basta con golpes de mercado (deuda, dólar, ahora tarifas).
El desempeño del gang Zang y la mafia Elsztain-Mindlin no fue simplemente la organización de un aparato para gerenciar, sino la fundación de una mafia a gran escala con control de espacios de poder muy grandes, incluso con incidencia territorial, en términos de valores inmobiliarios que alcanzan dimensiones latifundiarias.
Estas son razones muy serias que obligan a una reflexión profunda de la comunidad judía -de Argentina, y también del mundo -por cuanto, la concentración abusiva de propiedad territorial puede generar reacciones peligrosamente antisemitas. Puede reeditar viejos prejuicios ideológicos como el Plan Andinia y otras manipulaciones propagandísticas de la ultraderecha y el nazismo. En este sentido, la mafia Elsztain-Mindlin y compañía funciona como impulsoras conciente o inconciente de futuras persecuciones hacia la colectividad judía en un país como la Argentina que tiene grupos de riesgo que pueden eventualmente ser infiltrados por el antisemitismo.
Beraja y Menem, historia de una asociación ilícita
En un brillante ensayo periodístico, Susana Viau nos dice:
“El 5764 va a ser recordado como un mal año por Rubén Ezra Beraja: pasará el 31 de diciembre de 2003 en la Unidad de Delitos Complejos de la Policía Federal y River hizo la peor campaña de su historia. Aunque, en verdad, la cuenta es más abarcativa y ni el final del siglo XX ni el principio del XXI le aportaron sucesos maravillosos a este hijo de inmigrantes originarios de Alepo, una ciudad tan pobre como importante del norte de Siria. River y Siria, dos datos que casi naturalmente parecían conectarlo a Carlos Menem, el hombre que se convertiría en la cara de la desgracia. No eran sólo esos dos. También estaban el dinero y la ambición de poder. El resto era un abismo religioso y cultural, porque Beraja es un creyente ortodoxo, inhallable los viernes desde que sale la última estrella [Es la primera estrella, N del A], y poseedor de una aguda inteligencia. El riojano, por el contrario, se aviene a todo en materia de fe y su mentada perspicacia no pasó nunca de viveza pueblerina, pese a las alabanzas de los cronistas políticos que cumplieron además en la asignación de dudosas dotes oratorias que sí, en cambio, caracterizan al ex presidente de la DAIA y el Banco Mayo.
Forzando las cosas, podría decirse que esa lista de similitudes es avara: también están la pobreza familiar, que Rubén Beraja recuerda (“el viernes a la noche comían de verdad, el resto de la semana apenas pan con algo que le diera sabor”) y Menem olvida, o la carrera de abogado que el primero siguió en la Universidad de Buenos Aires y el segundo en Córdoba, con un título ganado, según los maledicentes, con la colaboración de Eduardo Angeloz; o, tal vez, esa seguridad que a uno lo hacía definirse como “piloto de tormentas” mientras el otro faroleaba con su “capacidad de liderazgo”. Y hasta allí llegan. Lo cierto es que la pobreza de los Beraja duró menos. El taller textil del padre se convirtió en una fábrica pujante y en las calles de Liniers Rubén Beraja aprendió a jugar al fútbol. La zona era plaza fuerte de las cajas de crédito y las cooperativas. Así, como caja de crédito, nació el Banco Mayo y esa impronta hizo que rectificara a quienes lo llamaban “banquero”; él prefería presentarse como “trabajador social”, un banquero social que frecuentaba el psicoanálisis, leía a Baudrillard y, los fines de semana, optaba por cuidar las plantas del jardín de su casa de Barrio Parque.
El suyo fue un ascenso lento y discreto, tan discreto como su vida privada y la pareja que formó con Raquel Bigio, una amante de la fotografía y docente de bellas artes con la que no tuvo hijos. La presidencia de la Delegación de Asociaciones Israelitas de la Argentina la obtuvo en 1991. Sus detractores se empeñaban en señalar que era un triunfo de apenas treinta votos y él aclaraba que no era la colectividad judía la que votaba sino sus representantes. Un año más tarde sobrevendría la voladura de la Embajada de Israel y el 18 de julio de 1994 el atentado dinamitero contra la AMIA. La investigación del ataque a la embajada lo enfrentó a la Corte, empeñada en sostener la tesis de una implosión; la de la AMIA lo mostró menos beligerante. El peso que Beraja adquiría en círculos oficiales crecía en la misma medida en que se deterioraba su relación con los familiares de las víctimas, encolerizados por las danzas y contradanzas que se celebraban entre el juez federal Juan José Galeano, el jefe de la SIDE Hugo Anzorreguy y el directivo de la DAIA. Era un flanco temible, quizás el único, porque el Banco Mayo había soportado a pie firme el Tequila y salía fortalecido de la crisis. Un despegue que debió justificar: “El éxito del banco abre camino a las sospechas”, admitió. Luego refutó las suspicacias: esa bonanza “no fue construida con favores ni prebendas”.
Las aclaraciones no calmaron la indignación y dos mujeres lo enfrentaron con dureza: Diana Malamud en el segundo aniversario del atentado a la AMIA, Laura Ginsberg en el tercero. Memoria Activa se convertía en su contrincante más difícil y Carlos Menem se encabritaba y pedía explicaciones por las responsabilidades que desde la tribuna se le enrostraban a su gobierno y a sus funcionarios. Rubén Beraja escuchó los insultos que le llegaban de los alrededores del palco. Recogió el guante y aceptó de mal grado el castigo: “Que llamen traidor a un judío lo golpea en el alma”, reconocería.-Su buena estrella se estaba apagando y la tranquila cohabitación lograda con el menemismo empezaba a tocar fondo. Para esos días, sus oficinas del Banco Mayo eran un auténtico bunker y en el Banco Central Pedro Pou empezaba a soltarles la mano a los que, con un lenguaje insidioso, llamó “bancos étnicos”. Un acontecimiento enturbió aún más el panorama: se hada público que el abogado elegido para representarlo en la investigación de la masacre, Luis Dobniewsky, había comprado una casa a la mujer del narco Escobar Gaviria. El intermediario de la operación era Víctor Stinfale, el defensor del acusado Carlos Telleldín. En mayo del '98, el Central lo presionó para que absorbiera el agujero negro que dejaba el Banco Patricios; en octubre caía el Banco Mayo. Mientras en la sede de la entidad se resolvía el cierre, el BCRA le hada llegar 280 millones de dólares en redescuentos.
Con la hecatombe salieron a la luz la sociedad uruguaya Trust Inversions, cuyo apoderado era Rafael Charur, cuñado e íntimo amigo de Beraja, el Mayflower International Bank, una caja negra de Bahamas y una mesa de dinero que derivaba hacia el exterior los capitales no declarados de los amigos. Rubén Beraja gustaba de repetir un antiguo proverbio judío: “El hombre poderoso es aquel que sabe controlar sus pasiones”. El proverbio contenía un error: no hay hombres todopoderosos todo el tiempo”.
[VIAU, Susana: En el espejo de Menem, Página 12, 30 de diciembre del 2003]

Privatizaciones escandalosas
La actuación de Espartaco Rojo de en la privatización del BHN
Coincido con muchos autores que dentro de las privatizaciones realizadas por el gobierno hay una que ha logrado pasar desapercibida y ha sido ocultada por el periodismo “especializado” en economía y negocios.
Es sabido que jamás se cedió un espacio para las críticas que el sindicalismo y algunos políticos intentaron esclarecer acerca de dicha privatización.
Claro está, y digo claro porque es de conocimiento público, que a ciertos periodistas les duró poco el sentimiento de justicia cuando se presentó la oportunidad de sacar beneficio a cambio de silencio. Las abultadas pautas publicitarias, invitaciones a viajes con acompañantes femeninas, entre las cuales la máxima expresión fue el llamado “crucero del amor” a comienzos del otoño de ese año.
Pero esto no es una novedad, ni siquiera algo descomunal, es la Argentina que vivimos, muchos periodistas son así, se compra su silencio con publicidad o con señoritas que gatean.
Es el resultado de una deformación donde los periodistas son las más de las veces productores de sus propios programas. De ahí al chivo, al conflicto de intereses hay un solo paso muy difícil de evitar.
Volviendo al tema: se trata del ex Banco Hipotecario Nacional (BHN), hoy Banco Hipotecario S.A. (BH). En 1987 el Banco Mundial aconsejó al gobierno de Raúl Alfonsín liquidarlo y cerrarlo por la altísima corrupción e ineficiencia del mismo. (Como si privatizarlo hubiera sido la solución “mágica” al problema de la corrupción), y convertirlo en banco mayorista o de segundo piso, ley aprobada por fin en 1992.
En ese camino el BHN cerró el 60% de sus sucursales, de 53 a 24. Se dedicó a recuperar la cartera de morosos, y fue orientando su política hacia la banca mayorista. Redujo su personal de casi 7000 empleados que tenía en los años de Alfonsín a 1300 en 1993.
Entre 1983 Y 1989 fue más que un banco un verdadero comité, ñoquis incluidos. Además de algunas operatorias destinadas a “alquilar” voluntades de jueces, legisladores, periodistas, artistas, etc. como fue el caso de la conocida Operatoria 830, y las casi desconocidas Operatorias HN 700. Toda esa manipulación casi hace quebrar al BHN, el cual fue salvado con un gran sacrificio económico y de sus propios empleados.
A fortuna de Pablo Espartaco Rojo, la crisis política desatada sobre el BHN en 1994 condujo a su designación como presidente. El nuevo presidente, como era de esperarse, apresuró ¿o lo apresuraron el Gang Zang y compañía? la idea de privatizar al BHN, cosa que se concretó tiempo mas tarde, después de su efectiva aprobación por ley. Obviamente, el presidente no dejó ningún asunto fuera de sus alcances. El proyecto de privatización fue respaldado técnicamente con los estudios de seis consultoras que contrató Rojo, que habrían valuado al BHN en un precio que fluctuaba entre U$S 2.400 y U$S 6.300 millones.
Pablo Rojo explicó a todo el periodismo y a los legisladores nacionales que el precio esperable era entre U$S 2.700 y U$S 3.000 millones. (¿EQUIVOCACION? NO LO CREO)
Es acaso una casualidad, es poco probable, es más coincido nuevamente con autores que expusieron al respecto que parecería poco serio que existieran esas diferencias de valuación y que todas ellas fueran “técnicas”. Por fin ante la posibilidad de tanto dinero los legisladores votaron la ley de privatización. José Manuel de la Sota, entonces Senador Nacional presentó un proyecto de ley alternativo por el cual la venta del BHN solo debería hacerse con un precio base de U$S 3.000 millones, que era el que Rojo prometía obtener. El proyecto aprobado fue el de Pablo Rojo.
Carlos Rodríguez, por entonces viceministro de Economía, propuso que con el dinero de la privatización, se cancelara deuda pública que sería una buena señal económica. Pero Rojo tenía sus
propios planes, había comprometido la creación de un Fondo de Desarrollo Provincial que fue la camada para obtener apoyo de gobernadores y senadores para aprobar la ley de privatización.
La ley de privatización convirtió al BHN nuevamente en banco minorista, lo lanzó como banco mono servicio a competir tan sólo con 24 sucursales contra bancos privados que tienen más de 200. Algunos extranjeros pueden obtener capitales a bajo costo en sus países, mientras el Estado Argentino no va a poner más dinero en el BHN.
Es entonces cuando comienzan las mentiras y las falsas promesas. Paso a explicar: cuando Rojo se convierte en minorista en 1996, le promete al entonces presidente Carlos Menem que construiría en los siguientes dos años cerca de 100.000 nuevas viviendas, cosa que hasta el día de hoy solo fueron palabra.
Hay que aclarar que las llamadas “compañías originantes de hipotecas” que recibían los créditos para esos proyectos tienen algunos directivos y accionistas nuevos ricos, ¿sorprendente no? Y nuevos pobres que confiaron en dicha operatoria (nosotros). .
Mientras el tiempo transcurría la privatización seguía nula, aparentemente sus relojes se habían detenido. Pero como se había prometido el Fondo Federal de Infraestructura Regional (FFIR), el BHN, o el Tesoro Nacional, tomo un crédito puente a cuenta de la privatización. El crédito habría sido de U$S 500 millones.
Hasta que por fin se llevó a acabo la tan esperada privatización el 16 de enero de ese año. El dinero obtenido equivale a un valor total para el 100% del banco de alrededor de U$S 700 millones. Los compradores del 25% en la primera venta pudieron adquirir por un ligero sobreprecio al de corte de $ 0,50- por acción una opción para adquirir un monto igual de acciones a igual precio al pagado en esa oportunidad. A precios del 13 de octubre de 1999 significa obtener el 18% de las acciones restantes a un precio de un 25% menor del precio de mercado. Es un riesgo especulativo legítimo para los inversores. (Pero armado por los genios del lobby de la privatización, llámense Elzstain, Zang, Viñes, Bergel y compañía).
En el último número de la revista Apertura de ese año se publica un artículo de investigación sobre IPO's, según el cual los costos normales de asesoría legal para un IPO (Initial Public Offering u oferta inicial pública de acciones de una compañía) serían de U$S 250.000 (máximo). Sobre el final del mismo artículo se informa que el BH pago alrededor de U$S 1 millón por esos servicios.
El resultado de la privatización del BHN, o BH, y el crédito puente tomado podría resultar negativo. Si consideramos el precio a obtener de U$S 700 millones a valores de venta del primer 25%, los pasivos transferidos al Estado Nacional, y que el crédito puente habría sido de U$S 500 millones, poco queda para FFIR.
Pero el punto a destacar es el precio que se le promete al congreso, y a los demás “patrocinadores” de esta privatización, como así también, no nos olvidemos, a la ciudadanía que en definitiva fue la mas engañada. De 3000 a 700 millones, hay 2.300 millones, diferencia que tomada desde el precio obtenido para el 25% significa alrededor de un 330%, y desde el prometido que se perdió más de un 75% del valor del Banco.
Creo que si a pesar de la desvalorización de los mercados de capitales por la crisis, y aceptando que ello significara perder el 50% del valor del ex BHN debió contemplarse o mejor aun replantear la idea y haberse vendido en alrededor de U$S 1.200 a U$S 1.500 millones.
De todas maneras no se analizó bien esta operación, ya que a pesar de si las ganancias del ex BHN que se anunciaron durante la administración de Rojo oscilaron entre 250 y 330 millones anuales, considero que vender un banco al precio de dos o tres años de ganancias es un regalo.
Lo que más me preocupa es el hecho de que nadie lo tome en cuenta, de hecho nadie preguntó nada al respecto. Porque para ser sinceros es bastante inquietante que frente a estas diferencias quepa al
menos averiguar que pasó en el BHN desde que se propuso su privatización hasta que se vendió el 25%. El más obvio error fue vender el primer 25% tres días después de la devaluación brasileña en enero de ese año. Se dejó pasar la gran oportunidad a mediados del año 1998 cuando Brasil privatizó Telebrás que valorizó a los mercados regionales. La fecha de venta del 16 de enero de 1999 ha sido cuando menos un grueso error.
En cualquier caso ante el precio obtenido debería revisarse que pasó durante la administración de Rojo, si la administración fue desastrosa, o simplemente se mintió a legisladores y gobernadores para obtener fa ley de privatización.
Y otros de mis interrogantes es: ¿dónde se encuentra el periodismo “profesional” o “especializado”? En definitiva formó parte de este gran espectáculo montado por Rojo para tapar la verdadera cara de la privatización. Ese gran espectáculo era la cobertura del llamado “crucero del amor”.De hecho alrededor de 40 periodistas invitados por Rojo y él mismo se habrían subido con las gatitas porteñas en abril de ese año a un crucero caribeño. Todos enviaron reportes de palabras de Rojo, pero no se sabe qué fueron a presentar ya que el BH no estaba vendiendo acciones, ni colocando bonos en Miami.
De esta manera se cumplen los planes de Rojo, quien en definitiva logra que para los argentinos pasen desapercibidas la administración y privatización del BHN. Al menos para despejar la duda y saber si la diferencia se debió a la fecha de venta, y qué banquero de inversión se merece el crédito del éxito. No es banquero, es un especulador y mafioso llamado Eduardo Elsztain, quien le ofreció participar en diferentes sociedades a Espartaco Rojo (presidente del BHN en la privatización) junto con los privatizadores.
En la exhaustiva investigación que realicé descubrí que el 21 de febrero del 2000 el abogado Fernando Zyszkowics se había presentado en la Oficina Anticorrupción denunciando que se habían perjudicado los intereses del Estado en la oferta pública de las acciones del Banco Hipotecario. Mas tarde el 2 de noviembre del año 2000, el diputado Alfredo Bravo dio a conocer un trabajo monográfico denominado “Escandaloso proceso de privatización del Banco Hipotecario Nacional”. El trabajo fue adjuntado a un proyecto de ley por el cual el legislador socialista quería que se derogaran decretos relacionados con la privatización, a la vez que denunciaba delitos, faltas administrativas, faltas éticas y violación de incompatibilidades relacionadas con intereses muy puntuales. En el 2001, acompañado de su compañero de bancada el diputado Rivas, Alfredo Bravo presento una nueva denuncia. En la misma constaba que Espartaco Rojo y Miguel Kiguel habían violado las incompatibilidades de la Ley 19.550 de Sociedades.
Decía en su denuncia el profesor Bravo, que de acuerdo con el artículo 264, inciso 4 de la Ley de Sociedades, no pueden ser directores de sociedades los funcionarios de la Administración Pública cuyo desempeño estuviese relacionado con el objeto de la sociedad hasta que pasaran dos años luego de haber concluido sus funciones.
Agregaba Bravo que se habían formado una cantidad de sociedades anónimas entre el BH, empresas particulares y funcionarios públicos que fueron directores o síndicos de esas empresas. El BH, al tomar estos rumbos, abandonaba su fin social como Banco otorgador de créditos, y se transformaba en una especie de nave madre de muchas navecillas menores en la conquista de la galaxia especulativo financiera de alta y dudosa rentabilidad.
Esas sociedades anónimas eran:
• BHN- VR SOMIF SA: cuyo objeto social era de consultora, estrategia, organización y comunicación empresaria.
• BHN-VR Empresas SA: para la administración de inmuebles y consorcios urbanos o rurales; mantenimiento y refacción de inmuebles administrados.

• BBHN Sociedad de Inversión SA: dedicada a la inversión en sociedades de actividad aseguradora, o compra-venta de títulos o acciones, y toda clase de valores mobiliarios
• BHN Inmobiliaria SA: para realizar operaciones inmobiliarias, intermediación y administración de inmuebles.
• BHN- VENDOME ROME SA: para la administración de inmuebles rurales o urbanos.
• BHN- VR PARTICULARES SA: también para la administración de inmuebles rurales y/o urbanos.
• BHN SEGUROS GENERALES SA: contratación de seguros de toda clase, reaseguros y coseguros.
• BHN VIDA SA: operaciones de seguros de vida, de retiro, sobre personas y sobre accidentes personales, en forma individual o colectiva.
Como se entiende, todas estas sociedades estaban formadas por el Banco Hipotecario y otras empresas y funcionarios públicos que eran representantes del Estado en el propio BH, también aparecen en todas las sociedades nombres como Carlos Pablo Espartaco Rojo y otros ex-directores del BHN. Y para ser sinceros no creo que sea coincidencia.
Miguel Kiguel estaba en incompatibilidad con relación al objeto de la sociedad, por cuanto había sido Subsecretario de Financiamiento y Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Economía entre 1996 y 1999. EllO de mayo del 2000 fue designado como Presidente en el Banco Hipotecario.
Espartaco Rojo fue miembro del Directorio del Banco de Crédito y Securitización SA, ex Banco Corporación Financiera Hipotecaria SA, sociedad constituida por el BHSA e IRSA. El BACS tiene un directorio integrado por Espartaco Rojo, Eduardo Elsztain y Harold Freiman (delegado de Soros en Argentina), en situación de total incompatibilidad por cuanto son miembros del directorio del BHSA. Pero el Central los autorizó y no puso objeción alguna.
Rojo renunció ante la asamblea de accionistas, el 15 de julio de 1998 a su carácter de representante del Estado Nacional en su carácter de presidente del Banco Hipotecario.
Mas tarde y sin esperar los dos años como dice la de ley de Sociedades, fue designado como director del banco privatizado por los inversores tenedores de acciones D. Que no son otros que los miembros del gang.
Finalmente la oficina Anticorrupción, reacciono y elevó la denuncia al juzgado criminal correccional N° 4 de la capital.
¿Cómo se regaló el Banco Hipotecario?
Pablo Espartaco Rojo fue quien le puso el moño al regalo: 1.200 millones por el Banco Hipotecario. La primera rueda de venta concluyó el 25 de enero de 1999. En la City el negociado daba risa. Todo el mundo sabía del regalo y de los beneficiarios del regalo.
El 29 de enero se pusieron en venta las acciones. Se lanzaron a valorizarlas el grupo Soros (en realidad la mafia Elsztain-Mindlin-Zang y compañía con la máscara de Soros). También Mercado Abierto.
Las 150 millones de acciones a 8 dólares, daban un precio de 1.200 millones de dólares. En 1998 el patrimonio neto del Banco era de 2.390 millones de dólares, exactamente el doble. Por eso en la City todos decían: “lo están vendiendo a mitad de precio.. .”. En ese momento el Francés, el Río y el Galicia valían en promedio un 70% más que su propio patrimonio.
Espartaco Rojo justificó el regalo, en cuestiones que él consideró básicas:

1. La cantidad de 2.400 millones en créditos hipotecarios otorgados antes de 1989, por los cuales el Banco percibía anualmente una tasa entre el 7% y el 9 % anual.
2. El contrato de privatización le exigía al Banco que asignara un 10% a los municipios pequeños.
3. Debía reservar el 2% de los ingresos para proteger a familias de ingresos magros en situaciones de morosidad.
4. Tenía una incobrabilidad del 13,8%. Claro que era cartera garantizada...
El negocio era redondo por las siguientes razones:
1. Tenía poder de fijación de precios en la economía por cuanto lideraba un sector con muy fuerte crecimiento.
2. Originaba un tercio de las hipotecas.
3. Tenía el 26% de los préstamos hipotecarios.
4. En la Argentina las hipotecas representaban en ese momento el 4 % del PBI.
5. Tenía 160 millones de dólares anuales en dividendos. Esto significaba una tasa de retorno mayor del 10% de la inversión.
6. El Hipotecario tenía relación con los proyectos importantes de carácter inmobiliario.
7. Lideraba el negocio de seguros de vida relacionados con hipotecas. Hasta el 2007 seria el único Banco habilitado para otorgar pólizas.
8. El Banco venia de un buen management y era una marca de mucha importancia y antiguo prestigio.
9. El Hipotecario había sido precursor en la tarea de la securitización de hipotecas, colocando bonos con garantía de cartera.
El gran negocio fue la organización accionaria:
1. El Estado tendría la mayoría del capital accionario con derecho a los dividendos. Esto significaba que mantenía el 42% del paquete de las acciones clase A.
2. Los inversores tendrían las acciones clase D, lo que significaba 3 votos por acción y la seguridad de poder designar 8 de los 13 directores.
3. Las acciones B constituirían e15% del capital y pertenecerían al personal del Banco (programa de propiedad participada).
4. Las acciones C pertenecerían a las empresas constructoras y a las firmas inmobiliarias.
La ley de privatización otorgaba al Estado 10 años de poder de veto para decisiones que tuvieran que ver con:
1. Fusiones.
2. Cambio de objeto.
3. Traslado de sede al exterior.
¿De dónde se consiguieron los 1.200 millones de dólares para pagar la compra del 25% de las acciones del Banco Hipotecario Nacional hoy BHSA?
Esta es una descripción de cómo lograron juntar la plata para devolverle a Soros, que en su momento fue el que puso el dinero para comprar o privatizar el BHN.
Dicho de otra manera el Gang no puso un centavo para quedarse con uno de los tesoros de la abuela mas preciados.

El dinero (los 1.200 M de dólares los puso Soros) para comprar el 25 %, y lo consiguieron a través de Soros, y a partir de ahí arman una estrategia para despojarlo a Soros del BHSA y quedarse ellos con el management devolviéndole la plata a Soros (1.200 millones de dólares) siempre sin poner un centavo, y para poder hacerlo inventan las famosas Obligaciones Negociables emitidas por el BHSA por el valor de la deuda que tenían con Soros, donde hasta el momento y salvo cientos de pedidos de quiebra han devuelto algún dinero que es ínfimo, pero devuelto por el Banco, o sea que no pusieron una moneda para quedarse con el BHSA: lo manejan y lo vacían a voluntad.
Esta es la descripción de las Obligaciones Negociables emitidas por el BHSA:
BANCO HIPOTECARIO SA PROGRAMA GLOBAL PARA LA EMISION DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES NO CONVERTIBLES POR HASTA U$S 1.200.000.000 A VISO ART. 10 LEY 23.576. De conformidad con el arto 10 de la Ley N° 23.576 (modificada por Ley N° 23.962), el Directorio de BANCO HIPOTECARIO SA hace saber por un día lo siguiente: El Banco, como continuador del BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, declarado sujeto a privatización por la Ley N° 24.855, cuyos Estatutos Sociales han sido aprobados por Decreto del PEN N° 924/97 e inscriptos en la Inspección General de Justicia el 23 de Octubre de 1997 bajo el N° 12.296, del Libro 122, Tomo A de Sociedades Anónimas, con duración hasta el 23 de Octubre del 2097 y con Sede Social en Reconquista 151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha resuelto emitir las siguientes obligaciones negociables: (i) obligaciones negociables garantizadas con vencimiento en 2010 por un monto de U$S 298.680.199 (dólares estadounidenses doscientos noventa y ocho millones seiscientos ochenta mil ciento noventa y nueve) (Títulos Garantizados), (ii) obligaciones negociables denominadas en dólares estadounidenses con vencimiento en 2013 por un monto de U$S 448..233.287 (dólares estadounidenses cuatrocientos cuarenta y ocho millones doscientos treinta y tres mil doscientos ochenta y siete) (Títulos en Dólares Estadounidenses), (iii) obligaciones negociables a largo plazo en euros por un monto de euros 277 .301.695 (Euros doscientos setenta y siete millones trescientos un mil seiscientos noventa y cinco) (Títulos en Euros y, conjuntamente con los Títulos Garantizados y los Títulos en Dólares Estadounidenses, los Títulos), todos ellos bajo el Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables por un monto máximo en circulación en cualquier momento durante la vigencia de dicho Programa de hasta v In U$S 1.200.000.000 (dólares estadounidenses mil doscientos millones) o su equivalente en otras monedas (el Programa). La creación del Programa fue autorizada por una resolución de nuestros accionistas de fecha 24 de octubre de 1997 y por una resolución de nuestro Directorio de fecha 18 de noviembre de 1997. El incremento del monto de capital total de obligaciones negociables a emitirse bajo el Programa de U$S 1.000.000.000 hasta U$S 2.000.000.000 fue autorizado por una resolución de nuestros accionistas de fecha 11 de diciembre de 1998 y por una resolución de nuestro Directorio de fecha 14 de diciembre de 1998 y la disminución al monto a U$S 1.200.000.000 o su equivalente en pesos u otras monedas fue autorizado por resolución de nuestro Directorio de fecha 24 de julio de 2003. El Programa fue ratificado por una resolución de la asamblea de accionistas de fecha 18 de julio de 2002 y modificado por la resolución de la asamblea de accionistas de fecha 30 de abril de 2003 previendo la posibilidad de emitir obligaciones negociables con o sin garantías. El suplemento de precios que contempla la emisión de los Títulos fue aprobado por resolución de nuestro Directorio de fecha 8 de agosto de 2003 y 3 de diciembre de 2003. Los Títulos Garantizados se amortizarán anualmente, a partir del 3 de agosto de 2004, en cada caso por un monto del 14,29% del monto de capital original hasta su vencimiento el 3 de agosto de 2010 cuando resultará exigible el restante 14,26% del monto del capital original. Los intereses se devengarán desde la fecha de liquidación y serán pagaderos semestralmente el 3 de agosto y el 3 de febrero, a partir del 3 de febrero de 2004. El interés devengado sobre los títulos garantizados desde la fecha de liquidación hasta el 3 de febrero de 2004 se pagará el 3 de febrero de 2004. La tasa de interés para el primer período de intereses, finalizado el 3 de febrero de 2004, será de 3,662% anual. Posteriormente, los intereses se devengarán a una tasa flotante para cada período que será igual a 2,5% más la tasa de interés aplicable a los depósitos en dólares estadounidenses a 6
meses en el Mercado Interbancario de Londres LIBOR a las 11:00 hs. hora de Londres del segundo día hábil inmediatamente anterior al inicio de cada periodo de intereses semestral. Los intereses se calcularán sobre la base de la cantidad real de días transcurridos dividido por 360. La garantía estará constituida por un fideicomiso en el que se mantendrán Bonos del Estado Nacional Argentino BODEN con vencimiento en el 2012 y préstamos garantizados por el Estado Nacional Argentino. Los Títulos en Dólares Estadounidenses se amortizarán anualmente, a partir del 1° de diciembre del 2008, en cada caso, por un monto del 16,66% del monto del capital original hasta su vencimiento ello de diciembre de 2013, cuando resultará exigible el restante 16,70% del monto de capital original. Los intereses se devengarán a una tasa fija del 3% anual sobre el monto de capital, incrementándose en un 1 % ello de diciembre de 2004, 2005 Y 2006 (hasta un máximo del 6% anual), y serán pagaderos semestralmente ello de diciembre y 10 de junio a partir del 1 o de junio de 2004. Los intereses se devengarán desde la fecha de liquidación y se calcularán sobre la base de un año de 360 compuesto de 12 meses de 30 días. El interés devengado desde la fecha de liquidación hasta el 10 de junio de 2004 se pagará ello de junio de 2004, la primera fecha de pago de intereses posterior a la fecha de liquidación. Los Títulos en Euros se amortizarán anualmente, a partir del 10 de diciembre de 2008, en cada caso, por un monto del 16,66% del monto del capital original hasta su vencimiento ello de diciembre de 2013, cuando resultará exigible el restante 16,70% del monto de capital original. Los intereses se devengarán a una tasa fija del 3 % anual sobre el monto de capital incrementándose en un 1 % ello de diciembre de 2004, 2005 Y 2006 (hasta un máximo del 6% anual), y serán pagaderos semestralmente ello de diciembre y 10 de junio a partir del 10 de junio de 2004. Los intereses se devengarán desde la fecha de liquidación y se calcularán sobre la base de un año de 365 y 366 días, según corresponda, y la cantidad real de días transcurridos. El interés devengado desde la fecha de liquidación hasta ello de junio de 2004 se pagará ello de junio de 2004, la primera fecha de pago de intereses posterior a la fecha de liquidación. El Banco tiene por objeto la realización de todas las operaciones bancarias activas, pasivas y de servicios previstas y autorizadas por la Ley N° 21.526 de Entidades Financieras, con sus modificatorias y demás leyes, reglamentos y normas que regulan la actividad bancaria para los bancos comerciales, atendiendo fundamentalmente las necesidades en materia de crédito hipotecario para la vivienda; la actividad aseguradora de las operaciones que realice o de los bienes que hayan sido objeto de su financiación; realizar actividades bursátiles; realizar operaciones inmobiliarias de compraventa, construcción, locación y administración de inmuebles e intermediación, mandatos y comisiones; actuar como fiduciario en los términos de la Ley N° 24.441; Y cualquier otra actividad que resulte necesaria para facilitar la consecución de $U objeto bancario. La principal actividad del Banco en la actualidad es el otorgamiento de créditos hipotecarios, la administración de créditos hipotecarios y el otorgamiento de seguros relacionados con los créditos hipotecarios. El capital social del Banco emitido a la fecha asciende a la suma de $ 1.500.000.000 (pesos un mil quinientos millones), el cual está representado por 150.000.000 (ciento cincuenta millones) de acciones ordinarias, escriturares, de un valor nominal de $10,00 (pesos diez) cada una. El Capital Social del Banco es de $ 1.500.000.000 (pesos un mil quinientos millones) compuesto por 150.000.000 de acciones ordinarias, todas ellas de V$N 10 (pesos diez, valor nominal) y de 1 (un) voto por acción para las Clases A, By C, y de tres votos por acción para la Clase D en tanto las acciones Clase A representen más del 42% del Capital Social. Todas las acciones son escriturares. Todas las acciones ordinarias se encuentran totalmente suscriptas e integradas. Al 30 de septiembre de 2003, nuestro total de activos era de $ 7.620, 9 millones, nuestro patrimonio neto era de $ 972,1 millones (correspondiente al ejercicio económico finalizado el 30 de septiembre de 2003). El Banco ha emitido obligaciones negociables con anterioridad (todas con garantía común), detallándose seguidamente las series que aún no han sido canceladas: La serie 3 de Obligaciones Negociables emitida en virtud de nuestro programa de títulos a mediano plazo por un monto de capital total en circulación, al 31 de diciembre de 2003, equivalente a $ 2.186.000 (aproximadamente U$S 737.000) con una tasa de interés anual de 10,625% y vencimiento final declarado el 7 de agosto de 2006. Nueve series de Obligaciones Negociables emitidas en virtud de nuestro programa global de títulos a mediano plazo, a saber: La
serie 1 de Obligaciones Negociables emitida en virtud de nuestro programa de títulos a mediano plazo por un monto de capital total en circulación, al31 de diciembre de2003 / equivalente a $44.494.000 (aproximadamente U$S 15.001.000) con una tasa de interés anual de 10/000% y vencimiento final declarado el17 de abril de 2003. La serie 4 de Obligaciones Negociables emitida en virtud de nuestro programa de títulos a mediano plazo por un monto de capital total en circulación, al 31 de diciembre de 2003/ equivalente a $ 2.699.000 (aproximadamente U$S 910.000) con una tasa de interés anual de 13/000% y vencimiento final declarado el 3 de diciembre de 2008. La serie 6 de Obligaciones Negociables emitida en virtud de nuestro programa de títulos a mediano plazo por un monto de capital total no cancelado, al31 de diciembre de 2003/ equivalente a $ 2.497.000 (aproximadamente U$S 842.000) con una tasa de interés anual de 12/250% y vencimiento final declarado el 15 de marzo de 2002. La serie 16 de Obligaciones Negociables emitida en virtud de nuestro programa de títulos a mediano plazo por un monto de capital total en circulación, al 31 de diciembre de 2003/ equivalente a $ 33.431.000 (aproximadamente U$S 11.271.000) con una tasa de interés anual de 12/625% y vencimiento final declarado el 17 de febrero de 2003. La serie 17 de Obligaciones Negociables emitida en virtud de nuestro programa de títulos a mediano plazo por un monto de capital total no cancelado, al 31 de diciembre de 2003/ equivalente a $ 2.725.000 (aproximadamente EUR 736.000) con una tasa de interés anual de 9/000% y vencimiento final declarado el 27 de marzo de 2002. La serie 22 de Obligaciones Negociables emitida en virtud de nuestro programa de títulos a mediano plazo por un monto de capital total no cancelado, al 31 de diciembre de 2003/ equivalente a $ 896.000 (aproximadamente EUR 242.000) con una tasa de interés anual de 8/750% y vencimiento final declarado el 18 de octubre de 2002. La serie 23 de Obligaciones Negociables emitida en virtud de nuestro programa de títulos a mediano plazo por un monto de capital total en circulación, al 31 de diciembre de 2003/ equivalente a $ 45.534.000 (aproximadamente EUR 12.298.000) con una tasa de interés anual de 10/750% y vencimiento final declarado el 6 de febrero de 2004. La serie 24 de Obligaciones Negociables emitida en virtud de nuestro programa de títulos a mediano plazo por un monto de capital total en circulación, a131 de diciembre de 2003/ equivalente a $ 25.410.000 (aproximadamente U$S 8.566.800) con una tasa de interés anual de 9/000% y vencimiento final declarado el 15 de marzo de 2005. La serie 25 de Obligaciones Negociables emitida en virtud de nuestro programa de títulos a mediano plazo por un monto de capital total en circulación, al 31 de diciembre de 2003/ equivalente a $ 28.912.000 (aproximadamente EUR 7.808.670) con una tasa de interés anual de 8/000% y vencimiento final declarado el 15 de junio de 2005. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 28 de Enero de 2003. El Directorio. Apoderado/Director Titular - ERNESTO MANUEL VIÑES.
Con esto queda claro que para quedarse con el management del BHSA los actuales titulares de la minoría llámese grupo IRSA no pusieron una moneda, en cambio se la llevaron toda y se la van a seguir llevando.
Aparte de eso no pagaron ninguna de las obligaciones negociables vencidas, las pagó el BHSA y entraron en lo que se llama APE (Acuerdo Preventivo Extraconcursal), determinando que les iniciaran una cantidad llamativa de pedidos de quiebra, entre los cuales se encuentra la de muchos judíos que me hacen recordar a las colocaciones de dinero en el Banco Mayo, también plata que pusieron casi todos judíos con el afán de sacarle alguna ventajita y que por supuesto no las van a cobrar, al igual que en el Banco Mayo y el Patricios.
En este punto cabe una pregunta: ¿Esta mafia Mata?
La respuesta es que no solo se mata con tiros, sino también robándole el ahorro de toda la vida a la gente sacándoselo de un plumazo, plata ahorrada para enfermedades, viajes, negocios, futuro, jubilarse con esos dineros, etc. Mucha gente enloqueció con posterioridad a la caída de los bancos en especial los bancos judíos de Argentina como el Mayo, el Patricios, y sin entrar a nombrar los anteriores por el accionar de estos mafiosos que no tienen piedad.

El APE lo perdieron en primera y en segunda instancia, y actualmente se encuentra en la Suprema Corte de Justicia, pero a mí entender sin ningún viso de que tenga un resultado distinto al de primera y segunda instancia.
Esta emisión de Obligaciones Negociables que da la casualidad es justamente por el monto que puso Soros de U$S 1.200.000.000 para la compra del BHN, es coincidente con el valor de compra de las acciones por el 25 %. Esto es lo que hace que Elsztain no lo necesite es a Soros en el negocio. De ahí a la pelea era cuestión de esperar y no mucho.
Dentro de la definición de mafia vemos y aprendemos que los códigos no se respetan una vez obtenidos los resultados esperados.
Y vaya resultado...El Gang Elsztain-Míndlin sin la plata de Soros no podía llegar ni a un uno por mil del BHN, pero una vez conseguido el BHSA, vean como le fue a Soros, y como les va a ir a los otros socios en los distintos negocios que estos mafiosos realicen.
La mafia se apropia del territorio
Desde los tiempos en que Georges Soros capitalizó a la mafia Elsztain - Mindlin, hasta el período en que ésta se consolidó, se apropió del siguiente espacio territorial argentino, y ese movimiento no se detiene, porque se extiende a otros países de América Latina:
Provincia, toponimia o denominación, superficie, actividad:
“ Salta, Los Pozos, 262.000 has
Corrientes, Santa Rita, 7.975
(Siete árboles)(*)
Catamarca, Tali Sumaj, 12.700,
Recreo 20.300
Córdoba El Coro 10.318
(Va María)
“ Santa Rita 2.504
“ Moroti 5.376
“ El Gualicho 5.729
(San Joaquín)
“ Río Cuarto
(La Sofía I) 4.928
“(La Sofía II) 1.223 precio: u$s 2.018.000
Inriville 4.290
(Las Playas)
Chaco Tapanegá 20.832 Tapenagá 11 6.479 u$s
800.000
Comprado a
Capozzolo 42.000 “
Santa Fe” 31.000”
Runciman (*) 3.128 “ “ /
tambo
“ San Enrique /

Los Maizales 1.602
Uranga -Rosario 4.008
(San Nicolás)
El ñacurutú 30.350
Bs. Aires La Adela 1.017 Tambo
(Luján)
“ El Bañadito / 1.789
El Silencio 396
(Salto)
“ El Meridiano 6.300
agrícola
(Va del Sauce)
“ La Juanita 4.302
San Luis 710
(O'Higgins)
San Luis 6.500 u$s 3,6 mills
agricultura de riego
200 “ ganadería intensiva
Total 491.356 “
El total de cabezas de ganado es de 170.000 vacunos.
Además tiene silos en San Nicolás (Bs As) con 14.000 tns de acopio. “Clarín” del 07.Feb.99, dice que Soros es amigo de la familia Rothschild y tiene relaciones con la rama judía ortodoxa Baal Sheem Tov.
(*) Vendida a Agropecuaria de los Veinte en u$s 2,6 mills.
Lo había comprado en u$s 0,9 mills. Ganancia: u$s 1,7 mills. Reinvierte en Pampa Húmeda.
(*) La localidad de Runciman fue llamada así en honor al Ministro inglés que firmó el Pacto Roca-Runciman en los '30, y a cambio de la compra de cereal y carne argentina, se cedía a Inglaterra el control de transportes, servicios públicos, Banco Central, etc. FORJA Gauretche, Scalabrini Ortiz y otros) lo llamaron el Estatuto del Coloniaje. El nombre del pueblo contó con el apoyo de conservadores, socialistas, alvearistas, demo-progresistas y otros que se beneficiaban con el papel de chacra de Inglaterra.
No sería extraño que, en un pueblo con grandes inversiones de Soros, se lo re-bautizara “Thatcher”. Al fin y al cabo, su victoria en Malvinas permitió el regreso de los “democráticos” al gobierno y retomar el papel de granja (yacimiento minero, petrolero, caladero de pesca, etc) del Imperio Británico.
(**) El Meridiano fue comprado en u$s 6 mills y vendido en u$s 11 mills. Invirtió en mejoras u$s 1 millón. Lo compró en Abr.96 y lo vendió en Ago.98. Tuvo una ganancia en dólares, en 28 meses, del 57%
Los campos de Soros figuran como Cresud. IRSA, la otra empresa, es la única inmobiliaria que cotiza en Bolsa. Dueña, entre otros, de:
- ex-Mercado de Abasto, (55% de acciones por u$s 10 mills.) para abrir, entre otros, un hotel de Holliday Inn.

La cadena es de BASS (Inglaterra) con intereses en bares, restaurantes, bingos y bowlings en el Reino Unido. Tiene fábrica de cerveza (“Carling”) y bebidas con y sin alcohol. El holding factura u$s 8.174 mills.
Holliday Inn da la franquicia para instalar hoteles en Abasto (Corrientes y Anchorena). Son 15 pisos con 150 habitaciones. Facturación estimada: u$s 4 mills. anuales. Los compradores de la franquicia deben pagar a los ingleses:
- Ingreso a la franquicia: u$s 500 por habitación.
- Royalty: 5% de ingresos por habitación
2” para publicidad
1” “ Holidex 2000, servicio de reserva internacional de la cadena.
El Grupo que adquirió la cadena es Condominium Abasto Buenos Aires SA. Ahí levantará sucursal el Banco Mercantil (Werthein). Holliday Inn tiene 2.300 franquicias en el mundo y 90 en Latino-América. Además abrirá en Capital, Neuquén, Córdoba y Tucumán.
Soros (IRSA) vendió en 2 días (11/12.May.97) 150 departamentos de Torre Carlos Gardel (Abasto). u$s 9.000.000. Batiendo su propio récord, (17.18.May.97) vendió Torre Enrique S. Discépolo en 6 hs. 160 departamentos. u$s 9.600.000.
Otras propiedades de IRSA (Soros):
- Novoa en San Pablo (Salta)
- Edificio Torre de Telecom. Se construyó en sociedad con Roggio
- Barrios privados a lo largo de Avda. Gral. Paz
- 14 locales del Banco de Crédito
- Alto Palermo
- Buenos Aires Design Center 51 %
- Shopping 100”
- Hotel Intercontinental 75”
- Estancia Abril 100”
- Puerto Retiro 35”
- ex-Talleres Rosario s/i Sociedad con Coto
ex-Talleres Rosario es un predio ferroviario de 20 hts, donde se levantará un shopping, centro de exposiciones, hipermercado, museo, 16 salas de cine y 10 edificios para viviendas. La inversión es de u$s 200 mills.
En Venta: Superficie m2
- Palacio Alcorta. 25.175
Edificio Renault (Av Figueroa Alcorta)
- Minetti D 6.899
- Parcela 18 de Puerto Madero (Dock 13) 7.027
- Dique 4 5.000 Vendido a SLI (Sociedad Latinoamericana de Inversiones) de Samuel Liberman (ex-VCC)
Precio: u$s 9 mills.
- Otros 7.171
- Dock 5 Y 6 de Puerto Madero

- Silos de Dorrego 1916, comprados a Minetti
- Aleph K
En desarrollo
- Torres Jardín 1 10.773
- Torres Jardín 1110.812
Para vender
- Barrio Privado Villa Celina 101.266
Otros sin información
Subtotal 205.764
En Alquiler:
- Edificio Prourban, 12.387
“El Rulero” (Libertador y Pellegrini) lo compró a Macri en u$s 25 mills.
No tornó posesión por estar embargado por deudas de Sevel.
- Edificio “Pirelli” (Juncal y Libertador) 10.486
- Edificio Av Madero 1020 5.833
- Maple (Suipacha 664).11.600 Comprada a los ingleses.
- Reconquista 823 6.100
- Avda de Mayo 595/991.958
- Av Madero 9421.539
- Constitución 1111/89 2.421
- Rivadavia 2243/65 2.070
- Otros 4.893
- Montevideo 1916
- Alsina 934/44
Renta oficinas / comercios
- Florida 291 2.295
- Santa Fe 1588/600 2.744
Rentas Locales de Shopping 66.500
-------
Subtota1138.236
Clubes de Campo y Residencias
- Barrio Privado Abril 310.000
- Parque Pereyra Iraola (con P Companc) 130.000
Hotel
- Hotel Llao-Llao (Bariloche) 150.000 comprado a City Bank en u$s 15 mills
- Hotel Libertador Kempinsky (Maipú y Córdoba) comprado a HASA de Zsolt T J Agardy (*).
El precio de venta es u$s 23 mills
Vendió el 20% a Starwood Hotels & Resorts (Sheraton)

- Hotel Intercontinental (75%)
Moreno y Tacuarí
Proyectos
- Ciudad Deportiva de Boca. u$s 50 mills. 720.000
- Dique 2 Puerto Madero 27.900
-------
Total 1.681.900”
[RICCIARDELLI, H: Los vampiros de la Argentina, páginas 683-688. Internet]

Capítulo III
A - LOS MIEMBROS DE LA MAFIA
Los siguientes son “casi” todos los integrantes de la mafia por orden alfabético:
ABELOVICH, JOSÉ DANIEL
ACUÑA, JOAQUIN ARTURO
AIDENBAUM DE HALAC, CLAUDIA MARCELA
AISENBERG, ISAAC
ANDERLIC, ALEJANDRO A M
ANDRIESSEN, ROLAND GODEFRIDUS
ANZIZAR, MARIA MARTA
APELBAUM, ROBERTO
ARTAGA VEYTIA, SANTIAGO
BAMBACH, ANDRES OLIVOS
BARENBOIM, FERNANDO
BARYLKA, MARCOS OSCAR
BASSINI, EMILIO
BATIOLI, EMILIO
BAZAN, JULIO EDUARDO
BENSADON, FEDERICO
BERGEL, SALVADOR DARIO
BERGER, MARIANA
BERGOTTO, OSCAR
BERKENW ALD, PEDRO SAMUEL
BORENSTEIN, ANDRES
BOSCH, JUAN ALBERTO SALVADOR
BRIDGER, CEDRIC DAVID.
BRUNELLI, LUIS
.BUCHI BUC, HERNAN
CAMBIASSO, AGUSTIN PEREZ
CAMPANA, ALBERTO OMAR.
CANTAROVICI, SERGIO FABIAN
CARDENAS, EMILIO
CARIDE, EDUARDO FERNANDO
CARMONA DE ELSZTAIN, MARIANA RENATA CA V ANAGH, JUAN
COCARO, GUILLERMO ARTURO
COHEN, GABRIEL
COLDESINA, GUILLERMO ALEJANDRO
CONTE GRAND, ESTEBAN JAVIER
CORBO, MIGUEL MARIO
CRA WFORD, JOHN

CHAPLIK, IRA
DATRI, DARIO GABRIEL
DAVIDOVICH, NADIA
DEFEO, SILVIA CECILIA
DIAGO, AL VARO
DIBB, VICTOR ROLANDO
DILERNIA, NICOLAS
DRAJER, ISAIAS MAURICIO
EFKHANIAN, GUSTAVO DANIEL
ELSZT AIN, ALEJANDRO GUSTAVO
ELSZTAIN, EDUARDO SERGIO
ELSZTAIN, FERNANDO ADRIAN
ELZSTAIN, RICARDO DANIEL
ELUCHANZ URENDA, JOSE DOMINGO ENGLER, PAUL
ERNST, ALFREDO
FALCO, CARLOS GUSTAVO
FERNANDEZ, LEONARDO
FISHMAN, MARCOS
FLOMBAUM, HECTOR JORGE
FLOMBAUM, HUGO RAUL
FRAIRE, CECILIA ANDREA
FREIMAN, HAROLD
FUKS, NÉSTOR LUIS
FUXMAN, MARCELO HÉCTOR
GALZERANO, CARMEN ROSA
GAMERMAN, DANIEL A.
GARCIA CUERVA, ALEJANDRO
GENOVESI, LUIS MARIANO
GENTILE, SILVANA MARÍA
GIOVINAZZO SUSANA BEATRIZ
GLASTEIN, GARY
GLAZMAN, CLAUDIO
GOLDFARB, ROBERTO JAIME
GOLUB, GUSTAVO VICTOR
GOMEZ, RICARDO
GORNEZ, RICARDO MARIANO
GOSTUSKI, ADRIAN ALEJANDRO
GRAHAM, NICOLL
GRANIER, LUZ
GREIBEL, RICHARD ALPHONSE
GRINBERG, JAIME
GROUMAN, JORGE
GRUBER, PETER

GUELL, JOAQUIN
GUERISOLI, CARINA MARIA DE LUJAN
GUIBERT, ARMANDO DANIEL
GURFEIN, ARI GABRIEL
GURFEIN, EDGARDO DANIEL
HALAC, LEON JORGE
HENDERSON, BRIAN ROBERT
HERBIN, LUIS FERNANDO
HOBERMAN, JEFFREY SCOTT
HUIDOBRO, LUCILA
INIEST A, RAFAEL NORBERTO
JUEJA TI, AARÓN GABRIEL
JULIANELLI, PABLO CESAR
KATZ, ADELA GLORIA
KATZ, HORACIO
KENDRICK, DON
KHAFIF EDGARDO
KHAFIF, EDGARDO
KHALIL, MOUBA YED MICHEL
KIELMANOWICZ, DANIEL LUIS
KIGUEL, MIGUEL
KIPERSZMID DE YUFFE, SARA REBECA
KLAINER, DANIEL
KOLAKZYK, SERGIO LEONARDO
KOZAK, MARCELO
LAUGHLIN, ALFREDO J. MAC
LEGAN, PABLO AGUSTIN
LEAN, GERARDO ALBERTO
LERNOUD, GASTON ARMANDO
LIBERMAN, GUILLERMO
LIBERMAN, LILIANA
LIBERMAN, SAMUEL
LIBMAN, BERNARDO MARIO
LIFSIC DE ESTOL, CLARISA DIANA
LIFSIC, RICARDO
LINAZA, PEDRO JA VIER
MACCHI, JULIO AUGUSTO
MACER, DIEGO
MAGNANINI, RAFAEL
MALETTI, ALBERTO MIGUEL.
MALIK, Y AEL
MALKIN, MA TILDE
MARCH, JORGE

MARTINEZ, EDGARDO JULIO
MELLICOVSKY, DANIEL EllAS
MELLICOVSKY, JULIAN
MENCARINI, JORGE ALBERTO
MILLAN, ALFONSO
MINDLIN, ALEJANDRO
MINDLIN, DAMÍAN MÍGUEL
MINDLIN, MARCELO MARCOS
MOSZKOWSKI, NEAL
MURMIS, ROBERTO DANIEL
MUZI, SERGIO MARIO
NOBLE, JUAN EUGENIO MARIO
NOBLE, MARCOS EUGENIO MARIO
O' F ARREL, URIEL FEDERICO
PAGANI, CARLOS ALBERTO
PAOLANTONIO, MARTIN ESTEBAN
PARRADO, MARIO CESAR
PEREDNIK, DAVID ALBERTO
PERELMAN, ABRAHAM
PETRAKOVSKY, EDGARDO GUSTAVO
PETRECOLLA, DIEGO
PEZ, SERGIO RICARDO
PÍSULA, CARLOS
QUIM, BERBARDO
QUINTANA TERAN, JUAN CARLOS
QUINTANA, JUAN MANUEL
RAWSON, ENRIQUE FRANKLIN
ESPINA REGGIARDO, GERVASIO
REZNICK, GABRIELA
RICCI, ARMANDO F
RIQUEIRA, ALICIA GRACIELA
ROCA, EDUARDO
ROJAS, MAURICIO CARLOS
ROJO, PABLO ESPARTACO
ROTSZTEJN, MARIA RITA
ROZENBLUM, CLAUDIO
RUBIN, FERNANDO
RUBIO, PABLO PONISOVSKY
RUIV AL, JORGE
SAFFIE, JOSE SAID
SALABARREN DUPONT, RAFAEL
SALVO, HECTOR EMILIO
SANCHEZ ESTELA BEATRIZ

SANTAMARINA, ROCIO
SARGIOTTO, RICARDO
SAYA, JUAN
SCHIFFRIN, JORGE HORACIO SERGEL, RICK
SICA, FRANK VINCENT
SKINNER, MIGUEL
SKOLACKZYC, SERGIO
SLIAPNIC, GILDA MONICA
SLIP AKOFF, MARCOS SERGIO
SOLDATI, SERGIO
SORONDO, GUILLERMO HORACIO
STEINER, WALTER
SUSMEL, FRANCISCO GUILLERMO
SZEJNBERG, GASTON L E
SZEJNBERG, GUSTAVO L
TAPIA, EDUARDO JORGE
TIBIS, NORA DÍAS
TOPPELBERG, OSCAR DANIEL
TORRES, RICARDO ALEJANDRO
URANGA, CARLOS
URANGA, FEDERICO JOSE
URANGA, IGNACIO FRANCISCO
URANGA, INES ELENA
URANGA, SOFIA SARA
VARELA, ANDREA BECCAR
VENANCIO, GONZALO
VERGARA DEL CARRIL, PABLO
VERRA, ALBERTO ESTEBAN
VESPIGNANI, LEONARDO MANUEL
VIÑES, ERNESTO
VITTOR, JOSE LUIS
VON HASE, ANDRES MONCAYO
WAIDATT, GASET HERMENEGILDO JUAN ANTONIO
WIOR, MAURICIO
WOODLEY, EDUARDO
ZABALEGUI, AULA
ZANG, NA T ALIA
ZANG, SAUL
ZUBIAUR, CARLOS
Todas estas personas integran los directorios, o son accionistas, prestanombres, de las sociedades controladas y vinculadas con Eduardo Sergio Elzstain, Saúl Zang, Ernesto Viñes, Darío Bergel, Marcelo Marcos Mindlin, y Martín Esteban Paolantonio en las sociedades constituidas ad hoc.

Las sociedades: ¿refugios, escondites, aguantaderos legales o estructuras de despiste para evitar cualquier seguimiento o investigaci6n?
Es posible que entre todos estos personajes que nombré, haya personas que muy posiblemente no hayan advertido que están metidas en una mafia, pero si nos abocamos a la definición de Sutherland, los rotulamos como delincuencia de cuello blanco. Esto es un poco dificultoso para los ojos de la sociedad, pero para esto este libro aclara cada frase o palabra utilizada, en forma teórica. Para que no quede duda al respecto de la veracidad de las declaraciones que hago.
Vemos que son sociedades con distintos objetos, con distintos socios, pero siempre figuran los principales personajes que son partícipes necesarios de todos estos negocios, es decir que cada uno sabe para qué está, adonde apunta y qué provecho saca por participar en cada una de estos cientos de sociedades, que funcionan como aguantaderos de estructuras legales.
El modus operandi de esta organización mafiosa tiene un objetivo principal que es delinquir contra el estado, contra los mismos inversores, contra la Comisión Nacional de Valores cometiendo ilícitos en la compra venta de acciones de ellos mismos con el mero objeto de hacer subir o bajar el precio de acciones de sus distintas sociedades.
Hay una sociedad que es la Raymond James que participó en la compra de acciones del Banco Hipotecario, cuando éste hizo la pantomima de comprar la Banca Nazionale del Lavoro, con el único objeto de levantar el precio de la acción del BHSA y generar falsas ganancias para repartirse utilidades que nunca existieron, y más cuando el BHSA debía sólo en obligaciones negociables la friolera de 1.200 Millones de Dólares, e hizo subir el precio de las acciones del mismo en casi un 33 por ciento.
Es notable la cantidad de sociedades en las que participan, dejando la duda de en qué tiempo pueden participar de tantas y tan diversas actividades, que van desde agencias de turismo, financieras, bancos, empresas de energía, empresas de Internet, empresas de tarjetas de crédito, sociedades que pueden ser como bancos o entidades financieras sin serlas, desarrollos inmobiliarios, sociedades de bolsa, fondos comunes de inversión, negocios de hotelería , explotaciones agrícolas- ganaderas, emisión de obligaciones negociables, créditos de consumo, asesoramiento sobre distintos instrumentos y estrategias de inversión, emisión de debentures, administración de fondos de terceros, consignaciones y gestiones de negocios, otorgar y recibir todo tipo de garantías y/o avales y realizar financiaciones con o sin garantía, ejercer mandatos, sociedades de seguros, sociedades de inversión, compra venta de cualquier tipo de inmueble, o sea que encajan perfectamente en la definición de Sutherland cuando los define como Mafiosos de Guante Blanco.
También me animo a decir que constituyen todas estas sociedades con el objeto de LAVAR DINERO proveniente de los diamantes, del oro, del negro de la construcción, del narcotráfico, de las privatizaciones de la energía y del BHN.
Según Arbizu el arrepentido del Morgan esto encaja perfectamente en la definición de lavado de dinero, y son usadas estas sociedades para hacer justamente eso.
ESTAS SON ALGUNAS DE LAS SOCIEDADES DONDE PARTICIPA EL GANG:
A SOCIET A TIS SA
ABRIL SA
AGRO INVESTMENT SA
AGRO RIEGO SAN LUIS SA
AGRO-URANGA SA
ALTO INVEST SA
ALTO PALERMO CENTROS COMERCIALES

ALTO P ALERMO SA
ALTO RESEARCH AND DEVELOPMENT SA
ALTOCITY COM SA EMPALME SAICFAG
ALTOCITY.COM SA
BACS BANCO DE CREDITO Y SECURITIZACION SA
BANCO HIPOTECARIO SA
BHN SEGUROS GENERALES SA
BHN SOCIEDAD DE INVERSION SA
BHN VIDA SA
BHN -VR SOMIF SA
BHN-VR EMPRESAS SA
BHN-VR PARTICULARES SA
BOLSA DE COMEROO DE BUENOS AIRES
BUENOS AIRES TRADE AND FINANCE CENTER SA
CACTUS ARGENTINA SA
CAM INVERSORES SA
CAM SA SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSION
CAMARA DE SOCIEDADES ANONIMAS
CASPIAN SECURITIES SOCIEDAD DE BOLSA
CENTRALPUERTOSA
CENTRAL TERMICA GOEMES SA
CHACABUCO 175 SRL
CHEMOTECNICA SA
COLONIZADORA ARGENTINA SA
COMPANIA INVERSORA ENTRANSMISION ELECTRICA CITELEC SA.
COMPASS ASSET MANAGEMENT SA
SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSION
COMPASS MERCOSUR SA POR 1 DIA -Escritura N° 2404 de fecha 30 de noviembre de 2006 25/10/2001
CONSULTORES ASSETS MANAGEMENT
CONSULTORES LAND INTERVENTURES SA
CONTAINER CENTRALEN LATIN AMERICA SA
CRESUD SACIFA
CRITERIO SOLIDARIO DE MERCADO SA
CYRSA SA
DOLPHIN FUND MANAGEMENT SA
DYPEZ DESARROLLOS Y PROYECTOS DE EZEIZA SA
E-COMMERCE LATINA SA
ECONETWORKSARGENTINASA
EDENOR SA
EDUMARIA SA
EMPALME SAICFAG
EMPRENDIMIENTO RECOLETA SA
EXPORTACIONES AGROINDUSTRIALES ARGENTINAS
FIBESA SA
FINANCEL COMMUNICATIONS SA
FUTUROS Y OPCIONES.COM SA
GILZA
GOMER SACI
HIDROELECTRICA DIAMANTE SA
HIDRONEUQUEN SA
HOME FINANCING SA
HOTELES ARGENTINOS SA
INVERSIONES GANADERAS SA
INVERSORA BOLIVAR SA
INVERSORA DEL PUERTO SA
INVERSORA DIAMANTE SA
INVERSORA NIHUILES S.A.
IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SA
LA LONJA- ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL AGROPECUARIO SRL
LATIN AMERICA CAPITAL PARTNERS II LP
LLAO LLAO RESORTS SA
MERCADOELECTRONICO DE GAS MEG SA
METROSHOPSA
NUEVAS FRONTERAS SA
PALERMO INVEST INC
PAMPA HOLDING SA
PANAMERICAN MALL SA
PATAGONIAN INVESTMENT SA
PEREIRAOLA SAICIFYA
PEREZ CUESTA SACI
PEROT SA
POWERCO SA
PRADOS DE ECHEVERRIA SA
PUERTO RETIRO SA
RENTAL FARMS SA
SAGIL SA
SHOPPING ALTO PALERMO SA
SIGLOS SA
SOCIEDAD DE INVERSIONES INMOBILIARIAS DEL PUERTO SA

SWISS MANAEMENT GROUP
TARSHOPSA
TIZAPAN SA
TRABAJANDO COM ARGENTINA SA
TRANSENER SA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA
EN ALTA TENSION
ZANIMP SA
SOCIEDADES DE BOLSA VINCULADAS AL GANG
DOLFHIND FUND
IFISA
RAYMOND JAMES ARGENTINA SA
APSA
Elsztain y Zang manejan la Bolsa de Buenos Aires:
La Bolsa es una entidad privada autorregulada, controlada por la Comisión Nacional de Valores.
El Consejo Directivo de la Bolsa tiene 62 miembros, de los cuales 36 son electos en carácter de representantes de diversas actividades económicas. Los otros 26 tienen voz pero no voto, representan entidades adheridas a la Bolsa. Cada año se renuevan 12 miembros. Los eligen los 4.000 socios de la Bolsa. Desde 1854 siempre eligió sus autoridades sin interrupción alguna. El consejo se compone de 36 miembros elegidos: 3 socios de la Asociación, 3 agentes de Bolsa presidentes o vicepresidentes de sociedades de Bolsa, 3 directores de SA que coticen con acciones autorizadas, 3 socios que posean inversiones en valores mobiliarios, 3 operadores de mercados, 3 comerciantes, 3 industriales, 3 financistas, 3 productores, 1 corredor de cambio, 1 rematador, 1 representante de compañías de seguros o corredor de seguros, 1 ganadero, 1 cerealista, 1 consignatario, 1 importador, 1 exportador, 1 transportista. Entre estas autoridades se han infiltrado mafiosos, qua desde esta organización logran cumplir con su cometido, tergiversando la ley
Arturo T. Acevedo Inc. 1 -Socio
Jorge R. Aguado
Inc. 9 -Productor
Julio Aisenstein (Sin voto)
Federación Lanera Argentina
Pablo M. Aldazábal
Mercado de Valores de Buenos Aires S.A.
Jorge José Álvarez
Unión Argentina de Entidades de Servicios (UDES)
Roberto Álvarez, Vocal
Inc. 6 - Comerciante
Francisco Astelarra (Sin voto)
Asociación Argentina de Compañía
Roberto Blanco

Cámara de los Agentes y Sociedades de Bolsa de la Ciudad de Bs. As. Aldo T. Blardone
Cámara de Artes Gráficas de la BCBA
Ernesto R. Bolton
Cámara Algodonera Argentina
Federico Braun
Inc. 3 - Director de Sociedad Anónima
Jorge H. Brito
Asociación de Bancos Privados de Capital Argentino (ADEBA)
Jorge P. Brito
Inc. 8 -Financista
Enrique L. Bullrich
Cámara Gremial de Rematadores de la BCBA
Jorge H. Casanova
Cámara de Alcoholes
Juan L. Catuogno
Cámara Argentina de Fideicomisos y Fondos de
Inversión Directa en Actividades Productivas (CAFIDAP)
Elvio Colombo
Inc. 11 -Consignatario 9
Armando A. Crivelli
Cámara de Fabricantes de Bolsas
Ricardo Daud
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Diego F. Carabassa
Inc. 9 - Productor
Diego de Pamphilis
Centro de Corredores y Consignatarios de Algodón de la República Argentina Fernando A. Díaz
Inc. 5 - Operador de Mercado
Carlos D. Dokser
Inc. 12 -Exportador
Eduardo S. Elsztain
Inc.II -Cerealista
Horacio P. Fargosi, Vicepresidente 10
Inc. 1 - Socio
Adelmo J. J. Gabbi, Presidente
Inc. 1 - Socio
Guillermo J. Gainza Paz
Inc. 10 - Rematador
Rodolfo García Piñeiro
Centro de Navegación
Aldo Gasparroni
Cámara de Inversores en Valores Mobiliarios de la BCBA
Daniel Giannoni
Inc. 12 -Transportista
Claudio H. Gilone
Inc. 5 - Operador de Mercado
Gregorio R. Goity
Asociación de la Banca Especializada
Ignacio Gómez Álzaga
Centro de Consignatarios de Productos del País
Emilio C. González Moreno
Inc. 8 - Financista
Sergio H. Guerrero Trebin, Vocal
Inc. 5 - Operador de Mercado
Juan C. Lannutti
Cámara de Sociedades Anónimas
Fernando J. Lascombes
Inc. 10 - Corredor de Cambio
Jorge A. Levy
Inc. 12 - Importador
Alfredo J. Mac Laughlin, Vocal
Inc. 3 - Director de Sociedad Anónima
Mariano J. M. Marraco, Vocal
Inc. 4 - Socio Inversor
Zulma A. Mascaretti
Inc. 6 - Comerciante
Carlos A. Molina
Inc. 7 - Industrial
Alberto L. Molinari, Tesorero
Inc. 6 - Comerciante
Rubén C. Mustica, Prosecretario
Inc. 4 - Socio Inversor
Héctor A. Orlando, Protesorero
Inc. 7 - Industrial
Alfredo Oubiña
Asociación de Corredores de Cambio
Sebastián Palla
Unión de Administradoras de Fondos Jubilaciones y Pensiones (UAFJP)
Enrique H. Picado
Inc. 7 – Industrial
Aníbal B. Pires Bernardo
Inc. 9 - Productor
Luis M. Ponce de León
Inc. 10 - Representante de Compañías de
Rubén Reyes
Cámara de Subproductos Ganaderos de la BCBA
Patricio Ruiz acampo
Inc. 2 - Agente de Bolsa o Pte. o Vicepte. De Sociedades de Bolsa
Eduardo A. Santamarina
Mercado de Futuros y Opciones S.A. (MERFOX)
Alberto J. Stratiotis
Inc. 4 - Socio Inversor
Antonio A. Tabanelli
Inc. 11 -Ganadero
Eduardo J. Tapia, Vicepresidente 2º
Inc. 2 -Agente de Bolsa o Presidente o Vicepresidente de Sociedades de Bolsa
Jorge Torruella
Corporación de Corredores, Comisionistas y Consignatarios de Aceites y Subproductos
Alberto H. Ubertone, Vocal
Inc. 2 -Agente de Bolsa o Pte. o Vicepte. De Sociedades de Bolsa
Jorge A. Vattuone
Cámara Argentina de Casas y Agencias de Cambio (CADECAC)

Mario Vicens
Asociación de Bancos de la Argentina
Adrián Werthein Seguros o Corredor de Seguros
Inc. 8 -Financista
Gerardo Werthein.
Saúl Zang, Secretario
Inc. 3 -Director de Sociedad Anónima
Francisco M. Chiapara
Revisor de Cuentas
Rafael C. Monsegur
Asesor Legal.
Mesa Directiva:
Presidente Adelmo J. J. Gabbi
Vicepresidente 1º Horacio P. Fargosi
Vicepresidente 2º Eduardo Tapia
Secretario Saúl Zang
Prosecretario Rubén C. Mustica
Tesorero Alberto L. Molinari
Protesorero Héctor A. Orlando
Vocales Roberto Álvarez
Alfredo Mac Laughlin (también director del BHSA)
Mariano J. M. Marraco
Sergio H. Guerrero Trebin
Alberto H. Ubertone
Revisor de Cuentas Titular Francisco M. Chiapara
CIUDAD DEPORTIVA
En 1997, el grupo IRSA compró 72 hectáreas en plena Capital Federal, en la Avenida Costanera Sur, en lo que fue la Ciudad Deportiva de Boca Juniors. IRSA pagó por el terreno en esta compra 51,5 millones de dólares.
En ese lugar Elsztain y su conexión tienen pensado levantar torres de 50 pisos, a las que se considera un nuevo Puerto Madero. El entonces Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Jorge Telerman, autorizó el emprendimiento inmobiliario.
El diputado kirchnerista Héctor Faialde denunció el emprendimiento de 1.000 millones de dólares argumentando que semejante negocio era de exclusiva decisión de la Legislatura porteña, a la cual nada se le había solicitado al respecto. Una urbanización de esa magnitud requiere de la potestad legislativa.
Eduardo Elsztain presentó a Néstor Kirchner ya Beatriz Noffal, funcionaria en el área de las inversiones, a un hombre de negocios de Miami, Jorge Pérez.

Jorge Pérez es un potentado inmobiliario de Miami. Maneja The Related Group una firma constructora muy importante en Florida. Construyó 45 mil unidades en 2.000 condominios. Es hijo de cubanos, pero vivió 18 años en Buenos Aires.
Pérez tiene importantes relaciones con judíos provenientes de todo el mundo y con ricos de Argentina y Colombia, que compran condominios de 300 mil a 2 millones de dólares de precio, en Aventura, al norte de Miami. Otros prefieren Key Biscayne.
PUERTO RETIRO
El diario Clarín informó lo siguiente:
“Hasta hace unos años fueron astilleros. Hoy son tierras abandonadas y un grupo inversor quiere transformarlas en un nuevo centro de oficinas, viviendas y comercios, en edificios de 35 pisos, con vista al río y a la reserva ecológica. Pero el proyecto ya genera debates y cuestionamientos de parte de reconocidos urbanistas. Se trata de los 86 mil metros cuadrados del predio de los antiguos astilleros Tandanor, al lado de Puerto Madero, frente a la Dársena Norte, en Retiro. Los terrenos son del grupo IRSA -uno de cuyos accionistas es el magnate George Soros- que elaboró un ambicioso proyecto al que bautizaron con el nombre de Puerto Retiro. Sin embargo, expertos consultados por Clarín cuestionaron la propuesta. Creen que, de concretarse, no haría más que reforzar la centralización de la ciudad y la saturación del microcentro, cuando en realidad sería mejor desarrollar otras zonas de la ciudad .El urbanista David Kullock sumó otro argumento a la serie de objeciones. Ese terreno estaba destinado a actividades complementarias a las portuarias. Por lo tanto, se vendió a un precio relacionado con ese destino. Así, el Estado perdió mucho en favor de un privado, dice. El grupo IRSA expuso la propuesta a funcionarios del Gobierno porteño, pero según aseguraron en la Secretaría de Planeamiento Urbano aún no ha sido analizada y ni siquiera ha entrado en etapa de evaluación. Por eso, lo que existe hasta el momento es apenas una idea y una cifra sugestiva para la ciudad: 800 millones de dólares en inversión en una zona privilegiada. El terreno está a cuatro cuadras de Retiro, siete de Florida y dieciocho de Plaza de Mayo. Para que Puerto Retiro pueda llevarse a cabo necesita primero el visto bueno de la comuna y la aprobación de normas urbanísticas por parte de la Legislatura porteña: zonificaciones que permitan concretamente la construcción de edificios de 30 pisos al lado del pulmón verde de una zona ya saturada de oficinas y comercios. Como antecedente, vale citar que en .1993 el Concejo Deliberante decidió no aprobar normas urbanísticas para que quienes en ese momento eran dueños del terreno pudiesen construir diez torres frente al río. Un proyecto casi idéntico, en el mismo lugar, que fue descartado por demasiado polémico como marca la Constitución porteña, antes de aprobarse, estas normas deberán discutirse con los vecinos en una audiencia pública. La gente de IRSA asegura que Puerto Retiro ofrecería la posibilidad de abrir un nuevo frente costero, con una rambla de más de un kilómetro, en una zona que hoy es inaccesible para los porteños. La iniciativa propone transformar a las entradas del río junto a la Dársena Norte en dos plazas de agua, en cuyos extremos se levantarían dos torres gemelas para oficinas, al igual que otros cinco edificios. Por último, dos construcciones un poco más bajas y otra muy alta en el borde del río serían destinadas a viviendas. De los 83.589 metros cuadrados que tiene el predio, el proyecto prevé destinar un 7.1 por ciento para construcciones privadas y un 29 para espacio público, incluido el trazado de calles y la rambla costera. El cálculo de IRSA es que en total ingresarían a la zona unos cinco mil coches por día, a través de las avenidas Antártida Argentina y Quantirno. Si la comuna lo aprueba, las calles que llevan a los edificios costeros tendrían un tránsito restringido, sólo para residentes en la zona. La idea es que en la planta baja de las torres funcionen comercios y restoranes. De esa manera, de noche, el lugar sería un paseo frecuentado por los porteños, que podrían llegar desde Puerto Madero y desde la Plaza San Martín a través de dos puentes peatonales. Hemos diseñado la propuesta sobre la base de otros proyectos que todavía no han sido concretados. Supusimos que la autopista ribereña será construida bajo los diques, y tuvimos en
cuenta la expansión del puerto según se propuso hasta ahora, explicaron a Clarín integrantes de IRSA. La propuesta también prevé recuperar un lugar tradicional y al mismo tiempo casi desconocido. Pegado al predio de IRSA se levanta el viejo Hotel de Inmigrantes, un lugar prácticamente en desuso, sobre tierras de la Armada. La construcción es de 1910: doce pabellones para 200 personas, frente a una plaza arbolada. Allí, el Estado argentino alojaba a los inmigrantes durante los primeros cinco días de estadía en el país. Lo que propone IRSA es reciclar el edificio y convertirlo en un museo y centro cultural, un viejo proyecto del director de Migraciones, Hugo Franco. Para que el proyecto pueda ser llevado a cabo, además de la legislación adecuada, necesitaría previamente de la concreción de obras pluviales. Bajo el terreno de IRSA corre un conducto cloacal, por el que desagotan las instalaciones sanitarias de todo el microcentro. Según la empresa, la concesionaria Aguas Argentinas ya tiene previstas las obras para modificar la traza del conducto, y estas inversiones formarían parte de los compromisos contraídos para los próximos cinco años de concesión”.
[RECHES, Gabriel: Polémico proyecto para construir torres frente al río, Clarín]

Capítulo IV
Estructura de la Mafia:
El Padrino (GEVATTER EN IDISH)
Don Eduardo es el principal terrateniente de la Argentina. No sólo a nivel rural, sino urbano. Es el empresario rentístico inmobiliario más importante del país. Sus negocios son al margen de la ley, y su enriquecimiento lo ha hecho con plata ajena y perjudicando a socios e inversores (ver Soros).
Eduardo al igual que su abuelo, quien comenzó haciendo plata comprando conventillos con gente adentro, lo que hacia que el precio de los mismos fuera muy barato, y su misión o negocio era echar a los inquilinos de dichos conventillos, igual que en el Banco Hipotecario, rematando las casas de los deudores.
Todo empezó con IRSA, la empresa fundada en 1943 por Isaac Elsztain, abuelo de don Eduardo. En los 90 la firma tenia sólo 100.000 dólares de capital. Eso era lo genuino. Todo lo que vino después fue plata ajena y mal habida.
Eduardo Elsztain estudió en el Colegio Nacional de Buenos Aires. Cursó algún tiempo Economía, pero la teoría no le importaba. Le atraía la práctica cruda de los negocios de la calle, principalmente inmobiliarios. Negocios que siempre están a un paso de la usura. Se casó a los 31 años con una psicóloga, Mariana Carmona. Tiene cuatro hijos. Mariana Carmona dirige el Museo de los Niños en el shopping Abasto.
Ante los ojos de la colectividad se presenta como un judío religioso, siguiendo al pie de la letra la ritualidad y el discurso de la secta Jabad Lubavitch. Trata de legitimarse ante los paisanos, presentándose con kipá en todas partes y cumpliendo a rajatabla con el shabat.
Don Eduardo hace inversión religiosa. Es decir, invierte parte del dinero de los otros en comprar la conciencia de miles y miles de judíos inocentes, o débilmente informados, que creen que lo hace por una cuestión de fe. Invierte financiando sinagogas, colegios y comedores. Dicen que la sinagoga de Belgrano le pertenece. Maneja la filial de Hill El, una especie de Banco para financiación de becas universitarias a miembros de la colectividad.
Vive en Belgrano, y vacaciona en la estancia Quetrihué, en la Patagonia, que compró en 10 millones de dólares. La estancia tiene sólo 100 hectáreas entre el Lago Nahuel Huapí y Los Arrayanes.
El Estado Mayor del GEVATTER
1- En el primer nivel, el propio Don Eduardo, Sandek, Gevatter, Padrino, etc.
SAÚL Zang
2- Saúl Zang, el consegliere principal y abogado del capo di tutti capi. Zang y su estudio 'Zang, Bergel, Viñes y Asociados', es el cerebro de todas las operaciones.
Saúl Zang merece un capítulo más que especial porque es el ideólogo de todo el andamiaje de sociedades y laberintos creados para delinquir y además especialista en derecho de sociedades de Bolsa.
Participando de la comunidad judía de Salta tuve el orgullo de conocer a un primo hermano de este personaje siniestro, uno de los mejores fotógrafos que he conocido. Y me cuenta que los padres (tanto del fotógrafo ISIDORO ZANG como del abogado del diablo SAUL ZANG que eran hermanos) teman en común una fábrica de televisores que se la quedó el mismo Saúl Zang, dejando
sin nada al resto de la familia, así que como verán el espíritu de mafioso no es nuevo ya que nunca respetó ni siquiera a los parientes.
Zang escribe en la revista ADN abogados de negocios, donde presenta su estudio Zang, Bergel, y Viñes como “FACILITADORES DE NEGOCIOS”, Y dice: “anticiparse en los tiempos nos ha permitido por caso ser asesores estatales (Lobby en términos reales) y participar en la década del noventa en las privatizaciones (más escandalosas de la Argentina) de la Caja de Ahorro, Agua Potable, reestructuración del BH, y agrega: parecerá muy dogmático pero ser abogado es tener vocación de justicia. Realmente es para reírse un rato largo.
Marcos Marcelo Mindlin
3-Marcos Marcelo Mindlin, jefe de un gang financiero, denominado Dolphin, un fondo de inversiones. Elsztáin y Mindlin eran grandes amigos. En un período trabajaron juntos -Mindlin fue vice de IRSA hasta el 2003 -pero ahora se han bifurcado en estructuras diferentes, aunque combinadas estratégicamente en la cumbre. Mindlin compró Transener y Edenor, y se ocupa de avanzar sobre los siguientes servicios públicos privatizados:
• Director de Compañía Inversora de Transmisión Eléctrica (CITELE).
• Director Titular de EDENOR SA (Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte SA).
• Director titular de P AMP A HOLDING SA
• Director titular de INVERSORA NIHUILES SA.
• Director titular de Hidroeléctrica LOS NIHUILES SA.
• Director titular de Hidroeléctrica DIAMANTE SA.
• Director titular de Central Térmica Güemes SA.
• Director de POWERCO SA
• Director de CENTRAL PUERTO SA
• Presidente de PAMPA ENERGÍA SA.
• Presidente de TRANSENER SA (Compañía de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión).
• Vicepresidente de INVERSORA DIAMANTE SA.
El Sr. Marcos Marcelo Mindlin fue denunciado por lo siguiente: Edenor contaminación Edenor utiliza transformadores PCB, prohibidos en la Capital Federal desde el 2005. La responsabilidad es de Mindlin, principal propietario de Edenor. El PCB es cancerígeno, es decir que los transformadores imponen un impacto ambiental muy negativo. Se usa desde los 70 pero en el 2005 fueron prohibidos y se los obligó a la inmediata descontaminación. Clarín del 20 de mayo del 2008, dice: “Le apuntan a una empresa de electricidad El legislador porteño Fernando Cantero (Autonomía con Igualdad) denunció ante la Justicia a la empresa distribuidora de energía eléctrica Edenor, por supuesta violación a la ley de residuos peligrosos. La denuncia está referida al tratamiento de transformadores con PCB que la compañía hace en la subestación Agronomía. “Se han detectado equipos no registrados, en violación a la Ley nacional 24051 y a la Ley 760 de la Ciudad, condiciones de inseguridad para los pobladores y trabajadores. Indignan los reiterados impedimentos a los procedimientos de inspección por parte de las empresas a la que los gobiernos les entregaron las responsabilidad de proveer energía eléctrica”, dijo Cantero a ADNCiudad.com. El diputado comenzó a ocuparse del tema luego de recibir denuncias de vecinos de Agronomía, Villa del Parque y otros barrios de la zona. Además de presentar la denuncia ante la fiscalía federal con
competencia ambiental, el legislador notificó al Gobierno de la Ciudad, para que realice los controles que son de su competencia”.
Martín Esteban Paolantonio
4- Paolantonio Martín Esteban: Este personaje es socio del Dr. Saúl Zang, miembro de Irsa, director del BHSA, Vicepresidente de IRSA desde 1994, asimismo fue socio del estudio jurídico “ZANG, BERGEL, VIÑES y ASOC.”, también está en el directorio de Cresud SA, Consultores ASSET Management SA y APSA Y director de Brazil Realty. El estudio ZANG, BERGEL, VIÑES y ASOC a su vez es socio del estudio Simpson, Thatcher y Bart Lett LLP de Nueva York.
El doctor Paolantonio también es apoderado del BHSA, y también tiene su domicilio, Oh casualidad! en la calle Florida 537, justo en las oficinas del estudio de Zang y su banda.
Es evidente que el accionar de este abogado no resulta una cuestión meramente casual, sino mas bien, una operación orquestada con el único fin de que a través de valerse de información privilegiada, posibilite la obtención del embargo de las acciones que el estado argentino posee del BHSA. Veamos:
Con fecha 22 de mayo de 2007., el Juez Thomas P Griesa, decretó varias órdenes de embargo contra la República Argentina. Las mismas se fundan principalmente en las declaraciones de Martín Esteban Paolantonio y su memorandum de fundamentación.
Los embargos obtenidos por los fondos EM & NML, afectan el patrimonio de los siguientes fideicomisos:
FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL
FIDEICOMISO DE ASISTENCIA AL FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL
• FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL
• FONDO FIDUCIARIO PARA LA RECONSTRUCCION DE EMPRESAS
• FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA y MEDIANA EMPRESA, ETC.
y el más importante:
CONTRATO DE FIDEICOMISO EN GARANTIA DE LAS OPCIONES DE COMPRA DE LAS ACCIONES (ADR) CLASE D DEL BHSA
A los efectos de evitar nuevos embargos sobre los bienes de la nación se resguardaron los activos a través de la utilización de fideicomisos. Quedaban depositados en garantía los referidos bienes como consecuencia de la debacle económica producida en el 2001.
Esos fondos fiduciarios debían ser renovados periódicamente, a los efectos de que allí lo depositado, mantuviera su garantía de indemnidad.
Sin embargo uno de esos fondos quedó desguarnecido. Se trata del fiduciario donde estaban las opciones de las ADR (AMERICAN DEPOSIT ARY RECEIPT) surgidas de la privatización del BHSA.
Las ADR son las acciones de una empresa extranjera que pueden comprarse y venderse en el mercado de valores de EEUU.
En ese caso se trataba de recursos que estaban pendientes de ser licitados, por lo que se encontraban en “custodia” de ese fideicomiso.

Las acciones del Estado estaban protegidas en el fideicomiso que venció en febrero del 2007 y nunca se renovó.
Dicha renovación se encuentra a cargo del área del ministerio de economía y producción, secretaria y subsecretaria legal y administrativa.
Los manejos internos poco adecuados en el área legal del ministerio de economía durante la gestión Miceli, permitieron la materialización de un embargo internacional contra las acciones que el Estado posee del BHSA, quedando demostrada totalmente la negligencia, y la pasividad dolosa de los funcionarios a cargo.
No siendo casuales las visitas de Grinberg y March al despacho de la ministra Miceli y de los sobornos dados a ésta, no por la adjudicación de obras, sino para realizar esta operación para quedarse con todas las acciones del BHSA.
El abogado que declaró en contra de la República Argentina, fundamentando así sus pedidos de embargo, es nada menos que Martín Esteban Paolantonio.
El beneficio radica en que el actual grupo controlante del BHSA pretende ostentar la mayoría real del paquete accionario del mismo, siendo el embargo una vía económica y silenciosa de obtener esa mayoría a través de sociedades controlantes y controladas.
Esta situación dominante del grupo económico que en este momento ostenta el manejo del BHSA, impone a la entidad sus únicas decisiones, con el agravante de poder vaciar tranquilamente el BHSA a gusto y placer.
Según el gang PAOLANTONIO: II
(Estudio Paolantonio, Legón, etc.)
“La función de abogado:
La valoración social de la función del abogado es en muchos casos negativa, fundada en estereotipos de conductas que ni compartimos ni practicamos. Creemos que:
• El asesor legal debe funcionar como un medio para sortear barreras y facilitar la realización de negocios. De nada sirve un abogado que se limite a indicarle lo que no puede hacerse. y si bien es cierto que, ocasionalmente, será necesario un “no” como respuesta a una petición del cliente, ello es un recurso extremo que rara vez nos vemos obligados a utilizar.
• El análisis jurídico debe necesariamente contemplar la relación “costo -beneficio”, para poder así colaborar eficientemente en la toma de decisiones comerciales. Nos esforzamos para evitar el enfoque rígidamente “legalista”, ajeno a las circunstancias y coyunturas propias de cada cliente.
• No sólo es importante cerrar el negocio con la contraparte, sino cultivar una relación comercial fructífera para todas las partes. El asesoramiento legal no debe ser una lucha de argumentos sino una síntesis de esfuerzos comunes que permitan alcanzar objetivos empresarios.
• Estamos convencidos que en un mundo cada vez más complejo y con regulaciones crecientes, el ejercicio de la abogada puede crear valor para nuestros clientes y para la sociedad.
• Emisión de acciones y títulos de deuda con cotización simultánea en Argentina y EE. UU.
• Emisión de títulos de deuda convertibles, incluyendo operaciones con derivados incorporados a los títulos de deuda.
• Organización y asesoramiento de fondos comunes de inversión .Fideicomisos y Securitización de activos tradicionales (hipotecas) y no tradicionales (flujos futuros de fondos), por medio de fideicomisos financieros o fondos comunes de inversión.

• Facilidades bilaterales y Créditos sindicados
• Operaciones con derivados estandarizados (ISDA) y no estandarizados (tailor made)
• Retiro de oferta pública de acciones cotizadas”.
[del book del estudio Paolantonio en Internet]
Tzvi grumblat
5- Tzvi Grumblat: Merece un comentario muy especial el jefe espiritual en Argentina de la secta religiosa Jabad Lubavitch, quien no es otro que el Rabino Tzvi Grumblat, un asesor “espiritual” de las inversiones y de todos los negocios que realiza el grupo Irsa. Creo que cumple hasta horario y figura en la nómina (por supuesto en negro) de IRSA, un “consegliere” del nivel de Zang y mas importante que Mario Blejer, es más, no realizan ningún negocio sin el visto bueno de este rabino asesor consegliere.
En varias oportunidades he hablado con este personaje solicitándole que intervenga en los conflictos que tengo con Elsztain, que realice un “din torah” (arreglo entre judíos con la intervención de rabinos) para arreglar cuestiones litigiosas entre judíos, y así no ventilar en la justicia ordinaria asuntos de la comunidad.
Este planteo se lo realicé antes de iniciar los juicios en contra del BHSA.
Pero respondió, convenientemente para él, “son cuestiones entre el BH y vos”, a lo que le respondí son cuestiones de judíos y que cuando le convenía eran cuestiones para dilucidarlo en los tribunales ordinarios.
Además, le reiteré que Elsztain había dicho que no arreglábamos esto por que los dos éramos judíos y sería muy mal visto en el Ministerio de Economía un arreglo entre ambos.
Fue entonces que le hice notar sin más, que él no participaba del “din torah” porque estaba sustentado y esponsorizado por la mafia judía de Argentina, y que lo que yo podía ofrecer le, que era muy poco en comparación con lo que los otros le ofrecen, y por supuesto no iba a contradecir o disputar algún punto de vista porque inexorablemente me tendría que dar la razón.
Evidentemente trabaja para los judíos ricos, poderosos y mafiosos.
Estando en Córdoba el 29 de Febrero del 2008 pedí hablar con el personero de Grumblat, que no es otro que el patético Iosi Turk, a quien conozco desde hace mucho tiempo.
Le comente que estaba escribiendo este libro acerca de la Mafia Judía, y que muchos judíos quedarían involucrados, a lo que me respondió... eso “es escupir para arriba y que no quiero que me cuentes mas por que yo estoy para otras cosas”.
Entonces de manera suspicaz la pregunte si él sabía de donde provenían los fondos de las donaciones que hacia Elsztain, y me contestó “No me interesa de donde viene el dinero que ingresa, mientras ingrese yo no pregunto de donde viene”.
Si uno habla con los Jabad Lubavitch, éstos recomiendan no hacer ninguna inversión con dinero propio, pero sí con dinero de terceros. Y si es proveniente del narcolavado mejor.
La historia se repite, y me recuerda el libro de Mario Puzo, llevado al cine por Francis Ford Coppola en la zaga del Padrino III cuando quieren blanquear todos los negocios sucios a través del Vaticano comprando el grupo inmobiliario, y el Banco Ambrosiano. La similitud es imperdible, acá compran entre comillas el Banco Hipotecario Nacional, y detrás no está la conexión Opus Dei del Vaticano, sino los Jabad Lubavitch, GRUPO ULTRAORTODOXO JUDIO con más poder que el mismo Opus Dei.

¿Quiénes son? , ¿Qué hacen?, ¿Cual es la misión de estos en la diáspora?, ¿Por qué Elsztain les pone tanto dinero?, ¿Qué pasó con el jugador de fútbol Diego Placente que se casó con una chica judía, y quiso a, portar donaciones en lugar de los regalos de boda a instituciones que manejan los Lubavitch y se negaron?, ¿O será que las donaciones tienen que provenir únicamente del lavado de dinero? ¿Qué negocios venden?
Después de esta publicación será un tema de tribunales y no de judíos ¿O ahora será sólo un tema de judíos?
La relación que mantiene el Gang con los JABAD LUBAVITCH encaja en la definición de lo que es “protección sacra” de todos los negocios ilegales que realizan y que precisamente por hacer ese trabajo, que es vender un manto de protección espiritual y hacer creer al resto del mundo que son religiosos e incapaces de perjudicar a terceros y al Estado, reciben importantes “subsidios” al igual que hacían en tiempos anteriores los proxeneta s de la Migdal, que efectuaban importantes donaciones, con dineros provenientes de las actividades que realizan, que no son sacras, y que a partir de eso yo le preguntaría a Tzvi Grumblat (casualmente tiene igual nombre que la TZVI MIGDAL, ¿SERÁ COINCIDENCIA ?)
¿Rebe Grumblat es de judíos echar a la gente de sus hogares?, ¿Rebe Grumblat es de judíos rematarles la casa a los gentiles que no pueden pagar las cuotas de sus créditos indexados de manera usuraria y que se toman impagables? ¿Rebe Grumblat es de judíos hacerse rico con los dineros del Estado en privatizaciones escandalosas? ¿Rebe Grumblat es de judíos armar sociedades anónimas con la inicial BH para cederle la deuda de estos infelices expropietarios de la vivienda única? ¿Rebe Grumblat es de judíos prestar plata a usura? ¿Rebe Grumblat es de judíos estafar a la Comisión Nacional de Valores haciendo subir y bajar el precio de las acciones de sus empresas a piacere? ¿Rebe Grumblat es de judíos hacerse dar trescientos millones de dólares para no devolverlos nunca, por empleados de IRSA y que están ocupando cargos públicos? ¿Rebe Grumblat es de judíos repartirse utilidades por más de diez millones de dólares de empresas que deben más de mil doscientos millones de dólares? ¿Rebe Grumblat es de judíos poner en directorios de empresas del estado a personas que van reñidos con la ética, la moral y con intereses contrarios para los que han sido designados? ¿Rebe Grumblat es de judíos establecerles el precio de la energía a los pobres y poner transformadores viejos y cancerígenos en este país? ¿Rebe es de judíos hacerse millonarios en tan poco tiempo y hacerse dueños de la Argentina?, ¿Rebe es de judíos poner de Presidente del IVC a un lacayo (Apelbaum) para poder hacer negocios con la Ciudad Autónoma de Bs. As. y Macri? ¿Rebe es de judíos poner plata en todas las patas de las campañas políticas para estar bien con todos? ¿Rebe es de judíos coimear a una ministra de economía de un país? ¿Rebe es de judíos permitir que por medios ilegales se queden con las acciones del BHSA que posee el Estado? ¿Rebe es de judíos permitir con sus actos que ignotos antisemitas se llenen la boca, y también páginas de diarios y de publicaciones de Internet diciendo verdades que son irrefutables, donde confunden o mezclan a la colectividad judía en general? Rebe ¿Es de judíos lavar dinero?
Rebe ¿cómo es que usted vive en un departamento que cuesta más de 500.000 dólares?
Rabino: no le pregunto siquiera si es de buenos judíos, sino simplemente de judíos.
Usted Rabino, hace como Iosi Turk y mira para otro lado pensando que mientras vengan las donaciones no importa el origen de las mismas ni adonde nos llevan estos mafiosos de cuello Blanco.
Rabino Grumblat: infiero que usted y Jabad Lubavitch son parte de la mafia y participan en ella, ya que el silencio y la legitimación de los actos que esta realiza lo hace cómplice de ella.
Clarisa Lifsic de Estol
6- Clarisa Lifsic de Estol, amiga de la infancia de Elsztain. Es la presidenta del Banco Hipotecario.

Pero no entiende nada de los negocios de los diferentes gang que integran la mafia de don Eduardo. No faltan quienes dicen que Clarisa es como una maceta de perejil, sentada simbólicamente en el sillón de la presidencia del BHSA.
En la denuncia penal que lleva adelante el juez Montenegro por no firmar los balances y actas de directorio, ya que Clarisa Lifsic se encontraba en Las Leñas esquiando, mientras le firmaban los balances y actas, le dan la razón a ese tipo de comentarios.
Es más en los pasillos del BHSA se escuchan voces que indicarían que está puesta allí a instancia de Eduardo Elzstain debido a la relación sentimental que sostendrían, donde se sospecha que sería la amante del Capo. Esta versión la recibí a través de fuentes muy fidedignas y muy cercanas, y la traté de averiguar en forma personal, llamándola a la Presidenta del BHSA en reiteradas ocasiones a su celular (tengo el número del mismo porque figura en la denuncia penal que le hicieron por no firmar los balances), pero no me quiso atender.
Pero no solo su vida personal es agitada: en su vida profesional participa en varias sociedades a la vez, en todas puesta por el capo.
“RAZON SOCIAL: BANCO HIPOTECARIO SA. EDICTO: BANCO HIPOTECARIO S.A. IGJ N° 1.640.852. COMUNICA QUE EN LA ESCRITURA 692 DEL 26/03/2008 PASADA AL FOLIO 3435 ANTE LA ESCRIBANA ELIZABETH A. CORDOBA REGISTRO 453 QUEDARON ELEVADAS A ESCRITURA PUBLICA LAS ACTAS DE ASAMBLEA DE LAS QUE SURGE QUE POR RESOLUCION NUMERO 57 DE FECHA 06/03/2008 EL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA HA APROBADO LA DESIGNACION DEL DIRECTOR TITULAR MAURIOO ELIAS WIOR Y DE LOS DIRECTORES SUPLENTES JORGE AUGUSTO ALVAREZ, ANDRES FABIAN OCAMPO, GABRIEL GUSTAVO SAIDON ALEJANDRO GUSTAVO ELSZTAIN Y DANIEL RICARDO ELSZTAIN POR LO QUE EL DIRECTORIO QUEDO CONSTITUIDO DE LA SIGUIENTE MANERA PRESIDENTE CLARISA DIANA LIFSIC DE ESTOL, VICEPRESIDENTE EDUARDO SERGIO ELSZTAIN, DIRECTORES TITULARES EDGARDO LUIS JOSE FORNERO, FEDERICO LEON BENSADON, SAUL ZANG, ERNESTO MANUEL VIÑES, GABRIEL ADOLFO GREGORIO REZNIK, JACOBO JULIO DREIZZEN, PABLO DANIEL VERGARA DEL CARRIL, CARLOS BERNARDO PISULA Y MAURICIO ELIAS WIOR. DIRECTORES SUPLENTES JORGE AUGUSTO ALVAREZ, GUSTAVO DANIEL EFKHANIAN, DANIEL RICARDO ELSZTAIN, CEDRIC DAVID BRIDGER, GABRIEL GUSTAVO SAIDON, ALEJANDRO GUSTAVO ELSZTAIN Y ANDRES FABIAN OCAMPO. LOS DIRECTORES DESIGNADOS CONSTITUYEN DOMICILIO ESPECIAL EN RECONQUISTA 151 DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. AUTORIZADA POR ESCRITURA N° 692 DE FECHA 26 DE MARZO DE 2008 FOLIO 3435 REGISTRO 453. ELIZABETH ADELA CORDOBA. ESCRIBANA. ESCRIBANA ELIZABETH A. CORDOBA LEGALIZACION EMITIDA POR COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. FECHA 27/03/200 8. NUMERO 080327144028/5. MATRICULA PROFESIONAL N° 4253. E. 31/03/2008 N° 28.398 V. 31/03/2008. APELLIDO Y NOMBRE: WIOR MAURICIO ELIAS. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: AL V AREZ JORGE AUGUSTO. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: OCAMPO ANDRES FABIAN. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: SAIDON GABRIEL GUSTAVO. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: ELSZTAIN ALEJANDRO GUSTAVO. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: ELSZTAIN DANIEL RICARDO. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: LIFSIC DE ESTOL CLARISA DIANA. CARGO: PRESIDENTE. APELLIDO Y NOMBRE: ELSZTAIN EDUARDO SERGIO. CARGO: VICEPRESIDENTE. APELLIDO Y NOMBRE: FORNERO EDGARDO LUIS JOSE. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: BENSADON FEDERICO LEON. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: ZANG SAUL. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: VINES ERNESTO MANUEL.
CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: REZNIK GABRIEL ADOLFO GREGORIO. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: DREIZZEN JACOBO JULIO. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: VERGARA DEL PABLO DANIEL. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: PISULA CARLOS BERNARDO. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: WIOR MAURICIO ELlAS. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: AL V AREZ JORGE AUGUSTO. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: EFKHANIAN GUSTAVO DANIEL. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: ELSZT AIN DANIEL RICARDO. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: BRIDGER CEDRIC DAVID. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: SAIDON GABRIEL GUSTAVO. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: ELSZTAIN ALEJANDRO GUSTAVO. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: OCAMPO ANDRES FABIAN. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. “
“RAZON SOCIAL: BACS BANCO DE CREDITO Y SECURITIZACION SA. EDICTO: BACS BANCO DE CREDITO Y SECURITIZACION S.A. INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA NUMERO 1.680.652. SE COMUNICA QUE POR ESCRITURA 2643 DEL 03/12/2007 ANTE EL ESCRIBANO FRANCISCO JAVIER PUIGGARI AL FOLIO 1485 O DEL REGISTRO NOTARIAL 453 Y DE ACUERDO A LO RESUELTO POR ASAMBLEAS ORDINARIAS DEL 28/04/2005 25/04/2006 23/05/2006 Y DIRECTORIO DEL 11/11/2005 29/12/2005 21/03/ 2006 Y 07/03/2007 EL DIRECTORIO DE LA SOCIEDAD QUEDO INTEGRADO DE LA SIGUIENTE FORMA PRESIDENTE: EDUARDO SERGIO ELSZTAIN, VICEPRESIDENTE CLARISA DIANA LIFSIC DE ESTOL, DIRECTORES TITULARES TOMAS L YNCH Y ERNESTO MANUEL VIÑES. SINDICOS TITULARES RICARDO FLAMMINI, JOSE DANIEL ABELOVICH Y MARCELO HORACIO FUXMAN SINDICOS SUPLENTES ROBERTO DANIEL MURMIS, ALICIA GRAOELA RIGUEIRA y NICOLAS DILERNIA. LOS DIRECTORES Y SINDICOS CONSITUYEN DOMICILIO LEGAL EN BARTOLOME MITRE 430 PISO 80 DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. AUTORIZADO POR ESCRITURA 2643 FECHA 03/12/2007 FOLIO 14850 REGISTRO 453. FRANCISCO JAVIER PUIGGARI. ESCRIBANO. ESCRIBANO FRANCISCO J. PUIGGARI LEGALIZACION EMITIDA POR COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. FECHA 6/12/ 2007. NUMERO 071206600225/0. MATRICULA PROFESIONAL N° 3933. E. 12/12/2007 N° 26. 306 V. 12/12/2007. APELLIDO y NOMBRE: ELSZTAIN EDUARDO SERGIO. CARGO: PRESIDENTE. APELLIDO y NOMBRE: LIFSIC DE ESTOL CLARISA DIANA. CARGO: VICEPRESIDENTE. APELLIDO y NOMBRE: L YNCH TOMAS. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO y NOMBRE: VINES ERNESTO MANUEL. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO y NOMBRE: FLAMMINI RICARDO CUIT / CUIL 20011422730. CARGO: SINDICO. APELLIDO y NOMBRE: ABELOVICH JOSE DANIEL. CARGO: SINDICO. APELLIDO y NOMBRE: FUXMAN MARCELO HORACIO. CARGO: SINDICO. APELLIDO y NOMBRE: MURMIS ROBERTO DANIEL. CARGO: SINDICO SUPLENTE. APELLIDO y NOMBRE: RIGUEIRA ALICIA GRACIELA. CARGO: SINDICO SUPLENTE. APELLIDO y NOMBRE: DILERNIA NI COLAS. CARGO: SINDICO SUPLENTE”
“RAZON SOCIAL: CRESUD SACIFA. EDICTO: CRESUD S.A.C.I.F. y A. INSCRIPT AENELREGISTROPUBLICODECOMERCIOCONFECHA 19/2/1937 BAJO EL NUMERO 26 FOLIO 2 LIBRO 45 DE ESTATUTOS NACIONALES HACE SABER QUE POR ASAMBLEA DE FECHA 12/09/07 HAN SIDO DESIGNADOS PARA INTEGRAR EL DIRECTORIO DI RECTORES TITULARES ALEJANDRO GUSTAVO ELSZTAIN VICEPRESIDENTE II CLARISA DIANA LIFSIC FERNANDO ADRIAN ELSZTAIN Y DAVID ALBERTO PEREDNIK TODOS ELLOS CON DOMICILIO REAL Y EN LA CALLE MORENO 877 PISO 210 DIRECTORES SUPLENTES ENRIQUE ANTONINI CON DOMICILIO REAL EN AV AL VEAR 1425 y DOMICILIO ESPECIAL EN SARMIENTO 500 EDUARDO OHAN KALP AKIAN CON DOMICILIO REAL y ESPECIAL EN AV LIBERTADOR 2656 PISO 7º TODOS
ELLOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. FIRMA EDUARDO SERGIO ELSZTAIN PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD DESIGNADO POR ASAMBLEA DE FECHA 31-10-2006 y ACTA DE DIRECTORIO DE DISTRIBUCION DE CARGOS DE FECHA 3-11-2006. PRESIDENTE O EDUARDO SERGIO ELSZTAIN CERTIFICACION EMITIDA POR ESTELA B. GARCIA LIÑEIRO. N° REGISTRO 1614. N° MATRICULA 4255. FECHA 1/11/2007. N° ACTA 036. LIBRO N° 61. E. 12/11/2007 N° 102.752 V. 12/11/2007. APELLIDO y NOMBRE: ELSZTAIN ALEJANDRO GUSTAVO. CARGO: VICEPRESIDENTE. APELLIDO y NOMBRE: LIFSIC CLARISA DIANA. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: ELSZTAIN FERNANDO ADRIAN. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: PEREDNIK DAVID ALBERTO. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: ANTONINI ENRIQUE. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. DOMICILIO: AV ALVEAR 1425 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. APELLIDO Y NOMBRE: OHAN KALPAKIAN EDUARDO. CARGO: DIRECTOR SUPLENTE. DOMICILIO: AV LIBERTADOR 2656 PISO 70 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
“RAZON SOCIAL: BHN SEGUROS GENERALES SA. EDICTO: BHNSEGUROS GENERALES S.A. N° I.G.J. 1.644.031. COMUNICA QUE POR RESOLUCION DE LA ASAMBLEA ORDINARIA DE ACCIONISTAS DEL 08/08/2005 y DE DIRECTORIO DEL 01/09/2005 EL DIRECTORIO QUEDO CONSTITUIDO DE LA SIGUIENTE FORMA PRESIDENTE CLARISA DIANA UFSIC DE ESTOL VICEPRESIDENTE ERNESTO MANUEL VIÑES DIRECTOR TITULAR SAUL ZANG SINDICOS TITULARES DANIEL ABELOVICH RICARDO FLAMMINI y MARCELO FUXMAN SINDICOS SUPLENTES ROBERTO MURMIS ALICIA RIGUEIRA y SILVIA DE FEO. LOS DIRECTORES Y SINDICOS DESIGNADOS CONSTITUYEN DO MICILIO ESPECIAL EN RECONQUISTA 151 DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. AUTORIZADO POR ESCRITURA 1981 DE FECHA 21/09/2007 FOLIO 10811. REGISTRO 453. FRANCISCO JAVIER PUIGGARI. ESCRIBANO. ESCRIBANO O FRANCISCO J. PUIGGARI LEGALIZACION EMITIDA POR COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. FECHA 1/10/ 2007. NUMERO 071001469525/8. MATRICULA PROFESIONAL N° 3933. E. 05/10/2007 N° 68.115 V. 05/10/2007. APELLIDO Y NOMBRE: LIFSIC DE ESTOL CLARISA DIANA. CARGO: PRESIDENTE. APELLIDO Y NOMBRE: VINES ERNESTO MANUEL. CARGO: VICEPRESIDENTE. APELLIDO Y NOMBRE: ZANG SAUL. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: ABELOVICH DANIEL. CARGO: SINDICO. APELLIDO Y NOMBRE: FLAMMINI RICARDO CUIT/CUIL 20011422730. CARGO: SINDICO. APELLIDO Y NOMBRE: FUXMAN MARCELO CUIT/CUIL 20118898266. CARGO: SINDICO. APELLIDO Y NOMBRE: MURMIS ROBERTO CUIT/CUIL 20131208139. CARGO: SINDICO SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: RIGUEIRA ALICIA CUIT/CUIL 20101811310. CARGO: SINDICO SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: DE FEO SILVIA. CARGO: SINDICO SUPLENTE.”
“RAZON SOCIAL: BHN VIDA SA. EDICTO: BHN VIDA S.A. N° I.G.].1.644.033. COMUNICA QUE POR RESOLUCION DE LA ASAMBLEA ORDINARIA DE ACCIONISTAS DEL 08/08/2005 y DE DIRECTORIO DEL 01/09/2005 EL DIRECTORIO QUEDO CONSTITUIDO DE LA SIGUIENTE FORMA PRESIDENTE CLARISA DIANA LIFSIC DE ESTOL VICEPRESIDENTE ERNESTO MANUEL VIÑES DIRECTOR TITULAR SAUL ZANG SINDICOS TITULARES DANIEL ABELOVICH RICARDO FLAMMINI Y MARCELO FUXMAN SINDICOS ,UPLENTES ROBERTO MURMIS ALICIA RIGUEIRA Y SIL VIA DE FEO. LOS DIRECTORES Y SINDICOS DESIGNADOS CONSTITUYEN DOMICIUO ESPECIAL EN RECONQUISTA 151 DE LA CIUDAD AUTONOMA DE B VEN OS AIRES. AUTORIZADO POR ESCRITURA 1980 DE FECHA 21/09/2007 FOLIO 10808. REGISTRO 453. FRANCISCO JAVIER PUIGGARI. ESCRIBANO. ESCRIBANO O FRANCISCO JAVIER PUIGGARI LEGALIZACION EMITIDA POR COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD
DE BUENOS AIRES. FECHA 1/l0/2007. NUMERO 071001469526/9. MATRICULA PROFESIONAL N° 3933. E. 05/10/2007 N° 68.113 V. 05/10/2007. APELLIDO Y NOMBRE: LIFSIC DE ESTOL CLARISA DIANA. CARGO: PRESIDENTE. APELLIDO Y NOMBRE: VINES ERNESTO MANUEL. CARGO: VICEPRESIDENTE. APELLIDO Y NOMBRE: ZANG SAUL. CARGO: DIRECTOR. APELLIDO Y NOMBRE: ABELOVICH DANIEL. CARGO: SINDICO. APELLIDO y NOMBRE: FLAMMINI RICARDO CUIT/CUIL 20011422730. CARGO: SINDICO. APELLIDO Y NOMBRE: FUXMAN MARCELO CUIT/CUIL 20118898266. CARGO: SINDICO. APELLIDO Y NOMBRE: MURMIS ROBERTO CUIT / CUIL 20131208139. CARGO: SINDICO SUPLENTE. APELLIDO y NOMBRE: RIGUEIRA ALICIA CUIT / CUIL 20101811310. CARGO: SINDICO SUPLENTE. APELLIDO Y NOMBRE: DE FEO SIL IA. CARGO: SINDICO SUPLENTE”.
RENTAL FARMS SA
ZANG SAUL DNI 4533949
VIÑES ERNESTO MANUEL DNI 4952068
Presidente: Elztain Alejandro Gustavo
Vicepresidente: Lifsic Clarisa Diana
Director Suplente: Viñes Ernesto Manuel
Director Suplente: Lernoud Gaston Armando
CAM SA SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSION ELSZTAIN EDUARDO SERGIO DNI14014114
MINDLIN MARCOS MAR CELO DNI 16785538
Presidente: Elsztain Eduardo Sergio
Vicepresidente: Mindlin Marcos Marcelo
Director Titular: Zang Saul
Director Suplente: Lifsic Clarisa Diana
Director Suplente: Libman Bernardo Mario
Director Suplente: Mindlin Damian Miguel
12/04/99
CACTUSFEEDERSINC
Presidente: Elsztain Alejandro G
Vicepresidente: Achaval Miguel R
Director Titular: O’Farrell Uriel F
Director Titular: Lifsic Clarisa
Director Suplente: Lernoud Gaston
Director Suplente: Beccar Varela de Achaval Andrea
26/12/97
BHN SEGUROS GENERALES SA Por Asamblea del 15/9/99 y Directorio del 16/9/99 se designó a HAROLD JOSEPH FREIMAN (presidente), FRANCISCO GUILLERMO SUSMEL (vice-presidente) SAUL ZANG, GLARISA LIFSIC y JEFFREY SCOTT HOBERMAN como Directores Titulares. Presidente -Harold Joseph Freiman e. 14/12 N° 33.145 v .14/12/99
BHN VIDA SA Por Asamblea del 15/9/99 y Directorio del 16/9/99 se designó a HAROLD JOSEPH FREIMAN (presidente), FRANCISCO GUILLERMO SUSMEL (vice-presidente), SAUL ZANG, CLARISA LIFSIC y JEFFREY SCOTT HOBERMAN como Directores Titulares. Presidente -Harold Joseph Freiman e. 14/12 N° 33.146 v.14/12/
INVERSIONES GANADERAS SA Se hace saber por un día que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Unánime y Autoconvocada de fecha 30 de diciembre de 2 (XX) se procedió a la elección de las siguientes personas para integrar el Directorio: el Sr. ALEJANDRO GUSTAVO ELZSTAIN como Presidente, MARCOS MARCELO MINDUN como Vicepresidente SAUL ZANG como Director Titular y CLARISA DIANA LIFSIC como Director Suplente todos ellos con mandato por un ejercicio. Escribana -Elizabeth V. Ezernitchi e. 23/4 N° 8145 v. 23/4/2001
Está puesta en IDEA para que el gang tenga algún tipo de presencia en esas organizaciones, ya que de esa forma quieren legitimar su presencia a cualquier costo.
Guillermo Harteneck
7- Guillermo Harteneck: Tal como lo denunció el diputado socialista Alfredo Bravo en su momento, hubo un importante partícipe necesario: el entonces presidente de la Comisión Nacional de Valores, Guillermo Harteneck, quien además de disponer de esa posición de poder, que es ejercer poder de policía para evaluar la genuinidad del valor de los papeles operados en Bolsa, era uno de los socios de la consultora Harteneck, López y compañía, que certificaba los balances del BHSA. Harteneck había sido auditor externo, contador certificante y presidente de la CNV simultáneamente, en flagrante incompatibilidad, por cuanto en este último cargo se desempeñó desde el 28 de marzo de 1994 hasta el 30 de junio del 2000. Harteneck violaba la ley 17.811 (ley de la CNV), que en su artículo 20 dice: “El presidente no podrá desempeñar otra actividad remunerada, salvo la docencia y comisiones de estudio”. Uno de los miembros del estudio Harteneck, López y Compañía, el contador Rubén Osvaldo Mosi fue auditor externo del BHSA. Pero además, Mosi pertenecía a las siguientes empresas de la mafia Elsztain:
a. BHN Inmobiliaria SA, como síndico titular.
b. BHN-VENDOME ROME SA, como síndico titular. c. BHN-VR SOMIF SA, como síndico suplente.
d. BHN- VR Empresas SA, como síndico suplente.
e. BHN Sociedad de Inversión, como síndico suplente.
f. BHN Seguros Generales SA. Como Síndico.
Mosi fue además síndico titular del BACS (Banco de Crédito y Securitización SA).
El síndico suplente de esta entidad fue el contador Gustavo Ariel Vidán, socio del estudio de Harteneck.
Mario Blejer: el hombre que fue expulsado de su propio apellido
8- Mario Blejer: no creo que exista en la historia algo semejante. ¿Cómo tiene que ser de mala persona un individuo para que lo expulse de su propio apellido? El hecho ha ocurrido, y el individuo es Mario Blejer.
Ana Laura Blejer, hija de quien fuera ministro de trabajo de Arturo Frondizi a fines de los años cincuenta, decidió expulsar a Blejer de lo que ella llama la “blejeritud”:

“Váyase de mi apellido. Lo expulso. Simplemente no lo merece [...] Los Blejer somos originalmente de Odessa, llegamos al país a fines del siglo 19 y fuimos los gauchos judíos que nos afincamos en Entre Ríos, Santa Fé y Córdoba. Fuimos corridos de la Rusia zarista por nuestra condición de judíos y vinimos a trabajar esta tierra, la tierra prometida de la libertad, la paz, el trabajo, la dignidad, los derechos humanos. Sembramos noches de tierra fértil con hijos que aprendieron a tomar mate y olvidaron el ruso. [...] Los Blejer parimos profesionales que abandonaron la tierra y trabajaron el campo político, cultural, social. Los Blejer hicimos patria adentro y afuera de la patria.”
Ana Laura agregaba en su carta a un diario porteño:
“Somos de los tantos que creemos en lo mejor del ser humano y trabajamos por ello en nuestras múltiples diferencias” [...]
[...] “.. sufrir el exilio político y económico. Y eso dio como resultado que hoy estemos desparramados por los siete mares”. [...]
“La blejeritud -sostiene- es algo así como esa condición de argentino de bien, que le entrega a esta tierra lo mejor que tiene, que la elige como patria, que jamás la traiciona. Los Blejer no generamos ni hambruna, ni desilusión, ni desolación. Los Blejer sembramos colores, poesías, maíz, libros, ideas, hijos, trabajo, amigos.” [...]
“La familia no se elige, o no siempre se elige, pero sí puede repudiarse.” [...]
“¿Por qué renegar de mi apellido? En realidad quien debe abandonar la blejeridad es él (Mario Blejer) y no yo. Entonces, que se vaya, que abandone lo que no sabe usar, lo que no es. Soy Blejer con honor y orgullo. Y es la primera vez que vaya salir en defensa de mis viejos, de mis pares y mis menores. Reivindicomi múltiple condición difícil: soy argentina, judía, de izquierda, mujer y me llamo Ana Laura Blejer”. [...]
[...] “porque se trata de temas públicos, hombres públicos, prejuicios comunes. Y mi apellido personal, mi identidad puede ampliarse a todos los compatriotas que sienten que no son merecedores de tamaña carga”.
[Página 12, 28 de abril del 2002]
Los antecedentes de Mario Blejer, acumulan honores. Fue vicepresidente y luego presidente del Banco Central. Fue funcionario del FMI. Su función era Consejero Señor en el Departamento de Asuntos Monetarios e Intercambio, y el Departamento de Asuntos Asiáticos. Trabajó en el Departamento de Asuntos Europeos, Fiscales y de Investigación. Dirigió la Cátedra Walter Rathenau de la Facultad de Economía de la Universidad Hebrea de Jerusalén. Enseñó en Boston University, New York University, Johns Hopkins, University of Geneva, y George Washington University. Enseñó en la Universidad de San Andrés y en la Universidad Centroeuropea de Budapest. Ni todo eso, ni su titulo de master en la U.H. Jerusalén, ni su doctorado en Chicago, ni mucho menos el hecho de ser actualmente Director del Centro de Estudios de Banca Central y Asesor del Gobernador del Bank of England, alcanzan a ocultar que desvió 300 millones de dólares del Banco Central para sumario al gran botín de la mafia Elsztain. Asunto gravísimo, todavía impune.
Blejer estuvo 20 años en el FMI. Lo trajo al país Domingo Cavallo para que fuera el vice de Roque Maccarone en el Central. Llegó a presidente del Central por decisión del entonces presidente Eduardo Duhalde.
Desde que asumió, Mario Blejer salió a defender que los grandes deudores del establishment no quedaran a merced de un dólar con cotización libre. Ató esas deudas a un tipo de cambio de 1,40 y la diferencia la tuvo que pagar el Estado, es decir el pueblo. Aclaremos: pueblo es todo aquello que no es establishment. Pagaron aquellos que no pudieron sacar un peso al exterior, porque el establishmente sacó 20 mil millones de dólares durante el 2001, utilizando bancos y empresas.

Mario Blejer fue el artífice de:
1. El veto a la Ley de Quiebras a cambio de unas chauchas del FMI para equilibrar el déficit.
2. Pesificación de los créditos.
3. Autorizar a las empresas un mecanismo para evitar el default privado consistente en permitirles transferir divisas al exterior.
4. Concesión de redescuentos a las entidades financieras.
5. Los fondos del inolvidable corralito se transformarían en bonos de manera forzosa.
[DE PEDRO, Hugo Alberto: Despedida del patriota Mario Blejer, La Fogata Digital, marzo 21 del 2008]
Pero todo esto no era lo único:
6. Blejer quería que se privatizara el 20% de la banca pública, tomando como ejemplo lo que se había hecho con el Hipotecario. Ese 20% pasaría a la parte privada y sería manejado por las entidades financieras.
7. La otra propuesta del “expulsado de la blejeritud” era la dolarización total de la economía.
8. Blejer permitió la fuga de 20 mil millones en redescuentos regalados a los Bancos.
9. Durante su gestión se inventó el seguro de cambio por el cual las entidades financieras pudieron operar su deuda externa con un tipo de cambio a 1,40. El dólar real estaba a 4 pesos, pero la diferencia la pagó el pueblo argentino.
[Ibídem]
El caso de Mario Blejer, puede considerarse como verdaderamente ejemplar.
Es director titular de IRSA, fue presidente del BCRA en la presidencia de Eduardo Duhalde, en la época que el BCRA le prestó al Banco Hipotecario, en una línea de redescuento, la friolera de 300.000.000 de dólares que hasta el día de la fecha el BHSA no devuelve, ni tiene ninguna intención de hacerlo.
Está comprobado que el BHSA en esa época estaba técnicamente fundido como lo está ahora.
Pero hay algo muy importante que resaltar: a Mario Blejer ni los parientes lo quieren. Hay una variante insólita del “que se vayan todos” que consiste en expulsar a un familiar escrachable del apellido que uno porta. Es lo que hizo la ciudadana Ana Laura Blejer con su incómodo y repudiado pariente Mario Blejer, funcionario del Fondo Monetario Internacional transitoriamente a cargo del Banco Central de lo que alguna vez fue la República Argentina.
Ana Laura, que es la hija menor de David Blejer, quien fuera ministro de Trabajo de Arturo Frondizi, envió una carta a Página/12 en la que exigía que Mario Blejer renuncie a la “blejeritud”: “Váyase de mi apellido. Lo expulso. Simplemente no lo merece”.
“Ana Laura empieza por contar la saga de los Blejer, uno de esos maravillosos linajes de las cuatro grandes corrientes migratorias que hicieron este país (tano, gallego, ruso y turco, según simplifica y malversa la Vulgata nacional). Los Blejer -dice-somos originalmente de Odessa, llegamos al país a fines del siglo XIX y fuimos los gauchos judíos que nos afincamos en Entre Ríos, Santa Fe y Córdoba. Fuimos corridos de la Rusia zarista por nuestra condición de judíos y vinimos a trabajar esta tierra, la tierra prometida de la libertad, la paz, el trabajo, la dignidad, los derechos humanos. Sembramos noches de tierra fértil con hijos que aprendieron a tomar mate y olvidaron el ruso. Los Blejer parimos profesionales que abandonaron la tierra y trabajaron el campo político, cultural, social. Los Blejer hicimos patria adentro y afuera de la patria.
No exagera: su bisabuelo Moisés Aarón Blejer fundó la primera cooperativa agraria de la Argentina en la entrerriana Basavilbaso. Acababa de llegar al país y aún no sabía hablar en español. El padre
de Ana Laura, David Blejer, fue el primer ministro judío en 1958, en el gobierno de otro hijo de inmigrantes (de la itálica Gubbio) llamado Arturo Frondizi. Uno de los múltiples parientes de Ana Laura, José Blejer, fue el fundador de la primera escuela psicológica argentina. Gregorio Blejer, el abuelo, solía comentar con filosófica serenidad: “No habremos ganado plata, pero trabajo gracias a Dios no nos faltó”.
Los Blejer, cuenta con pasión nuestra circunstancial corresponsal, son muchos, como también lo son otros afluentes de su sangre: los Dubinsky, los Voloj, los Bercovich. Ana Laura Blejer, la hija menor de don David, casó con goi y parió un Villanueva (su hijo). Como parte de una visión familiar amplia que los hizo “dormir con diferentes pareceres políticos y religiosos y convivir con diferentes orígenes, con pueblos y culturas lejanas. Somos de los tantos que creemos en lo mejor del ser humano y trabajamos por ello en nuestras múltiples diferencias”.
Un humanismo que llevaría a varios miembros de la familia (empezando por Ana Laura y su hermano Juan) a “sufrir el exilio político y económico. Yeso dio como resultado que hoy estemos desparramados por los siete mares”.
“La blejeritud -sostiene es algo así como esa condición de argentino de bien, que le entrega a esta tierra lo mejor que tiene, que la elige como patria, que jamás la traiciona. Los Blejer no generamos ni hambruna, ni desilusión, ni desolación. Los Blejer sembramos colores, poesías, maíz, libros, ideas, hijos, trabajo, amigos”.
“La familia no se elige, o no siempre se elige, pero sí puede repudiarse”.
Luego, con estupendo candor, Ana Laura confiesa que estuvo a punto de cambiarse el apellido para que no la confundieran con el presidente del Banco Central. Pero lo desechó de inmediato: “¿Por qué renegar de mi apellido? En realidad quien debe abandonar la blejeridad es él (Mario Blejer) y no yo. Entonces, que se vaya, que abandone lo que no sabe usar, lo que no es. Soy Blejer con honor y orgullo. Y es la primera vez que vaya salir en defensa de mis viejos, de mis pares y mis menores. Reivindico mi múltiple condición difícil: soy argentina, judía, de izquierda, mujer y me llamo Ana Laura Blejer”.
Alguien que hace público su repudio “porque se trata de temas públicos, hombres públicos, prejuicios comunes. Y mi apellido personal, mi identidad puede ampliarse a todos los compatriotas que sienten que no son merecedores de tamaña carga”.
Coloca al calce el número de su DNI: 11.122.254. Pero no hace falta: aunque no la conociera desde pequeñita sabría, con sólo leer su carta, que es “una argentina de bien”, como ella define a casi todos los Blejer”. 3
A partir de esta carta que es una perlita hable con Ana Laura y le comenté que estaba escribiendo este libro. La puse al tanto de todo lo que hacen estos tipos y cómo nos hacen quedar como judíos ante los ojos del mundo: con el mismo criterio que ella usa habría que echarlos de la comunidad judía. Surgió una discusión donde ella decía que toda esta gente son unos “hijos de puta”, a lo que yo le sostengo que son mafiosos hijos de puta, y que el sentido en que hacen las cosas no es por hijos de puta sino por gansters.
9- Alejandro Elsztain, gerente general de IRSA-CRESUD. Daniel Elsztain: operador de intereses del gang en el negocio de los shoppings. Fernando Elsztain, operador del gang en negocios inmobiliarios.

_______
3 Miguel Bonasso, Página12


El gang y sus contactos en el directorio global:
Algunos de sus vínculos internacionales, son los siguientes:
Edgard Bronfman, dueño de Seagram y Universal. Bronfman es uno de los accionistas de IRSA. Pero eso no es nada: se trata del ex presidente del Congreso Judío Mundial del cual Don Eduardo es el tesorero (nombrado por Bronfman) en Argentina. Edgard Bronfman nació el 16 de mayo de 1955 en Nueva York. Su familia es canadiense. Fue director ejecutivo de Seagram, vicepresidente de Vivendi Universal, CEO de Warner Music Group.
Sam Zell, uno de los más grandes especuladores inmobiliarios de Estados Unidos. De origen polaco. Nació en 1941. Estudió derecho en Michigan. Desde los 19 años opera en el negocio inmobiliario. Sus negocios en Latinoamérica empezaron el 2000, cuando compró el Fondo Valores Inmobiliarios (FVI) de Venezuela, que manejaba los negocios de alquileres de centros comerciales y oficinas. Poco tiempo después, compró Homex, compañía dedicada a la construcción de viviendas baratas. En Brasil compró la mega inmobiliaria Gafisa. Tiene en Brasil una cadena de hiper, tiene supermercados y 36 grandes tiendas. La firma es G. Barbosa. Factura por 500 millones de dólares. Quiere dedicarse a negocios eléctricos en Brasil. Por eso se acercó a Elsztain (IRSA-CRESUD), y a Mindlin (Transener-Edenor). Por eso razón invirtió 10 millones en la compañía vitivinícola VIA, de la cual controla el 20 por ciento. Es socio del chileno Eduardo Matte en el negocio de casinos. Vuela a menudo con Matle en su avión Global Express. Pero los grandes negocios de Zell están en Estados Unidos: tiene 10 millones de metros cuadrados en oficinas. Tiene 225 mil departamentos. Y en Extremo Oriente: dos plantas de generación de energía en China, una en Bangladesh y otra en Filipinas.
Michael Steindhardt, propietario de fondos de inversión gigantescos.
Michael Steindhardt nació en Brooklyn, el 7 de diciembre de 1940. En 1967 fundó la empresa Steindhardt, Buena, Berkowitz & Co, un fondo de cobertura. En 1990 lo investigaron la Comisión de Bolsa y Valores y el Departamento de Justicia. Fue condenado por manipulaciones contra el Tesoro en operaciones de corto plazo y multado en 70 millones de dólares.
Steinhardt es presidente de la Fundación para la Vida Judía, llamada también Red de la Vida Judía y Taglit-Birthright Israel. Según el diario La Nación del 15 de abril del 2007, Steindhardt compró dos islas en el archipiélago de Malvinas y las donó a Wildlife Conservation Society. El pretexto es el proteger al pingüino y al albatros de ceño negro, pero en realidad, lo que hace es meter la cuestión ecológica como obstáculo para la recuperación de las islas por la Argentina
George Soros:
Fue el origen de los negocios del Gang en Argentina, ya que fue el que puso todo el dinero para que empiece a funcionar esa máquina aceitada, hasta que decidieron quedarse con todos los negocios y dejarlo afuera a quien los introdujo en el mundo de los grandes negociados.
Una “suciedad” generó la pelea de Soros con el gang.
Como dije antes, la pelea entre Soros y Elsztain no iba a tardar en llegar. Pero para que esto ocurriera tenían que proveerse del dinero que había puesto el húngaro para devolvérselo y de esa manera sacarle el manejo del banco y quedárselo ellos, tal cual ocurrió.
Según el acta de directorio N° 78 del Banco Hipotecario SA, se reúne un catorce de Febrero de 2002, siendo las quince horas treinta y cinco minutos, en la sede social ,el Directorio del BANCO HIPOTECARIO S.A., presidido por el señor Presidente Miguel Alberto KIGUEL, con la asistencia del señor Vicepresidente, Eduardo Sergio ELSZTAIN; el Director Titular por la Clase “A” Julio Augusto MACCHI; el Director Titular por la Clase “B” Edgardo FORNERO; el Director Titular por la Clase “C” Héctor Freddy MORALES y los Directores por la Clase “D” los señores Roberto APELBAUM, Guillermo Horacio SORONDO, Harold Joseph FREIMAN, Marcos Marcelo MINDLIN, Frank Vincent SICA y Saúl ZANG .

Frank Vincent Sica es el representante de Soros en el BHSA, al igual que Freiman. Se hallan asimismo presentes los señores Síndicos Titulares: por la Clase “'A” , donde se trataría el siguiente orden del día: ANALISIS DE LA SITUACIÓN DE LOS ASESORES LEGALES EXTERNOS DE BANCO HIPOTECARIO SA ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN DEL JEFE DE ASESORÍA LEGAL DE BANCO HIPOTECARIO SA y ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN DEL SR. DIRECTOR SAÚL ZANG, respectivamente, cuya inclusión y tratamiento en forma conjunta solicitó el señor SICA, invitando a la señorita ANZALOTTA (traductora) a dar lectura al documento que contiene la propuesta
En función de ello, la señorita ANZALOTTA expresó lo siguiente: el señor Eduardo ELSZTAIN es de hecho el principal ejecutivo de la Sociedad y también de IRSA, que el Estudio ZANG, Mochon, Bergel & VIÑES es el estudio jurídico externo del Banco Hipotecario y también de IRSA, que el Abogado Jefe de la Asesoría Le&.al Interna de Banco Hipotecario es socio del Estudio ZANG, Mochen, Bergel & VINES.
Que todo esto configuró una Situación de conflicto de intereses .Por otra parte, señaló que la Sindicatura del Banco, ante un pedido que se le ha formulado, en lugar de dar su opinión independiente, ha consultado previamente el tema con el Director ZANG. De esta forma, los Síndicos, el Asesor Legal externo y el Jefe del área Legal del banco actúan de hecho como uno solo, lo que impide el control y viola las normas de la suciedad (sic) “esta redactado así, ya que ellos mismos saben que es una mugre y no una sociedad”.
Es por ello, que el señor SICA proponía:
Revocar el poder a las firmas ZANG, Mochon, Bergel & VIÑES y elegir una nueva firma para actuar como asesor legal externo del banco.
El Banco Hipotecario contrató un nuevo abogado independiente para ocupar la conducción del área legal.
Solicitar la renuncia de ZANG a su cargo de Director, por incumplimiento de sus deberes de lealtad y diligencia.
Enunciada la propuesta, solicitó el uso de la palabra el doctor FUXMAN, quien manifiesta que ante lo expresado por el señor SICA se plantea en el seno de la Comisión Fiscalizadora una incomodidad tremenda con relación a la supuesta falta de independencia que se señala, en razón de tratarse de una acusación muy grave y no haberse aclarado debidamente sus fundamentos.
Al respecto, el señor SICA manifiesta que recientemente se envió una carta al doctor KIGUEL, con copia a la Comisión Fiscalizadora, en la cual se le planteaban los problemas que se veían con relación a las actas de Directorio N° 74 y 75. En dicha carta se pidió a la Comisión Fiscalizadora que emita su opinión con relación al tema. Ustedes (dirigiéndose a la Comisión Fiscalizadora) llevaron la carta a la reunión de Comité Ejecutivo pasada y consultaron al asesor legal con relación a la misma.
La doctora GENTILE manifiesta que no ha sido así y el doctor FUXMAN agrega que es exactamente al revés, que en la pasada reunión del Comité Ejecutivo no se consultó el tema con los directores, sino que se pidieron explicaciones acerca de la situación que se plantea ante dicha nota. El propósito .fue recabar antecedentes que permitan elaborar el informe correspondiente solicitado por el señor SICA.
Siendo las 18:40 hs .se incorpora a la reunión el señor Síndico Titular por la Clase “B”, Dr. Nicolás DILERNIA. A continuación él señor Presidente solicita a la Comisión Fiscalizadora que brinde una respuesta por escrito con relación a lo requerido en la nota del señor SICA. Al respecto el Dr. FUXMAN expresa que más allá de la respuesta por escrito que la Comisión Fiscalizadora brindare a la nota enviada por el señor SICA, debe constar en actas de la presente reunión la inquietud de la Comisión Fiscalizadora ante lo planteado por el señor SICA.

Por su parte, el Dr. DILERNIA expresa que de ninguna manera la respuesta que brinde un Director ante una consulta específica de algún miembro del la Comisión Fiscalizadora, desnaturaliza la respuesta que la Comisión brinde al requerimiento formulado en la nota del señor SICA, ni afecta en modo alguno su independencia.
En función de lo expresado por los miembros de la Comisión Fiscalizadora, el señor SICA aclara que no acusa a los Síndicos en el conflicto existente. El conflicto que plantea es con el accionista IRSA
El abogado del accionista IRSA es director del Banco. El Dr. VIÑES es muy eficiente como Jefe del área Legal del banco, pero es socio del abogado del accionista IRSA.
Por eso, entiendo que esta todo muy mezclado y debemos preguntamos donde termina la lealtad de cada uno, sigue insistiendo Sica. Asimismo, entiendo que la única forma de resolver este problema es tener un asesor legal independiente y que la única manera de clarificar este asunto es tomar los pasos que dije; Seguidamente hace uso de la palabra ZANG, quien manifestó que no correspondería que hable, pero necesitaba que se aclare el cargo que se le formula de incumplimiento de sus deberes de lealtad y diligencia”
El señor SICA respondió, señalando que por incumplimiento de lealtad entendemos que el señor ZANG tiene un conflicto de intereses, porque representaba como abogado el interés del accionista IRSA y el interés del banco.
Se planteaba el conflicto porque algunas veces el interés del banco y el de ciertos accionistas no coincidían y esto afectaba la independencia. A continuación ZANG, quien ponía de manifiesto que manejaba su profesión de abogado de acuerdo a las normas legales vigentes en la República Argentina. señalaba que al día de la fecha y desde hace 12 años el había representado a IRSA S.A., así como a Quantum Industrial Partners, Quantum Dolphin y demás compañías subsidiarias del Grupo Soros y agrega que en esos 12 años nunca había recibido queja alguna de conflicto de intereses.
Asimismo señala que Soros Found sabía de su relación con los señores Eduardo ELSZTAIN y Marcelo Mindlin, y que gracias a ellos fue posible la privatización del banco.
Al día de hoy continúa representando los intereses de EMOF (actual tenedor de un porcentaje de acciones de Banco Hipotecario), ante el Banco Central de la República Argentina y la Comisión Nacional de Valores.
Por ello señala que no entiende y ofende su dignidad y su inteligencia lo que acaba de escuchar. Con relación al tema de conflicto de intereses que se plantea, señala el señor ZANG que en el Directorio se efectuó un profundo análisis en el mes de diciembre.
Como consecuencia detal análisis, el Directorio, con la aprobación del señor Frank SICA, modificó el Código de ética del banco (El Directorio no tiene facultades para modificar el Código de ética del Banco)
Asimismo, el Directorio resolvió la continuidad del Dr. VIÑES como Gerente del área Legal del Banco y del Estudio ZANG, Mochon, Bergel & VIÑES como asesores legales externos del Banco, todo con la aprobación del señor Frank SICA.
Por lo expuesto, agrega el Dr. ZANG que le parece inoportuno e inapropiado traer nuevamente el tema, más aún teniendo en cuenta la gravedad de los problemas que agobian al Banco. Sin perjuicio de ello, recuerda el señor ZANG a todos los directores presentes, que los problemas de accionistas no se resuelven en el Directorio sino en el ámbito que corresponde, caso contrario se están violando los estatutos sociales.
Asimismo, señala ZANG que en caso que existiera un conflicto de intereses entre IRSA y EMOF tendría que tomar posición, pero que hasta el día de hoy no se ha presentado tal conflicto de
intereses. Finalmente, señala ZANG que tiene la certeza de no haber infligido las leyes argentinas ni el Código de ética del banco.
A continuación consulta el señor SICA si el señor ZANG representa al Grupo Soros en el Banco Hipotecario. Al respecto, el señor MINDLIN responde que lo está representando ante el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores. Por su parte ZANG señala que las declaraciones juradas que se presentan al BCRA ya la Comisión Nacional de Valores siempre fueron presentadas con su firma, así como otros temas como la transferencia de acciones de Quantum Dolphin a EMOF. En función de lo manifestado por el señor ZANG, el señor SICA señala que la situación en que se encuentra el señor ZANG, estaría encuadrada en un claro conflicto de intereses para las leyes de Estados Unidos de América.
Respecto al encuadre de su situación en la legislación argentina, el señor ZANG manifiesta que ha puesto a disposición del Directorio sendos dictámenes de dos de los más afamados estudios jurídicos de esta ciudad. Al respecto agrega que tales opiniones no se compran.
No obstante señala, la primera opinión que vale es la de uno mismo y la de uno mismo ante Dios. A continuación, el señor SICA afirma que no está de acuerdo con lo manifestado por ZANG, que él ha formulado sus propuestas y le gustaría tener un voto con relación a las mismas, porque ha solicitado un cambio, dicho cambio lo está pidiendo desde hace nueve meses, y la contestación ha sido siempre no. Agrega que la inversión realizada es grande y quiere que se respete. Seguidamente, hace uso de la palabra el señor KIGUEL, quien propone una breve interrupción de cinco minutos, en forma previa a pasar a votar las propuestas formuladas por el señor SICA, criterio que es aceptado por los directores presentes.
Como dije anteriormente la pelea viene porque ya al Gang no le interesaba Soros de socio, y había que conseguir la forma de sacárselo de encima, y la forma fue la emisión de obligaciones negociables por el monto que había puesto Soros para así devolverle la plata (porque la inversión fue muy grande, el decir de Sica).
Es notable la participación del gángster Zang cuando dice que la opinión que vale es la de uno mismo ante dios, asimismo cuando deja en claro que él consiguió la “papita” del BHN y que ellos (por Soros) están ahí gracias a él, y de cómo lo defiende el otro mafioso Mindlin. La verdad es imperdible y patética la descripción de esta acta de directorio donde desnuda la cruel realidad de cómo funciona la mafia en Argentina, hasta con leyes a favor y de cómo las usan para sacar más y más provecho.
LOS CONSEGLIERI: Estudio Jurídico Zang, Bergel, Viñes y Asociados
Cualquiera que observe el currículo de los miembros del Estudio Zang, Bergel y Asociados, puede llegar a creer que se encuentra ante personas excelentes. En parte es cierto. Algo de excelencia hay: postgrados, publicaciones, destacadísimo capital simbólico.
Sin embargo, estamos ante lo peor de la mafia Elsztain; el gang jurídico, la banda leguleya. Los libros de la mafia financiera, reemplazan la lupara; los estudios jurídicos y contables y las consultoras de la privatización no son más que aguantaderos donde se trama el delito. Ya no es la trastienda de un garito de Las Vegas el centro de decisiones de los negocios. Ahora es la respetabilidad de la profesionalidad más refinada. Pero eso solo sirve para engañar incautos.
El Estudio Zang, Bergel, Viñes y asociados, a los que se suman una serie de profesionales de diversas edades, algo así como el semillero de la nueva mafia. Desde lejos parece un aparato dedicado a la ingeniería jurídica, o en todo caso un lobby, o una máquina de fabricar lobbies.
El Estudio Zang, Bergel y Viñes fue uno de los motores de la gran máquina de privatizar. Los influyentes integrantes de Zang, Bergel y Viñes saben moverse con dudosa conducta ética, motivo por el cual llama la atención que haya tenido puntual actuación en algunos de los acontecimientos
“oficiales” más importantes de los últimos tiempos. Entre ellos, las privatizaciones de la Caja Nacional de Ahorro y Seguro, de Aguas de Córdoba y hasta de la entonces rentable empresa YPF.
En todos los casos, su intervención ha generado enorme polémica, como por ejemplo:
La privatización de la Caja Nacional de Ahorro y Seguro: En 1992, la intervención en la Caja, contrató al estudio Zang, Bergel y Viñes, para que actuara como consultora jurídica externa en las tareas de privatización. Al año siguiente, se dejó sin efecto la licitación, y el interventor suspendió los servicios de asesoramiento jurídico del gang Zang. El problema era que Eduardo Elsztain era cliente del estudio, y era uno de los postulantes en la licitación.
Algo similar ocurría con el Banco Mercantil Argentino.
El informe de la Auditoria General de la Nación, decía: “El Dr. Zang era sindico titular de IRSA SA, y el Dr. Viñes integraba el directorio de dicha firma, que además estaba presidida por el Sr. Eduardo Elsztain. En razón de las múltiples conexiones del estudio mencionado con los distintos protagonistas del proceso licitatorio, el Secretario de Economía ordenó la suspensión de los servicios del estudio aludido, como así también la investigación del asunto. A la fecha de emisión del presente informe (mayo de 2001) la investigación indicada no había originado hechos ulteriores, sanciones, acciones judiciales u otro”.
Es decir: Zang y Viñes miembros de IRSA, el mafioso Elsztain cliente del gang jurídico. Pero no hubo ninguna sanción, y todo quedó en papeles que siguen su rutina hacia la polilla...
Al final, la Caja Nacional de Ahorro y Seguro fue entregada en abril de 1994, a un consorcio integrado por Leucadia Nacional Corporation, Los W SA, y Banco Mercantil Argentino SA. A partir de la Privatización se la paso a llamar La Caja SA.
Otros de los ejemplos más vistos son:
La Privatización de Aguas de Córdoba, que en el mismo año, 1992, el gobierno de Córdoba contrató a la consultora Galfione y Asociados para la licitación del servicio de agua corriente en la ciudad de Córdoba. En junio de 1994, la Dirección de Agua y Saneamiento contrató a una consultora integrada por Banque Paribas Management Consultants SA, Hytsa Estudios y Proyectos SA y un estudio integrado por los profesionales Zang, Bergel y Viñes, con unos honorarios tentadores: 1.250.000 dólares, con un adelanto de 650.000 de la misma moneda.
El Banque Paribas y la Lyonnaise des Eaux, del Grupo Suez, oferente en la licitación, tenían vinculaciones económicas, pero el estudio Zang siguió. Quisieron dejar tomo único oferente a Northumbrian Water Group, aunque luego se descubrió que Lyonnaise des Eaux había comprado las acciones de Northumbrian mediante compra hostil. Todo esto lo manejó el gang Zang. La vinculación era dolosa. La licitación se suspendió. El fiscal fue separado de la causa, la jueza absolvió a todo el mundo. El gang Zang cobró en dólares constantes y sonantes a pesar de todo. La impunidad es muy buen negocio.
Y puedo continuar... los negocios son interminables; veamos La Privatización de YPF: en este negocio fue todo fácil. El Estudio Zang, Bergel, Viñes y Asociados fue contratado como consultora jurídica para la privatización. Al poco tiempo, Viñes fue designado director de YPF.
Entre 1997 y 1999, las acciones clase C, es decir el 10% del paquete accionario, que pertenecía a los trabajadores, fue vendido por el gobierno, sin reconocer ningún pago a sus verdaderos dueños.
Los trabajadores querellaron a 33 directores, entre ellos Viñes. En sus denuncias puntualizaban que se habían adjudicado a Repsol el 14,99% de las acciones por medio del Convenio YPF. El juez Bonadío, en julio del 2006, sobreseyó a todo el mundo. El 6 de julio del 2007, la Sala I de la Cámara Penal Federal declaró nulo el fallo de Bonadío. Fueron ratificados los delitos de defraudación a los ex empleados, que eran los legítimos titulares de las acciones clase C. Pero
además, la Sala I consideraba que había responsabilidad de los directivos de Repsol YPF en la venta de acciones reservadas en el Fondo de Garantía y Recompra.
Viñes sigue hasta la fecha imputado y procesado en esta causa.
El gang Zang y el Banco Mayo
El Banco Mayo fue vaciado en el marco de una de las operaciones mafiosas más grandes de la historia. Fueron estafados miles y miles de ahorristas. El dinero se desviaba a fondos buitres en las Bahamas.
Resulta ocioso mencionar a esta altura que el Estudio Zang, Bergel y Viñes hizo la ingeniería financiera del vaciamiento.
Una empresa denominada Newside SA, terminó comprando 19 hectáreas en el dique 1 de Puerto Madero. ¿Con qué dinero? Nada menos que con una parte de los ahorros robados a los ahorristas en las mesas piratas del Banco Mayo.
El juez Oyarbide tomó las siguientes medidas:
1. Intervino la sociedad Newside SA.
2. Prohibió “innovar” en el manejo del terreno comprado.
3. Exigió se puntualizara la información sobre el pasivo de Newside con el Citibank
Uno de los accionistas de Newside, que era deudor del Banco Mayo y propietario de Diarco, un personaje llamado Roberto Goldfarb, impidió el saneamiento de la sociedad y que saneara su pasivo con el Citibank, endeudándose todavía más. Newside expulsó a Goldfarb del directorio. La familia Ginevra quedó a cargo de la firma, con el visto bueno de Oyarbide.
Macro Bansud compró parcelas de Puerto Madero a Newside. Con ello esta firma pudo pagar parte de la deuda al Mayo. Pero el juez del Juzgado Comercial 8, decidió reponer en su cargo a Roberto Goldfarb. El abogado de Goldfarb es nada más y nada menos que Saúl Zang.
Oyarbide sospechó que Goldfarb y Zang trabajaban para favorecer a IRSA impidiendo que en el dique 1 se hiciese un desarrollo de obras que compitiera con la Ciudad Deportiva de Boca Júnior, que pertenece a IRSA, cuyo vicepresidente es Saúl Zang.
Pero hay más, aún: ¿Sabe el lector quiénes son los abogados del Citi? pues el mismísimo Saúl Zang...!
Pero sigue habiendo más: Viñes fue secretario del Juez del Juzgado Comercial 8, y por medio de ese magistrado de apellido González, consiguió:
1. Que los terrenos no fueran al Bansud. Se beneficiaron los banqueros del Mayo, Beraja y Cheb Terrab y el propio Goldfarb.
2. Que IRSA no tuviera competidor próximo.
3. Que el City tuviera más capacidad de control sobre Newside y los espacios de Puerto Madero. .
Por su parte, Oyarbide, tomó medidas muy importantes:
1. 1: Desplazó a Goldfarb de la conducción de Newside.
2. 2: Procesó al Juez González, al Clan Zang y a Goldfarb.
Al final, Bansud compró terrenos de Newside en el dique 1, en 40 millones de dólares.
El mafioso Beraja salió en libertad en el 2005: pagó 30 millones de dólares a 200 ahorristas estafados para que retiraran la acusación por estafa.

Las manos en la lata:
En julio del 2005, la Comisión Nacional de Valores decidió instruir un sumario f contra el BHSA y sus directores titulares, como consecuencia de una denuncia r interpuesta por Julio Macchi, representante estatal en ese momento en el t directorio,(y miembro de la comisión directiva de River Plate) y como novio i, despechado porque no le repartieron nada a ninguno de los directores goi, que f tanto taparon y tanto ayudaron a vaciar el Banco, y a tantas suciedades que t nunca dijeron nada hasta que les tocaron los bolsillos.
“Jode con la mula pero no con las alforjas”, reza el popular dicho.
Los directores del BHSA, que además pertenecen a IRSA, y los gerentes, se repartieron nada menos que 30.000.000 de pesos.
• Clarisa Lifsip de Estol cobró 3.159.010 pesos.
• Eduardo Elsztain cobró 10.740.634 pesos.
• Saúl Zang cobró 1.895.406 pesos.
• Ernesto Viñes cobró 4.252.715 pesos.
• Gabriel Resnicky Pablo Vergara del Carril cobraron 132.690 pesos cada uno.
• 14 gerentes se distribuyeron 10 millones.
Robo liso y llano. Con la mentira de comprar la Banca Nazionale del Lavoro, y basado en la sobre valuación de acciones, de donde se desprendían las utilidades extraordinarias. Cosa que motivó otro sumario de la CNV, esta vez contra IRSA por haber sobrevaluado puniblemente la acción del BHSA. El valor accionario subió como consecuencia de compras cruzadas realizadas por componentes calificados del grupo que controla el BHSA. El propio Elsztain negoció acciones, y también lo hizo Marcelo Mindlin, del Grupo Dolphin, IFISA, Raymond James, etc.
La CNV les aplicó una multa de 1 millón de pesos. Irrisorio.
Cuando renunció Lavagna, llegó a la Secretaría de Finanzas un hombre de IRSA, Alfredo Mac Laughlin. Es uno de los directores del BHSA, sumariado por la CNV, y también director de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.
¿Quien defendió a la mafia en pleno? Nada más y nada menos que el mismísimo Martín Esteban Paolantonio.
Capítulo V
VIVENCIAS PERSONALES CON ALGUNOS MIEMBROS DE LA MAFIA
Roberto ApeIbaum:
Otro de los personeros de Elsztain, es un ingeniero, yerno de Katz, quien fuera director y contratista del antiguo BHN, se trata de Roberto Apelbaum. Como hubiera dicho mi bobe tiene una mujer con tanta mala suerte que le tocó un marido cornudo.
Hasta junio del 2008, Roberto Apelbaum fue PRESIDENTE del IVC (Instituto de la Vivienda de la Capital), nombrado por Macri en el gobierno de la ciudad Autónoma de Buenos Aires,( estuvo puesto ahí por Elsztain), lo que significa el grado de conexión entre la mafia judía y el estado macrista en nombrar estos mafiosos como presidentes de entes tan caros para los argentinos, en el afán de devolver gentilezas y de hacer los negocios que hagan falta entre ambos, Elzstain y Macri, a través de este soldado llamado Roberto Apelbaum.
Según la revista Noticias de fecha abril de 2008, el nuevo director del Instituto de la Vivienda complicaba a Macri.
En el Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC) los nervios están crispados. Históricamente, el organismo dependía de la Jefatura de Gabinete, pero desde que asumió el jefe de Gobierno, Mauricio Macri, y trasladó bajo su órbita al instituto, los escándalos se sucedieron uno tras otro.
Propio de las prácticas que le criticaba a Aníbal Ibarra, Macri puso al frente del IVC a dos hombres de estrecha confianza, Roberto Apelbaum, ex gerente de la constructora IRSA y del Banco Hipotecario, y Eduardo Petrini, hombre de confianza y mano derecha del jefe de Gobierno en los negocios de Boca.
Apenas asumieron al IVC, que cuenta con un presupuesto de $460 millones, Apelbaum y Petrini se repartieron las gerencias y las multiplicaron: pasaron de 9 a 17. Con sueldos de más de $6.500. Los dos hombres de Macri se aseguraron secretarias con más de $6.000, lo que concitó la furia de los otros dos miembros del directorio, el radical PRO José Luis Giusti y el kirchnerista Hernán Pérez.
Las diferencias son notorias y hasta rozan lo humorístico. A poco de asumir, Apelbaum ordenó refaccionar y ampliar en forma exagerada su oficina y la de su segundo, lo que provocó enojo en el resto del directorio. Pero el escándalo también llegó al manejo de la caja diaria. Mediante una resolución del 17 de enero del 2008, se autorizó la asignación de $30.000 en concepto de la “caja chica común”.
No se confundan los lectores. Apelbaum no estuvo ahí por los 6.500 pesos mensuales, ya que en su cochera ubicada en Córdoba y Rodríguez Peña, debe ganar un poco más.
Estuvo puesto ahí para llevar a cabo negocios mas importantes.
Uno de los negocios para reflotar: CIUDAD DEPORTIVA
En 1997, el grupo IRSA compró 72 hectáreas en plena Capital Federal, en la
A venida Costanera Sur, en lo que fue la Ciudad Deportiva de Boca Júniors. IRSA pagó por el terreno en esta compra 51,5 millones de dólares.
En ese lugar Elsztain y su conexión tienen pensado levantar torres de 50 pisos, a las que se considera u n nuevo Puerto Madero.
El entonces Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Jorge Telerman, autorizó el emprendimiento inmobiliario.

El diputado kirchnerista Héctor Faialde denunció el emprendimiento de 1.000 millones de dólares argumentando que semejante negocio era de exclusiva decisión de la legislatura porteña, a la cual nada se le había solicitado al respecto. Una urbanización de esa magnitud requiere de la potestad legislativa.
Eduardo Elsztain presentó a Néstor Kirchner y a Beatriz Noffal, funcionaria en el área de las inversiones, a un hombre de negocios de Miami, Jorge Pérez, un potentado inmobiliario de Miami. Maneja The Related Group una firma constructora muy importante en Florida. Construyó 45 mil unidades en 2.000 condominios. Es hijo de cubanos, pero vivió 18 años en Buenos Aires.
Pérez tiene importantes relaciones con judíos provenientes de todo el mundo y con ricos de Argentina y Colombia, que compran condominios de 300 mil a 2 millones de dólares de precio, en Aventura, al norte de Miami. Otros prefieren Key Biscayne.
¿Vamos a ver como lo termina Apelbaum al negocio? 4
Macri retiró los planes de vivienda para las villas del sur de la ciudad de Buenos Aires al Instituto de Vivienda de la Ciudad y los derivó a la Corporación del Sur, con participación estatal y capitales privados. Las otras villas irían a la órbita de la Corporación Puerto Madero.
El Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC), que desde su creación se viene ocupando -con extrema morosidad de brindar soluciones habitacionales a la población más carenciada de la ciudad, ya no tiene planes de vivienda para los habitantes de las villas y de aquí en más se ocupará de ofrecer créditos para vivienda a familias con ingresos medios bajos. La urbanización de las villas ubicadas en el sur de la ciudad quedará en manos de la Corporación del Sur -una empresa del Estado porteño con capacidad para incorporar capitales privados hasta un 49 por ciento de su composición accionaria- de acuerdo con un proyecto de ley que el Ejecutivo envió a la Legislatura. El IVC se ocupará de aquí en más de otorgar créditos para vivienda a familias de ingresos medios bajos, que hoy no alcanzan a clasificar para los préstamos bancarios. Sólo quedan en su jurisdicción los asentamientos del norte de la ciudad, las villas 31, la 31 bis y la Rodrigo Bueno. Para ellas no hay planes, aunque la intención del macrismo es asignar la urbanización de esos barrios a la Corporación Puerto Madero.
La política de vivienda del macrismo también fue cuestionada por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, una ONG que, entre otras tareas, tiene trabajo territorial de asesoramiento y asistencia a habitantes de villas, dijo a Página 12 Luciana Bercovich, coordinadora del proyecto Redes de Trabajo en Villas Urbanas de ACIJ.
Las dudas fueron alimentadas por el informe que dio en la Legislatura el titular del IVC, Roberto Apelbaum, donde dejó en claro que el Instituto que preside propone soluciones habitacionales para la clase media baja que no puede acceder a un crédito hipotecario en el mercado: “La población que puede pagar una pequeña cuota pero que no cuenta con capacidad de ahorro previo”, dijo Apelbaum. Concretamente, precisó, familias con “un ingreso mensual de entre 2500 y 4500 pesos”. En el financiamiento de estos proyectos, el IVC participaría con un 20 por ciento, otro tanto se haría con fondos del Plan Federal de viviendas y el resto con aportes de la banca privada, según la explicación de Apelbaum, un hombre proveniente del grupo IRSA, uno de los mayores inversores privados en el negocio inmobiliario, y del Banco Hipotecario.
En cambio, por “razones operativas”, dispone que los asentamientos conocidos como Villa 31 y 31bis (en Retiro) y Rodrigo Bueno (en Costanera Sur) se mantendrán dentro de la órbita del IVC. Las dos primeras están ubicadas en terrenos de jurisdicción nacional (el Onabe). La otra constituye uno de los principales obstáculos para la urbanización exclusiva que el grupo IRSA planea hacer en la ex Ciudad Deportiva de Boca, junto a la Reserva Ecológica.
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4 Pagina 12, 2 de junio deI 2008.

El macrismo ya pensó en asignar la urbanización de esos espacios a la Corporación Antiguo Puerto Madero, otra sociedad estatal que tiene participación de la ciudad y de la Nación, con experiencia en otro tipo de emprendimientos urbanos que nada tienen que ver con la vivienda social, pero que representan un manejo exitoso del espacio público. Fuentes de esa Corporación admitieron que la propuesta ya fue formulada, aunque sin las precisiones necesarias como para ser considerada.
Uno de los lugares donde más impacta la indefinición del macrismo con respecto del rol del IVC es en las villas 31 y 31bis. Los delegados de ambos asentamientos denuncian que vienen sufriendo cortes de luz. Es que las obras que había iniciado el IVC en la época de Jorge Telerman quedaron paralizadas. “Macri usa la metodología de la dictadura, se piensa que si nos corta la luz, nos vamos a cansar y nos vamos a ir. Pero no es así”, dicen. Del IVC, sólo se acercaba a la villa el ex gerente Víctor Colombano. “A Apelbaum no le vimos nunca la cara”, aseguran.
Volviendo a Apelbaum, este personaje que no deja de ser un imbécil -me llamó mucho la atención que Eduardo Elsztain no pusiera en su Staff a gente mas inteligente- pero esta reflexión la superé debido a que es yerno de Horacio Katz, un ex director del BHN y socio de Elsztain y de Roberto Apelbaum, en una sociedad que se llama: “CHACABUCO 175 SRL Inscripta en IGJ el 20/4/89 bajo el N° 1544 del libro 91 Tº S.R.L., hace saber por un día que por acto privado, del l2 de junio de 2000. 1) PETER GRUBER ha vendido, cedido y transferido la totalidad de sus 300 cuotas sociales a EDUARDO SERGIO ELSZTAIN, argentino, DNI 14014114, casado, domiciliado en Bolívar 108, piso 10, Capital Federal; consecuentemente el capital social queda integrado: Eduardo Sergio Elsztain 300 cuotas sociales, HORACIO KA TZ 150 cuotas sociales, ROBERTO APELBAUM 150 cuotas sociales. Autorizada/ Abogada Lucila Huidobro N° 30.728.”
La relación interpretada de esta forma no deja de servir a los intereses de la mafia.
A continuación detallo la carta de despedida de Apelbaum como Gerente del Banco, cuando pasa a ser Vicepresidente. Y para que vean si no tengo razón cuando digo que es un imbécil en lo que escribe, y la respuesta de Fornero director del BHSA por los empleados, que no se hace esperar, pero siempre dentro del Banco. Nunca vi ni escuché que Fornero o algún otro director, salvo Macchi cuando le tocaron los bolsillos, hayan salido a denunciar nada ni en los diarios, ni en la radio, ni en tribunales, ni en ningún lado, y estos sí que saben toda la mugre que hay dentro del BHSA, pero como no se quieren salpicar...
La carta de despedida de Apelbaum
“De: APELBAUM ROBERTO
Enviado: Miércoles 20 de marzo de 2002 17.43
Para: TODOS
A todo el personal
Tengo el agrado de dirigirme a Vds. a los efectos de llevar a vuestro conocimiento, mi decisión de finalizar mi función gerencial en el Banco Hipotecario S.A.
Como es de público conocimiento, el Banco ha decidido excluir de su plan de negocios, las líneas de Crédito Corporativo y de Gobierno.
En el futuro, continuaré mi función como miembro del Directorio y del Comité Ejecutivo.
Quisiera aprovechar la oportunidad para agradecer por este medio a todos aquellos que me acompañaron en la gestión, y por sobre todas las cosas, su colaboración e involucramiento, que han hecho posible el logro de los resultados alcanzados.
Quiero destacar, la pesada y complicada herencia recibida. Sin embargo, aún queda tarea por realizar, y espero puedan llevarla a feliz término. Sepan Vds. que cuentan con mi total apoyo.

Desde mi función de Director Ejecutivo, integrando diversos Comités de Directorio, continuaremos en contacto y trabajando en proyectos específicos, dentro del mismo espíritu de compromiso, para el logro del éxito de la Organización.
Les envío un afectuoso saludo para todos.
Ing. Roberto Apelbaum.
La respuesta de Fornero y Gómez
“Desde: FORNERO EDGARDO
Enviado el: Jueves 21 de Marzo de 2002 18:39 -”' Para: Todos
Asunto: SOLO SE VIVE DOS VECES
Leyendo la singular despedida del ingeniero Apelbaum anunciando que se va a quedar, uno no puede hacer otra cosa que plantearse: ¿Cómo se puede seguir en un contexto donde la realidad pretende ser reemplazada por la ciencia ficción? Y acto seguido continuar preguntándose:
¿Sabrá la persona que manda un correo con destino a TODOS que esos “todos” somos nada menos que los empleados, funcionarios, síndicos, directivos y, en muchos casos, accionistas del Banco Hipotecario S.A.?
Y en consecuencia: ¿Sabrán los circunstanciales remitentes, como en este caso el ingeniero Apelbaum, que aquellos que abrimos sus correspondencias en nuestras pantallas no solo convivimos bajo el mismo techo sino que además somos protagonistas y/o testigos de casi todo lo que ocurre dentro del Banco?
En el caso de quienes nos hacemos cargo de lo que aquí opinamos, la responsabilidad está repotenciada por nuestras funciones específicas. Sea por la integración en el Directorio del Banco, por la participación en talo cual comité o simplemente por ser -con nuestros más o nuestros menos- quienes tratamos de proteger los intereses de quienes trabajan aquí adentro.
¿Cómo se puede entonces afirmar con tanta liviandad y ante un auditorio permeable a la realidad del B.H.S.A., el beneplácito por “el logro de los resultados alcanzados”?
¿De qué clase de logros estamos hablando?
Quienes hemos anticipado la debacle de la operatoria “Productos Corporativos”, en su momento alertamos que la metodología utilizada estaba condenada al fracaso, y hoy debemos lamentar (una vez más) haber tenido razón. A “La pesada herencia recibida” que se menciona en la “carta de despedida”, debemos sumarle el desatino en la aprobación de proyectos nuevos por los cuales nuestro Banco ha efectuado desembolsos que lamentablemente nunca recuperará.
Alguno de esos emprendimientos se hallan paralizados, otros han sido tomados por falta de avance de obra, y muchos otros hoy se ofrecen penosamente en la campaña de venta de inmuebles como si hubieran salido de la nada. Mientras tanto el verdadero negocio lo hicieron las inmobiliarias, los escribanos (poquitos y con nombre y apellido), el ejército de “idóneos” en terminación de obras paralizadas, las empresas de seguridad, las administradoras de consorcio, etc. etc. Al lado de todo esto, decir que descubrimos duplicidad de facturación por los mismos servicios, y empresas fantasmas operando por fuera de los mecanismos de control del Banco casi resulta una pavada.
Abonados ya a la cultura del dislate total, llegaron a constituirse preventas aceptando en forma de pago materiales de construcción, honorarios por publicidad, acuerdos individuales entre el desarrollador y futuros propietarios (los cuales no solo eran en cuotas sino que encima el Banco no tenía ni noticias de ello). Hasta llegamos a aceptar un Renault Twingo a cuenta de la preventa.

¡¡¡¡Y dimos por aprobada la financiación!!!!
¿Hace falta agregar que se llegaron a aceptar garantías de avalistas que están con pedido de quiebra o en situación CUATRO y CINCO?
Leyendo el correo del ingeniero cualquier desprevenido podría colegir que la Operatoria Corporativa se discontinúa por cuestiones de desventaja financiera para los intereses del Banco Hipotecario, cuando la realidad indica una clara falta del concepto del negocio exclusivamente atribuible a la impericia, los excesos y el amiguismo.
La prueba más elocuente de ello es la contundencia de la auditoria llevada a cabo por los desembolsos efectuados para la terminación de los emprendimientos tomados por nuestro Banco, autorizados y controlados por la Gerencia Principal Corporativa. ¿Exageramos si decimos que los responsables han quedado al borde de una figura penal? No. No exageramos.
¿Mentimos si decimos que este estado de despilfarro le ha costado la cabeza a tres funcionarios del Banco, mientras que los responsables superiores continúan sobreviviendo bajo un paraguas de impunidad? No. No mentimos.
¿SE PUEDE SABER ENTONCES DE QUÉ LOGROS SE PERMITEN HABLARNOS? EL UNICO LOGRO QUE EL BANCO HIPOTECARIO ESPERA COMO RESULTADO DE ESTE LATROCINIO ES QUE LOS RESPONSABLES RECIBAN EL CASTIGO QUE CORRESPONDE.
Ricardo Gómez -Edgardo Fornero
Tiene tanta densidad probatoria el texto del mail enviado por Edgardo Fornero y Ricardo Gómez, que de conocer lo, cualquier fiscal penal en turno debería citarlos para formalizar una denuncia con arreglo al código procesal penal.
Roberto Apelbaum unía a Elsztain con Macri.
La mafia Elsztain fue extendiendo sus tentáculos. El jefe de gobierno de Buenos Aires, Mauricio Macri, designó cinco gerentes y secretarias con sueldos de 6.000 pesos en el Instituto de la Vivienda, conocido con la sigla IVC. El hombre clave en este asunto fue Roberto Apelbaum, que instaló un gang tecnoburocrático y financiero y estableció un puente entre Elsztain y Macri.
Apelbaum es un cuadro de IRSA Y DEL BHSA, aunque el más estúpido de todos. Se ubicó muy cerca de Eduardo Petrini, intermediario en la venta de jugadores de fútbol para Boca Juniors, a cargo de operaciones de caja chica en el gobierno de Buenos Aires.
Apelbaum fue designado por Macri en el IVC para interrumpir los proyectos de construcción de obras en asentamientos de la Capital, y específicamente en la Villa 20, organizados y financiados por las Madres de Plaza de Mayo.
Apelbaum, la voz cantante de Macri y Elsztain en estos asuntos sostenía que las Madres sólo tienen 17 millones cuando en realidad les hacen falta 180 millones, para construir en 1.300 viviendas en un lugar como Villa 20 que alberga 5.376 familias.
Una denuncia penal de donde salí sobreseído
Apelbaum me hizo una denuncia penal porque según él y una abogadita paisana sefardí Débora Hanono, yo la había amenazado, episodio al que voy a hacer alusión.
Por supuesto que salí sobreseído en el juzgado del doctor Ballesteros, y empecé en el acto una querella contra todo el directorio del BHSA. Parecía una denuncia en la sinagoga, ya que éramos todos judíos.

Ernesto Viñes
Histérico, si los hay y cara de piedra, es otro personero, socio de Zang en el estudio jurídico y se llama ERNESTO VIÑES, hoya cargo de la presidencia del BHSA, un ejecutor (soldado) de los planes malvados, mafiosos, del gang, también procesado por la privatización de YPF.
Antes de realizar la denuncia en Comodoro Py, y en el Ministerio de Economía, escrúpulos mediante, quise hablar con Elsztain. Hablé con su secretaria, y me dijo que él se estaba yendo de viaje y me pidió que hablara con Viñes, a lo cual accedí para tener una reunión en su oficina del BHSA a las 17 horas de ese mismo día. Sabía ya que era inconducente, pues con este personaje había tratado de ¡solucionar varias cosas, entre ellas la querella. El dinero no era para mí: prefería que lo donaran a la sociedad israelita de Salta, ya que Elsztain pensaba que todo l' el tema de la querella era para sacarle dinero.
Conocía a Viñes como un tipo histérico, falso, mentiroso y artífice de varias sociedades que manejan con Elsztain, Zang, Bergel, etc. Mi objetivo con este tipo, sabiendo que no iba a conseguir nada, era ponerlo nervios, histérico, sacarlo de las casillas, ya que no está acostumbrado a recibir negativas, salvo en las cuestiones judiciales...
Estando a las cinco de la tarde en su oficina empezamos a charlar y le comento que mi preocupación es que el Banco Hipotecario está fundido como consecuencia de los manejos que hizo el grupo IRSA del BHSA y que el APE (Acuerdo Preventivo Extraconcursal) no les va a salir favorable por lo que técnicamente el Banco esta quebrado, con lo cual yo me quedaría sin ninguna chance de cobrar el juicio. Él pensaba que lo estaba grabando, y no estaba muy lejos de la realidad, puesto que así era. Lo provoco diciéndole que es público y notorio que ellos comdean y compran voluntades, por lo que lo hice poner exageradamente nervioso y me hizo retirar con un guardia de seguridad del lugar. Simulando un gran enojo salí del lugar a los gritos y le repetí varias veces: ¡delincuente! ¡vas a terminar preso, vos y toda la banda! ¡Ladrones...!
Viñes se ponía más y cada vez más nervioso, se hacía para atrás llevándose en un gesto patético, las manos a las orejas haciendo la del Topo Gigio.
En abril de este año a partir de tener en mis manos una ampliación de denuncia contra Clarisa Lifsip de Estol, aparece el celular de ella. Comencé a llamarla para averiguar algunos detalles de la vida privada de ella, que me habían llegado como información muy confidencial, pero la mujer tenia terror de hablar conmigo y me pasaron con Viñes generándose una charla que tiene como punto de partida mi comentario acerca de que estaba escribiendo este libro. Él me insinúa que es para extorsionarlo, para llegar a un acuerdo, a lo que le contesto que aunque llegue a un arreglo con el banco, lo mismo voy a publicar el libro.
Empieza a hablar de Blejer, y le comento del redescuento que le dio el BCRA cuando era presidente, en la época de Duhalde siendo empleado de IRSA, a lo que me contesta que no era empleado sino que era asesor (...). Sigue la charla y comienzo a nombrar a Paolantonio, me responde que es un muy buen abogado, que fue empleado de Irsa, del estudio Zang, Bergel y Viñes, abogado del BH, etc. Es entonces cuando le comento del embargo que le hizo al fideicomiso donde estaban protegidas las acciones que tiene el estado en el BHSA, etc., pero vale aclarar que toda esta conversación se da luego que yo en su oficina del Banco le dijera como iban a terminar todos.
Me pregunta por qué en lugar de escribir el libro no hago la denuncia en la Justicia. Le respondo que en la Justicia no tienen tiempo de investigar a las mafias de cuello blanco, ya que no disponen de presupuesto ni de suficiente gente especializada para hacer tareas muy complejas investigando tantas redes de corrupción muy bien aceitadas, ya sea con coimas, funcionarios corruptos y toda forma ilegal de sostener dichas redes, constituidas por sociedades preparadas con el único objeto de lavar dinero. Es muy difícil seguirles las pistas, cosa que es cierta y además que es lo que me comentaron el fiscal Cearra y el Fiscal Marijuan cuando les hice las denuncias en el caso de la Miceli. Todo queda reducido a un escrito que no sale del juzgado al cual le toca intervenir, y que en
cambio con un libro donde se cuenten todas las fechoría s que hacen, los que van a juzgar son todos y cada uno de los lectores. La opinión pública en general va a conocer quiénes son y como actúan estos “mafiosos de Guante Blanco”.

Capítulo VI
HISTORIA DE UNA QUERELLA
DE CÓMO HICE CAER A UN VICEPRESIDENTE DE LA MAFIA
El leitmotiv de Apelbaum, vicepresidente en su momento del BHSA, que luego pasara por la presidencia del IVC, es: “Divide y reinarás”.
Esto lo empezó a aplicar con mi hermano y socio Martín, fallecido como consecuencia de todas estas barbaridades de angurria y de soberbia, puestas de manifiesto por estos personajes y por la mente enferma de esta mala persona que se llama Roberto Apelbaum.
Conociendo nuestra lógica reacción como consecuencia de los problemas que nos generó en las sociedades, Apelbaum manda en cierta oportunidad a Salta a una abogadita sefardí, Débora Hanono, que trabajaba para el BHSA. Sabiendo las debilidades humanas, la manda a hablar únicamente con mi hermano para llegar a un posible acuerdo de solución de todos los problemas que nos habían causado a raíz de la privatización del BHN. Habíamos convenido que una vez que ella estuviera en Salta nos encontraríamos, cosa que no ocurrió. En esa misma semana me entero que esta abogada se encuentra en Salta y no me habla para concretar la entrevista que teníamos prevista.
Espero que regrese a Buenos Aires y la llamo por teléfono. Le explico que sin mi anuencia no se llegaba a ningún acuerdo. Por lo que el viaje a Salta lo había realizado sin ningún sentido. Mientras transcurre la conversación se va cambiando el tono, a tal punto que termino por decirle algunas cosas fuera de contexto, siempre guiado por la ira hasta el punto de llegar a insultarla, pero jamás la amenacé, ya que no es mi estilo. Esto ocurrió un viernes a la mañana.
El domingo por la mañana se encuentra con Apelbaum en un club de tenis en Buenos Aires, donde mantienen una conversación en la que ella le informa que habíamos cruzado fuertes palabras vía telefónica. En este encuentro” pergeñaban” que el mismo lunes levantarían una denuncia en mi contra por amenazas, cosa que como aclaré no era cierto. Durante mas de dos años traté infructuosamente de hablar por teléfono con Apelbaum y nunca me atendió. Estando en Buenos Aires, con mi señora Nancy, me reúno con el gerente Contador Luis Alberto Bellini, encargado de mi tema y de todas las originantes y empresas constructoras que eran muchas, ya que todas teníamos el mismo problema con el BHSA. Lo puse al tanto acerca de la situación en la que se encontraba mi casa de Salta, casa que había servido como garantía a consecuencia de la operatoria que teníamos con el banco, dicha operatoria tenia el objeto de proveer fondos, que el banco no había cumplido, faltando al acuerdo que teníamos. Indignado por la situación en la que me encontraba, pido una reunión con Apelbaum, Viñes, mi señora y yo. Ahí Apelbaum me ofreció solucionarme el problema de mi casa, y me ofreció otro acuerdo. El me entregaría 150.000 dólares (era la deuda que yo tenia con el CITI), a cambio de que le bajara los juicios que tenía contra el Banco. Apelbaum dejaría sin efecto .la denuncia penal efectuada por la Dra. Pruffer por precisas instrucciones del BHSA. En la reunión discutimos todos los aspectos relacionados con la terminación de un juicio por 43.000.000 de pesos- dólares entablado en el año 2000 contra el Banco, donde yo me tenía que hacer cargo de los honorarios de los abogados, de pagar el concurso de mi empresa al que me había arrastrado el Banco. Era fundamentalmente una apretada para que yo levantara el juicio que evidentemente algún perjuicio le estaba causando al Banco.
La mire a mi señora con una mirada cómplice como diciéndole “esto no lo firmo ni muerto”, lo que entendió en el acto, y seguimos una discusión mortal por el tema de los pasajes y la estadía en Buenos Aires, donde yo pedí un hotel de acuerdo a mi nivel y pasajes en avión. Para mi sorpresa, cuando llego a Salta, me entero que había venido la policía federal a dejar una cédula por la cual se me citaba a una declaración indagatoria en el Juzgado Federal del doctor Ballesteros, por amenazas
contra NN. Entonces sin perder más tiempo, llamo a mi abogado de Salta, un amigo personal, Marcelo Arancibia. Juntos fuimos a la federal a retirar la cédula. Es entonces cuando le pido que me acompañe a Buenos Aires. Fue así como contactamos a un abogado penalista, amigo de Marcelo Arancibia en Buenos Aires, el Dr. Gustavo Semorile, que me transmitió mucha tranquilidad. Ultimamos la cuestión del viaje y quedamos en reunimos un día miércoles. Lo llamé a Viñes y le dije que nos esperara un remisse en el Aeropuerto para que nos trasladara al hotel con un cartel donde dijera Spollansky. ..
Ahí empezaba una estrategia destinada a demostrar la apretada que querían hacer, y también para decirle que el daño que habían ocasionado no lo iban a arreglar con 150.000 pesos dólares. Sin saberlo llega el miércoles a mi casa el Gerente del BHSA de Salta Omar Romero con el mandato específico de dejamos en el Aeropuerto y controlar que subiéramos al avión. Eran órdenes recibidas de Viñes y de Apelbaum. Ya en Buenos Aires, en el aeropuerto, aparece un hombre con un cartelito que dice “Sr. Spollansky y Sra., Banco Hipotecario SA.”Nos trasladamos al Hotel Hilton, donde yo me sentía casi como Darin y Pauls en 9 Reinas, por lo que venia pergeñando, y el hotel se prestaba. La idea era dejarla a Nancy en el hotel y seguir a Comodoro Py para pedir adelantar la declaración indagatoria. Pero tuvimos un imprevisto en el Hotel y era que nos pedían que dejáramos la tarjeta de crédito para registramos, y sabiendo cómo iba a terminar todo, lo llamé a Apelbaum (dos años sin atenderme el teléfono) y me dijo que le pase con la recepcionista y lo solucionó en el momento (pensaba que iba a terminar pagando el Hotel debido a cómo estaba planeando lo que iba a suceder). Dejando instalada a mi Señora en el hotel partimos en el mismo remisse a Comodoro Py (le pedí el cartelito al chofer siguiendo la idea) y obtuvimos lo que buscábamos para el día siguiente a primera hora. Allí me hice amigo de Gustavo Semorile.
Acto seguido invité a mis abogados y a Nancy a comer a Puerto Madero en La Caballeriza. Durante el almuerzo Apelbaum (quien no me había atendido el teléfono por dos largos años), llamó por lo menos siete veces, y la última vez fue tipo cuatro de la tarde, cuando la reunión en realidad estaba prevista para las 12 hs. Amenazó que si no íbamos se terminaba todo, a 10 cual Nancy que era la encargada de atender el celular le decía que yo estaba muy nervioso porque me habían pintado los dedos, pero le dijo que íbamos para allá. La recepción fue muy graciosa como diría mi amigo Juan Biella, otro de los estafados en la operatoria con el Banco, “¿te das cuenta cuando te quieren pedir algo...?” Nos sentaron en una sala de directorio que parecía el cine REX, y enseguida empezaron a aparecer los mozos con sandwichs kosher, masitas Kosher, te, café, gaseosas, etc. Y vino el plato fuerte, lo que necesitábamos para terminar de demostrar que era una apretada la denuncia penal. Por un segundo apareció el doctor DANIEL MARTINEZ apoderado del BHSA, (trasladado al estudio Zang, Viñes, Bergel y Asoc.” y hoy socio de la hija de Bergel, en el estudio denominado Bergel y Martínez. Este último repartió a cada uno de los presentes un modelo de convenio que teóricamente íbamos a firmar y del cual yo estaba desesperado por tener una copia para exponerla en la Justicia. Nos dejo solos 15 segundos: el suficiente tiempo para ponerle a Nancy la copia tan ansiada dentro de la ropa, en la panza.
Martínez se dio cuenta del error y volvió a entrar a la sala de reuniones mas rápido que un bombero, pero ya era demasiado tarde...
Bellini y Viñes siempre intuyeron que yo nunca iba a firmar esa sentencia de muerte. Apelbaum creyó que había solucionado uno de los temas más espinosos del BHSA: Los SPOLLANSKY. Me corrió por los pasillos con los contratos para firmar. Fue el hazmerreír de todo el directorio goy (directores del estado) del BHSA que presenciaron el suceso.
En otra reunión con Elsztain y Viñes me enteré que perdió el puesto de Vicepresidente del BHSA a raíz de esta operación escandalosa que realizó. El mismo Elsztain me lo confirmo diciéndome que esa operación más la querella le costó la cabeza a Apelbaum.

Por supuesto que salí sobreseído de la causa y les inicie una querella, pero el Juez Fasciuto que llevaba adelante la querella me pidió a mí que llevara el acta de directorio del Banco donde decidieron hacer la denuncia. Fasciuto: de donde iba yo a conseguir semejante prueba.
Encontrándome más adelante con la doctora Hanono, a instancias de un amigo común, me confesó cómo fue manejada la denuncia qué pergeño mí ahora archienemigo Ing. Roberto Apelbaum, aquel domingo en el club de tenis.
Apelbaum y Fabiana Katz de Apelbaum
En unas Macabeadas (olimpiadas judías organizadas por los centros Macabeos de Argentina Faccma) realizadas en Villa Gessel a fines de noviembre del año 2002, en las cuales participé, tuve la suerte de conocer a mi tocaya FABIANA KATZ DE APELBAUM, en la jornada de cierre, un domingo al medio día. Comimos un asado y yo tome un poquito de vino, y parece que Fabiana también tomó un poquito porque al mediodía terminamos bailando los dos muy apretados en el medio de un salón donde habían mas de mil personas y los únicos que bailamos muy apretaditos y susurrándonos cosas al oído éramos nosotros. Le dije que era divina y lástima que tuviera un marido tan pelotudo. En ese momento se quedó paralizada, pero pegadita a mi, y empezó a preguntarme quién era yo.
Seguíamos los dos pegados en posición de baile, y le dije que era Spollansky..., y me repregunta, soltándome la cintura bruscamente, cuál era de los dos, si era el bueno o el malo, a lo que le respondí el malo, el bueno se acaba de morir...
Eso me llevó a comprender que Apelbaum comentaba en su casa algunas cosas...
Todo esto pasó ante la vista de más de mil testigos. Mis amigos tucumanos me felicitaban por el levante. Eran conocedores del paño ya que van a todas la macabeadas, y me contaban las cosas que hacia esta chica todos los años en su soledad en Villa Gessel. Por eso me animo a decir y no faltar a la verdad que a la pobre chica le toco un marido imbécil y cornudo. Esto lo escribo no por ella sino por el Ing. Roberto Apelbaum mi perfecto enemigo.

Capítulo VII
LOS TENTÁCULOS DEL PULPO
IRSA INVERSIONES y REPRESENTACIONES S.A.
Actividad principal: Inmobiliaria.
Dirección Calle: Bolívar 108 Piso: 10
Provincia: Capital Federal País: Argentina
Teléfono: (011) 4323-7555
Capital autorizado: Pesos 468.699.985
Capitalización de la empresa: 2.306.003.926,20
Cierre del ejercicio: 30/06
Directorio:
PRESIDENTE
ELSZTAIN, EDUARDO SERGIO - SR.
VICEPRESIDENTE 1º
ZANG, SAÚL - DR.
VICEPRESIDENTE 2º
ELSZTAIN, ALEJANDRO G. - SR.
DIRECTOR TITULAR
ESTEVES, CARLOS RICARDO - SR.
DIRECTOR TITULAR
BERGOTTO, OSCAR PEDRO - SR.
DIRECTOR TITULAR
ELSZT AIN, FERNANDO ADRIÁN - SR.
DIRECTOR TITULAR
BRIDGES, CEDRIC - SR.
DIRECTOR TITULAR
FISHMAN, MARCOS - SR.
DIRECTOR TITULAR
BARENBOIM, FERNANDO - SR.
DIRECTOR TITULAR
GLADSTEIN, GARY - SR.
DIRECTOR TITULAR
RUBIN, FERNANDO - SR.
DIRECTOR TITULAR
WIOR, MAURICIO - SR.
DIRECTOR TITULAR
BLEJER, MARIO - SR.
DIRECTOR SUPLENTE
BERGEL, SALVADOR DARIO - DR.

DIRECTOR SUPLENTE
QUINTANA TERAN, JUAN CARLOS - DR.
DIRECTOR SUPLENTE
CARDENAS, EMILIO - SR.
SINDICO TITULAR
ABELOVICH, JOSÉ DANIEL - CR.
SINDICO TITULAR
FUXMAN, MARCELO HÉCTOR - CR.
SINDICO TITULAR
MURMIS, ROBERTO - CR.
SINDICO SUPLENTE
RIGUEIRA, ALICIA - CRA.
SINDICO SUPLENTE
DE FEO, SILVIA - CRA.
SINDICO SUPLENTE
KOLACKZYC, SERGIO - CR.
CONTADOR CERT. ESTUD. CONTABLE
EST. PRICE WATERHOUSECOOPERS
CONTADOR CERT. ESTUD. CONTABLE
ABELOVICH, POLANO & ASOCIADOS
RESPONSABLE RELACIONES MERCADO
ZANG, SAUL - DR.
MIEMB. TIT. COMITE DE AUDITORIA
BLEJER, MARIO - SR.
MIEMB. TIT. COMITE DE AUDITORIA
BRIDGES, CEDRIC - SR.
MIEMB. TIT. COMITE DE AUDITORIA
ESTEVES, CARLOS RICARDO -
Algunas Sociedades Vinculadas
BACS - BANCO DE CREDITO y SECURITIZACION BANCO
HIPOTECARIO S.A.
CONIL S.A.
EMPRENDIMIENTOS RECOLET A
LLAO LLAO RESORT
P ANAMERICAN MALL S.A.
PUERTO RETIRO S.A.
T ARSHOP S.A.
Algunas sociedades controladas:
ALTO P ALERMO S.A. (APSA)
ABRIL S.A.
ALTO CITIY S.A.
PEREIRAOLA S.A.I.I.F. y A.

CANTERAS NATAL CRESPO S.A.
CYRSA SA
INVERSORA DEL PUERTO S.A.
EMPALME S.A.
FIBESA S.A.
HOTELES ARGENTINOS S.A.
INVERSORA BOLIV AR S.A.
MENDOZA PLAZA SHOPPING S.A.
NUEV AS FRONTERAS S.A.
PATAGONIAN INVESTMENT S.A.
PALERMO INVEST INC.
RITELCO S.A.
RUMMAALA S.A.
SHOPPING ALTO P ALERMO SA
SHOPPING NEUQUEN S.A
CASPIAN SECURITIES SOCIEDAD DE BOLSA
GOMER SACI
Algunos problemas del Gang con la Comisión Nacional de Valores
Hay que tener en cuenta algunas Consideraciones Preliminares: La COMISION NACIONAL DE VALORES es un organismo autárquico del Estado Nacional, con jurisdicción en toda la República, que tiene por función autorizar la oferta pública de títulos valores, asesorar al Poder Ejecutivo Nacional sobre pedidos de autorización para funcionar que efectúen las Bolsas de Comercio y los Mercados de Valores, llevar el índice general de los agentes de bolsa inscriptos en los Mercados de Valores, llevar el registro de las personas físicas y jurídicas autorizadas para efectuar oferta pública y establecer las normas a las que deben ajustarse aquellas y quienes actúan por cuenta de las mismas, así como fiscalizar el cumplimiento de las normas legales, estatutarias y reglamentarias en lo referente al ámbito de aplicación de la ley de oferta pública.
Asimismo dicta las normas a las cuales deben ajustarse las personas físicas y jurídicas que, en cualquier carácter intervengan en la oferta pública y en el ejercicio de sus funciones puede requerir informes, realizar inspecciones e investigaciones en las personas físicas o jurídicas sometidas a su control.
El 13 de julio del 2006 se removió la causa del expediente N° 211/05 rotulado “BANCO HIPOTECARIO S.A. s/DISPENSA DE INFORMAR”.
No voy a dar un registro detallado de esta causa, sino que resaltaré los puntos más importantes, ya que no es mi intención que se pierdan en un documento tan intenso y desvíen su atención.
Así las actuaciones dieron inicio un 15 de febrero de 2005, a consecuencia de una solicitud efectuada por el Sr. Ernesto Viñes a la COMISION NACIONAL DE VALORES (CNV) en la qué se requería al Organismo la eximición de informar al público inversor sobre las tratativas que el Directorio de BHSA había dispuesto realizar a fin de concretar la adquisición de BANCA NAZIONALE DEL LA VORO (BNL), ello era así porque su divulgación podría comprometer el “interés social” en el caso que las negociaciones no llegaran a concretarse.
Dicho organismo resolvió que no haría lugar al pedido. Al día siguiente en la mañana temprano los medios de información “Pagina 12”, “ Ámbito Financiero”, “La Nación”, “Clarín” y “El Cronista”, dieron amplia difusión a la adquisición de la “BNL “ por parte del BHSA. Está demás decir que estas copias se encuentran presentadas como pruebas.
Por su parte, BHSA registró como información relevante que el día 15 de febrero del 2005 en la página www.bolsar.com una comunicación donde informaba sobre las negociaciones mantenidas
con BNL para la adquisición de sus negocios bancarios locales, y en la Web del Organismo bajo la indicación “Información Financiera-Hechos Relevantes” el documento “Comunicado BNL” vinculado con la concreción de las negociaciones entre las dos entidades bancarias.
Días mas tarde ingresaron al Organismo, sendas cartas documentos en las que se denunciaba que el BHSA, supuesto adquirente de BNL, manipulaba la información y transgredía las leyes de transparencia de las operaciones de compraventa de acciones a los efectos de hacer crecer sustancialmente el valor de ambas empresas, y de esta manera perjudicaba a los tenedores minoristas de BHSA y al ESTADO NACIONAL dada su participación accionaria en dicha institución. Inmediatamente se pasó a investigar el listado de movimientos y saldos en la especie BHSA, por el Sector de Monitoreo de Mercados de la CNV.
Para pesar de los directivos del BHSA dicha investigación constató que efectivamente hubo una oscilación de precios producida a mediados de Febrero de 2005 que tendría directa vinculación con la información aparecida en la prensa nacional el 15 de febrero del 2005 relativa a la oferta de compra por parte del BHSA de la sucursal argentina de la BNL
Los elementos de juicio reunidos resultaron el fundamento para que el organismo iniciara una investigación sobre la negociación de la acción para determinar la posible existencia de infracciones al régimen de oferta pública.
El encargado de la investigación fue el Sector de Monitoreo de Mercados de ésta CNV, quien evaluó la totalidad de las operaciones registradas en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires del 10 de noviembre del 2004 al 30 de junio del 2005, período que fue tomado como referencia para analizar las negociaciones en la especie BHSA. Dicho análisis arrojó como resultado que DOLPHIN e IFISA tenedores de acciones clase “D” y Eduardo Sergio ELSZTAIN (Vicepresidente de BHSA) y miembro del directorio y apoderado de las sociedades mencionadas tuvieron una gran participación en la operatoria en cuestión.
Estas pruebas dieron inicio al sumario. En él, se lo acusaba de participar activamente en la venta de Acciones del BHSA. Dado que en el período de tres meses y medio (10 de noviembre del 2004 al 14 de febrero del 2005) la acción BHSA registró una suba del 78,68 % en su precio, concluyendo que ello se habría debido a la participación de DOLPHIN, IFISA y el Sr. ELSZTAIN.
En éste sentido, se llegó a la conclusión que existieron suficientes elementos de convicción para presumir que la suba producida en el período comprendido entre ello de Noviembre de 2004 y el 14 de Febrero de 2005 en el precio de las acciones clase “D” de BHSA no había sido el resultado del libre juego de la oferta y la demanda.
En consecuencia, la CNV dispuso, instruir un sumario a DOLPHIN FUND PLC,
e INVERSIONES FINANCIERAS DEL SUR S.A. (IFISA) y a sus representantes legales, apoderados y/o autorizados a actuar ante las sociedades de bolsa, Eduardo Sergio ELSZTAIN, Alejandro G. ELSZT AIN, Marcelo Marcos MINDLIN, Saúl ZANG, Clarisa Diana LIFSIC de ESTOL, Yael MALIK, Marcos S. SLIPAKOFF y Damián Miguel MINDLIN por posible infracción a la ley de transparencia de oferta pública de acciones.
También se produce el auto de apertura a prueba, en el cuál se tuvo por presentados la prueba documental, teniéndose por unificada la personería y la representación letrada de los sumariados DOLPHIN, IFISA, Eduardo S. ELSZTAIN, Marcos S. SLIPAKOFF, Alejandro G. ELSZTAIN, Saúl ZANG y Clarisa D. LIFSIC de ESTOL.
El representante legal de los sumariados Dr. Martín Esteban Paolantonio, (el mismo que embargó el fideicomiso del BH por fondos buitres) formuló observaciones, desistiendo de la prueba testimonial oportunamente ofrecida, y requirió la designación del consultor técnico Jorge Horacio Faigelbaum a los efectos de que evacue cada uno de los puntos de pericia detallados.

El Dr. Damián Burguño en representación de los Sres. Marcos Marcelo MINDLIN y Damián Miguel MINDLIN presentó el memorial al igual que lo hace el Dr. Martín Esteban Paolantonio en representación de los demás sumariados.
Yael MALIK ejerció su derecho de defensa formulando en sus argumentos, la inexistencia de constancia que demostraba su actuación personal en las compras y ventas de las acciones de BHSA o que en la misma se hubiera obtenido beneficio alguno de dichas operaciones.
Si bien reconocía ser apoderada de DOLPHIN e IFISA exponía, que las facultades de actuar en representación de dichas entidades es limitada, puesto que había sido designada como apoderada clase “B” para lo cual se necesita de otra firma para actuar, con lo que aducía ser una dependiente que respondía a órdenes de terceros ya que no podía actuar con su sola firma.
En relación a las operaciones realizadas en los meses investigados, señalaba que se encontraba ajena a cualquier operatoria que pueda ser considerada lesiva a la transparencia del mercado dado que, como surge de la copia certificada de la partida de nacimiento agregada al Anexo 1 de su descargo, el 28 de noviembre del 2004 había nacido su primera hija, razón por la cual en los meses siguientes no había realizado ninguna actividad profesional.
No obstante lo expuesto, señalaba la ausencia de dolo en los hechos investigados y la necesidad de abandonar el principio de responsabilidad objetiva por el de responsabilidad subjetiva, para lo cual sostenía la necesidad de la efectiva comprobación de la “acción ilícita”
Pero obviamente no fue la única en apelar a su derecho de defensa; Marcos Marcelo MINDLIN y Damián Miguel MINDLIN sostenían ser completamente ajenos a los hechos, por no haber instruido ninguna operación para las cuentas y/o en representación de DOLPHIN FOND PLC e IFISA desde el 25 de noviembre del 2003.
Así, la firma “Raymond James Argentina Sociedad de Bolsa” informa que del análisis de las cuentas comitentes de IFISA y DOLPHIN no surge que Marcos M. MINDLIN Y Damián M. MINDLIN hayan ordenado operaciones de compra o venta de títulos valores en las respectivas cuentas comitentes de IFISA y/o DOLPHIN.
Además “Lasa Sociedad de Bolsa S.A.” indicaba que los nombrados no operaron ni en compras ni en ventas en las cuentas de DOLPHIN desde el 25 de Noviembre de 2003, y que tampoco se habían recibido órdenes de compra o venta de títulos valores para la cuenta de IFISA de la cual dichas personas no son apoderados. Y así otras empresas más.
Asimismo, sostenían que había figurado en las listas de firmantes autorizados ante ciertas sociedades de bolsa por DOLPHIN e IFISA en la época en la cual Marcos Marcelo MINDLIN había sido Director de ambas compañías, pero que dejó dicho cargo a fines de 2003
Por lo tanto, concluían que no habían realizado ninguno de los hechos considerados en el sumario, señalaban que si habían aparecido en los registros de firmas de las citadas sociedades se debía a la falta de modificación de los mismos, lo cual por constituir una cuestión operativa interna de las sociedades escapaba a su control.
Por otro lado Alejandro G. ELSZTAIN, alegaba en su defensa, en primer término la falta de legitimación pasiva respecto del accionar del Organismo, por haber actuado en cumplimiento de un mandato conferido, dada su condición de mandatarios de las entidades sumariadas que operaron en el Mercado de Valores.
A juicio de éste, el análisis relativo a la variación del valor de una acción lo realizaba el mercado en base a indicadores de desempeño, solvencia, liquidez, calidad de activos y eficiencia, dado que estos conceptos teóricos reflejan la estructura de rentabilidad de una empresa, lo cual a la postre afectaría la valuación de sus activos y, en consecuencia, la de sus acciones.

En cuanto al análisis de las normas jurídicas por el Organismo sostenían que a los efectos de su aplicación requería necesariamente una conducta intencional o dolosa por parte de sus autores, dado que no era factible una manipulación culposa, y la existencia de un resultado dañoso, de lo cual, no posee explicación alguna.
y continuando con la crítica a la Resolución de la CNV destacaba que se había imputado una particular forma de manipulación contraria al funcionamiento de la economía, al sostener que la mayor presencia vendedora fue la causa del sensible aumento del precio de las acciones de BHSA en el período investigado.
Además alegaba que en el sumario se había efectuado una exagerada apreciación de la participación de DOLPHIN e IFISA en el mercado de acciones de BHSA considerando que la actuación de DOLPHIN, IFISA y el Sr. ELSZTAIN concentraron el 71,41 % del mercado, duplicando prácticamente el porcentaje real, que fue del orden del 37,4%, ya que la participación de ambas entidades posee una relación lineal con el porcentaje de tenencias en el capital social de BHSA.
Después de que cada uno fundamentó su defensa, se analizó cada caso. Más tarde, en un arduo y largo procedimiento de verificación de análisis de las pruebas y los alegatos, salió a la luz en primer término, que en el período investigado se observó un aumento del volumen negociado por la acción de BHSA en el Mercado de Valores de Buenos Aires.
De acuerdo a la pericia técnica producida por la CNV se determinó, conforme a la información suministrada por la BCBA en el periodo comprendido entre ello de diciembre del 2003 y el 30 de noviembre del 2005, el volumen negociado en el Mercado de Valores del papel BHSA acciones clase D fue el siguiente:
1. Entre diciembre de 2003 y Octubre de 2004: 176.703 acciones.
2. Entre noviembre de 2004 y Febrero de 2005: 1.669.370 acciones.
3. Entre marzo de 2005 y noviembre de 2005: 166.962 acciones.
Lo expuesto reveló que en el período investigado se observó un incremento del volumen negociado del 944,73% en comparación con el período previo y del 999,85% en comparación con período posterior.
De igual forma correspondió determinar si en el período investigado se verificó un aumento del precio de cotización de la especie.
Se observó que el mayor incremento se registra en el mes de Febrero de 2005 con una variación del 22,87% en el precio promedio mensual y del 63,64% en la comparación de los precios de cierre del mes con el del mes anterior. Con posterioridad a estos meses los precios, tanto promedio como de fin de mes, muestran una tendencia declinante, aunque de manera más gradual De esta manera, se procedió a determinar el porcentaje de variación de la especie en el índice MERVAL durante el período extendido entre ello de noviembre del 2004 y 14 de febrero del 2005 en comparación con otras entidades cotizantes.
De acuerdo al cuadro elaborado por el perito de la CNV se observa que la especie BHSA había tenido un incremento en su precio, precisamente en el periodo comprendido entre Noviembre de 2004 y Febrero de 2005, muy superior al que registran las acciones de otras entidades financieras y el índice MERVAL.
Entre Agosto de 2004 y Junio de 2005 la participación de BHSA en el volumen total negociado en acciones en el mercado fue, según lo informado por la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, en orden decreciente; así, en Noviembre de 2004: 0,853%; Diciembre de 2004: 0,256%; y Enero de 2005 de 0,251 %. Febrero de 2005: 0,411 %.
No obstante lo señalado, los informes técnicos producidos ponen de manifiesto, que la especie es
normalmente ilíquida disminuyendo esa iliquidez en el periodo Noviembre de 2004 de acuerdo a la información suministrada por la Caja de Valores S.A. las personas físicas y jurídicas que se encontraban sumariadas y que tuvieron participación en la negociación de la especie BHSA en el periodo comprendido entre ello de agosto de 2004 y el 30 de junio del 2005 fueron DOLPHIN, IFISA, Eduardo Sergio ELSZTAIN y Marcos Sergio SLIPAKOFF.
En Febrero de 2005 la cuantificación de dicha participación fue indicada en la pericia contable en el que se destaca:
1. La participación de los sumariados sobre el total negociado en el periodo, representa el 49,40% de las ventas y el 22,05% de las compras.
2. Durante el periodo de mayor negociación dicha participación resulta muy significativa. Así, en lo referido a ventas la participación de los sumariados en los subperiodos, en orden decreciente, fue: Enero 2005: 93,32%; Diciembre 2004: 78,97%; Febrero 2005: 64,05%; Noviembre 2004: 33,11 %.
3. En lo referido a la participación de los sumariados como compradores en ese subperíodo la misma también es significativa, especialmente en Noviembre y Diciembre 2004/ aunque no mayoritaria como en el caso de las ventas: Noviembre 2004: 42/81 %; Diciembre 2004: 22/19%; Enero 2005: 7/86% y Febrero 2005: 5/25%.
4. DOLPHIN es, entre los sumariados, el principal vendedor durante el periodo Noviembre 2004 a Febrero 2005/ representando el 20/56% de las ventas totales de la especie en Noviembre 2004/ el 24/60% en Diciembre 2004; el 93/32% en Enero 2005 y el 64/05% en Febrero 2005. Por su parte IFISA tiene una participación mayoritaria en las ventas registradas en el mes diciembre de 2004/ con el 54/37% del total.
5. IFISA es dentro de los sumaria dos la principal compradora en ese mismo período con el 42/81 % de las compras totales en Noviembre de 2004/ el 22/19% en Diciembre de 2004/ el 7/85% en Enero de 2005 y el 5/250;0 en Febrero de 2005.
6. De las personas físicas sumariadas solo han tenido registro de operaciones los Sres. Eduardo S. ELSZTAIN y Marcos S. SLIPAKOFF.
7. El Sr. ELSZTAIN tuvo una participación relevante en las ventas, en los meses de Septiembre de 2004 y Noviembre de 2004 (25/53% Y 7/67% respectivamente) no operando luego de este último mes, mientras que el Sr. M. SLIP AKOFF registra una sola operación de escasa relevancia en Noviembre de 2004.
De acuerdo a lo expuesto, en el periodo analizado, los sumariados en conjunto operaron como vendedores con un volumen de 49/90% sobre un total de 7.973.106 acciones, y como compradores con un volumen de 22/05%.
En el subperíodo de mayor negociación (Noviembre de 2004 a Febrero de 2005) como vendedores con un volumen de 55/75% y como compradores con un volumen de 25/79%.
Si analizamos las defensas, encontramos: para fundamentar la excepción de falta de legitimación pasiva aducida, Alejandro G. ELSZT AIN, Eduardo S. ELSZT AIN, Marcos S. SLIPAKOFF, Clarisa F. LIFSIC de ESTOL y SAUL ZANG sostenían que bajo ningún punto de vista podían considerarse participes o responsables de la hipotética manipulación referida en el sumario ya que dicha pretensión es aplicable a “emisores, intermediarios, inversores, o cualquier otro interviniente o participante en el mercado de valores” y ello no resulta suficiente como para que la CNV infiera la posibilidad de imponer una sanción contra quien revistió el carácter de mandatario con representación frente a determinadas sociedades de bolsa.
En otro orden, cabe puntualizar que no resultó aceptable la interposición de la defensa contenida en el Código de Procedimientos, toda vez que la misma se endereza a fin de que el Organismo separe de la investigación a personas de las cuales se sospecha que habrían intervenido en una operación

de aparente manipulación; siendo que dicha separación no puede considerarse hasta tanto sus responsabilidades no aparezcan despejadas.
El 21 de Julio de 2005 se instruyó sumario a BANCO HIPOTECARIO S.A. (BHSA) y a sus Directores titulares Sres.: Clarisa Diana LIFSIC de ESTOL, Eduardo Sergio ELSZTAIN; Julio Augusto MÁCCHI; Carlos Bernardo PISULA; Edgardo Luis José FORNERO ; Federico León BENSADON; Saúl ZANG, Pedro DEL PIERO; Ernesto Manuel VIÑES; Gabriel Adolfo Gregorio RESNIK; Jacobo Julio PREIZZEN; Alfredo MC LAUGHLIN; Pablo Daniel VERGARA DEL CARRIL; Y Jorge Miguel GROUMAN, por la posible infracción de la Ley de Sociedades Comerciales y del Código de Comercio; y del Código Civil así como del Régimen de Transparencia de la Oferta Pública y a los miembros de la Comisión Fiscalizadora Sres. Néstor Luis FUKS; Nicolás DILERNIA ; José Daniel ABELOVICH; Marcelo Héctor FUXMAN y Ricardo FLAMMINI por la posible infracción de la Ley de Sociedades Comerciales y del Régimen de Transparencia de la Oferta Pública, y al responsable de relaciones con el Mercado, Sr. Gabriel Gustavo SAIDON, por posible infracción al del Régimen de Transparencia de la Oferta Pública.
Los Cargos se fundaron en las circunstancias en que tuvo lugar la determinación y la percepción de las remuneraciones y honorarios percibidos por los directores ejecutivos, y gerentes del BHSA en el periodo 2003/2005, hecho que resulta de la verificación contable efectuada por funcionarios de la C.N.V, y en la que se constató que durante el año 200510s directores designados por los titulares de acciones clase D -integrantes del Comité Ejecutivo-, se distribuyeron las sumas que se detallan mas abajo en concepto de derechos de apreciación del valor accionario (SAR) y participación en las ganancias (RPG):
C. Lifsic de Estol $3.159.010; E. Elsztain $10.740.634;
S. Zang $1.895.406; G. Resnik $ 132.690;
P. Vergara del Carril $132.690; E. Viñes $ 4.252.715,
Cabe consignar que los estados contables de la entidad correspondientes al año 2004 no tuvieron utilidades, es más debían Obligaciones Negociables por más de 1.200.000.000 de dólares.
Asimismo corresponde señalar que los sumariados C. LIFSIC de ESTOL, y E. ELSZTAIN, registran antecedentes sancionatorios en este Organismo, en su condición de directores de las sociedades emisoras “CRESUD S.A.” y “SHOPPING ALTO P ALERMO S.A.”, con imposición de multa en ambos casos Las advertencias que formula la COMISION NACIONAL DE VALORES, obran a modo de mera prevención, a fin del efectivo cumplimiento de la normativa que rige el sistema.
Asimismo no puede dejar de mencionarse que la cotizante es un banco, empresa cuya actividad requiere de sus administradores una conducta intachable, según lo prescribe la Ley N° 21.526, que impide a quienes por decisión de autoridad competente hubieran sido declarados responsables de irregularidades en el gobierno y administración de una entidad financiera, desempeñarse como director, administrador, síndico, gerente o miembro del consejo de vigilancia.
Por ello, LA COMISION NACIONAL DE VALORES resuelve:
Aplicar a Banco Hipotecario S.A. la multa de pesos un Millán ($ 1.000.000) la que deberá ser soportada en forma solidaria por los Sres. Clarisa Lifsic de Estol, Eduardo Elsztain, Saúl Zang, Ernesto Viñes, Pablo Daniel Vergara del Carril, y Gabriel Adolfo Gregorio Reznik.
Imponer la sanción de apercibimiento a los señores miembros de la Comisión Fiscalizadora, Néstor Luis Fuks, Nicolás Dilemia, Ricardo Flammini, Marcelo Héctor Fuxman y José Daniel Abelovich.
Aplicar la sanción de apercibimiento al Sr. Gabriel Gustavo Saidon.

La CNV advirtió a los Señores, Macchi, Fornero, Grouman, Dreizzen, Del Fiero, Pisula y Bensadon por omisión al deber de información del Régimen de Transparencia de la Oferta Pública.
SUMARIO SAPSA (ALTO P ALERMO):
Pese a que las obligaciones reglamentarias deben ser satisfechas en forma espontánea, íntegra y oportuna, y que SAPSA fue intimada por esta CNV en SEIS ocasiones a remitir la información exigida, la emisora no contestó tales intimaciones ni el requerimiento para que informara los motivos de su mora.
En consecuencia por no presentar defensa ni por contestar a los cargos SAPSA; no hizo lugar a la prueba informativa ofrecida por los sumariados por no resultar conducente para resolver el presente sumario; declaró la cuestión de puro derecho y notificó a los sumariados que podían presentar memorial dentro de los TRES días.
ELSZTAIN, por sí y en representación de SAPSA y Aarón Gabriel JUEJATI, ratificaron la gestión del señor Juan Manuel QUINTANA y en todas sus partes la contestación efectuada con relación a los cargos formulados por sí y en representación de SAPSA, Aarón Gabriel JUEJATI, Juan Manuel QUINTANA, José Daniel ABELOVICH, Marcelo Héctor FUXMAN y Roberto Daniel MURMIS presentaron memorial.
En su defensa manifestaron que ALTO P ALERMO SHOPPING SOCIEDAD ANONIMA (APSA) posee en forma directa e indirecta el 100% del capital social emitido y en circulación de SAPSA; que SAPSA es a su vez propietaria del centro de compras “ Alto Palermo Shopping” y continuadora de APSA en la explotación del fondo de comercio de ese centro; que el directorio de SAPSA está integrado por autoridades de APSA; que SAPSA se halla dentro del régimen de la oferta pública sólo y a partir de la emisión conjunta efectuada con APSA de obligaciones negociables clase “B” por la suma de u$s 80.000.000 con vencimiento en el año 2005, y que no cotiza sus acciones en ningún mercado.
Respecto a estos argumentos, cabe señalar que al encontrarse SAPSA en el régimen de oferta pública dicha circunstancia toma exigible que la emisora cumpla con toda la normativa inherente a ese régimen, independientemente de que sus acciones coticen o no en algún mercado.
Además señalaron que el fundamento “... es brindar en forma dinámica a los accionistas de la sociedad la información relativa a su actividad...”, lo que no es exacto, ya que la destinataria de la información exigida por la norma citada es esta CNV.
Asimismo manifestaron que la información relevante “... ha venido volcándose en el sitio y a través de la clave de operador y firmante de Alto Palermo S.A. (APSA). Esta situación se ha regularizado a partir del 22 de marzo del corriente con la obtención de la clave de firmante de SAPSA...”
La regularización en cuanto a la obtención de las credenciales de operador y de firmante -lo cual no fue materia de cargo -y la presentación de la información no modifica las conclusiones que impulsaron la instrucción del presente sumario, toda vez que ello importaría desconocer el deber de cumplir con la normativa vigente en el tiempo que ésta determina, y significa admitir que previamente la conducta de SAPSA no se ajustaba a derecho.
Según explicaron los sumariados, las causas por las cuales no se volcó la información en la AIF respondieron básicamente a : fallas en el sistema para obtener la clave de “ firmante”; cambios efectuados por la compañía en el área de informática, lo que lentificó (sic) todo el proceso; la coincidencia en las personas de los operadores de la AIF de SAPSA y APSA, Y el desconocimiento de los operadores de la AIF del alcance y efectos de la provisión de la información fuera de la clave y sitio de SAPSA, quienes ante la estrecha vinculación entre SAPSA y APSA, optaron por efectuarla a través del uso de la clave de APSA, cuyo acceso no presentaba inconvenientes.

En el memorial admitieron el incumplimiento de SAPSA respecto al envío de información a través de la AIF y manifestaron que ello resultó ser “...consecuencia de lo novedoso del entorno tecnológico y su operatoria, la inexperiencia de los operadores y la falla de los recursos informáticos requeridos...”
Las explicaciones acerca de las fallas en el sistema de SAPSA para obtener la clave de firmante, los cambios en el área informática, la coincidencia en las personas de los operadores y su desconocimiento para operar en la AIF, no resultan atendibles, establece que las emisoras deben poseer “...una organización administrativa que le permita atender adecuadamente los deberes de información propios del régimen de oferta pública, requisito que debe mantenerse durante su permanencia en el régimen”.
En el descargo también se manifestó que la información relativa a la sociedad es presentada directamente en soporte de papel a la CNV, a la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES y al MERCADO ABIERTO ELECTRONICO, por lo cual “... es dable inferir que el conocimiento de la información relativa a la emisora y por consiguiente la información relevante para los obligacionistas es a través de soporte de papel presentado ante los organismos mencionados...”.
SAPSA, al solicitar el ingreso al régimen de oferta pública -el cual es voluntario -aceptó una carga informativa determinada y especial ante esta CNV que debe ser cumplida en forma espontánea, no sólo en soporte de papel, sino además a través de la AIF, lo que no se verificó en el presente.
Estando reconocido por los sumariados el incumplimiento que dio lugar a este sumario.
Considerando lo expuesto y las infracciones detectadas, en la fijación de la sanción en especial las referentes a la divulgación de información plena -de manera espontánea, íntegra y oportuna, el tiempo transcurrido desde el nacimiento de la obligación de cumplir con la normativa cuya trasgresión es objeto del presente sumario, y por otra parte la circunstancia de que la emisora no registra anteriores sanciones y lo novedoso del régimen informático instaurado.
La multa se efectivizo en la persona de los directores titulares de SHOPPING ALTO PALERMO S.A., señores Eduardo Sergio ELSZTAIN, Aarón Gabriel JUEJATI, Juan Manuel QUINTANA y sus síndicos titulares señores José Daniel ABELOVICH, Marcelo Héctor FUXMAN y Roberto Daniel MURMIS en forma solidaria, siendo ajeno a este procedimiento la forma de distribución, y cuyo plazo de cumplimiento es de QUINCE días hábiles a partir de la notificación de la Resolución. Por ello, LA COMISION NACIONAL DE VALORES RESUELVE: Aplicar a SHOPPING ALTO P ALERMO S.A. la sanción de MULTA que se fija en la suma de PESOS DIECIOCHO MIL ($18.000.-) la que se hizo efectiva en la persona de los directores titulares señores Eduardo Sergio ELSZTAIN, Aarón Gabriel JUEJATI, Juan Manuel QUINTANA y de los síndicos titulares señores José Daniel ABELOVICH, Marcelo Héctor FUXMAN y Roberto Daniel MURMIS en forma solidaria.
Esto ocurre únicamente en la Argentina, en un país en serio, todo el gang ya estaría preso por todo esto.
Faltan algunas perlitas con la Comisión Nacional de Valores, pero con esto se demuestra perfectamente el accionar de la mafia.
OTROS ILICITOS:
En el marco de una investigación que se lleva adelante en tomo a firmas de balances del Banco Hipotecario, que habrían sido rubricadas por personas que no asistieron a la asamblea de accionistas, ordenaron el allanamiento de la sede central del Banco Hipotecario. Pero no es todo. Hay denuncias sobre que el Hipotecario vende sus derechos a financieras fantasmas que estarían asociadas a la entidad desde julio de 1997.

El Banco Hipotecario fue allanado en el marco de un procedimiento dispuesto por el juez en lo penal y económico Guillermo Montenegro con la intervención del fiscal Eduardo Taiano.
Se investigan los balances de la entidad, que habrían sido firmados por personas no autorizadas. Los efectivos que participaron del operativo incautaron el libro de actas del banco Hipotecario.
La entidad financiera que fue privatizada y actualmente es gerenciada por el grupo IRSA -que preside Eduardo Elzstain-, tiene su pata en el Estado que aun conserva el 53,9% de las acciones, además la acción de oro.
Vale recordar que el Hipotecario viene de una serie de contramarchas sobre todo cuando el ministro de Economía Miguel Peirano comenzó a tomar decisiones puertas adentro de Economía y echó, con el apoyo del presidente Néstor Kirchner, a los dos cuestionados directores por el Estado en el Banco Hipotecario.
Se trataba en su momento de la salida de Jaime Grinberg y Jorge March como representantes del Estado en el Hipotecario, dos funcionarios que respondían a la ex ministra de economía Felisa Miceli y que Peirano echó porque quedaron afectados por sospechas de supuestas vinculaciones con la bolsa de dinero encontrada en el bañó de la ex ministra. Es que hay denuncias además -como los citados días atrás por el diario Platense Hoy- sobre que el Hipotecario vende sus derechos a financieras fantasmas que estarían asociadas a la entidad desde julio de 1997 ¿Qué maniobras se esconden en el Hipotecario?
Recientemente trascendió el allanamiento en la entidad. En efecto según informan medios como Infobae, fuerzas policiales que llevaron a cabo el operativo incautaron el libro de actas del banco, según trascendió al estricto secreto de sumario que acompaña al expediente judicial. La Justicia investiga las firmas de los balances de la entidad financiera, que habrían sido rubricados por personas que ni siquiera participaron de la asamblea anual de accionistas. El material incautado se utilizará, además, para ahondar en la investigación sobre un supuesto desmanejo financiero del Banco Hipotecario.
Felisa Miceli y el Banco Hipotecario investigados por maniobras:
Entre la información que recolecte hace algunos días, encontré, en un artículo de Infobae.com, una denuncia contra la ex ministro de economía y el titular de la entidad, Eduardo Elsztain. Claramente la denuncia los acusa de “defraudación” y “asociación ilícita”.
Esta comprometedora denuncia, sólo fundamenta lo que ya he comentado con anterioridad.
Felisa Miceli, es nuevamente investigada por la justicia pero esta vez no esta sola. Comparte la denuncia junto con Eduardo Elsztain, y otros funcionarios, quienes son acusados de perjudicar el patrimonio de la entidad, favoreciendo a acreedores extranjeros, llevando al banco a su “vaciamiento”
Pero como si no tuviera demasiados problemas, Miceli que ya esta en declaración indagatoria por la bolsa de dinero encontrada en el baño, actualmente procesada por la bolsa de dinero encontrada en su despacho, enfrentará una nueva causa penal por: “inobservancia de los deberes de funcionario publico en perjuicio de la administración publica” y “defraudación”.
También fueron acusados integrantes del directorio del Banco Hipotecario por los delitos de asociación ilícita y prevaricato, en tanto se pidió a la Justicia que se verifique si se configuró el delito de “cohecho”.
La presentación ante el juzgado federal 3 a cargo de Daniel Rafecas fue realizada por la Asociación de Defensa de la Vivienda Familiar de la Republica Argentina (ADeViFRA) patrocinada por Rafael Resnick Brenner.

En la denuncia se hace referencia a la utilización de fideicomisos, donde quedaban depositados en garantía bienes de la Nación para evitar embargos contra la Argentina que eran obtenidos por distintos fondos extranjeros.
Esos fondos debían ser renovados periódicamente para que lo depositado mantuviera su “garantía de indemnidad”, sin embargo, según la denuncia, uno de esos fondos fiduciarios “quedó desguarnecido”.
Se trata del fiduciario donde estaban las opciones de las ADR (American Depositary Receipt) “surgidas de la privatización del Banco Hipotecario”. Las ADR son las acciones de una empresa extranjera que pueden comprarse y venderse en el mercado de valores de los Estados Unidos.
“En ese caso se trataba de recursos que estaban pendientes de ser licitados, por lo que se encontraban en custodia de ese fideicomiso”, dice la denuncia.
Las acciones del Estado estaban protegidas en el fideicomiso, que venció en febrero y “nunca se renovó”. Esa renovación, se encuentra a cargo del área del Ministerio de Economía y Producción, Secretaria y Subsecretaria Legal y Administrativa, sostuvo el denunciante.
Quedaron implicados en la denuncia la ex secretaria legal y administrativa de la cartera económica Estela Palomeque, la subsecretaria legal del ministerio Alejandra Tadei, y directivos y apoderados del Hipotecario, además de Elsztain, Martín Paolantonio y Saúl Zang.
Para el letrado hubo una “operación orquestada con el único fin de que, a través de la utilización de información privilegiada” Paolantonio, vinculado al Hipotecario, “posibilite la obtención del embargo de las acciones del Banco Hipotecario” .
“Los manejos internos poco adecuados en el área legal del Ministerio de Economía durante la gestión Miceli, a cargo de Estela Palomeque y Alejandra Tadei, que permitieron la materialización de un embargo internacional contra las acciones que el Estado posee del Banco Hipotecario, sobrepasa cualquier afirmación de posible negligencia, cambiando únicamente sostener, la pasividad conciente de los funcionarios aquí denunciados”, dice uno de los párrafos de la denuncia.
“Es evidente que el actual grupo controlante pretende ostentar la mayoría real del paquete accionario del Banco Hipotecario, siendo el embargo una vía económica y silenciosa de obtener esa mayoría, a través de sociedades controladas o controlantes”, concluyó la presentación.
En la extensa presentación se describe la maniobra de obtención de embargos, que “permite la materialización de una situación de copamiento, en perjuicio de los demás accionistas y del interés general de la población”.
APE: Acuerdo Preventivo Extrajudicial
El 8 de enero de 2003 presentó un extenso informe ante el Banco Central de la Republica Argentina (BCRA) y el entonces jefe del Gabinete de ministros del presidente Duhalde, Alfredo Atanasof, sobre los problemas financieros que enfrentaba la entidad.
La entidad busca renegociar un pasivo que asciende a casi u$s l.300 millones. Ahora, deberá volver a discutir una propuesta de pago con los acreedores que no habían aceptado el canje.
La Cámara Comercial rechazó el Acuerdo Preventivo Extrajudicial (APE) que celebró el Banco Hipotecario con sus acreedores al entender que por ley una entidad financiera no puede celebrar ese tipo de acuerdos, puesto que tampoco puede presentarse en concurso.
De esa manera confirmó el criterio mantenido tanto por el juez de primera instancia como por la fiscal general de la cámara, Alejandra Gils Carbo, que se manifestaron en contra de la homologación del acuerdo.

A partir de este pronunciamiento, el banco tendrá que renegociar una propuesta de pago con aquellos acreedores individuales que no adhirieron al canje para obtener la conformidad plena que le permita reestructurar su deuda sin necesidad de recurrir a la Justicia. Bajo la figura del APE, estos acreedores habían tenido que aceptar la voluntad de la mayoría.
Especialistas consultados por Infobae señalaron que, en este escenario, la entidad quedaría en indefensión frente a eventuales pedidos de quiebra que hubieran sido promovidos en su contra, en cuyo caso tendría dos alternativas: o paga la deuda o la renegocia, siempre y cuando sus acreedores lo acepten.
De lo contrario, el Banco Central debería intervenir en su proceso de saneamiento, tal como lo dispone la Ley de Entidades Financieras.
Reestructuración
En diciembre de 2003, el Hipotecario celebró con sus acreedores un Acuerdo Preventivo Extrajudicial para reestructurar un pasivo de alrededor de u$s l.300 millones, QUE SI RECORDAMOS SON LAS obligaciones Negociables (1.200.000.000 de dólares que era lo que le debían a Soros).
En esa oportunidad obtuvo la conformidad de su propuesta de pago del 100% de los acreedores bancarios y de casi el 95% de los bonistas individuales
Luego se presentó a la Justicia para obtener la homologación del acuerdo. El efecto que produce la presentación judicial es que se toma obligatorio el acuerdo para todos los acreedores, incluidos los ausentes y los disidentes. Además suspende todos aquellos pedidos de quiebra que hubiesen sido formulados por terceros
Sin embargo, la entidad no obtuvo buenos resultados. El APE fue rechazado en primera instancia y también consiguió un dictamen desestimatorio por parte de la Fiscal General de la Cámara Comercial, Alejandra Gils Carro, o sea que lo perdió en 20 Instancia, y ahora se encuentra en la Suprema Corte de Justicia.
Los argumentos esgrimidos en ambas instancias se centraron en que así como los bancos no pueden presentarse en concurso tampoco pueden celebrar acuerdos preventivos extrajudiciales.
En particular, Gils Carbo sostuvo que la Ley de Entidades Financieras (21.526), prevé medios preventivos específicos para tratar las crisis de dichas entidades.
Tales mecanismos -planes de regularización y saneamiento y regimenes de reestructuración, “tienden a reconocer tempranamente la posible existencia del deterioro patrimonial y la superación definitiva del mismo”, indicó la funcionaria
Asimismo, entendió que estos mecanismos preventivos prevén una amplia intervención del Banco Central de la Republica Argentina (BCRA), quien, por ejemplo, debe aprobar los planes de regularización y saneamiento y debe disponer la exclusión de activos y pasivos
Control
Por su parte, la Sala D de la Cámara Comercial hizo suyos los argumentos de la Fiscalía General y sostuvo que, “la prohibición legalmente impuesta a los bancos de peticionar la formación de su concurso preventivo también rige para solicitar la homologación de un acuerdo preventivo extrajudicial”
Los camaristas también recalcaron que mas allá de aquella limitación legal, en caso de aplicarse el APE se obtendría sin intervención alguna del Banco Central de la Republica Argentina (BCRA), “lo
cual parece del todo incoherente en el marco de un sistema legal especifico 'que concede a la autoridad de contralor bancario una amplia y marcada injerencia en la actividad de que se trata”.
De manera que remarca que el BCRA quedaría sencillamente excluido de toda participación en el saneamiento de la entidad bancaria que pretende por un APE, cuando la regulación especifica confiere a aquel “una amplísima intervención e injerencia en esa actividad”
Discusión
El fallo reviste una importancia estratégica respecto de la aplicabilidad del APE para las entidades financieras, una discusión que viene siendo abordada por la Justicia desde que la figura entró en vigencia, en 2002.
Es que, mientras la Ley de Entidades Financieras excluye a las entidades financieras del concurso preventivo, nada dice del Acuerdo Preventivo Extrajudicial. Para la Cámara Comercial, ello “no significa que esa omisión legitime a esas entidades para pedir la homologación de un APE, sino todo lo contrario”
En este sentido, según el especialista en concursos, Jorge Grispo, “la doctrina discutió respecto a la naturaleza jurídica del APE si se trataba de un contrato o de una subespecie del concurso preventivo”
Según Grispo, la resolución de la cámara se enrola en esta segunda posición, “ que es la correcta, porque si se les permitiera la vía del Acuerdo Preventivo Extrajudicial a los bancos sería una forma de ir por la puerta de atrás del concurso preventivo”
“No hay que olvidar que en estos casos, el bien jurídico tutelado es el ahorro publico y en definitiva el interés general”, agregó.
El BCRA solicitó el4 de junio de 2002 un “Plan de Regularización y Saneamiento”. Esto fue consecuencia de que en un año y medio el BH acumuló pérdidas netas por 2.762,9 millones de pesos, que sus responsables atribuyeron a la devaluación, argumento que fue rechazado de plano en el trabajo de la Defensoría del Pueblo, donde se acusó a las autoridades del banco de pretender convertir en “subsidios” los adelantos y redescuentos otorgados por el BCRA por 376,43 millones de pesos.
Felisa, Elsztain y los ADR
Los ADR (American Depositary Receipt) son acciones de una empresa extranjera que pueden operarse en el mercado de valores norteamericano. El manejo delictual de estos fondos se está ventilando en la justicia.
Felisa Miceli fue denunciada por “ inobservancia de los deberes de funcionario público en perjuicio de la administración pública” y por “defraudación”, por ADeViFRA (Asociación de Defensa de la Vivienda Familiar de la República Argentina), ante el juez federal Daniel Rafecas.
Un diario porteño informó en agosto del 2007, lo siguiente:
“La justicia investiga una nueva denuncia contra Felisa Miceli, y el titular del Banco Hipotecario, Eduardo Elsztain, entre otros funcionarios, porque habrían perjudicado el patrimonio de la entidad a favor de acreedores extranjeros y porque con su accionar podrían 'llevar al Banco a su vaciamiento” [...] También fueron acusados integrantes del directorio del Banco Hipotecario por los delitos de asociación ilícita y prevaricato, en tanto se pidió a la Justicia que se verifique si se configuró el delito de 'cohecho' [...] En la denuncia se hace referencia a la utilización de fideicomisos, donde quedaban depositados en garantía bienes de la Nación para evitar embargos contra la Argentina que eran obtenidos por distintos fondos extranjeros. [...] Esos fondos debían
ser renovados periódicamente para que lo depositado mantenga su 'garantía de indemnidad', sin embargo, según la denuncia, uno de esos fondos fiduciarios' quedó desguarnecido'. [...] Se trata del fiduciario donde estaban las opciones de las ADR (American Depositary Receipt) 'surgidas de la privatización del Banco Hipotecario”. Las ADR son las acciones de una empresa extranjera que pueden comprarse y venderse en el mercado de valores de los Estados Unidos'. [...] 'En ese caso se trataba de recursos que estaban pendientes de ser licitados, por lo que se encontraban en custodia de ese fideicomiso', dice la denuncia. [...] Las acciones del Estado estaban protegidas en el fideicomiso, que venció en febrero y 'nunca se renovó'. Esa renovación, se encuentra a cargo del área del Ministerio de Economía y Producción, Secretaría y Subsecretaría Legal y Administrativa, sostuvo el denunciante. [...] Quedaron implicados en la denuncia la ex secretaria legal y administrativa de la cartera económica Estela Palomeque, la subsecretaria legal del ministerio Alejandra Tadei, y directivos y apoderados del Hipotecario, además de Elsztain, Martín Paolantonio y Saúl Zang. [...] Para el letrado hubo una 'operación orquestada con el único fin de que, a través de la utilización de información privilegiada' Paolantonio, vinculado al Hipotecario, 'posibilite la obtención del embargo de las acciones del Banco Hipotecario'. “Los manejos internos poco adecuados en el área legal del Ministerio de Economía durante la gestión Miceli, a cargo de Estela Palomeque y Alejandra Tadei, que permitieron la materialización de un embargo internacional contra las acciones que el Estado posee del Banco Hipotecario, sobrepasa cualquier afirmación de posible negligencia, cambiando únicamente sostener, la pasividad consciente de los funcionarios aquí denunciados”, dice uno de los párrafos de la denuncia.'Es evidente que el actual grupo controlante pretende ostentar la mayoría real del paquete accionario del Banco Hipotecario, siendo el embargo una vía económica y silenciosa de obtener esa mayoría, a través de sociedades controladas o controlantes', concluyó la presentación. En la extensa presentación se describe la maniobra de obtención de embargos, que 'permite la materialización de una situación de copamiento, en perjuicio de los demás accionistas y del interés general de la población”'.
[PETRILLO, Vanesa: Micheli y el Banco Hipotecario investigados
por maniobras, INFOBAE, 9 de agosto del 2007]
Las financieras 'BH'
“Baruj Hashem” (Be-efrat Ha-shem): traducido al español es “con la ayuda de D-S”
Hay otras tres financieras que fueron creadas con el mismo esquema de las anteriores:
BH Kabrale
BH Block
BH Hotel
En las tres se utiliza -como intento de 'legitimación' -la utilización de las iniciales BH. Las tres financieras tienen solamente 12 mil pesos de capital cada una. Todas ellas están vinculadas a otro socio de Elsztain, la pata radical de la mafia, el abogado Marcelo Stubrin, ex diputado nacional y miembro muy destacado de ese partido y de la Coordinadora liderada por Enrique Coti Nosiglia. Marcelo Stubrin hizo de puente para la vinculación de la mafia Elsztain con la Coalición Cívica de Lilita Carrió, asunto que denunció el diputado nacional Macaluse.
La denuncia de Alfredo Bravo sobre incompatibilidades de Espartaco Rojo y Miguel Kiguel.
El 21 de febrero del 2000 el abogado Fernando Zyszkowics se había presentado en la Oficina Anticorrupción denunciando que se habían perjudicado los intereses del Estado en la oferta pública de las acciones del Banco Hipotecario.
El 2 de noviembre del año 2000, el diputado Alfredo Bravo dio a conocer un trabajo monográfico denominado “Escandaloso proceso de privatización del Banco Hipotecario Nacional”. El trabajo fue adjuntado a un proyecto de ley por el cual el legislador socialista quería que se derogaran decretos
relacionados con la privatización, a la vez que denunciaba delitos, faltas administrativas, faltas éticas y violación de incompatibilidades relacionadas con intereses muy puntuales. Meses más tarde, en el 2001, acompañado de su compañero de bancada el diputado Rivas, Alfredo Bravo presentó una nueva denuncia.
En mayo del 2001 Bravo denunció que Espartaco Rojo y Miguel Kiguel habían violado las incompatibilidades de la Ley 19.550 de Sociedades.
En julio del 2001, la Oficina Anticorrupción elevó la denuncia al Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 4 de la Capital.
Decía en su denuncia el profesor Bravo, que de acuerdo con el artículo 264, inciso 4 de la Ley de Sociedades, no pueden ser directores de sociedades los funcionarios de la Administración Pública cuyo desempeño estuviese relacionado con el objeto de la sociedad hasta que pasaran dos años luego de haber concluido sus funciones.
Agregaba Bravo que se habían formado una cantidad de sociedades anónimas entre el BH, empresas particulares y funcionarios públicos que fueron directores o síndicos de esas empresas. El BH, al tomar estos rumbos, abandonaba su fin social como Banco otorgador de créditos, y se transformaba en una especie de nave madre de muchas navecillas menores en la conquista de la galaxia especulativo financiera de alta y dudosa rentabilidad..
Esas sociedades anónimas eran:
BHN- VR SOMIF SA: cuyo objeto social era la consultoría estrategia, organización y comunicación empresaria.
BHN- VR Empresas SA: para la administración de inmuebles y consorcios urbanos o rurales; mantenimiento y refacción de inmuebles administrados
BHN Sociedad de Inversión SA: dedicada a la inversión en sociedades dedicadas a la actividad aseguradora, o compra-venta de títulos o acciones, y toda clase de valores mobiliarios
BHN Inmobiliaria SA: para realizar operaciones inmobiliaria, intermediación y administración de inmuebles.
BHN-VENDOME ROME SA: para la administración de inmuebles rurales o urbanos.
BHN-VR PARTICULARES SA: también para la administración de inmuebles rurales y/o urbanos.
BHN SEGUROS GENERALES SA: contratación de seguros de toda clase, reaseguros y coaseguros.
BHN VIDA SA: operaciones de seguros de vida, de retiro, y sobre personas y sobre accidentes personales, en forma individual o colectiva.
Eran todas sociedades formadas por el Banco Hipotecario y otras empresas y funcionarios públicos que eran representantes del Estado en el propio BH.
Miguel Kiguel estaba en incompatibilidad con relación al objeto de la sociedad, por cuanto había sido Subsecretario de Financiamiento y Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Economía entre 1996 y 1999. EllO de mayo del 2000 fue designado en el Banco Hipotecario.
Espartaco Rojo fue miembro del Directorio del Banco de Crédito y Securitización SA, ex Banco Corporación Financiera Hipotecaria SA, sociedad constituida por el BHSA e IRSA. El BACS tiene un directorio integrado por Espartaco Rojo, Eduardo Elsztain y Harold Freiman, en situación de total incompatibilidad por cuanto son miembros del directorio del BHSA. Pero el Central los autorizó y no puso objeción alguna.
Rojo renunció ante la asamblea de accionistas, el15 de julio de 1998 a su carácter de representante del Estado Nacional en carácter de presidente del Banco Hipotecario. ¡Y luego fue designado sin
esperar los dos años de ley, como presidente del banco privatizado por los inversores tenedores de acciones D.
Venta de 4.600 mutuos hipotecarios
La privatización del Hipotecario era parcial cuando se realizó en base a una ley del Congreso en 1997. El Estado tenía el 58% de las acciones y los grupos privados el 42%. Pero como IRSA tenía las acciones de privilegio se transformó en socio mayoritario y controla la gerencia: cada acción de privilegio vale por tres votos. La mafia Elsztain hace maniobras a espaldas de los clientes. Una de estas maniobras es vender derechos de hipoteca a fondos financieros sin informar a sus clientes. Esto significa algo muy serio: los deudores del Banco, sin que nadie les haya avisado, pasan a deberle a financieras con las cuales no habían contraído ninguna deuda. Nadie informa de las transferencias de hipotecas. En enero del 2007 se crearon tres financieras, con un exiguo capital de 30 mil pesos cada una. A ellas les vendió 4.600 mutuos hipotecarios pre y post convertibilidad. Las tres tienen el mismo directorio. Se trata de:
1: Argentina Operating Partners SA.
2: Estudio Corrientes SA.
3: SOFMA T SA.
Estos manejos fueron denunciados por AdeViFRA. En las tres financieras figura como director Marcelo Stubrin, durante muchos años segundo jefe de la Coordinadora radical. Dos de las firmas que menciono tienen el mismo domicilio: Corrientes 1820, 10 D.

Capítulo VIII
COMO TERMINÓ BERAJA:
LA HISTORIA SECRETA DE LA OPERACION FINANCIERA MÁS CONTROVERTIDA DEL AÑO. El periodista Alejandro Matvejczuk escribió una nota muy documentada denominada Guerra en la City: la venta del Banco Mayo, Clarín, 29 de noviembre de 1998. Los datos que aporta son los siguientes:
• .Guerra en la city: la venta del Banco Mayo.
• La intimidad de las reuniones en el BCRA.
• .La pelea entre Pou y Beraja. La competencia entre los bancos. La ruta de los redescuentos.
La trama secreta de la transferencia del Banco Mayo tiene todos los ingredientes para un best-séller: héroes y villanos, amores y odios, intrigas palaciegas, suspenso y poder. El traspaso de la entidad al Citibank puede aparecer como el principio del fin. O tal vez el desenlace todavía está por escribirse. Lo que sí es seguro es que la suerte del Mayo, sus 108 sucursales y 3.000 empleados comenzó a gestarse bastante antes de aquel fatídico 9 de octubre, cuando fue suspendido por orden del Banco Central.
Clarín reconstruyó los antecedentes y las negociaciones que condujeron a la absorción del Banco Mayo por el Citibank en base a testimonios de banqueros privados y oficiales, funcionarios del área monetaria y financiera, ahorristas e inversionistas. A condición de no ser identificados, ellos aportaron documentos, relataron la intimidad de las tensas reuniones en que se negoció el traspaso y hasta contaron sabrosas anécdotas.
Todo comenzó el 18 de marzo, cuando el Banco Central ordena el cierre del Banco Patricios y, lo que fue más traumático, se inicia una inmediata operación realizada desde las sombras (que sigue sin esclarecerse) que provocó corridas de depósitos en todos los bancos de la comunidad judía.
No hubo excepciones, y el Mayo perdió el 17% de sus depósitos en dos meses (169,4 millones), lo cual, sumado a su pesada cartera de préstamos, generó un cóctel no apto para cardíacos.
La inocencia del Patricios
Las corridas de depósitos de aquellos días hicieron del Patricios un leproso al que ningún banco se quería acercar. El titular del Central, Pedro Pou, intentó en vano armar un consorcio de bancos capaz de satisfacer los reclamos de los depositantes de los Patricios. Poco antes, ocurrió un hecho insólito. Rubén Beraja, presidente del Banco Mayo, presentó en el Central una nota del fondo Newbridge Latín América, que ofrecía pagar por una tercera parte de la tarjeta Provencred (valuada por aquel entonces en 4 millones en el balance del Mayo, auditado por Pistrelli, Díaz y Asociados) una suma escalofriante: 131,82 millones. Algunos nunca dieron crédito a esa venta, sabiendo que uno de los accionistas más importantes del Newbridge (General Electric) había ofertado unos meses antes una cifra similar por el 100% de la tarjeta. ¿Por qué GE pagará tres veces más, a través del Newbridge?, se preguntaban en los mentideros de la city porteña. Newbridge se comprometía a poner la plata durante febrero.
Como el dinero no apareció, Beraja llevó al Central el contrato de inversión del Newbridge firmado el 8 de mayo. Neto de lo que embolsaría el otro socio de Provencred (familia Halac) y de gastos, la utilidad para el Mayo sería de 64 millones. Con ese as en la mesa, el 13 de mayo formalizó su intención de quedarse con el Patricios (cerrado el19 de marzo).En ese punto, a falta de pruebas, la trama queda para la imaginación.

Hay quienes dicen que la adjudicación del Patricio al Mayo fue digitada por Carlos Corach, supuestamente amigo de Beraja. Otros, igualmente bien informados, aseguran que aquella adjudicación fue una solución, tanto para el Central (que no hallaba compradores para el Patricios) como para el Mayo.
En cualquier caso, dijeron banqueros consultados para este artículo, el traspaso del Patricios al Mayo no dejó bien parado a Pedro Pou, quien siete meses después ordenaría el cierre de la entidad que presidía Rubén Beraja. Lo que sí está suficientemente documentado es que, para absorber al Patricios, el Mayo recibió 174 millones en dinero contante y sonante que le ayudó a disimular su pérdida de depósitos (13,3 millones en efectivo, 120,6 de SEDESA y 47 millones del Fondo Fiduciario). También recibió otros 193,8 millones de dos fideicomisos (120 millones garantizados con préstamos del Patricios y 73,8 millones con inmuebles), que robustecían su columna vertebral. A cambio debía pagar 331,28 millones a los depositantes (más gastos por 16 millones, incluyendo 400 retiros voluntarios y 80 despidos). De ese total, los ahorristas renovaron (al final del cronograma de devolución de depósitos del Patricios) el 72,1 % de las colocaciones. Pero, por las dudas, el Central le redujo en 45 millones su capital mínimo durante dos meses y medio.
Dicho de otra manera: la compra del Patricios fue un negocio de enormes proporciones para Beraja, lo cual indicaría que poco tuvo que ver con su caída. Por esa razón, los depositantes fugados del Mayo durante la corrida, comenzaron a volver. Todo parecía indicar que el cimbronazo había terminado. Beraja volvía a vencer en otra gran apuesta, que se sumaba a otras compras de bancos realizadas desde el tequila a esta parte (Noar, Cooperativo del Plata, Provencor, Caja Dardo Rocha, Caudal, y de Olavarría).Máxima velocidad Fue entonces cuando, como un reguero de pólvora, corrió la noticia de que por culpa de la crisis rusa, el Newbridge se arrepintió de llevar sus millones al Mayo. El banco quedó afuera del call (circuito de préstamos entre bancos) y el 25 de agosto los depositantes reiniciaron la huida del Mayo. Beraja empezó a buscar afanosamente un nuevo comprador para Provencred. Para eso, el 28 de agosto contrató al Deutsche Bank Securities. Para ganar tiempo, empezó a vender su cartera de préstamos tanto al Central como al Banco Nación. La situación empezó a ser dramática desde septiembre. Durante ese mes, precisamente hasta el día 17, perdió 122 millones. En ese momento el Central alcanzó el límite máximo de redescuentos (préstamos a bancos) que normalmente puede otorgar: el equivalente a una vez el patrimonio.
Pou convocó de urgencia al directorio del Central, para pedir una autorización para superar ese límite. Todos levantaron la mano. Viendo que la corrida continuaba, el Central comenzó a tomar recaudos contra reloj: fue precisamente entonces -cuando comenzó la operación de transferencia. Pou operó en dos direcciones.
En primer lugar, para llevar tranquilidad a los depositantes, pidió a Roque Fernández elevar la garantía de los depósitos de 10.000 a 30.000 pesos. Roque se opuso porque, según el ministro, eso exacerbaría las susceptibilidades sobre el sistema financiero. A modo de prueba piloto, la iniciativa se hizo trascender con un propósito claro. Si era mal recibida, el Central saldría a desmentirla. No fue necesario. Fue así, a causa del Mayo, como finalmente salió el decreto de elevar la garantía de los depósitos de 10.000 a 30.000 pesos.
Por el otro lado, Pou precisó a Beraja que debía explorar rápidamente soluciones extremas, incluso considerar la posibilidad de venderlo todo. El Mayo siguió acudiendo diariamente al Central para vender su cartera de préstamos .Ínterin, según uno de los testimonios que aparecen en una denuncia radicada en el Central por la operatoria no declarada del Mayo (Mayflower y Trust lnversions), el 14 de septiembre Beraja tuvo que dar la cara ante un centenar de personas para decir que su casa estaba en orden, pese a lo cual todos debían esperar para retirar su dinero de las off shore.
En esa reunión estuvieron, según una de las denunciantes, Rubén y David Beraja, Jaime Hasbani (síndico del banco), Alfredo Bigio, José Naftali, -José Toscano (gerente de la casa matriz), Jorge Abalos, Inés Chami, entre muchos otros. En .la oportunidad, se habría propuesto a esos ahorristas
luego de cinco días, tres plazos fijos por la suma de 15.000 dólares cada uno, a pagarse en 180 días. Pero cuando concurrieron, se les informó que ya nada era posible.
Mientras tanto, ocurrió otro hecho. Una mañana, como cualquier otra, Beraja debió presentarse personalmente (a pedido de Pou) para pedir más redescuentos. Pou lo recibió con cara de pocos amigos. Le puso un grabador, y le pidió explicaciones por el destino de redescuentos por unos 25,6 millones que le entregó el Central para devolver depósitos y que fueron desviados a las compañías vinculadas del grupo Beraja. De esa cifra, el grueso fue a parar a Icatur S.A.: 15,3 millones que completaron 24 millones para comprar el tiempo compartido Esturión de Montoya, en Punta del Este. El resto se orientó hacia otras sociedades vinculadas que recibieron asistencia en cuentas corrientes (Viviendas Mayo, Manfisa, Molina y Mequeve). A partir de ahí, todo cambió. Beraja debió llevar personalmente, todos los días, la cartera de préstamos necesaria para pedir más redescuentos.
Pou no lo exceptuó ni siquiera durante la mañana del Día del Perdón, cuando Beraja vino para pedir otros 20 millones de dólares. Sin embargo, hasta entonces Beraja se creía a salvo.
En la comunidad judía se comenta que el Día del Perdón Beraja pronunció un discurso en el templo de la calle Lavalle y ahí asumió el compromiso de que, pagaría sus deudas. Pero en el Central la trama siguió el mismo día en que se detectó el desvío de los redescuentos: aquel 18 de septiembre, cuando Beraja no supo qué decir de los 25,6 millones. Mientras que Beraja volvía a su dúplex de la calle Cavia sabiendo que había perdido una importante batalla, Pou convocó a un grupo de banqueros apelando a su solidaridad para hacerse cargo de las sucursales con sus depósitos. ¿Y nosotros qué ganamos en esto?, fue la pregunta inevitable de quienes no mezclan los negocios con la beneficencia. Tranquilidad en el sistema, y la posibilidad de retener a algunos de los depositantes del Mayo. En la reunión estaban los popes de los bancos ABN Amro, BankBoston, BBV Banco Francés, Citibank, Credicoop, Galicia, Río, y Roberts. De aquél encuentro, todos recuerdan el improvisado discurso de un banquero español del BBV, acostumbrado a las mil y una trabas para abrir sucursales en España, quien en síntesis felicitó a Pou por impulsar la expansión de los grandes bancos presentes. Los demás, acostumbrados a los salva tajes de estas latitudes, se lo quisieron comer.
En la práctica el Central les ofreció, en síntesis, un bono (el dinero se utilizaría para pagar a los depositantes), sin intereses, que pagaría un fideicomiso con la venta de las sucursales y el recupero de los préstamos del Mayo. Como premio, los participantes recibirían la llave del negocio del Mayo, es decir, depositantes que forzosamente acudirían a los nuevos dueños de las sucursales para retirar o ren9var sus depósitos. Al día siguiente Beraja tenía información de la reunión con lujo de detalles. Presentado a pedir los redescuentos, notificó a Pou que el Banco de Galicia empezó a analizar la compra de Provencred y de sus compañías vinculadas. Esa oferta llegó al Central un par de días antes del cierre del Mayo y consistía en pagar por el negocio 160 millones nominales en Bocon 1 (en aquel entonces el equivalente a unos 105 millones de dólares). La oferta fue ratificada el día de la intervención con vigencia al 13 de octubre, fecha en la cual, supuestamente, debía reabrirse la entidad.
Pero mientras el Galicia afinaba el lápiz, Pou no estuvo quieto. Por su despacho desfilaron los infaltables buscadores de gangas de General Electric Capital (que desde hace unos cinco años vienen analizando casi todas las ventas de entidades en Argentina, sin haber concretado ninguna operación de nota). También hicieron su aparición los chilenos asociados con el Banco Central Hispano (BCH) en el Banco Tornquist. A la postre, terminaron retirándose cuando supieron que el BCH no quería poner, sino retirar parte de sus inversiones de la región, como quedó evidenciado después de la venta de sus posiciones en Uruguay. A fines de septiembre los banqueros que permanecieron en el grupo de salvamento de los depositantes del Mayo, firmaron con el Central un contrato de confidencialidad. Entonces se enteraron de que el Mayo no pasaría del largo fin de semana por ,iniciarse el 9 de octubre. Por esa razón, al momento del cierre tenían todo listo para, el
martes siguiente, pagar los depósitos blancos, si no aparecía un comprador dispuesto a llevárselo todo. El grado de avance fue tal que incluso el día de la intervención, el grupo de bancos tenía repartidas las sucursales, tal y como aparecería el lunes 12 de octubre en unos enigmáticos espacios publicitarios comprados por el Central el viernes en que cerró el Mayo. Pero, retornando la historia escrita entre bambalinas, con ese telón de fondo, no sorprendió a nadie el repentino interés del Citibank por quedarse con todo el Mayo. En primer lugar, la entidad quería expandirse en Argentina. En segundo término, venía monitoreando al banco de 'Beraja desde principios de año. La razón de esa casualidad es comprensible sólo si se sabe que el City se había comprometido a financiar parte de la venta de Provencred Holding al Newbridge con 40 millones de dólares.
El mandamás del City en Buenos Aires, Carlos María Fedrigotti, llamó a Beraja el viernes anterior al cierre del Mayo. El sábado 3 de octubre ingresó a la Casa Central del Mayo una avanzada de 100 personas del Citi, organizadas en unos 14 equipos especializados en distintos temas (sistemas, préstamos personales, préstamos hipotecarios, sucursales, entre otros).Un día antes del cierre, Beraja se apersonó en el Central con una carta del Banco de la Provincia de Buenos Aires, donde la entidad expresaba su interés en comprar el Mayo. Aquel supuesto interés fue promocionado con bombos y fanfarrias. Pero, al día siguiente Carlos Dellepiane, vicepresidente de la entidad provincial, le envió una carta a Pou cuyo texto es el siguiente:
ref.: Banco Mayo Coop. Ltdo. Tengo el agrado de dirigirme a usted con motivo de mi nota de fecha 8 del corriente, relacionada con el asunto de referencia. Sobre el particular llevo a su conocimiento que en razón del escaso tiempo que tuviéramos para el análisis nos resulta imposible presentar una oferta como era de nuestro interés. Fin.
En el Provincia prefieren ni hablar del episodio. En la city se dice que todo fue parte de una operación ideada por Beraja, que sabía al dedillo que el viernes 91e iban a cerrar el banco. Finalmente a último momento, durante la noche en que se dispuso el cierre del Mayo, el Citibank presentó una oferta para llevárselo todo sujeto a la aprobación de su flamante board de Nueva York del 20 de octubre. Era la primera reunión donde se juntarían los popes de la fusión Citi- Travellers, donde podía pasar cualquier cosa (como efectivamente pasó, pero eso es parte de otra historia).Con esa oferta en su escritorio, Pou decidió esperar. Para ello, le pidió al Galicia que extendiese la vigencia de su oferta hasta el 19 de octubre y por el otro lado, continuó negociando con el grupo de bancos convocados para el salvamento. El Boston se retiró de inmediato, argumentando estar demasiado jugado con la absorción de las sucursales del Deustche. El ABN Arnro dijo no conseguir la autorización de la casa matriz, porque los holandeses ya pusieron todas las fichas posibles en Latinoamérica en la compra del conglomerado brasileño de Aloysio de Andrade Faria (dueño, entre otras empresas, del Banco Real).
Del grupo de bancos original quedaron cinco: BBV Banco Francés, Citibank, Credicoop, Galicia y Roberts. El Río entraba y salía por impulsos espasmódicos. Con el Citi hubo arduas negociaciones que obligaron a rehacer los contratos cinco veces durante octubre (los días 12, 22, 26, 27, 28) Y otras cinco veces en noviembre (los días 2, 6, 10, 13 y 18). Pero ni bien estuvo el visto bueno del board de Nueva York, el Galicia exigió definiciones. El 23 de octubre Pou le pidió una última prórroga de tres días. Vencido ese plazo, el Galicia dio un portazo: en respuesta a vuestra solicitud de la fecha, tenemos el agrado de dirigimos a Uds. a fin de ratificarles que nuestra oferta de fecha 23 de octubre de 1998 por el negocio Provencred, tenía vigencia hasta el 26 de octubre de 1998: La nota tenía fecha 27 de octubre y estaba firmada por Abel Ayerza, vicepresidente del Galicia. Las demoras por los contratos del Citi eran atendibles. En primer lugar, estuvieron en discusión las cuestiones de fondo. Por ejemplo, Pou quería que el Citi igualara la oferta del Galicia por Provencred, valuada en la propuesta original al valor de libros (por aquél entonces, 25 millones incluyendo la participación de la familia Halac). Finalmente, terminaron cerrando en 90 millones (sin incluir a los Halac, que recibirán lo suyo en los próximos días).Otro aspecto importante que debió incluirse en la negociación fue la cantidad de puestos de trabajo que se preservarían del
Mayo. En la propuesta original, ni mencionaba a la gente (tal como ocurrió con otras operaciones de transferencia de bancos, incluido el Patricios, de donde Beraja les dio el pase a retiro a unas 400 personas). Pero tras la toma de la entidad, Beraja pidió que el Citi se comprometiera a dar estabilidad a sus empleados. No olvidar que, pese al cierre, Beraja seguía siendo el presidente del banco, y como tal, debía firmar los contratos de transferencia de los bienes y deudas del Mayo al nuevo dueño. El tema llegó a tensar las negociaciones, al punto de romperlas. Finalmente se acordó negociar puestos de trabajo, en lugar de estabilidad para los empleados. Al momento en que la propuesta fue considerada por el board del Citi, se hablaba de 1.200 personas. El proceso fue trabajoso. De un lado del mostrador, estaba una corporación multinacional dispuesta a invertir lo que fuere en abogados de primer nivel. Para agilizar el paso, el Citi llegó a contratar a más de 40 profesionales para cuidar sus intereses. Del otro lado estaba la gente del Central: profesionales de carrera, con voluntad y conocimientos, pero siempre en inferioridad numérica frente a los del Citi. Por eso es comprensible que el Citi avanzara en un convertible a 170 kilómetros por hora, en tanto que la gente del Central lo seguía, como podía, en una bicicleta. Al final, las dos abogadas que lidiaban desde el Central con los 40 profesionales del Citi terminaban quebrándose varias veces, tras maratónicas reuniones que duraban días y noches (todo por la camiseta, ya que, con la cuestión de los recortes del gasto, los funcionarios del Central no cobran horas extras).A esas alturas, el grupo de bancos convocados inicialmente por el Central estaba desactivado. Corría, por ese entonces, el mes de noviembre. La letra de los contratos estaba siendo discutida por el Central, los del Citi, los abogados de Beraja, de SEDESA y del Fondo Fiduciario. Hubo mil y una anécdotas, como aquella de la una de la mañana, cuando llamaron a Freddo para pedir pizza: Déjela nomás en la recepción del Banco Central. ¿Por qué no te vas a jugar a otra parte?, fue la respuesta un empleado creyéndose blanco de otro gracioso. Finalmente todo estuvo listo para firmar la noche del 13 de noviembre (a las 12 terminaba la conciliación obligatoria que impedía innovar). Beraja a esas alturas era visto con desconfianza: al juicio de muchos apostaba al desgaste del Citi, para ganar más tiempo y explorar otra solución a sus problemas. Telefónica mente pidió dejar la firma para la tarde del sábado. El sábado, mandó decir que por razones personales debió ausentarse de Buenos Aires y que firmaría el lunes. Los intentos por encontrarlo fueron vanos. El lunes, se presentó con la novedad que estaba más sensibilizado que el viernes con sus empleados y pidió un bonus de hasta 1.000 pesos por persona para quienes se acogieran al retiro voluntario. El Citi se lo concedió en el acto. También pidió otras tres modificaciones en el contrato, que se incorporaron sin demasiadas discusiones. Al día siguiente, a las dos y media de la tarde, se presentó a la firma con una nueva abogada penalista porque, según dijo, estaba preocupado de ir preso. Otra vez hubo que revisar los contratos. Además, exigió firmar juntamente con el veedor designado por Central, para repartir responsabilidades. En esos términos los tironeos siguieron hasta, aproximadamente, la una de la madrugada. Finalmente, los abogados comenzaron a inícialas los contratos prestándoles conformidad. Fue en ese preciso instante, como si supieran qué estaba pasando, los bombos, insultos y estribillos de los manifestantes apostados en la puerta del Central empezaron a resonar con mas virulencia. Casualidad o no, lo cierto es que Beraja dijo temer por su seguridad y, alrededor de las dos de la mañana, decidió retirarse sin firmar, levantándose la reunión hasta las ocho y media de la mañana siguiente. A esa altura de los acontecimientos, todos se retiraron pensando que Beraja no vendría. ¿Qué pasó esa noche por la cabeza de Beraja? Nadie lo sabe. Lo cierto es que al día siguiente fue el primero en llegar. Así fue como, minutos antes de las diez, el Citi consiguió el contrato de transferencia. Esta historia no termina aquí. Alejado Beraja, ahora los empleados del Mayo están prestando la máxima colaboración al Citi. Incluso los sindicalistas del Mayo se acogieron al retiro voluntario. No se detectaron daños en las bases de datos que dificulten la devolución de los depósitos. El Central, por su parte, le envió a la Procuraduría la documentación con los datos sobre los depósitos desviados a las compañías vinculadas al grupo Beraja. Además está juntando pruebas para armar una querella criminal en contra el ex banquero por la operatoria de Mayflower y Trust Inversions. Las cuentas colectoras del Mayo serían para los dólares las Nro.
00711659/7 Y la de pesos la Nro. 00112426/0. El Citi trabaja a toda máquina para devolver los depósitos antes del plazo límite del 7 de diciembre.
Juez Oyarbide:
Administración infiel Estafa calificada Caso Banco Mayo Cooperativo Limitado (procesamiento Mayo 2002)
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver sobre la situación procesal de RUBÉN EZRA BERAJA, de nacionalidad argentina, nacido el veinticinco de marzo de mil novecientos treinta y nueve en San Martín, Pcia. de Bs. As., hijo de Moisés y de Frida Saiegh, de sesenta años de edad, estado civil casado en primeras nupcias de Raquel Bigio, de profesión abogado, actualmente ocupado en las secuelas de la liquidación del Banco Mayo, dice no percibir ingresos actualmente, salvo mil pesos mensuales que aporta su cónyuge, toda vez que se encuentra consumiendo sus ahorros, a razón de seis mil pesos por mes, que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Cavia 3037 Planta Baja (Tel. 4801-3812 y 4816-7746/47), Y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrada defensora, Dra. Marta Nercellas SALOMÓN CARLOS CHEB TERRAB, de profesión arquitecto, ocupado actualmente en el desarrollo de emprendimientos inmobiliarios, ingresos mensuales del orden de los quince/veinte mil pesos ($15.000/20.000), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Echeverría 1880 piso 280 de Capital Federal (Tel. 4315-8338), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con sus letrados defensores, Dres. Santiago Lázaro Feder y César Alfredo Maier en 25 de Mayo 555, piso 12° de esta ciudad, Tel.: 4313-3837; JOSÉ NAFTALI, de profesión empresario administrador, ingresos mensuales del orden de los nueve mil pesos ($9.000 ), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Luis María Campos 1666, 9° A2, Capital, (Tel. 4781-5895), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrados defensor, Dr. Hugo Pinto (C.S.J.N. T. 42, F0482), en Libertad 1173 piso 4° dto. “B”, Capital, Tel.: 4816-2387; RAFAEL CHARUR C.I.P.F.A. N° 6-785.380, de ocupación empresario, ingresos mensuales del orden de los seis mil pesos ($ 6000), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Migueletes 1130 piso 21° de Capital Federal (Tel. 4775-9709), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrado defensor, Dr. Ricardo Raúl Solomonoff, en Cerrito 836 piso 11° ofic. “27” de esta ciudad, Tel.: 4816-0000; JAIME ZERAJIA HASBANI C.I.P.F.A. N° 4.147.853,de nacionalidad argentina, nacido el 27 de octubre de 1934, en Salta, hijo de José y de Angela Hasbani de Hasbani, de 65 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con Beatriz Salmún, de ocupación comerciante, que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Pueyrredón 760 13 “A”, de esta ciudad (Tel. 4961-3200), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con sus letrados defensores, Dres. Carlos María Negri y Javier Isaac Antebi (C.P.A.C.F. T.7, Fo 983 -el primero) y Tº 59 Fº 857 -el segundo-), en Av. Roque Sáenz Peña 1160 piso 6° de Capital Federal, Tel.: 4382-5325; VICTOR ISAAC LINIADO C.I.P.F.A. N° 6.898.853, de nacionalidad argentina, nacido el 23 de marzo de 1955 en Capital Federal, hijo de Elías y de Ruth Tobal de 44 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con Linda Mirtha Levy, de profesión licenciado en administración, sin ocupación en la actualidad, sin ingresos mensuales vivo de mis ahorros y de la ayuda de mis padres, que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente Av. Libertador 2213, piso 3°, de esta ciudad (Tel. 4801-0577), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con sus letrados defensores, Ores. Roberto Eliosoff y Oscar Rabinovich (C.S.J.N. T. 20, Fo 858 -el primero- y Tº 20 Fº 867 -el segundo.), en Pasaje Rivarola 193 piso 2° dto. “9” , de Capital Federal, Tel.: 4383-2205; RICARDO ELÍAS TOBAL D.N.I. -duplicado- N° 4.396.843, de nacionalidad argentina, nacido el 20 de junio de 19.42 en Capital Federal, hijo de José y de Rosa Hamaui, de 57 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con Norma Noemí Oabbah, de profesión escribano público, ingresos mensuales aproximados del orden de los cinco mil pesos ($ 5000), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Billinghurst 2542 piso 5° de esta ciudad (Tel. 4801-9480 y 4393-4030), y
constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrado defensor, Dr. Práxedes Mateo Sagasta (C.S.J.N. Tº 21 Fº 708), en Corrientes 1515 piso 4° dto. “O” de Capital Federal, Tel.: 4374-5729; ABRAHAM FLEISMAN C.I.P.F.A. N° 2.411.644, de nacionalidad argentino naturalizado, nacido el cinco de abril de 1924 en Besarabia, Rumania, hijo de Manuel y de Sara Voldman, de 75 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con Marcela Juana Berstein, de profesión martillero público, dedicado al negocio inmobiliario, ingresos mensuales aproximados del orden de los ocho, nueve mil pesos ($ 8000/9000), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Av. Quintana 579 piso 12° de esta ciudad (Tel. 4804-0270), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con sus letrados defensores, Ores. Luis Dobniewski y Javier H. Astigarraga (C.P.A.C.F. Tº 8, Fº 562 -el primero- y Tº 44 Fº 884 -el segundo-), en Corrientes 311 piso 11° de Capital Federal, Tel.: 4314-4991]; ALFREOO BIGIO C.I.P.F.A. N° 3.826.551,de nacionalidad argentina, nacido el 21 de noviembre en de 1936, hijo de Miguel Faradj (f) y de Esther Mizrahi, de 63 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con Graciela Surijon, de ocupación comerciante, ingresos mensuales aproximados en mil quinientos y dos mil quinientos pesos ( $ 1.500/2.500), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Arcos 1661, piso 16° de esta ciudad (Tel. 4785-3190), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrado defensor, Dr. Mario Alberto Colombo (C.S.J.N. T.11, Fº 995) en Viamonte 1470 piso 3° de Capital Federal, Tel.: 4371-6216; LEÓN LANIADO L.E. N° 4.535.345, de nacionalidad argentina, nacido e14 de diciembre de 1945 en Córdoba Capital, hijo de Salim y de Sara Halac, de 53 años de edad, estado civil divorciado, de profesión contador público, ingresos mensuales aproximados alrededor de seis a siete mil pesos ($ 6.000/7.000), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Juan F. Seguí 3645 piso 70 de esta ciudad (Tel. 4311-1515), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrado defensor, Dr. Roberto Meroño Turner (C.S.J.N. T.17, Fº 132), en Lavalle 1528 2do. piso, Dto. “C”, de Capital Federal, Tel.: 4371-1505; ISAAC RAIMUNOO DUEK C.I.P.F.A. Mercosur N° 5.535.373M, de nacionalidad argentina, nacido el 17 de diciembre de 1945 en Capital Federal, hijo de Alberto y de Odette Orfali, de 53 años de edad, estado civil separado de Inés Viviana Dwek, de profesión escribano, ingresos mensuales aproximados del orden de los diez mil pesos ($ 10.000), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Uriarte 2336 piso 50 depto. “11” de esta ciudad (Tel. 4773-5892/3279), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrado defensor, Dr. Ricardo Raúl Solomonoff (C.P.A.C.F. Tº 21, Fº 32), en Cerrito 836 piso 110 ofic. “27” de Capital Federal, Tel.: 4816-0000; FELIPE KOMPEL C.I.P.F.A. N° 4.245.003, de nacionalidad argentina, nacido el 28 de agosto de 1932 en Capital Federal, hijo de. Naschman y de Brandla Eilstein ,de 67 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con Zulema Bekier, de profesión ingeniero ocupación comerciante, ingresos mensuales aproximados en seis mil pesos ($ 6.000), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente Arenales 1805 piso 260 dto. “A” de esta ciudad (Tel. 4372-6079), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrado defensor, Dr. Felipe Mario Liporace (C.P.A.C.F. T4, Fº 236), en Montevideo 496 piso 50 Escritorios 53/57, de Capital Federal, Tel.: 4373-3093 y 4372-8242; HORACIO LEONARDO ALEGRE C.I.P.F.A. N° 5.578.975, de nacionalidad argentina, nacido el ll de septiembre de 1946 en Capital Federal, hijo de Leonardo y de Manuela Alonso, de 53 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con Marta Irma Iriarte, de profesión contador público y actuario, ingresos mensuales aproximados del orden de los ocho mil pesos ($ 8000), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en O'Higgins 2300 piso 120 “B” de esta ciudad (Tel. 4786-4736), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrado defensor, Dr. Martín A. Florio (C.P.A.C.F. T. 42, Fº 740), en Viamonte 1442 piso 20 de Capital Federal, Tel.: 4373-3671; ALBERTO TAWIL C.I.P.F.A. Mercosur N° 4.211.205 M, de nacionalidad argentina, nacido el 21 de septiembre de 1923 en Capital Federal, hijo de José y de Berta Abramoff, de 76 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con Rosa Edith Malenky, de profesión ingeniero industrial, ingresos mensuales aproximados del orden de los tres mil pesos ($ 3000), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Guido 2676 piso 60 de esta ciudad (Tel. 4803-8136), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con sus letrados defensores, Dres. Alberto Rodríguez Varela y
Lucas J. Lennon (C.P.A.C.F. T. 14, Fº 383 -el primero- T. 20 Fº 363 -el segundo-) en Córdoba 1367 piso 110 ofic. “50” de Capital Federal, Tel.: 4811-9092; DA VID MALIK C.I.P.F.A. N° 8.245.366, de nacionalidad argentina, nacido e17 de agosto de 1945 en San Martín, Pcia. de Buenos Aires, hijo, de Jedida y Amalia Tanis de 54 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con Zulema Bez, de ocupación comerciante ,ingresos mensuales aproximados en seis mil pesos ($ 6000), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente Scalabrini Ortiz 3282 piso 140 de esta ciudad (Tel. 4801-3834), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrados defensores, Ores. Juan María del Sel y José María Figuerero (C.P.A.C.F. T.66, Fº 93 –el primero-), en Marcelo T. de Alvear 684 piso 5° de Capital Federal, Tel.: 4311- 4980; ALBERTO ELIAS LAHAM D.N.I. N° 4.312.715, de nacionalidad argentina, nacido el 24 de marzo de 1940 en Capital Federal, hijo de Khader y de Raquel Souss, de 59 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con Jacquelina Chame, desocupado, ingresos mensuales aproximados en doscientos diez pesos ($ 210), lo cual dice obtener del Anses por el seguro de desempleo, que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Vuelta de Obligado 1715 piso l7º dto. “B” de esta ciudad (Tel. 4788-3981), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrada defensora, Dra. María Cristina Fernández -C.P.A.C.F. T.67, Fº 997 -en Lavalle 1523 piso 2° dto. “22”, de Capital Federal, Tel.: 4922-3282; JAIME ERNESTO YABRA C.I.P.F.A. (Mercosur) N° 11.734.318, de nacionalidad argentina, nacido el l0 de abril de 1955 en Capital Federal, hijo de Aaron y de Adela Tebele, de 44 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con Liliana Levy, ocupación empleado, ingresos mensuales aproximados en cinco mil pesos ($ 5.000), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente Av. Avellaneda 2068 3° piso (Tel. 4633-7849), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrado defensor, Dr. Práxedes Mateo Sagasta -C.P.A.C.F. T.21, Fº 708-, en Corrientes 1515 piso 4° dto. “D” de Capital Federal, Tel.: 4374-5729; GUSTAVO ELIAS D’JMAL D.N.I. N° 14.820.324 -duplicado-, de nacionalidad argentina, nacido el 2 de julio de 1961 en Capital Federal, hijo de David y de Margarita Chaio, de 38 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con Dina Pagoiz, actualmente desocupado, dice vivir de los mensuales que aporta su cónyuge, que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Santa Fe 3524 piso 12° dto. “ A” de esta ciudad (Tel. 4825-9052), y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrado defensor, Dr. Miguel Ángel Delmonte -C.S.J.N. T. 27, Fº 172- en Sarmiento 1562 piso 5° dto. “E” de Capital Federal, Tel;: 4382-4740; SERGIO NORBERTO KOMPEL C.I.P.F.A. N° 7.820.957, D.N.I. N° 16A96.663 de nacionalidad argentina, nacido el7 de noviembre de 1963 en Capital Federal, hijo de Felipe y de Zulema Bekier, de 36 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con Patricia Catalina Safadi, profesión economista, ingresos mensuales aproximados en cinco mil pesos ( $ 5.000), que sí lee y sí escribe, domiciliado realmente en Ortega y Gasset 1568 piso l° dto. “A” Capital Federal (Tel. 4775- 8235), Y constituyéndolo a los efectos legales conjuntamente con su letrado defensor, Dr. Felipe Mario Liporace -C.P.A.C.F. TA, Fº 236-, en Montevideo 496 piso 5° Escritorios 53/57, de Capital Federal, Tel.: 4373-3093 y 4372-8242; Y ADOLFO SAFDIE fallecido, nacido 14/9/24, hijo de Alberto y de Banie Boucai, estado civil casado con Fortuna Salem, con último domicilio real en Av. Libertador 2796 piso 12° de esta ciudad, habiéndose presentado en autos su hijo Daniel, con el patrocinio letrado del Dr. Juan José Iribarren -C.S.J.N. T. lº Fº 692-, c/dclio. consto en Cerrito 1290 piso 7° de esta Cap. Fed.; en la presente causa N° 10.247/98 del registro de la Secretaría N° 10 del Tribunal;
I. LOS HECHOS DE LA CAUSA:
Se inicia la presente causa con motivo de la denuncia que la Asociación-Protectora de Planes de Ahorro -Protección del Consumidor- ratificada, por medio de la cual puso en conocimiento la existencia de diversas irregularidades en el Banco Mayo Coop. Ltdo., especialmente relacionadas con la mesa de dinero” off-shore”, lo que habría ocasionado una pérdida en apenas seis semanas de doscientos millones de pesos.
Posteriormente se recibió un fax anónimo denunciando la existencia de una mesa de dinero clandestina del Banco Mayo en Valentín Gómez 2891 y un fax con denuncia anónima.

La acción penal de autos fue debidamente impulsada mediante los requerimientos de instrucción fiscal.
Por su parte, se han presentado diversas personas asumiendo el rol de querellantes en la causa. De ello dan cuenta: el escrito de querella presentado por el B.C.R.A; y los demás escritos de particulares presentados.
Dentro de este marco, se realizaron diversos procedimientos, conforme surge de las actas de secuestro.
Se recabó copia de la Resolución N° 359 del B.C.R.A.; testimonio del estatuto reformado del Banco Mayo, certificado por escribano público; testimonio del acta N° 100 de asamblea del Directorio del Banco Mayo, de fecha 31/10/95, certificada por escribano público, y fotocopias certificadas del Juzgado Federal N°
Se obtuvieron diversos informes: del I.N.A.C. y M.; del Consejo Profesional de Ciencias Económicas; del Citibank; del Banco Comafi S.A; del Banco Río; I.G.J.; del Registro de la Propiedad Inmueble de Cap. Fed; del B.C.R.A.; de la A.F.I.P y del Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales a
Asimismo, fueron agregándose a la causa diversos elementos, como un oficio del Juzgado Comercial N° 5 adjuntando copia del auto donde se decreta la liquidación judicial del Banco Mayo; certificado del Actuario del Juzgado Federal N° 7 sobre llamado telefónico anónimo; actuaciones remitidas por la Fiscalía Federal N° 8; actuaciones de la Procuración General de la Nación; fotocopias simples aportadas en el Tribunal, y relacionadas con Mayflower, junto con una nómina de empresas fotocopias de la causa N° 57.997/99 del Juzgado de Instrucción N° 36, Secretaría N° 123 “Vaisman S/Denunciall; y fotocopias de las actuaciones de la causa N° 103.559/98 “The Mayflower International Bank Limited se le pide la quiebra Tatsch Gustavo”.
También merecen consignarse las presentaciones efectuadas por el B.C.R.A. efectuaran otros querellantes y demás partes intervinientes.
Especial consideración cabe hacer de los estudios que le fueran encomendados al Oto. Análisis Delictivo de la P.F.A. Y que obran agregados a la causa en V anexos; así como el informe que dicha dependencia policial presentara y la transcripción de escuchas telefónicas efectuada.
También se recibió gran cantidad de declaraciones testimoniales. Así depusieron en autos: Mauricio Podolsky, el Subinspector de la S.E.F.yC. Diego Javier Bronn, la Subinspectora de la S.E.F.yC. Claudia Cagide, Hadassa Benador de Ponieman, Simón Ponieman, la Inspectora de la S.E.F.yC. Alicia Inés Miyashiro, Jacobo Michalewicz a fs. 959, Susana Judith Cobe, Beatriz Adela Salmún Sandra Elizabeth Bodne, Eleazar Apel , Susana Ester de Cousandier, Pablo Vais, Sol Susana Benzadon, Pablo Alberto Jusid, Linda Cheb Terrab, Juan Carlos Sujolovsky, María Eugenia Villega, Juan Carlos Chiaravalotti a , Mateo Corvo Dolcet , Jaime Krinsky Miriam Alicia Farroni, Mirta Khan , Oscar Ramón Coria Oscar Osvaldo Di Blasi Claudio Adrián Lifschitz , Raúl Elías Brusilovsky Adrián Mario Piroyansky y , Juliano Borobio , Gabriela Patricia Rodríguez , Roberto Eduardo Vaisman , Roberto Marcelo Lalane , Oscar Alberto Predazzi , Norma Susana Cascallares de Vidal , Juana Ginsberg , José Gregorio Toscano y Gustavo Federico Tatsch .
Se deja constancia que hay una gran cantidad de documentación y efectos secuestrados y/o aportados, afectados al trámite de esta causa.
Recabados entonces los elementos de prueba antedichos, y existiendo mérito suficiente, a tenor del arto 294 del C.P.P., fueron citados a prestar declaración indagatoria los sujetos cuya situación procesal es menester resolver aquí.
Análisis Fáctico de la Imputación:

En la presente causa se investiga la presunta comisión de diversas irregularidades en la administración, manejo y/o cuidado del Banco Mayo Coop. Ltdo., con perjuicio para el patrimonio de dicha entidad bancaria -a la que condujo a su cierre y liquidación-, del patrimonio de ahorristas, de inversores e incluso, del Estado Nacional, por medio del Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.).
Dichas irregularidades son: a) la ardidosa captación, el manejo y/o la administración de fondos dinerarios ajenos que habrían ingresado a través de las denominadas “mesas de dinero” que, bajo el nombre de “Mayflower Bank” y “Trust Inversions S.A.”, habrían operado en las instalaciones que respondían a dicho banco y/o a empresas vinculadas a éste; b) el manejo y/o administración que se hizo del dinero que, por una suma aproximada de U$S 300.000.000, fuera otorgado por el B.C.R.A. al Banco Mayo Coop. Ltdo., en concepto de asistencia financiera por iliquidez -redescuentos-, durante los meses de setiembre y octubre de 1998; c) la elevada asistencia crediticia y/o financiera que el Banco Mayo Coop. Ltdo. otorgó -particularmente, en los últimos meses de su funcionamiento en plaza- a personas físicas y/o jurídicas que, fácticamente, resultarían vinculadas a la entidad; y d) la realización de operaciones comerciales aparentemente irregulares, como la compra de derechos de uso y goce de semanas de tiempo compartido a la empresa Icatur S.A., la compra de acciones y realización de inversiones en empresas, en un contexto de iliquidez de la entidad, aparentemente incompatible con la toma de decisiones de dicha naturaleza.
Todas estas irregularidades conforman la hipótesis de una posible defraudación por administración infiel (art. 173 inc. 7º del C.P.) por parte de los directivos del mencionado banco. Ello así, por cuanto, dentro de un contexto de deterioro de la situación financiera de la entidad, el banco se vio necesitado de recurrir a la asistencia del B.C.R.A. y, con estos fondos que el Estado Nacional dispuso en su beneficio con el sólo fin de ayudarlo a salir airoso de una difícil situación, juntamente con el dinero que algunos inversores confiaron en la entidad mediante la modalidad de las “mesas de dinero” -sin contar, claro está, con los fondos que los ahorristas tradicionales del sistema confiaron en el banco a través de sus operaciones oficiales y corrientes-, los directivos de la entidad, quienes, por disposición de las leyes 21.526 y 20.337 -con aplicación supletoria de la ley 19.550- y por el acto jurídico que importa la constitución y reglamentación del funcionamiento de la entidad, tenían a su cargo el manejo, la administración y el cuidado de bienes e intereses patrimoniales ajenos -en este caso, los de la persona jurídica del banco y de los ahorristas e inversores-, lejos de adoptar recaudos para enfrentar tal coyuntura, violando los deberes legales y estatutarios a su cargo, decidieron disponer de estos bienes e intereses en beneficio propio, de familiares y amigos, así como de otras personas físicas y/o jurídicas relacionadas con ellos, mediante el otorgamiento de créditos y la realización de inusuales operaciones comerciales, que produjeron el virtual “vaciamiento” de la entidad y el fraude a la “confianza” que los socios cooperativistas, los ahorristas e inversionistas del banco e, incluso, el propio Estado Nacional (B.C.R.A.) habían depositado en ellos.
En este contexto, toda la maniobra global descripta aparece como factible de ser subsumida en el tipo penal del art.173 inc. 7º del Código Penal o del art. 6 de la ley 20.840, sin contar que -como se explicará- cada una de las irregularidades antes mencionadas podría consistir en sí mismas otros delitos (v.gr. arts.172 y/o 174 inc. 5° del C.P.), para los cuales los imputados podrían haber estado organizados estable y permanentemente, de conformidad con la descripción efectuada en el arto 210 del Código Penal.
1. Asistencia Financiera del B.C.R.A.:
Situación del Banco Mayo en Septiembre/Octubre de 1998:
Para ilustrar sucintamente sobre la situación de la entidad, habré de tomar en consideración el informe pericial contable que le fuera -encomendado a una comisión especial integrada por el Sr. Decano del Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales, Dr. Alfredo Peralta, y dos peritos más del
mismo cuerpo, -a elección del primero-, quienes resultaron ser los Ores. Dell 'Elce y Nury Villalba, junto con dos peritos ad-hoc, expertos en materia bancaria y financiera, Ores. Arturo Iambrich y Luis Alberto Martínez, que fueran propuestos -a requisitoria del Tribunal- por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, informe éste que fue debidamente cumplimentado a fs. 890/896 vta. -con las -aclaraciones formales pertinentes de fs. 962/963 y 1016 efectuadas por la perito Nury Villalba -de la causa N° 10.249/98, caratulada “Pou, Pedro y otros s/incump. Deb. d/ func. púb.”, del registro de esta misma Secretaría, que es conexa a la presente causa, que se encuentra acumulada jurídicamente a aquélla.
De dicho informe pericial, respecto de la situación patrimonial, contable, financiera y/o administrativa del Banco Mayo Coop. Ltdo., en comparación con las demás entidades del sistema bancario, durante el período comprendido entre los años 1995 y 1998, sobre la base de la información que el mismo banco le proporcionara periódicamente al B.C.R.A y que éste publicara, tanto en sus boletines impresos como en su página oficial de Internet, se determinó que la referida entidad:
“A partir del mes de octubre de 1997 comienza a presentar dificultades en la integración de la exigencia de los capitales mínimos.
Durante el año 1997 cumple ajustadamente con la integración de la exigencia de los requisitos mínimos de liquidez. En el mes de noviembre de ese año presentaba un defecto del 3,34 % en la integración de la exigencia de los requisitos mínimos de liquidez…
La cartera de préstamos evidenciaba un elevado riesgo crediticio, llegando a representar en diciembre de 1997 el 74% del patrimonio neto, mientras que el promedio del sistema alcanzaba un guarismo del 22%.
Alto índice de activos inmovilizados desde diciembre 1995 llegando al 143% en diciembre 1997, cuando el promedio del sistema, a esa fecha, era del 37%, situación que afectaba la rentabilidad de la entidad.
Técnicamente estos indicadores evidenciaban un deterioro en la rentabilidad de la entidad y en consecuencia, de su patrimonio neto”. (fs. 891/vta. de la CN°10.249/ 98).
Por su parte, en las declaraciones testimoniales que en dicha causa le fueran receptadas a fin de que ilustrara al Tribunal sobre los conceptos y guarismos técnicos expuestos en lo publicado por el B.C.R.A. con relación a esta entidad, el Perito Contador Oficial Quintino Pierino Dell'Elce dijo también sobre el particular:
“... merece destacarse la caída o disminución de los depósitos de la entidad en el período comprendido entre marzo y mayo de 1998 (dos meses) por alrededor de 170 millones de pesos. y un sensible incremento del mes de junio de 1997 a mayo de 1998 de las obligaciones negociables (pasivo) por 50 millones de pesos. Asimismo, se destaca la no generación prácticamente de utilidades durante el período marzo a mayo de 1998 (dos meses). Por otra parte, se advierte un sensible incremento en las previsiones por incobrabilidad en el período junio-97 a mayo- 98, por alrededor de 45 millones. Y un incremento en los gastos de administración correspondientes al período junio-97 a mayo-98, por alrededor de 40 millones de pesos. Además, del rubro “Otros gastos”, que también se incrementó en ese lapso. Finalmente, se advierte también un fuerte incremento del rubro “Cuentas de Orden” en el período comprendido entre junio de 1997 y mayo de 1998, por alrededor de 550 millones de pesos.”
“Aquel aspecto más importante que se observa es la fuerte disminución en el exceso sobre exigencia de capitales mínimos que, efectivamente, se advierte durante el período considerado. Esto significa una disminución porcentual relativa del patrimonio de la entidad frente a las exigencias técnicas establecidas por el B.C.R.A. por riesgo crediticio.” (CN~0.249/98 -fs. 618 vta./619, preg. Nº 9).

“En forma similar a lo indicado precedentemente, este cuadro también ilustra sobre la sensible disminución en los requisitos técnicos establecidos por el B.C.R.A. en materia de liquidez para la entidad considerada durante los meses del año 1998, que se toma negativa (es decir, una situación de insuficiencia en la liquidez).” (CN~0.249 /98 -fs. 619, preg. N° 10).
“Lo más destacable .. .es la situación técnica de iliquidez que presentaba esta entidad durante los tres meses considerados del año 1998 y la fuerte disminución relativa de su capital mínimo frente a las exigencias técnicas por riesgo crediticio en ese mismo lapso.” (CN~0.249/98 -fs. 619, preg. N° 12).
Al ser interrogado sobre el cuadro obrante a fs. 564 de la mencionada causa Nº0.249 /98, sobre “lndicadores” del Bco. Mayo Coop. Ltdo., precisamente el rubro “Capital”, respondió: “Con relación al “C1” del cuadro se observa que, a pesar del fuerte descenso registrado en junio de 1997, el riesgo crediticio aumenta sensiblemente en los tres meses del año 1998. Además, en todos los períodos considerados, la entidad bajo análisis registra porcentajes de riesgo crediticio notoriamente superiores al resto del sistema, a entidades similares y a las diez primeras. Con referencia a los índices “C2” y “C3”, es fácil observar también que los porcentajes de riesgo crediticio de la entidad considerada son sensiblemente superiores a las del sistema; sus similares y a las diez primeras. Todo esto indica que el monto total del patrimonio de la entidad es menor al que debiera poseer la misma en relación al riesgo crediticio por la posible incobrabilidad de sus deudores.” (CN° 10.249/98 -fs. 619 vta., preg. N° 13 -lo resaltado es propio).
“... se observa un fuerte crecimiento de la morosidad e incobrabilidad de sus deudores durante los meses del año 1998... En general, todos los indicadores referidos a activos de la entidad considerada reflejan desmejoramiento en los meses del año 1998, con relación a la situación inmediata precedente del año 1997 y, además, sus cifras son notoriamente superiores y desventajosas en relación al resto del sistema financiero, a entidades similares y a las diez primeras”
“... se observa una fuerte disminución del margen obtenido por la entidad durante los meses del año 1998 y, además, sus indicadores de eficiencia son inferiores comparativamente con el resto del sistema; con entidades similares y con las diez primeras... se advierte un mayor crecimiento de los gastos de administración sobre los servicios prestados por la entidad .0. también se observa una evolución desventajosa a lo largo del tiempo examinado de este indicador y una comparación negativa con el resto de las entidades, con entidades similares y con las diez primeras ...En general la mayor o casi la totalidad de los indicadores de eficiencia pertenecientes a esta entidad muestran desmejoramiento a lo largo del tiempo considerado y, de manera especial en los tres meses del año 1998, y una posición desventajosa comparativamente con el resto del sistema financiero, con entidades similares y con las diez primeras”.
“...en materia tasas de interés, tanto activas como pasivas, de la entidad considerada (en moneda nacional y en moneda extranjera) refleja guarismos superiores a aquéllos referidos al resto del sistema financiero, a entidades similares y a las diez primeras entidades del sistema. Lo cual reflejaría una ineficiencia comparativa en el establecimiento de las tasas de interés con relación a sus depositantes y también a sus deudores.”
“... durante los tres meses del año 1998, esta entidad refleja un general desmejoramiento en su gestión empresarial que se evidencia sensiblemente en la exposición de los indicadores o “ratios” de gestión precedentemente examinados, en comparación con los inmediatos precedentes pertenecientes a la misma entidad.”
De lo transcripto, aunado al fracaso de las gestiones que el Banco Mayo había venido efectuando con el grupo Newbridge para la compra de la tarjeta Provencred, surge con claridad la difícil situación financiera en que se encontraba la entidad, circunstancia en la cual solicitó la asistencia del B.C.R.A.
a. Asistencia Financiera recibida del B.C.R.A.:

En el contexto referencia do, el Banco Mayo solicitó al B.C.R.A. asistencia financiera por iliquidez transitoria, por un total de doscientos noventa y ocho millones seiscientos mil pesos ($ 298.600.000), en el período comprendido entre el 3/9/98y 8/10/98, en concepto de redescuentos y ADELANTOS
Naturaleza Jurídica de la asistencia otorgada:
Ahora bien, de las presentaciones efectuadas en autos, surge el B.C.R.A. reclama a los directivos del Banco Mayo el haberlo defraudado a través del uso que la entidad le dio a la asistencia financiera recibida del ente de control, en virtud de lo cual no pudo cancelar el préstamo otorgado, dejándolo impago.
El haber solicitado la ayuda del ente de control para hacer frente a la difícil situación de iliquidez que atravesaba el banco, para luego destinar esos fondos a otros fines, por cierto diversos, dejando sin cancelar la obligación asumida, constituye para el B.C.R.A. argumento suficiente como para considerarse damnificado por la presunta comisión de una defraudación en su perjuicio
Empero, el imputado Rubén Beraja -Presidente del Banco Mayo-, al momento de ser indagado, dio una visión por cierto distinta a la sostenida por el B.C.R.A., alegando que, en realidad, la entidad a su cargo no recibió redescuento alguno por parte del B.C.R.A. en septiembre/ octubre de 1998, por cuanto, como resultado de la experiencia recogida en el caso del Banco Integrado Departamental, el B.C.R.A. había resuelto suspender la modalidad del crédito, es decir, de los redescuentos, adoptando el criterio que, para el futuro, ante situaciones de crisis y para una mejor defensa de los intereses del B.C.R.A., las operaciones no deberían ser de préstamo, con garantía de cartera -garantía ésta que, obviamente, caería en caso de una quiebra-, sino que se estableció un acto que, jurídicamente, sería una compra-venta de cartera crediticia y que, tiene como contrapartida, el pago de un precio, o sea que el banco asistido transfiere lisa y llanamente la propiedad de un activo propio y el B.C.R.A. entrega el precio pactado o acordado por ese activo.
Agregó además Beraja que, de esta forma, el B.C.R.A. no sólo no le otorgó un préstamo al Banco Mayo, sino que le compró cartera, que preseleccionó y a la que le adjudicó el valor que entendió adecuado, más un importante aforo y la exigencia de avales personales de diversos directores del banco, pagando por todo ello un precio que, ahora -según el imputado- intenta hacer ver como el monto de un préstamo
La cartera “comprada” de esta forma por el B.C.R.A. al Banco Mayo, según los dichos de Beraja, ascendería a la suma de cuatrocientos ochenta millones de pesos ($ 480.000.000), mientras que el precio que habría pagado el B.C.R.A. por la misma sería del orden de los doscientos noventa y ocho millones de pesos ($ 298.000.000), cifra ésta que, según el imputado, fue destinada en el cien por cien, a devolver depósitos a los ahorristas, sin alcanzar a cubrir la totalidad de los mismos, teniendo en cuenta que el total de retiros de depósitos en el período comprendido por la crisis que motivó la venta de cartera al B.C.R.A., fue superior en aproximadamente quince millones de pesos, o sea que la operación aludida con el B.C.R.A., sólo cubrió el 95% del total de los retiros.
De acuerdo a lo señalado por Beraja, el B.C.R.A. no le habría otorgado un préstamo al Banco Mayo, sino que le habría comprado activos, pagando un precio en dinero que pasó a ser de propiedad del Banco Mayo, y al cual éste le dio el uso indicado, sin afectación ni fraude alguno a los intereses del B.C.R.A.
Del examen de ambas posturas, surge una evidente contradicción: Para el B.C.R.A., éste le otorgó al Banco Mayo una asistencia crediticia importante que quedó sin saldar, con lo que se perjudicó el ente de control. En cambio, para el Dr. Beraja, no hubo nunca tal préstamo, sino que el B.C.R.A. compró activos del Banco Mayo, pagando un precio menor al de su verdadero valor, quedándose con los activos en su propiedad, por lo que en modo alguno existió perjuicio para el B.C.R.A.

La discusión en tomo de este punto se presente ardua acerca de la naturaleza jurídica de la operación en examen. ¿Se trata de redescuentos -una suerte de mutuo bancario- o de una compra-venta de cartera?
Si se atiende a las actas de asamblea celebradas en el Consejo de Administración del Banco Mayo referidas a este tema, habrá de advertirse que en ellas se decide solicitar al B.C.R.A. su asistencia financiera por iliquidez transitoria -redescuentos-, con lo que la polémica parece quedar zanjada.
Empero, a poco que se repare en el modelo de solicitud empleado a estos fines, habrán de advertirse algunas imprecisiones que parecieran dar sustento al debate que aquí se ventila. Sin embargo, más allá del acierto o no empleado en la técnica de redacción de tal documento, no puede soslayarse que, efectivamente, se trata de la solicitud de un préstamo a la autoridad de control por razones de iliquidez transitoria.
A tal extremo esto es así, que las solicitudes que empleó el Banco Mayo en estos casos, fueron efectuadas según el modelo tipo establecido por la Comunicación “ A” 2673 del B.C.R.A. -vigente al momento de los hechos-, que trata sobre “Asistencia Financiera sobre Iliquidez Transitoria”, y que se enmarca en el régimen previsto por el arto 17 inc. “b” de la ley 24.
Denominando a esta operatoria como una “solicitud de redescuento”. El propio texto de dicha solicitud expresa que el objeto de la misma es requerir, de la Gerencia de Créditos del B.C.R.A., “redescuentos por razones de iliquidez transitoria”, por un monto y plazo determinados.
Tales consideraciones echan por tierra la versión dada por el Dr. Beraja en cuanto a que se trataba de una “compra-venta de cartera”. El marco normativo referido, la solicitud empleada, el objeto que se admite en la misma y la determinación de montos y plazos, sin contar desde ya el elocuente detalle que surge de advertir hacia qué dependencia del B.C.R.A. está dirigida la misma -la Gerencia de Créditos-, son indicativos de ello.
Es más, el propio perito contador de parte del Dr. Beraja, Dr. Mario Wainstein, señaló que “La transferencia de propiedad por parte del Banco Mayo al B.C.R.A. de los instrumentos financieros constituye la cancelación de la obligación por el suministro de los fondos solicitados”, afirmación esta que -sin entrar a analizar o no su acierto- deja entrever que, hasta para el mismo profesional que asesora al imputado en esta causa, se trataría de un préstamo o mutuo, toda vez que admite tácitamente que la transferencia de propiedad de los títulos es la contraprestación por la prestación principal, que no es otra que el otorgamiento de fondos que el propio Banco Mayo había solicitado (“fondos solicitados”). Es claro que el objeto de una compraventa -ni siquiera de una cesión- no es la “solicitud de fondos”, descripción esta que resulta mucho más adecuada, por cierto, a la naturaleza de un préstamo o mutuo.
No debe confundirse en este tema que, conforme lo prevé la cláusula segunda de la solicitud tipo, y que el propio Dr. Beraja intenta invocar en su favor, el solicitante del redescuento -en este caso, el Banco Mayo-ofrece “como contra prestación de los fondos solicitados hacer entrega de créditos de su cartera, instrumentos éstos que se transfieren en propiedad a ése Banco Central.”
La contraprestación a cargo del solicitante en modo alguno puede definir al contrato celebrado como una” compra-venta”, sino que se define por la prestación principal, que no es otra que el otorgamiento de un crédito por parte del B.C.R.A. a la entidad peticionante, circunstancia ésta que lo transforma en una especie de “mutuo bancario”, más conocido como “redescuento”, en atención a la particular naturaleza de la operación.
Tampoco puede admitirse como válido que la simple estipulación del pago de un precio, sea elemento suficiente como para definir a la operación en sí como una compra-venta, circunstancia ésta, que parece olvidar que dicho elemento puede estar presente, por cierto, en un sinnúmero de otros tipos contractuales.

Es más, en sentido estricto, no cabe considerar que la contra-prestación a cargo del Banco Mayo constituya en sí la obligación de “vender” determinados activos al B.C.R.A., propia de una compra-venta, sino en todo caso la de “hacer entrega de títulos de su cartera” al B.C.R.A., transfiriendo la propiedad de estos títulos.
Como es de notar, en ningún caso se habla de compra-venta, sino de “entrega” y de “transferencia de propiedad”, circunstancias éstas que se compatibilizan con el texto de las cláusulas quinta, sexta, novena y décima de la solicitud tipo antes mencionada, en que se habla de “créditos cedidos” y de “deudores cedidos”, en clara demostración de que la contra prestación a cargo del Banco Mayo, en verdad, se trata de una “cesión de derechos a título oneroso”, o más específicamente de una “cesión de créditos”.
Es decir, no se trata de una compraventa, como pretende hacer ver el Dr. Beraja, sino de un mutuo a título oneroso, cuya prestación principal-a cargo del B.C.R.A.- consiste en el otorgamiento de una determinada suma de dinero al Banco Mayo, y la contraprestación, a cargo de éste último, en la cesión de determinados créditos en favor del primero, con la obligación adicional -conforme la cláusula cuarta, punto S, de la solicitud indicada- de “re-comprar” los mismos, dentro del plazo máximo de 30 días corridos, más intereses compensatorios, de conformidad con lo establecido en el arto 1367 del Código Civil.
La aplicación de esta norma, que prevé el llamado “pacto de reventa”, no debe inducir a confusión, en cuanto a que podría tratarse de una compraventa. Porque conforme lo establece el arto 1323 del Código Civil, “habrá compra y venta cuando una de las partes se obliga a transferir a la otra la propiedad de una cosa”, subrayo este término, el que, de acuerdo a lo establecido por el arto 2311 del Cód. Civil, consiste en todo “objeto material susceptible de tener un valor”. Va de suyo que un crédito, que no es otra cosa que un tipo de derecho personal, no encuadra en esta categoría de “cosa” y que, por tanto, no puede ser objeto de compraventa alguna.
Por tal razón, el legislador ha contemplado en los arts. 1434 y ccdtes. del Cód. Civil, una institución contractual diferente, como la llamada “cesión de créditos” que, son bienes inmateriales susceptibles de apreciación pecuniaria.
Tampoco debe mover a error la previsión del art.1435 del Cód. Civil que establece que “si el derecho creditorio fuese cedido por un precio en dinero... la cesión será juzgada por las disposiciones del contrato de compra y venta, que no fuesen modificadas en este título”. Consecuentemente con ello, la aplicación supletoria -que de esto se trata- de un régimen legal de un instituto a otro no importa la identificación o asimilación de ambas instituciones, que, por alguna manifiesta razón, el legislador ha querido regular diferenciadamente. Así, basta con citar a título de ejemplo, el caso del arto 118 de la ley 20.337 que, aunque remita a la aplicación de la ley 19.550, no implica considerar que una asociación cooperativa sea una sociedad anónima de naturaleza comercial, sino que es bien claro que se trata de institutos de características distintas.
Es que la compraventa produce la totalidad de sus efectos, entre las partes intervinientes -vendedor y adquirente-, cuando éstos cumplen con sus respectivas obligaciones de tradición de la cosa -el primero- y de pago del precio -el segundo-. En cambio, en la cesión de créditos, tratándose de la tradición, no ya de una cosa, sino de un derecho a exigir de otro el cumplimiento de una determinada prestación, por más que se efectúe la tradición del título de este derecho, y sin perjuicio de lo establecido en el arto 1457 del Cód. Civil, el cesionario sólo podrá hacer valer este derecho una vez notificado el deudor cedido de la realización de esta cesión, por lo que sólo podrá reputarse por plenamente cumplidos los efectos del contrato cuando se realiza esta notificación y no antes.
Esta diferencia respecto de la compraventa, en que el adquirente adquiere la propiedad de la cosa, por el sólo hecho de la tradición, y ejerce su derecho de propiedad sobre ella sin que tenga que notificar de ello a nadie, muestra un importante aspecto en que se distingue a la compraventa de la cesión, en que, a pesar de cumplirse con las prestaciones recíprocas, hay un tercero -el deudor- que
debe ser notificado, sin lo cual el cesionario no puede hacer valer plenamente su derecho, sin lo cual el cedente aún conserva el ejercicio de algunas facultades sobre el derecho cedido e, incluso más, sin lo cual el deudor cedido puede liberarse de su obligación, cancelando la misma al cedente lo que evidencia que la cesión no puede considerarse perfecta si no ha mediado la notificación requerida por el arto 1459 C.C., requisito éste que distingue netamente a la cesión de la compraventa.
Es por lo expuesto que la simple invocación de aplicar el arto 1367 del Cód. Civil no puede convertir a la operación en compraventa, toda vez que ello desconocería lo previsto en el ya mencionado arto 1435 del Cód. Civil que, como también se dijo, no importa identificar a la cesión con la compraventa, institutos que siguen manteniendo su diferenciación e individualidad.
Ello sin entrar a considerar el acierto técnico o no de si la citada cláusula cuarta de la solicitud tipo establece un pacto de reventa, conforme las previsiones de la norma que invoca, materia ésta que excede las necesidades del presente análisis.
En igual sentido, no escapa a mi conocimiento que, dada la compleja redacción del instrumento jurídico bajo examen, la defensa del imputado Beraja se agravia de que el mismo no reflejaría el verdadero objeto del acto jurídico que allí se documenta, esto es un redescuento o préstamo, sino -en los términos ya explicados del imputado- una compraventa de cartera crediticia. Dicha cuestión que, creo, ha quedado debidamente explicada, en mi opinión, en los párrafos que preceden, no descarta que eventualmente, desde un punto de vista formal y extrínseco, el instrumento de marras pueda ser interpretado, al menos en apariencia, como constitutivo de una operación de compraventa, tal como lo sugiere el Dr. Beraja.
Si así fuera, y de acuerdo a lo ya expuesto, ello no pasaría de ser una objetable simulación, en los términos del arto 955 y ccdtes. del Cód. Civil, en cuya virtud el acto aparente -en este caso, la compraventa de cartera o cesión, como quiera llamársele- sería considerada inexistente, sin perjuicio de lo cual, el acto verdadero subyacente -en este caso, el mutuo o “redescuento”- debería reputarse válido y subsistente, conforme lo establece el arto 958 del Cód. Civil, lo que, a los fines del presente proceso, tomaría abstracta la discusión que se plantea.
La Cuestión del supuesto perjuicio sufrido por el B.C.R.A. se centra en que, sentado lo precedente, en cuanto a que han existido efectivamente “redescuentos”o mutuos bancarios, cabe interrogarse si es correcta la pretensión que persigue al B.C.R.A., al reclamar en autos el haber sido perjudicado patrimonialmente por el otorgamiento de los mismos en favor del Banco Mayo Coop. Ltdo.
Y en este sentido, tratándose de una operatoria de préstamos, sólo cabe hablar de “perjuicio”, si la obligación asumida por el deudor del mismo, respecto de su debida cancelación, ha quedado parcial o totalmente incumplida, con lo que el prestamista -en este caso, el B.C.R.A.- ve menguado su patrimonio, con una salida de dinero que, en principio, no vuelve a reingresar.
Ahora bien, ¿es esta apreciación correcta en cuanto a que el B.C.R.A. no pudo recuperar hasta el presente el dinero que prestara al Banco Mayo en concepto de redescuentos? Conforme surge de lo dictaminado por los peritos contadores intervinientes en autos, efectivamente, el B.C.R.A. no pudo hasta el presente hacerse de esos fondos.
Ello así, por cuanto con la caída de la entidad bancaria, la misma no pudo cancelar sus compromisos con el B.C.R.A., quedándose el ente de control con la plena propiedad de los activos -derechos creditorios- que el Banco Mayo le había cedido en garantía del préstamo solicitado, como ya se explicara anteriormente.
Estos títulos que el B.C.R.A. retuvo para sí deberían, en atención a su valuación, y al menos en teoría, alcanzar a resarcirlo de la operatoria efectuada. Pero he aquí que el B.C.R.A. no puede disponer de los fondos que dichos títulos representan, los que, tratándose de derechos creditorios, tras untan la facultad de exigir el cumplimiento de una obligación a terceros y, por ende, importan, en concreto, una mera expectativa de cobro, que puede o no darse en la realidad.

Se dirá, en todo caso, que esta situación en nada difiere de la que originariamente el B.C.R.A. tenía con el Banco Mayo, institución respecto de la cual también tenía una mera expectativa de cobro que, como se vio, quedó frustrada en los hechos. Empero, el B.C.R.A. había decidido perfeccionar esta operación, en el entendimiento de que, conforme al principio de buena fe que inspira a todas las transacciones contractuales, el Banco Mayo iba a tratar de cumplir con el compromiso asumido y que, sólo ante la imposibilidad de poder hacerlo, iba a verse necesitado de echar mano de las garantías ofrecidas, en este caso de los activos cedidos.
Es manifiesto que el B.C.R.A. previó la posibilidad de que esto ocurriera, toda vez que exigió las garantías de referencia, como resguardo ante ello. De tal suerte, que bien puede decirse que el B.C.R.A. previó y aceptó correr el riesgo que efectivamente corrió. Más ello no es del todo así, si se atiene a que el B.C.R.A. previó y aceptó correr el normal riesgo de un incumplimiento derivado de un caso fortuito, de la fuerza mayor, o de una mala o deficiente gestión por parte del deudor, fruto de su negligencia, imprudencia o impericia, pero nunca de su obrar doloso.
Es decir, el B.C.R.A. debió necesariamente figurarse que si el Banco Mayo solicitaba, como efectivamente lo hizo, en reiteradas oportunidades y en un muy corto lapso de tiempo, una importante asistencia financiera de su parte por razones de iliquidez transitoria, era porque dicho banco estaba atravesando una difícil situación que, obviamente, podía comprometer su viabilidad futura como entidad financiera. Y, ante ello, si el B.C.R.A. decidió otorgarle su apoyo, exigiendo determinadas garantías, es porque debió haber previsto que, a pesar de dicha asistencia, el banco podía igualmente no salir airoso de sus dificultades, quedando en una situación de imposibilidad de cancelar la deuda que contrajera con el B.C.R.A.
Ahora bien, conforme se explicitara, el B.C.R.A. pudo prever que las dificultades superaran el mayor de los esfuerzos y la mejor de las diligencias que pudieran poner los directivos del Banco Mayo en hacer frente a tan difícil coyuntura. Pudo prever también que los directivos fueran imprudentes, negligentes o faltos de pericia en el tratamiento de la situación y que, a causa de ello, la deuda quedara sin cancelar. Porque dentro de la buena fe que se presume, y en cuyo marco se inscribe la realización de todo acto jurídico, es dable prever y esperar el acaecimiento de circunstancias fortuitas, de fuerza mayor, ajenas a las partes intervinientes, e incluso de un comportamiento deficiente por parte de alguno de los otorgantes del acto.
Si, a consecuencia de la efectiva verificación en la realidad de alguna de estas circunstancias, la deuda hubiera quedado sin saldar, ello habría sido dentro del contexto normal y razonable en que se puede desenvolver todo contrato de mutuo. De tal suerte que el B.C.R.A. se habría visto obligado a echar mano de las garantías que le habían sido otorgadas, y que él mismo había previsto para este tipo de acontecimientos, en una situación indeseable -es cierto- pero razonable y factible al fin, respecto de la cual aceptó correr libre y voluntariamente un riesgo lícito, cuyas consecuencias nadie puede dudar que está obligado a soportar.
Empero, no parece ser ésa la situación que nos ocupa, en que, conforme se desprende de la imputación formulada -y que oportunamente se analizará- los directivos del Banco Mayo brindaron su consenso para utilizar los fondos que habían solicitado al B.C.R.A. como auxilio para salir de la difícil situación, no ya con el fin invocado, sino en provecho propio y/o de personas allegadas a ellos, defraudando así la natural y legítima confianza que el B.C.R.A había depositado en ellos, al decidir brindarle su apoyo.
En otras palabras, el B.C.R.A. no tenía por qué preveer o suponer un comportamiento doloso e ilícito por parte de las autoridades del banco asistido y, en consecuencia, no puede imputársele a su decisión de acudir en auxilio de la i entidad la obligación de soportar las consecuencias derivadas de un riesgo que no mensuró y que ni siquiera estaba obligado a prever, por cuanto -reitero-la buena fe se presume y sólo en este marco es lícito evaluar la prudencia y diligencia de los celebrantes de un acto jurídico.

En este marco de buena fe -como se ha dicho- se prevén y estiman posibles incumplimientos contractuales y, en razón de ello, precisamente, se estipulan garantías. Es que la buena fe no queda desvirtuada por un mero incumplimiento, aún cuando este fuere fruto -como también se expuso- de comportamientos deficientes, inspirados en la negligencia, impericia o imprudencia. La buena fe sólo queda desvirtuada por su antítesis: la mala fe que, como se ha dicho, nadie está obligado a prever, apareciendo como del todo injusto se obligue a cargar con sus consecuencias a quien resulta ser su víctima, bajo la excusa de imputarle no haber previsto lo que no estaba obligado a prever, precisamente porque procedió de buena fe.
Las consecuencias del obrar de mala fe son imputables a quien así actúa. Manifiestas razones de elemental prudencia, equidad y estricta justicia así lo aconsejan.
Bajo esta perspectiva, el B.C.R.A. se ve obligado a aguardar más allá de lo razonable y lícitamente esperable para volver a hacerse del dinero que dispusiera en favor del Banco Mayo, toda vez que, a instancias del obrar de mala fe, doloso e ilícito de las autoridades de éste, debe echar mano de las garantías ofrecidas, que sólo podrán ser realizadas a través del fideicomiso ACEX actualmente vigente, cuya administración detenta el Banco Comafi S.A.
Esta demora en el recupero de sus fondos, de los cuales se ve privado de disponer para su normal funcionamiento, ya sea como garante de la base monetaria o como “prestamista de última instancia” del sistema financiero, genera un evidente perjuicio para el B.C.R.A. en el normal cumplimiento de sus funciones legales, ya que representó, como mínimo, un compromiso de más del 20% de su capacidad, en virtud de las reservas disponibles por el ente rector al 9/10/98, lo que, por ende, afecta al sistema monetario y financiero nacional y, en su conjunto, al Estado.
Este perjuicio real y concreto -y no hipotético ni potencial- por cuanto, como se dijo, el B.C.R.A. no puede disponer ahora de doscientos noventa y ocho millones seiscientos mil pesos que diera en auxilio del Banco Mayo, porque las autoridades de éste los utilizaron -sino en parte- en provecho personal propio y/o de empresas y personas vinculadas a ellos, es un perjuicio ilícito, porque es el fruto de un hecho delictivo -la administración fraudulenta de los fondos del banco, que se había engrosado con la ayuda del Banco Central-. Es un perjuicio ilícito porque es el resultado de un obrar de mala fe, propio de quienes solicitan un ayuda económica para salir de una mala situación y engañan al requerido, empleando la ayuda con otros fines, y también porque es el fruto de un engaño, en base al cual logaron el consentimiento del B.C.R.A., ente que, de haber conocido los verdaderos propósitos de las autoridades del Banco Mayo, no habría brindado su apoyo.
El B.C.R.A. no tiene por qué soportar las consecuencias de este perjuicio imprevisto, injusto e ilícito, porque jamás asumió libre y voluntariamente el riesgo de correrlo. El no haberlo asumido no puede serle imputado a título de negligencia, imprudencia y/o impericia, por cuanto, como se vio, ha puesto toda su diligencia, prudencia y pericia en prever y asumir los riesgos lícitos normales de este tipo de operaciones. Pero parece un despropósito hacer cargar con la responsabilidad por las consecuencias de un riesgo ilícito a la víctima del mismo, que no contribuyó a la causación de ese riesgo, que ha sido el fruto exclusivo del accionar doloso de los victimarios.
Pero sin adentramos en el análisis de la materia que es propia del apartado siguiente, basta con precisar como conclusión al respecto: que, efectivamente, el B.C.R.A. sufrió y aún sufre un perjuicio por esta operatoria; que dicho perjuicio -sin estimar intereses ni compensaciones-, es del orden de los trescientos millones de pesos; que el mismo consiste en la privación que el B.C.R.A. padece respecto de fondos que podría destinar al cumplimiento de sus funciones; que el eventual recupero futuro de ese dinero no importa desconocer que en la actualidad haya tal perjuicio toda vez que la existencia de un eventual resarcimiento necesariamente implica el reconocimiento de la existencia de un daño y/o perjuicio materialmente indemnizable; y que dicho perjuicio es manifiestamente ilícito, por cuanto se erige como el fruto de un engaño.

Las presentes consideraciones en nada empecen al incumplimiento en que el B.C.R.A. habría incurrido en relación a su función legal de control respecto del cierre y posterior absorción del Banco Patricios S.A. por parte del Banco Mayo, cuya situación, desde el punto de vista penal, se presenta independiente del engaño o fraude del que pueda haber sido víctima.
En cuanto al Carácter delictivo del hecho, queda demostrado que la real y efectiva existencia de este perjuicio, que excede a la mera posibilidad, y el carácter ilícito del mismo, cuya causación reconoce origen en el engaño o ardid del que fue víctima el B.C.R.A. por parte de las autoridades del Banco Mayo, son los factores primordiales que, conforme se explicará aquí, confluyen en la configuración de un delito defraudatorio contra la administración pública, en los términos del arto 174 inc. 5º del Código Penal.
Como es bien sabido, la norma mencionada no tipifica conducta punible alguna sino que sólo constituye una especie de modalidad agravada o calificada, por la condición del sujeto pasivo del ilícito, de los injustos estafatorios y defraudatorios descriptos en los arts. 172 y 173, respectivamente, del código de fondo.
Las características de la maniobra, entiendo, que han quedado debidamente expuestas en los apartados anteriores. Sin perjuicio de lo cual, basta con reiterar sintéticamente que la misma consistió en haber requerido, bajo la apariencia de la solicitud de una ayuda para salir de una difícil situación de iliquidez, la asistencia financiera del B.C.R.A., a través de redescuentos, cuyos fondos fueron utilizados -sino en parte-, en lugar del fin invocado, para beneficio de los directivos del Banco Mayo y demás personas relacionadas con ellos.
La asistencia financiera obtenida importó de hecho un traspaso o desapoderamiento patrimonial por parte del B.C.R.A. que, de esa forma, extrajo de su patrimonio fondos propios que, por la vía del mutuo, fueron a ingresar en el patrimonio del Banco Mayo. Y si bien, una vez ingresados los mismos a este patrimonio, el banco es dueño y señor de aquéllos, no puede olvidarse que dicho dinero, sin perder el carácter de propio de tal entidad, es el fruto de un préstamo al que se accedió, invocando como excusa un fin que deliberada e intencionadamente no se cumplió: tratar de paliar la situación de iliquidez y no otorgar créditos en beneficio propio o de personas vinculadas.
La finalidad invocada como excusa, a sabiendas de que no iba a ser cumplida, constituye “engaño” suficiente en los términos del arto 172 del Cód. Penal, y se erige en causa eficiente del traspaso patrimonial y, por ende, del perjuicio sufrido por el B.C.R.A. con toda esta operatoria. De no haber mediado tal engaño, el B.C.R.A. no habría consentido tal traspaso patrimonial que, a la luz de lo expuesto, hoy ha redundado en su perjuicio.
En este sentido, la existencia de garantías que eventualmente resarzan á futuro el daño ocasionado, no obsta a la plena configuración del perjuicio que, como se dijo, existe en la actualidad y está dado por la imprevisible, injusta e ilícita privación de fondos propios de que es víctima-el B.C.R.A. para cumplir con sus funciones legales.
Las particulares características de toda la maniobra global de administración fraudulenta llevada a cabo en el seno de la entidad, y que oportunamente se analizará, llevan a considerar seriamente, por vía indiciaria, que la voluntad del B.C.R.A. para otorgar tales redescuentos habría sido captada mediante engaño que indujo a error en el ente de control sobre las reales y verdaderas intenciones de los directivos del banco requirente de su auxilio. Esta modalidad ilícita de captación de la “confianza” es la que distingue a la estafa, del arto 172 del Cód. Penal, de las diferentes defraudaciones del arto 173 del mismo código, en las que la confianza es captada lícitamente para luego ser deliberadamente ultrajada (“defraudada”).
Las estafas y defraudaciones son injustas de neto contenido patrimonial en los que, a diferencia de los demás tipificados en el Título 6° del Libro 11 del Código Penal, se vulnera principalmente la “confianza” de la víctima. La distinción estriba en que, mientras en la estafa, el ataque a la confianza es “ab initio” e, incluso, anterior al depósito de confianza en el sujeto activo por parte del
sujeto pasivo, cuyo discernimiento está viciado de error merced al engaño o ardid urdido por el primero; en la defraudación, el ataque es “ex-post” al depósito de confianza, que se realiza lícita y legítimamente, para luego ser vulnerado.
Hecha esta distinción, y dados los elementos indiciarios que oportunamente se señalarán, estimo que, en verdad, se habría perfeccionado una estafa en contra del B.C.R.A., en los términos del arto 172 del Cód. Penal, que, dado el carácter de perteneciente a la administración pública del sujeto pasivo, resulta calificada gravosamente en su escala penal, conforme lo establece el arto 174 inc. 5° del mismo código.
Merecen ser descartadas de plano las hipótesis defraudatorias que, a este respecto, puedan tejerse en función de los incs. 2° o 7º del art.173 del Código Penal, toda vez que, como se dijo, en primer lugar, ambas figuras versan sobre ataques ulteriores a la confianza -y en este caso, como se vio, el ataque es inicial-, y que, en segundo lugar, ambos tipos presuponen una situación de poder o custodia de parte del sujeto activo sobre bienes o intereses pecuniarios ajenos, situación que no se da en la especie, al menos respecto del B.C.R.A., ya que las autoridades del Banco Mayo detentaban tal situación pero respecto de bienes e intereses pecuniarios de la persona jurídica Banco Mayo -los que, como se verá, defraudaron- pero no del B.C.R.A., al que directamente estafaron, al lograr que éste dispusiera de fondos propios en beneficio de la entidad, mediante engaño, fondos éstos que, una vez dispuestos, pasaron a ser de plena propiedad del banco. El perjuicio está dado en el preciso momento en que se logró dicho desapoderamiento patrimonial, mediante engaño, y no en el uso posterior que se le dio después, que sólo vino a confirmar y perfeccionar el daño originariamente urdido, que aún no era visible.
Todo ello lleva a considerar que la puntual y concreta operatoria que aquí se examina, de haber solicitado la asistencia financiera del B.C.R.A. por iliquidez transitoria, durante los meses de septiembre y octubre de 1998, por parte del Banco Mayo, para utilizar la misma en provecho de los directivos del banco y/o de personas relacionadas con ellos, constituye en sí una infracción al arto 174 inc. 5º del Cód. Penal, en función del arto 172 del mismo código, sin perjuicio de que represente también un aspecto más de la maniobra global de administración fraudulenta (art. 173 inc. 7º del C.P.) que, en perjuicio del patrimonio del Banco Mayo y de sus inversores y ahorristas, se ha cometido y que se analizará oportunamente.
Dejando establecido el sustrato fáctico y jurídico de la imputación a este respecto, el grado de participación o ajenidad que en ello habrían o no tenido los imputados indagados hasta el presente, habrá de ser evaluado al momento de analizar sus respectivas situaciones procesales, dejando en claro, desde ya, que sólo pueden responder por ello quienes, de una u otra forma, han contribuido a conformar la decisión de la persona jurídica para requerir esta asistencia del B.C.R.A., con el pleno y total conocimiento de que sería canalizada en provecho propio y/o de personas relacionadas con ellos.
Operatoria de las “Mesas de Dinero”:
Conforme se desprende de los numerosos testimonios aportados a la causa, resulta innegable la existencia y funcionamiento de dos “mesas de dinero” dentro del Banco Mayo Coop. Ltdo.
Así, gran cantidad de personas que se presentaron en autos como querellantes y que, incluso declararon en la causa, refirieron haber concurrido en reiteradas oportunidades a la calle Paso 640 piso 2° de esta capital, donde tenía su sede la Casa Matriz de la citada entidad bancaria, con el objeto de depositar sus ahorros en modalidades de inversión, con una tasa mayor a la de plaza, que, por cierto, no estaban oficializadas por el banco ni mucho menos autorizadas por el ente rector, escapando por tanto de la práctica regular bancaria. Es decir, se trataba de un circuito financiero no institucionalizado, al que accedían algunos clientes del banco, ya sea por recomendación de otros o por sugerencia de algunos directivos, en atención al volumen de sus inversiones.

Por un lado, estaba la operatoria conocida como “Trust Inversions S.A.”, vigente, al menos desde 1993, que consistía en la colocación de las sumas de dinero que trajeran los inversores en certificados similares a un plazo fijo, correspondientes a esta empresa -con domicilio en Buenos Aires 484 de Montevideo, Uruguay-, por un determinado plazo e interés, siendo éste -como se dijo- superior al usual de plaza. Como contrapartida de este tipo de depósito, el cliente se llevaba el certificado de referencia, que se encontraba pre-impreso en idioma inglés, consignando la denominación de la firma, y el cual era llenado a mano por personal del banco que allí se desempeñaba, con los datos de la operación, y suscripto generalmente por el Síndico del Banco, Sr. Jaime Hasbani, quien así lo hacía empleando un sello aclaratorio que indicaba su nombre y el supuesto cargo de “Director”; siendo numerosos los certificados aportados a la causa que reflejan lo expuesto anteriormente.
Cabe aclarar que, conforme los elementos de prueba que se citarán, la operación era perfeccionada en el lugar indicado o, esporádicamente, se terminaba de realizar en la Casa Central del Banco Mayo, ambos domicilios sitos en esta Capital Federal, más nunca en la ciudad de Montevideo, que era el lugar que, conforme al certificado que se extendía, se indicaba en el mismo como de realización del contrato.
También, existía la operatoria de inversión conocida como “Mayflower”, en alusión a “The Mayflower International Bank Ltd.”, con sede en Nassau, Rep. de Bahamas, entidad ésta a la que, conforme depusieran en autos, se relacionó al Banco Mayo en el conocimiento y referencia de los clientes, aquí testigos.
Se trataba también de depósitos por una tasa de interés más ventajosa a la corriente, pero, en este caso, sólo al comienzo de la relación con el cliente, se le entregaba un certificado con membrete de la citada entidad, con los datos de la operación, pero sin firma de responsable alguno, el que, luego de las sucesivas renovaciones, era reemplazado por un simple comprobante impreso por computadora, en el que sólo se consignaba un número identificatorio de cuenta, los datos de montos, plazo y tasa de la operación, fecha del contrato y, en algunos casos, una identidad distinta a la del inversor, cuando no la total omisión de este dato.
Esta operación, de acuerdo a los testimonios, algunos de los cuales haré mención, estaba a cargo, en cuanto a la atención de los clientes, del Sr. Gustavo D’Jmal -imputado indagado en autos, al igual que Hasbani-, siendo que ambos dependían, conforme ellos mismos lo admitieron al momento de declarar en esta sede, de la Gerencia Financiera del Banco Mayo, a cargo ésta de Jaime Ernesto Yabra, quien también fuera indagado por estos hechos.
Tanto Hasbani, como D’Jmal y, obviamente Yabra, pertenecían al Banco Mayo, al igual que el resto de los empleados -muchos de los cuales testificaron en autos- que trabajaban con ellos en las tareas inherentes a este tipo de operaciones.
Los testimonios recogidos, juntamente con las versiones que dimanan de los propios dichos de los imputados recientemente mencionados, coinciden en no dejar dudas respecto a que las inversiones que, bajo la apariencia de corresponder a sociedades extranjeras supuestamente ajenas al Banco Mayo, se tomaban en ese lugar, eran efectivamente ingresadas al Tesoro del Banco Mayo, del cual también provenían los fondos para hacer frente a los respectivos retiros, y, hasta veces según la versión de algunos testimonios, sus inversiones allí realizadas han sido giradas o transferidas a cuentas oficiales del Banco Mayo.
Todas estas operaciones eran realizadas por personal del banco, con fondos dinerarios de clientes del banco que, incluso, según ellos mismos refirieron -y los mismos empleados corroboraron- pensaban y confiaban en que estaban invirtiendo en productos financieros del Banco Mayo Coop. Ltdo. y no en ninguna otra empresa.

A fin de ilustrar sobre el tema e, inclusive, extraer algunos detalles sobre la casuística de este tipo de operaciones, encuentro adecuado efectuar algunas citas de los dichos de quienes depusieron como testigos en autos y de aquéllos que se manifestaron por escrito, a similar tenor.
Así, quien fuera empleada en la atención del sector correspondiente a Trust Inversions, la Sra. Susana Judith Cobe, manifestó:
“Yo ingresé al Banco aproximadamente en el año 1993... mi jefe era Jaime Hasbani. Trabajaba con una compañera que se llama Sandra Bodner. Nuestro trabajo era recepcionar a la gente que venía para hacer inversiones, tomarle sus datos y de acuerdo a la cantidad de dinero que traían, darles la tasa que correspondía, la cual se guiaba por la lista que provenía de Gerencia Financiera, sita en Maipú y Sarmiento. Yo tenía entendido que eran inversiones en el extranjero, se llamaba “Trust Inversions”. Estas eran las únicas inversiones que nosotros hacíamos. La persona encargada de Gerencia Financiera era Ernesto y abra. La gente dejaba el dinero que traía en el Tesoro, que quedaba en el subsuelo de la sucursal, y se le entregaba a la gente un papel firmado por directivos del Banco. Lo firmaba Hasbani y otras veces, lo firmaban otros, de acuerdo al monto y al momento. Estos otros directivos eran: Rubén Beraja, Ricardo Tobal, León Laniado y Victor Liniado. Yo recuerdo haber visto certificados firmados por estas personas; es por ello que las nombré. A veces, cuando era un monto importante, lo firmaban dos directivos para que el cliente estuviera más tranquilo ...”.
Al referirse al segundo piso del inmueble de la calle Paso 640, dijo:
“Cuando se mudó la presidencia del Banco, ese segundo piso quedó vacante y se habilitó para hacer inversiones. Esa oficina no tenía un nombre especial. Era conocida como “Inversiones”... Se invertía dinero en efectivo. Se hacía un plazo fijo. Ese dinero no sé donde se depositaba. Mi trabajo terminaba en lo concreto que pasaba en la sucursal de acuerdo al circuito que expliqué. “Trust Inversions” era un producto del Banco, un tipo de inversión con sede en Uruguay. Este es un producto como “Fondo Victoria”, “Mayflower”, “Hapoalim Mayo”. No sé si “Trust Inversions” ni los otros productos que nombré son empresas...”.
En cuanto al sistema de registro de las inversiones, Cobe dijo: “Se hacía una planilla contable, con el debe y el haber por día de inversiones. En estas planillas se consignaban las altas y bajas. Por medio de la tesorera -Inés Chemi y Oscar Coria, que trabajaba con ella en el tesoro- conciliábamos el saldo y luego se lo pasábamos a Gerencia Financiera. Esto era un parte de caja (ingresos y egresos del día). Todo esto quedaba asentado en la computadora en Gerencia Financiera.
Esto lo hacía Oscar Di Blasi, que era subordinado de Juana Ginsberg, que trabajaba en Gerencia Financiera. Por otra parte, también había una lista de control de los certificados que se efectuaban, la que era controlada por Hasbani cada vez que firmaba uno. Nosotras teníamos una computadora portátil que quedaba siempre en la oficina, no estaba en red, en la que asentábamos la información de estas planillas para control interno. Nosotros le pasábamos a Gerencia Financiera las planillas sin intercambio de disketes, siendo que toda la información contable de estas operaciones la manejaba la Gerencia Financiera, de la que dependíamos...”.
Sobre cómo era el sistema para el pago a los inversores, Susana Cobe refirió: “Venía la gente, presentaba su certificado. Yo comunicaba al Tesoro, a Inés Chemi u Oscar Coria, que iban a bajar a cobrar. Una vez que me confirmaban del Tesoro que el cliente había cobrado, le dábamos de baja en la planilla diaria y en el sistema y rompíamos el certificado. Por lo general nosotros conocíamos a la perfección a los clientes que concurrían y como Hasbani siempre estaba ahí, no era necesaria ninguna autorización para retirar el dinero. Incluso, si se trataba de montos muy grandes, los clientes no solían retirar el dinero en efectivo. En este caso se retiraba de la casa Central, en el Tesoro, que estaba a cargo de Macaño... Los inversores no se llevaban nada, no quedaba ninguna constancia. Los destruíamos porque ya no tenían validez. Se asentaba que la persona cobró y se
instrumentaba de esa manera conforme era una práctica vigente al momento de mi incorporación al banco”.
Luego añadió: “ Antes de que yo me vaya se hizo una reunión en casa central, en calle Maipú. No recuerdo en qué fecha fue, pero aproximadamente fue a principios de septiembre de 1998. Estuvimos citados Sandra, yo, Hasbani, Juana, Gustavo D'Jmal, Ernesto Yabra, León Laniado, Alberto Laham, un tal Charur-a quien no conocía, es alto, de bigotes, morocho, alrededor de 48 o 50 años-, Ricardo Tobal, Patricia Yanani, José Naftali, recuerdo que había más personas, pero no sus nombres. En esta reunión el Dr. Rubén Beraja nos explicó que teníamos que informar a los inversores que el banco tenía un problema de iliquidez, que la intención del banco era responder ante sus obligaciones y que para ello, había que renovar los certificados tratando de estirar los vencimientos. Se trataba de varios tipos de inversión como por ejemplo “Mayflower”, inversión ésta en la que trabajaba Gustavo D'Jmal, quien se encontraba presente. Quiero aclarar que Gcia. Financiera también controlaba “Mayflower”, centralizando todo. También estaba el psiquiatra Janan Nudel para canalizar la ansiedad...”.
Al ser preguntada Cobe para que dijera quién era el directivo del Banco que tenía la última palabra para decidir cuestiones de esta operatoria, contestó: “El presidente del Banco, pero no siempre se lo consultaba. La operatoria común la decidía Hasbani. Luego de él Ernesto Yabra, Jorge Smicun y luego Liniado, en orden jerárquico ascendente. El directivo máximo era Rubén Beraja.”
Finalmente, al referirse a “Mayflower”, dijo: “En un primer momento estaba en la calle Viamonte entre Pueyrredón y Paso. Luego pasó a Paso 640 -20 Piso, en unas oficinas frente a aquella donde yo trabajaba. Las inversiones también eran en el extranjero, creo que eran plazos fijos en Bahamas. En este tema estaba Gustavo D’Jmal y Patricia Yanani”.
Por su parte se le recibió declaración testimonial a quien fuera la compañera de Cobe en el sector de Trust Inversions, bajo la dirección de Jaime Hasbani. Se trata de Sandra Elizabeth Bodner, quien, entre otros conceptos, dijo:
“Empecé a trabajar en el Banco Mayo en enero de 1993, fui tomada como empleada por el Sr. Jaime Hasbani... Mi función era atender gente que venía a hacer inversiones en Trust Inversions S.A.... Era un plazo fijo. Eso es lo que figuraba en el comprobante. Trust Inversions era una opción de inversión del Banco. Digo del banco porque yo atendía dentro del banco, pero nunca vi ningún estatuto ni contrato que dijera que era del banco...” Sobre el particular, más adelante agregó: “Casi seis años, con la misma función siempre.”
Al explicar la operatoria de todo esto, expresó:”El cliente no se llevaba ninguna copia de lo que cobraba. El certificado una vez cancelado se rompía, operación que hacía la persona que lo atendía, a mano o por medio de una triturad ora de papel, que tuvimos en el último tiempo. No quedaba ningún tipo de comprobante, ni siquiera para nosotros, no había copias ni nada parecido. El certificado se destruía y no quedaban copias. Así me lo indicaron cuando entré a trabajar allí, nunca pregunté por qué. El único registro que se llevaba era la planilla que indiqué... Había operaciones en las que, quizás, la tasa se tenía que conversar y se pedía autorización para ello. O sea, el cliente solicitaba una tasa determinada y como yo no la tenía en mi planilla, tenía que pedir autorización. Yo me comunicaba al Sr. Hasbani y él, a su vez, se comunicaba con el Sr. Yabra. Se consultaba también con otras personas, por ejemplo, el Dr. Liniado o el Dr. Laniado, siendo más fácil que se comunicara con este último, aunque por lo general lo hacía con Yabra. La comunicación era por teléfonos directos y por internos del conmutador del banco. Era indistinto.”
Al ser interrogada sobre la procedencia de los certificados en blanco de la citada firma, Bodner contestó:
“Se los pedíamos -Hasbani, Susana o yo- al Dr. León Laniado, que era un directivo del banco...”

Luego, añadió: “En cuanto a Mayflower, supongo que era algo paralelo a Trust Inversions, porque muchas veces, las mismas personas que se atendían conmigo, también lo hacían con Mayflower, o comentaban o preguntaban de qué se trataba”
“También en el lugar se guardaban otros sellos, del Sr. Roberto Emsani -que había fallecido no sé en qué año-, del Escribano Ricardo Tobal, del Dr. León Laniado, del Dr. Víctor Liniado, todos estos con sus respectivos nombres y debajo la palabra “Director”; y un sello del Dr. Rubén Beraja, que decía “Presidente”. De acuerdo a lo que nos habían informado a nosotras -creo que León Laníado o Ricardo Tobal-, había seis personas autorizadas a firmar los certificados de Trust Inversions, que son las seis que acabo de señalar... Cuando se requería la firma de otro directivo, se enviaba en un sobre cerrado a su oficina o acaso de la Casa Central para su firma. Aclaro que había oportunidades en que estas personas podían venir a la oficina en que estábamos nosotros y se aprovechaba dicha circunstancia para que firmaran lo que fuera necesario... Y recuerdo el caso del Escribano Tobal, como que se haya aprovechado su visita la oficina para solicitarle alguna firma.”
También expresó Bodner que, para fines de septiembre de 1998 y, ante la situación de iliquidez que estaba atravesando el banco, fue requerida la colaboración de gente de otros sectores del banco para la atención de las personas que venían reclamar su dinero. Entre las personas que vinieron, manifestó recordar, entre otros, a “el Sr. Alberto Laham -que era un funcionario del banco, aunque no sé qué puesto tenía-, el Sr. José Naftali, el Sr. Ernesto Slelatt -creo que figuraba como parte del Directorio de la Fundación Banco Mayo-, el Sr. David Beraja -que creo que era el Presidente de la empresa Mayor Seguros-, el Sr. Elstein ...Estas personas atendían a la gente que venía muy alterada a solicitar su dinero, no sólo de Trust Inversions, sino de Mayflower ...A mediados de septiembre de 1998, fuimos convocados a una reunión en Casa Central para un día domingo. En esa reunión, se nos comunicó de la situación de iliquidez y se nos solicitó el esfuerzo de parte nuestra para tratar de renovar las operaciones. De dicha reunión participamos José Cobe, Juana Ginsberg, Susana Cobe, Jaime Hasbani, Ernesto Yabra -Gerente Financiero-, Alberto Laham, José Naftali, Rafael Charur, Gustavo D’Jmal, Patricina Yanani -colaboradora de D’Jmal en Mayflower-, Carlos Pavia, Daniel Pérez -ambos de Gerencia Financiera de Casa Central-, yo, Rubén Beraja -que sólo estuvo en una parte de la reunión- y el Sr. Hanan Nudel, que fue presentado así, como un psiquiatra...”
Cuando se le preguntó para que dijera quién era el directivo del Banco que tenía la última palabra para decidir cuestiones de la operatoria de Trust Inversions y, en su caso, explicara el orden jerárquico de funcionarios intervinientes en ello, Bodner contestó: “De acuerdo a lo informado por el Sr. Hasbani, el Dr. Rubén Beraja. Estábamos nosotras -Susana y yo-, el Sr. Hasbani, que a través de Juana reportaba al Sr. Yabra, éste a su vez al Dr. Víctor Liniado y éste al Presidente del banco, el Dr. Beraja.”, para luego aclarar, respecto de quiénes atendían los conflictos suscitados con esta operatoria, que: “Conflicto hubo en la situación de iliquidez que se dio en el banco. Nunca antes hubo otro conflicto. Yo, a la persona que tenía acceso de Trust Inversions, era al Sr. Hasbani y él, a su vez, se comunicaba con el Dr. Beraja, el Esc. Tobal, el Dr. Liniado o el Dr. Laniado”, especificando con relación al escribano Ricardo Tobal, que “Según el sello, era Director. No sé de qué. Acompañaba la firma de Hasbani en alguna ocasión y frecuentaba nuestra oficina para conversar con aquél.”
Y respecto del rol desempeñado por Naftali, dijo: “Por lo que yo sé del Sr. Naftali, estaba vinculado a Viviendas Mayo, una empresa constructora... Lo único que sé es que mucha gente que se atendía con Gustavo D’Jmal solicitaba la presencia de Naftali, cuando se produjo la situación de iliquidez del banco...”
Luego declaró Ramón Oscar Coria, empleado de la Tesorería de la Casa Matriz del Banco Mayo, quien efectuó algunas precisiones dignas de mención en torno de toda esta cuestión. Así, en la pregunta N° 1, para que explicara cuál era la función que cumplió en Tesorería General, dijo: “Lo que hacía era recibir plata para la famosa mesa de dinero y balancearla al final del día. Tenía que dar cero. No solamente para esto, recibía la plata común de los depósitos comunes, si me excedía en
el saldo lo que tenía que derivar a la casa central. Como si fuera una sucursal, sólo que por ser la casa matriz tenía un encaje más alto. O sea, el seguro cubría más plata.”
Cuando en la pregunta Nº 2 se le pidió que explicara a qué se refería con “recibir plata para la famosa mesa de dinero”, Coria contestó: “A mi me anunciaban por cronos -intercomunicador- que bajaba una persona a depositar y el importe aproximado de lo que traía, pero igual de todas maneras, después de contar todo el dinero, tenía que volver a llamar para dar el okey de la cantidad. Eso se anotaba en una planilla, ya sea si traían o si venían a buscar dinero. A fin del día, se balanceaba, que no nos hayamos olvidado de anotar nada, y se sacaba un saldo, o arriba o abajo, dependiendo de corno quedaba. Si quedábamos arriba, me cantaban de casa central un número de cuenta, donde yo tenía que hacer el depósito, por esa cifra que quedábamos arriba. Si quedábamos abajo, nos pasaban de casa central uno o varios cheques, dependiendo de la cantidad en que quedábamos abajo, y una vez que estaba eso, balanceábamos el Tesoro.”
Aún más, cuando se le pidió, en la tercera pregunta, que dijera a qué se refería con la expresión “famosa mesa de dinero”, Coria respondió: “Es lo que yo siempre creí que era una mesa de dinero. Que era plata que la gente dejaba en negro para recibir más interés, que lo que más o menos permite el Banco Central...”
En la respuesta a la pregunta N° 6, al requerírsele que explicara cómo sabía que se trataba de una mesa de dinero, Coria respondió: “Porque no depositaban con boleta de depósito. Me dejaban la plata y yo lo anotaba en la planilla. Ponía de quién era, si entraba o si salía y de qué sector venía. Podían venir de tres sectores, del de Sandra y Susy, porque eran clientes de ellos, del sector de Gustavo D'Jmal, porque eran clientes de él; y del sector de Juana Ginsberg, que eran clientes de ella. A su vez, después tenía que balancear con cada uno. Para los tres era igual, nada más que iban discriminados en la planilla, en el caso de Juana, con “J”, Gustavo “G” y Sandra o Susy “S”. Después, cada uno de ellos harían sus papeles.”
Al responder la pregunta N° 11, dijo que no se le había explicado que era una mesa de dinero, pero que “Eso ya lo sabía. Porque cuando uno trabaja en un lugar donde se quiere ocultar demasiado algo, es corno que se hace más evidente. No sabía bien cómo era la operatoria, pero sí sabía que existía. Cuando yo era cajero ahí, había corno un sector que era corno inaccesible. Un día, creo que tuve que entregar un papel en el segundo piso de Paso 640, y ví una mesa, corno una consola eléctrica, llena de botones de todos colores, y me explicaron que eran botones para comunicarse con clientes. En ese momento, casa matriz era casa central, donde estaban todos los directivos. Estaban Beraja, Laham, etc. Perillas corno si fueran de volumen y tubos telefónicos puestos, que me dijeron que era fácilmente desmontable, que se sacaba la parte de arriba y la parte de abajo, y ya estaba. Después, con el tiempo de trabajar en casa matriz, y de ver a Inés, que a veces no le daba la caja y no me dejaban ayudarla, claro no me iban a dejar sumar si eran todos papeles así. Cuando me llevaron a trabajar allí, me explicaron cómo era la modalidad de trabajo del sector. Lo único que agarré y dije que las planillas las llevaba yo anotadas, porque si me olvidaba de uno, fui”
Esas planillas, conforme explicó en su respuesta a la pregunta N° 20 “Se destruían diariamente al principio y, después, se dejaban una semana, pero también se destruían. Se pasaban por una máquina destructora de papeles. A veces, los pasaba yo. Depende de quien subía al segundo piso, donde estaba la máquina. y había veces que se destruía a mano, simplemente.”, agregando en la respuesta siguiente que ello se hacía “Porque no tenía que quedar prueba. Lo explicó la gente de arriba, del segundo piso, y después, ellos mismo fueron los que nos pidieron que las tuviéramos una semana. Entonces, las poníamos en una carpeta y, a la semana, las destruíamos”.
Seguidamente, en las respuestas a las preguntas Nº 32 y 33, explicó su conocimiento sobre la operatoria de la siguiente manera: “Cuando una persona se presentaba a efectuar un depósito de dinero de este tipo, por ejemplo cincuenta mil dólares, se me anunciaba que venía tal o cual persona por intercomunicador a depositar tanto. Bajaba, constataba su identidad, me daba el dinero, yo lo contaba, y asentaba la operación en la planilla, dejando constancia de quién era, quién me lo había
mandado -Susy o Sandra, Gustavo y/o Juana-, la cantidad depositada y el tipo de moneda, y si se trataba de una entrada o una salida de fondos, en este caso, una entrada. Luego, el dinero, lo ingresaba físicamente al Tesoro. Cuando me llamaban por teléfono, yo comunicaba cuantas operaciones había tenido y por qué monto total, indicándoseme qué era lo que debía hacer con ello. Así, se me decía que debía ingresar talo cual depósito en talo cual cuenta del banco. Esto me lo indicaba en forma telefónica Oscar Di Blassi. No recuerdo qué número de cuenta era el que se empleaba. Podía variar, aunque a veces, era el mismo. Al final del día, quedaba un saldo por las operaciones de ingreso y egreso efectuadas, y con él, Di Blassi me indicaba qué era lo que tenía que hacer, dándome uno o varios números de cuenta, donde depositarlos. La distribución parcial de los montos de este saldo diario, la hacía yo a ojo, confeccionando, incluso, las boletas de depósitos, con los números de cuenta que me habían sido indicados... Cuentas corrientes, generalmente. A veces, cajas de ahorro. Sí, pertenecían al Banco Mayo, porque ingresaban al sistema por computadora y se hacían en boletas de depósito. Todas las cuentas eran pertenecientes a Casa Central, porque comenzaban con el número “01”. Igual, los cheques que salían. Eran de Casa Central. A veces, era uno solo o varios que había que juntar para alcanzar a cubrir el monto a compensar. Incluso, podía tratarse de cheques que ya habían cobrado en Casa Central, pero que los pasaban por donde estaba yo, aunque el cliente ya se había ido con la plata desde Casa Central. El tema era así: En Tesorería General, donde estábamos Inés y yo, recibíamos fondos y se efectuaban egresos de fondos por operaciones normales, cuya contabilización era la de estilo del banco. Pero, por otro lado, las operaciones de la mesa de dinero, como dije, eran contabilizadas mediante una planilla diaria que, luego, se destruía. Si el saldo de las operaciones de esta planilla era positivo, yo tenía un excedente de caja que no podía justificar, así que, para poder hacerlo, Oscar Di Blassi me indicaba en qué cuentas de Casa Central debían efectuarse depósitos por dicho excedente, repartiendo los montos hasta cubrirlo totalmente. Si, por el contrario, el saldo de dicha planilla era negativo, yo tenía un faltante de caja que, también, tenía que ser compensado. Y, para ello, se me enviaban desde Casa Central uno o más cheques, que ya habían sido cobrados en dicha casa, pero que no habían sido contabilizados allí, de manera tal que esos cheques eran contabilizados como un egreso efectuado desde el lugar en que estaba yo, hasta compensar el faltante mencionado. Para realizar esta operación, es obvio que los cheques en cuestión no eran intervenidos por la Tesorería de Casa Central hasta el final del día, en que se decidía, cuáles debían serlo allí y cuáles eran derivados a nuestra Tesorería, mediante una moto. La operatoria interna de cómo se hacía esta selección de cheques en Casa Central, la desconozco. Por eso, si se observa la tira de auditoría de las cajas de Casa Matriz y de Casa Central, se advierte que, al final del día, hay una gran cantidad de cheques ingresados, porque se hacía al final del día, por este motivo, y no al momento en que se los pagaba, como en el resto de las sucursales. Por ejemplo, mi número de caja por sistema en el banco era “99” y mi número de sello era el “65”, en Casa Matriz. Esas tiras de auditoría, no sé dónde están ahora, pero pueden estar en el Citicenter, o en algún archivo. Con esas tiras, se puede obtener la fecha, el monto y el número de cuenta de las operaciones realizadas por cada caja. Sobre el final diario de las mismas, en el caso de las de Casa Matriz, puede advertirse como últimas operaciones, los cheques utilizados para compensar los faltantes y las cuentas en que se efectuaban depósitos para justificar los excedentes, antes referidos. Tanto el dinero que se ingresaba como todo el que egresaba, lo hacía por el Tesoro del Banco Mayo. Los depósitos de la mesa de dinero ingresaban al Tesoro del Banco y, por su lado, los egresos o retiros de fondo de esta mesa de dinero, se hacían con dinero del Tesoro del banco.”
Finalizó Coria diciendo, en su respuesta a la pregunta Nº 34, que “... al final, cuando se desencadenó todo esto, no había dinero suficiente como para hacer frente a la gran cantidad de gente que quería retirar su dinero, por lo que tenía que llamar constantemente a Casa Central para pedir que se me enviara más dinero. A los primeros se les pudo pagar, después ya no, y a los que tuvieron suerte, luego de pasar los filtros del segundo piso, desde arriba, se les permitía, cambiar la operación por un plazo fijo. Es decir, el dinero que habían invertido en la mesa de dinero tiempo
atrás lo ingresaban por caja como un depósito a plazo fijo común, con la fecha del momento en que esto efectivamente ocurría y nosotros contabilizábamos la operación de esa forma ...”
También declaró, en idéntico sentido, Oscar Osvaldo Di Blasi, quien, explicó los detalles de la peculiar labor que le tocó cumplir en relación a este tema, dentro del Banco Mayo. Así, comenzó diciendo: “Quiero aclarar que en realidad, si bien dependía del Banco Mayo, pasé a trabajar en otros dos lugares. Uno era en Pueyrredón 880, piso 13, y el otro en Viamonte 2660, ambos de esta ciudad. En ninguno de estos dos lugares decía o se podía leer que respondiera al Banco Mayo. En la oficina de Pueyrredón, lugar que se trataba de un departamento trabajaba solo con una computadora, haciendo la misma función que en Paso 640, y a última hora, venían Sandra o Susy ...En Viamonte 2660, creo que era en el 6to. piso, no recordando si era el “B”, seguí haciendo el mismo trabajo, lugar al que concurrían al final del día Sandra Bodner o Susy Cobe ...Que en ese departamento había otra oficina a la cual concurrían Patricia Yanani y Gustavo D’Jmal, desconociendo los motivos de su concurrencia ...luego por ordenes de Juan Gincberg tuve que concurrir a una oficina ubicada en una galería de la calle Cabildo, no recordando su dirección, no sé si fue un primer y segundo piso, A ese lugar fui con Juana Gincberg, Sandra Bodner y Gustavo D’Jmal. Esto recuerdo que fue un día viernes, y concurrí al lugar, a instancia de Juana Gincberg. Allí, me hace volcar en la computadora los datos sobre la operatoria de plazo fijo que creo que respondían al Banco Mayo, por que yo trabaja en ese lugar. Que no supe de quien era esa oficina. Que no me explicaron porque tenía que ir a ese lugar. Para eso tuve algunas peleas de tipo verbal, con Juana Ginsberg, porque le pedía explicaciones de estos traslados, y no supo darme una explicación porque aducía que también cumplía órdenes, sin decirme de que persona. Que en este lugar estuve desde tarde, hasta la medianoche de ese mismo día. Que se trataban de operatorias con cifras importantes, pero no recuerdo su monto. Eran clientes con códigos que respondían a una cuenta que calculo que era para el Banco Mayo. Que las operatorias que tuve que cargar se correspondían a aquellas realizadas durante esa semana. Que se cargaba con un código, como dije anteriormente, que en el sistema decía “sucursal”, y un número de cliente. Que esta descripción de la operatoria es la misma que hacía en la calle Paso 640 en Pueyrredón 880 y en Viamonte 2660”.
Cuando se le preguntó (rta. N° 1) qué tipo de operaciones se realizaban en la Casa Matriz de la calle Paso 640 2do. piso del Banco Mayo, Di Blasi respondió: “Que eran inversiones de plazo fijo de clientes del Banco Mayo. Que para ello me pasaban un papelito o una tablita con el número del cliente con el monto de dinero que había dejado o para retirar. Para eso cargaba en la computadora el nombre del cliente, el monto y la tasa. Que estas operatorias son las mismas que hice luego en Pueyrredón 880, Viamonte 2660 y en la oficina de la calle Cabildo”, y en la respuesta a la pregunta N° 18, agregó: “... Que a mi lugar de trabajo, es decir a mi oficina, vinieron David Beraja, quien solo concurrió a saludar y a hacer una inspección ocular del lugar, y otra vez, León Laniado, me vino a decir que me tenía que ir a Pueyrredón 880...”.
Asimismo declaró Mirta Kahn, quien en la respuesta a la pregunta Nº 3, en que se le pidió dijera qué tipo de operaciones practicaba como empleada del Banco Mayo en la sede de Paso 640 segundo piso, respondió: “Que se hacía lo mismo que se realizaba en Viviendas Mayo, hecho que se siguió haciendo hasta que cerró el Banco”, agregando en su respuesta N° 5: “Quiero aclarar que en este momento recuerdo el nombre de otra persona que cumplían funciones en Viviendas Mayo que era el Dr. Nudel que era psiquiatra, y estaba a cargo de Recursos Humanos. Esta persona cumplió dichas funciones aproximadamente entre los años 1995 y 1997, Y creo que actualmente sigue porque Viviendas Mayo sigue funcionando”.
Luego, en respuesta a la pregunta N° 9, Kahn precisó: “pocos días después de la intervención del Banco Mayo por parte del BCRA, nos trasladamos a la calle San Luis 2740... Allí atendíamos, junto a otros gerentes de sucursales, a las personas que venían para reclamar como les iban apagar. Eran gente que había invertido en Manfisa, luego Viviendas Mayo y también en el Banco Mayo. Es decir iban todo tipo de inversionistas, a buscar el dinero que había invertido...”.

A su vez, cuando en la pregunta N° 15, se le pidió que dijera quiénes eran las personas que fijaban las tasa de interés de las operaciones que se realizaban en Manfisa y Viviendas Mayo, respondió: “Que Salomón Cheb Terrab por Manfisa y José Naftali en Viviendas Mayo, esta persona estaba en todos lados, por ante cualquier duda o problema había que dirigirse a él”.
Terminando con su relato, en la respuesta Nº 17, Kahn expresó: “...el presidente” -refiriéndose a Beraja- “concurrió a dos reuniones que se hicieron en el Banco: Una en abril de 1998 y otra en que creo que fue en agosto del mismo año. Que en esta última concurrieron muchos acreedores del Banco, en la cual yo estuve recepcionando a la gente. Allí estuvieron Beraja, Naftali, Toscano, Salomon Cheb Terrab, Isaac Duek, Rafael Charur, y otro que era bajito, pero no recuerdo su nombre, y también Denis Cohen. Respecto de Charur y Duek recuerdo eran de Viviendas Mayo, pero no sé que otro tipo de relación tenían. Desconozco cual fue el objetivo de esa reunión, aunque después escuche que fue para calmar a los inversionistas...”
Para finalizar con las citas de las partes salientes de los testimonios brindados por los empleados del banco, cabe destacar lo dicho por Miriam Alicia Farroni cuando en su respuesta a la pregunta N° 8, expresó: “... Viviendas Mayo la escuché nombrar yo tenía entendido que era la parte inmobiliaria del banco...”
También declararon en autos varias personas que se consideran damnificadas por la operatoria descripta. Así, obran los relatos de Hadasa Benador de Ponieman, Simón de Ponieman Sara Apel a fs. 529, Sofía Rosa Melman. Elba Margulis 2, Adriana Schuster a Mauricio Podolsky, Jacobo Michalewicz, Pablo Vais, Pablo Alberto Jusid, Juan Carlos Chiaravalloti y Jaime Krinskya los cuales me remito.
Sin perjuicio de ello, merecen destacarse algunos testimonios, como, por ejemplo, el que diera Adrián Mario Piroyansky en que dijo: “... Que en dicho edificio” -se refiere al sito en la calle Viamonte y Pueyrredón de esta ciudad- “fue atendido por el Sr. Gustavo D’Jmal y la Srta. Mirta -secretaria-, que allí el compareciente fue informado por el Sr. Gustavo D’Jmal que el Banco Mayo había comprado un banco en las Bahamas que se llamaba Mayflower Bank y que podía obtener un interés superior al que le estaba dando el Banco Mayo ...Que para realizar la operación ...fue a la sucursal 22 de Banco Mayo y allí hizo la extracción de sus dos plazos fijos y los depositó” -refiriéndose a una cuenta- “de la cual luego se giraron sus depósitos a Mayflower Bank en las Bahamas.”
Luego, al referirse a una reunión que dice haber mantenido con el Dr. Beraja el día 20 de octubre de 1998, manifestó que, entre las propuestas Je solución que le fueron presentadas, se le ofreció “1500 semanas de tiempo compartido en el complejo Pinamar Tenis Ranch”, propuesta que finalmente fuera rechazada (fs. 528).
Asimismo, a fs. 2068/2075, el mismo Piroyanski, en su respuesta N° 8, expresó: “de acuerdo a la versión que me señaló el propio Beraja en la reunión del mes de setiembre existen unos 850 damnificados, que creo que me hablaba de Trust Inversions y de Mayflower, relación que establezco por las tratativas que se venían haciendo hasta ese momento y por los dichos de los propios damnificados...”
También, refiriéndose a los certificados de Trust Inversions que en fotocopia se le exhibieron, el testigo Amoldo Simeran señaló que “... en los mismos se puede ver la firma de Jaime Hasbani y en uno de ellos además de la firma de éste se encuentra rubricada que según le dijeron sería Liniado, funcionario del Banco Mayo.”
Por su parte Jorge Luis Yohai, entre otras cosas, señaló “que fue a través de un amigo que lo remitió a ver a León Laniado en la Casa Central en la calle Sarmiento. Que allí Laniado le informó sobre las operaciones y que se trataban de fondos comunes de inversión y luego de convencerlos para que realizara la operación lo derivó con el Sr. Hasbani en la calle Paso 640”, Y que, en ocasión de buscar una solución para el reintegro de sus depósitos, “y ante reiterados reclamos, fue atendido por
el Sr. Brotsztein en las oficinas del 7mo. piso de la calle Sarmiento 732, Casa Central del Banco Mayo, donde le volvieron a repetir que se quedar tranquilo.”
El testigo Héctor Galano, señaló que comenzó realizando inversiones en Manfisa, mediante diferentes contratos de préstamo, que eran firmados por Salomón Carlos Cheb Terrab, presidente de Manfisa, y respecto de la vinculación de esta empresa con el Banco Mayo, dijo “que cree que era inmobiliaria, ya que todas las operaciones las realizó en la calle Viamonte 2660 donde se encuentran las oficinas de Viviendas Mayo. Que luego estas oficinas dejaron de operar y debía concurrir a la sucursal del Banco Mayo sita en Paso 640 de esta ciudad ...que en primer término fue atendido por Naftali y luego éste lo deriva con Patricia Yanani, quien luego es reemplazada por Gustavo D’Jmal... Que la persona que le ofreció cambiar su inversión de Manfisa a The Mayflower Bank fue Gustavo D’Jmal... Que lo que lo terminó de convencer” -respecto a la conveniencia de esta última operatoria- “fue el hecho de que dicha operación tenía el respaldo del Banco Mayo.”
Miguel Loebb señaló que fue inversor de Trust Inversions y, en relación a la posibilidad de recuperar su dinero, entre otros conceptos, expresó que fue derivado al Sr. Alejandro Sultani y al Sr. Jorge Brostein, quienes “le repitieron el mismo discurso que la Sra. Pereyra, prometiendo llamarlo para concertar entrevista con algún directivo del Banco Mayo.” Más adelante, señaló que “el mismo día 6 de octubre se entrevistó con el Sr. Abraham Fleisman -directivo del Banco Mayo- y el Dr. Alejandro Sultani, en la calle San Luis 2740, entrevista de la cual surgió que el Banco Mayo estaba buscando la forma de garantizar depósitos como el realizado por el dicente ...El jueves 8 de octubre el dicente visitó al Sr. Fleisman en sus oficinas de Corrientes 676 y le entregó fotocopia del certificado del plazo fijo mencionando el Sr. Fleisman que se ocuparía personalmente de su tema ...El miércoles 14 de octubre el dicente verificó una nueva mudanza para la atención de los ahorristas del Banco Mayo, en la nueva dirección de la calle Gral. Perón 3460, a la que se dirigió el dicente con el fin de entrevistarse con el Sr. Jorge Brostein, transmitiendo en esa ocasión nuevas promesas.”
Eleazar Apel expresó respecto de esta cuestión: “mi confianza estaba en el Banco Mayo y en Rubén Beraja, por representar a la comunidad judía y ser presidente de la DAIA, lo cual para mi ello era suficiente.”
A su vez, Susana Ester de Cousandier dijo
“... yo sé que existía Viviendas Mayo, que era también del Mayo. Y no sé si había otras más. Por los comentarios, sabía eso. Era como una rama inmobiliaria del banco.”
Sol Susana Benzadón hizo lo propio, al responder a la pregunta N° 2, en que se le pidió dijera quién o quiénes integraban el grupo que aludiera conocer con el nombre de Mayflower, manifestando: “Que la única persona que se había que integraba ese grupo... era Jorge Naftali, porque solía verlo en el edificio de la calle Viamonte... Que esa persona respondía al nombre de “Tuchi”. Se trata de una persona de aproximadamente 65 años de edad, de estatura baja, de poco cabello, no recordando otras características.”
Linda Silvia Cheb Terrab declaró diciendo, en su respuesta N° 9, y con relación a la existencia de algún tipo de tratativas con el Dr. Rubén Beraja para realizar algún arreglo con los damnificados: “... Que conocí por dichos de otras personas que le ofrecieron semanas de tiempo compartido, no recordando de que lugares.”
También, Juan Carlos Sujolusky, en las respuestas N° 21 y 22 que diera en su declaración, explicó con qué persona física y/o jurídica celebró su contrato de depósito, de la siguiente forma: “Me daban un comprobante qué decía Trust lnversions y que tenía el sello de directivos del Banco Mayo. Para mí, era con el Banco Mayo. Sin ninguna duda... Porque todo se hacía en el Banco Mayo, con gente del Banco Mayo. Se sacaba plata y se ponía plata en el Banco Mayo. Se renovaba el plazo fijo en el Banco Mayo y siempre con la misma persona”, aclarando en su respuesta N° 24 que sabía que
Trust lnversions “era una compañía que estaba en Montevideo, pero que estaba respaldada por el Banco Mayo, como si fuera el Banco Mayo...”
Similares expresiones tuvo la Dra. María Eugenia Villegas, al declarar cuando en su respuesta N° 4, refirió la existencia de un ofrecimiento de solución sobre este tema, consistente en “la entrega de bienes, de semanas de tiempo compartido, en algún resarcimiento de tipo económico”, aclarando en la respuesta N° 7, “En algunos casos implicaba el traspaso de bienes. En algunos casos, implicaba la constitución de una sociedad anónima, a la que se le traspasaban los bienes y luego se los pasaban a ellos. Esto lo sé por lo que me dijeron mis clientes. Pero, la verdad, es que no me parece ninguna solución. No sé si ellos lo entendieron así, o si lo entendieron mal.”
A su vez, de las presentaciones efectuadas en autos por los querellantes y actores civiles con el patrocinio letrado de los Dres. Corvo Dolcet y Garber, merecen destacarse las manifestaciones vertidas en ellos por algunos de sus asistidos.
José Ezra Chemi, dijo que “los primeros aportes los realicé en la calle Viamonte 2660 hace entre doce y catorce años atrás, entregándoselos al Sr. Gustavo Yemal, quien entiendo dependía de los Sres. Salomón Cheb Terrab y José Naftali, quienes a su vez dependían del Dr. Beraja.”
Jacobo Héctor Dayan, expresó que el Sr. Carlos Espinosa -cordinador de cuentas de Casa Central en la calle Sarmiento 706- le “confiesa que los certificados fueron confeccionados en forma anormal. Es decir sin garantía, que me iban a trasladar el mismo a un certificado oficial para que tenga la garantía del Banco Central en caso de quiebra o cierre del Banco Mayo.”
Ezra Saúl, manifestó que en el mes de septiembre de 1996 efectuó una inversión que “en aquel entonces se atendía en la calle Viamonte 2660 -Cap. bajo la supervisión del Sr. Salomón Cheb Terrab y Tucho Naftali, donde entregué veinte mil pesos y me dieron un comprobante de Mayflower Bank, el día 25/9/96, con el número de cuenta 2084/A y donde no figuraba mi nombre, y me dijeron que me dirigiera al Banco Mayo de la calle Paso 640 -Cap. para retirar intereses y que el Sr. Gustavo D’Jmal me los entregaría.”
Gabriel Guillermo Jure, relató que, a partir de 1991, comenzó a invertir sus ahorros en el Banco Mayo, por sugerencia de un amigo, recibiendo dicho dinero la Srta. Patricia Yamani de Viviendas Mayo, en Viamonte 2660 piso 3° depto. “B” de esta ciudad. Agregó que, al momento de querer retirar su dinero, durante los años 1992 a 1994, debió concurrir a la Tesorería de la Casa Central del Banco Mayo, en Paso 640. Posteriormente, y en épocas en que Gustavo D’Jmal había reemplazado a Patricia Yamani, le fue presentado “al Sr. José Naftali, como responsable de este sector del holding del Banco Mayo.” Más tarde, en el año 1995, y ante la apertura de la sucursal Palermo del Banco Mayo, le facilitan que deposite el dinero en esa sucursal -describe números de cuenta- “todas a nombre de Manfisa S.A., que era la empresa inmobiliaria que yo asociaba a Viviendas Mayo y que permitía que el capital rindiera intereses que oscilaban entre el diez al doce por ciento anual.” Por otra parte, manifestó tener referencia de “exitosos negocios inmobiliarios en la zona comercial de Munro, el shopping Patio Olmos en Córdoba, edificios en Ugarteche y Juncal, edificios en la zona de Tribunales, otro sobre la Av. Pueyrredón, que daban respaldo económico al capital que fui dejando en sus manos.” Luego señaló que le solicitaban “las boletas de depósito a nombre de Manfisa S.A., en general de sucursal Palermo... a partir de 1996 y 1997, dejaron de pedírmelos, entonces los fui guardando y controlando que el mismo dinero depositado por ventanilla apareciera el mismo día o al día siguiente, en el resumen de cuenta, que yo periódicamente iba a buscar a la sede de Paso 640.” Finalmente, expresó que “con la caída del banco me entero por distintas fuentes que Salomón Cheb Terrab, es propietario de Ingotar S.A., dueña de tres shoppings Adrogué, Patio Olmos y otro en Tucumán y que el Banco Mayo utilizaba el dinero que depositaba como ahorro para préstamos a sociedades como ésas, en forma ilegal...”
Santiago Levi, junto con Adelina Levi de Gutman y Sara Baralia de Levi, dijo que abrió la cuenta y realizó la colocación en el año 1992, “en la calle Viamonte 2660 (Mayo Hogar, perteneciente al
Banco Mayo), porque conocía a Víctor Liniado, Salomón Cheb Terrab y José Naftali ...Mi tranquilidad residía en que la operación estaba respaldada por el Banco Mayo, tal es así que, al poco tiempo, uno podía dirigirse directamente a la sucursal del banco de la calle Paso, en el entrepiso, con la misma operatoria que la anterior ...Estaba seguro que depositaba mi dinero en la mesa de dinero del Banco Mayo, conocida y reconocida por todos los clientes y empleados del banco, así como también por sus directivos.”
Alfredo Michan expresó que “al momento del cierre del Banco Mayo tenía depositado en esa entidad la suma de u$s 320.000, contando como comprobante de depósito la tira de máquina o computadora. Los oficiales de mi cuenta eran Gustavo D’Jmal y José Naftali. Yo estaba convencido de que tenía depositado mi dinero en el Banco Mayo porque así me lo dijeron en el lugar donde dejé el dinero, que era el edificio del banco y atendido por directivos del banco.”
Isaac Michanie, manifestó que “en los comienzos de la cooperativa del Banco Mayo tenía una cuenta corriente disponible en el Banco Mayo. Pasaron varios años y la cooperativa se transformó en banco alrededor de cinco años atrás, el Sr. Carlos Cheb Terrab se hizo cargo de Manfisa, nombre con el cual se manejaba la mesa de dinero... Llevo muchos años trabajando para la comunidad judía... muchos amigos y gente de mi confianza trabajaban a su vez en la comisión del banco y decían ser de mi confianza. Tanto el Sr. Alberto Tawil como Alfredo Bigio, Carlos Cheb Terrab y el Dr. Beraja, en cuyas palabras confié.”
Isaac Saúl dijo que, “ al momento del cierre del Banco Mayo, tenía depositado en su mesa de dinero la suma de u$s 1.217.140. Comencé a depositar dinero en la mesa en el año 1990, cuando ésta funcionaba en la calle Viamonte y la atendía José Naftali. En esa época, se firmaban contratos con Manfisa S.A. y lo hacía Cheb Terrab en representación de la empresa. Luego la operatoria se trasladó al propio Banco Mayo. Aclaro que, cuando celebré mi primer alquiler de bonex con Manfisa, lo hice por indicación de gente del Banco Mayo... De cualquier modo, para mí Manfisa eran Naftali y Cheb Terrab y éstos, a su vez, ligados al Banco Mayo... Cuando se produjo al debacle me comuniqué con Bigio, quien era mi amigo, y me dijo que no me preocupara porque iba a cobrar. Que el banco estaba fuerte y sólo la mesa estaba ilíquida”.
Ricardo Jacobo Tobal, dijo que su inversión “fue sugerida y recomendada por Alfredo Bigio”.
De lo hasta aquí expuesto, estimo que resulta inconmovible la contundencia del plexo probatorio reunido en cuanto a la efectiva y real existencia de una “mesa de dinero”, que funcionaba dentro del Banco Mayo, manejada por personal del banco, con el conocimiento y la tácita autorización de las autoridades de éste que, en muchos casos, supervisaban y dirigían todo lo atinente a ello.
También resulta incontrastable que esta “mesa dinero” funcionaba a través de dos vertientes: una, la de Trust Inversions, conducida por Jaime Hasbani, y otra, la de Mayflower, dirigida por Gustavo D’Jmal, reportando ambas, desde el punto de vista fáctico, a la Gerencia Financiera de Jaime Ernesto Yabra y, por intermedio de ésta, al Presidente del Banco Mayo, Dr. Rubén Beraja, quien, a pesar de las excusas argüidas, no puede desentenderse de toda esta situación.
No puede dudarse de que, efectivamente, el dinero receptado mediante estas dos modalidades de inversión, fácticamente ingresaba al Tesoro del Banco Mayo y que, contablemente, se procedía a realizar toda una maniobra de simulación para “blanquear” -digámoslo así- esta operatoria en los números del banco. Es evidente, entonces, que la gente depositaba sus ahorros en el Banco Mayo y no en otro lado, corno pretenden hacer ver algunos imputados a través de sus descargos.
También resulta evidente, conforme a lo transcripto -y que, incluso, se ahondará aún más con otros elementos de prueba-, que la llamada “mesa de dinero” no estaba solamente ligada a la imagen y a los directivos del Banco Mayo, sino que también podría ser de incumbencia de algunos imputados que, aunque formalmente ajenos al banco, aparecen ligados al mismo y a sus responsables, al menos desde el punto de vista fáctico.

La operatoria en sí, sumamente irregular para una entidad financiera, que no puede, desde el punto de vista reglamentario tornar depósitos de esta forma, a través de mesas de dinero o simulando empresas interpuestas, a través de la ficción de aceptar dinero para otras personas jurídicas que, a la postre, resultan encubrir al propio banco, no constituye en abstracto la comisión de ningún delito, aunque eventualmente pueda serlo de faltas administrativas, dignas de sanción por parte del ente rector.
Pero sí constituye un aspecto más de la maniobra global de administración fraudulenta que aquí se investiga -y que oportunamente se analizará- habida cuenta que las llamadas “mesas de dinero” representaron para los imputados una fuente irregular más de ingresos, con los cuales solventar o financiar sus propios negocios, defraudando de esta forma el interés cooperativo del banco que dirigían y el de los ahorristas que en dicha entidad depositaron sus ahorros, intereses patrimoniales ambos que les habían sido confiados por mandato legal y contractual.
Es decir, los fondos irregularmente ingresados al banco mediante estas “mesas de dinero” pasaron a engrosar los fondos del Tesoro de la entidad -en los que, como se vio, también estaban los que habían sido obtenidos del auxilio financiero del B.C.R.A.- y toda esta masa de dinero, juntamente con los intereses inherentes a ella, cuya administración, manejo y cuidado habían sido confiados a los directivos del Banco Mayo, fue precisamente la que se vio defraudada con el accionar doloso de los mismos, que redundó en perjuicio de la entidad, de sus ahorristas e inversores y, como se vio, del propio B.C.R.A.
Esta circunstancia es la que viene a conformar, al menos en la apreciación del suscripto, que toda esta operatoria constituye un hito más de la maniobra global defraudatoria por administración infiel que aquí se investiga y que, como tal, merece ser abordada en dicho sentido en el capítulo pertinente de la presente resolución.
No cuento con elementos, al menos en este estadio, que permitan sostener lo que muchos de los querellantes y damnificados alegan en la causa, en cuanto a haber sido supuestamente “estafados” con esta operatoria. Como anteriormente dije en esta misma resolución, la “estafa” del art.172 del Cód. Penal se distingue de la “defraudaciones” de los incs. 2º y 7º del art. 173 del mismo código, por el momento en que se produce el ataque o “fraude” a la confianza de la víctima. Si dicho ataque es contemporáneo al momento mismo en que el sujeto pasivo presta su conformidad para intervenir en el acto del que saldrá perjudicado, puede hablarse de “engaño” o “ardid” y, por consiguiente, de estafa. Por el contrario, si el ataque es posterior a ese consentimiento, luego del cual recién se vulnera la confianza depositada, se habla en sentido estricto de una “defraudación.”
Hecha esta distinción -que no podía dejar de reiterar-, es manifiesto que la confianza depositada por los numerosos inversores en el banco, al depositar sus fondos en esta “mesa de dinero”, se ha visto finalmente defraudada por las autoridades del banco. Lo que no resulta tan manifiesto es que las mismas hayan tenido la intención inicial de lograr que tales inversores les confiaran sus ahorros, para luego defraudarlos. Esto es, no aparece clara la lesión inicial propia de la estafa.
En abono de esta postura confluyen los mismos testimonios de los inversores y, hasta de los mismos empleados, que señalan que dicha “mesa de dinero” habría venido funcionando desde hacía varios años antes, sin que se registraran inconvenientes, lo que, de alguna manera, viene a significar que las autoridades del banco, aún bajo una apariencia irregular, habrían tenido la originaria e inicial intención de devolver estos fondos a los inversores, lo que, de hecho, hicieron durante bastante tiempo.
Empero, ante el surgimiento de algunas dificultades para mantener la estructura bancaria -que, como se verá, les sirvió de pantalla o abrigo para el desarrollo de sus actividades ilícitas-, resulta evidente que estos mismos directivos no dudaron en echar mano, abusiva y desaprensivamente, de los fondos que los inversores les habían confiado, para financiarse ellos mismos -o allegados suyos- en la realización de sus propios negocios, antes de que el banco cerrara definitivamente.

Durante años parecen haber empleado estos fondos con idéntico fin, financiándose en sus propias actividades, mediante maniobras ingeniosas que pasaron inadvertidas a la autoridad de control y que les posibilitaron atender debidamente a sus compromisos para con el B.C.R.A. y con los ahorristas, sin ser descubiertos. Pero ante la difícil situación planteada, ello ya no les fue posible, y en vez de primar la mesura y el honesto criterio de no tocar ni abusar de fondos ajenos, de no ponerlos innecesariamente en riesgo no vacilaron en disponer de los mismos en provecho propio o de personas vinculadas a ellos, antes de que les fuera imposible seguir haciéndolo en el futuro, como un último intento por “llevarse todo lo posible”.
La defraudación -y no estafa- así urdida estimo que es evidente y, a fin de evitar innecesarias repeticiones, habré de abordar su intrincada temática jurídica, en cuanto a su configuración, y demás aspectos de participación criminal, en capítulos posteriores, a los que me remito.
Dentro del contexto de la grave situación de iliquidez que venía atravesando el Banco Mayo, desde hacía ya unos meses antes de su cierre, el que fuera debidamente expuesto en el capítulo 11, de estos considerandos, la entidad de referencia destinó gran parte de sus recursos financieros en provecho de diversas personas jurídicas -y/o en algunos casos físicas-, mediante la vía del crédito.
Dicha operatoria, comprendida, por cierto, dentro de la normal y usual actividad bancaria, no guarda correlato empero con la delicada situación que, como se dijo, dicho banco venía registrando. Así, parece ser incomprensible que, dentro del marco aludido, requiriéndose la asistencia financiera de emergencia del B.C.R.A., y continuando con la toma de fondos del público, mediante la irregular vía de la ya explicada “mesa de dinero”, el Banco Mayo dispusiera del dinero que, por esos medios, ingresaban en sus arcas, en beneficio de aquellas empresas y/o personas a las que asistió par la vía del crédito, y no para recomponerse de la mala coyuntura existente por ese entonces.
Pero, a poco que se repare en las características de los beneficiarios de dicha asistencia crediticia, habrá de encontrarse motivo o razón suficiente, al menos en apariencia, para explicarse dicho comportamiento. No se trata ya de una mera imprudencia o deficiente gestión de la entidad, en cuanto a la adopción de los recaudos necesarios que garantizaran su viabilidad, sino que, como se verá, se trata del efectivo y real desvío de los fondos del banco -entre los cuales, se cuentan los de los ahorristas e inversores que en él confiaron- en provecho de personas físicas y/o jurídicas relacionadas con los directores del Banco Mayo, cuando no en beneficio directo de ellos mismos.
Cabe reiterar aquí la total ajenidad respecto de los directivos del banco con relación a los fondos cuyo manejo, administración y cuidado les habían sido confiados, como órgano de administración y dirección del ente cooperativo, persona jurídica ésta -repito- distinta a la de los sujetos que la dirigían y/o representaban.
Como habrá de corroborarse en los párrafos siguientes, los beneficiarios de esta asistencia crediticia, presentaban -y aún hoy, en muchos caso, presentan- una importante e innegable interrelación con las personas de las autoridades del banco, ya sea mediante relaciones de parentesco, afinidad y/o de asociación en otros emprendimientos.
Estas características -que se detallarán oportunamente- trascienden al mero análisis de las relaciones técnicas contables, patrimoniales, financieras y/o de cualquier otra índole económica de que se trate, que habitualmente se emplean, en el particular ámbito de las ciencias económicas, para considerar la existencia de relaciones de vinculación y/o de control entre personas jurídicas entre sí o entre éstas y personas físicas.
Es que la realidad de los hechos efectivamente acaecidos no puede ser desconocida al abrigo de meras proporciones matemáticas que, bien pueden servir de parámetro para la realización de estudios propios de alguna ciencia en particular, pero que, tomados aisladamente, no conducen a la cabal y total comprensión del fenómeno de la realidad, sino tan sólo de alguna de sus aristas o facetas.
No debe olvidarse que el conocimiento de la realidad no puede nunca alcanzarse por la mera aplicación aislada de los principios de una ciencia determinada -en este caso, de la económica-, sino por una percepción prudente de los hechos concretos, asistida ésta por las múltiples herramientas que, al respecto, pueden brindamos las diferentes ramas del saber, de las cuales -reitero- la economía es sólo una de ellas.
Cuando la aplicación aislada de los principios de una ciencia conduce al desconocimiento de la realidad que, por simple sentido común y aplicación de la prudencia, aparece evidente ante la percepción del hombre, no cabe sino comprobar en la práctica la efectiva y real insuficiencia -que postulo- de dicha ciencia para “explicar” la realidad en su conjunto.
El proceso penal tiene por fin primario conocer la realidad del hecho que es objeto del mismo, por cuanto sólo así podrá el magistrado impartir la justicia que dicha realidad demanda.
En este contexto, más allá de las disposiciones contenidas en el arto 33 de la ley 19.550 y/o de las diferentes comunicaciones que abordan el tema desde la óptica del B.C.R.A., habrá de advertirse -conforme expondré- que gran parte de los créditos otorgados por el Banco Mayo en el período aquí estudiado, en que atravesaba por una seria iliquidez y se vio necesitado de recurrir a la asistencia del B.C.R.A., fueron destinados a beneficiar a socios, familiares y amigos de los directivos del banco, cuando no directamente a éstos, a través del financiamiento de proyectos, emprendimientos y negocios que los mismos, efectivamente, tenían en la realidad de los hechos -es cierto- pero que, dada la particular función que les tocaba cumplir -dirigir una entidad financiera-no podían realizar, por cuanto no es lícito, ni mucho menos ético, que las autoridades de un banco utilicen la estructura del mismo para financiar e impulsar sus propios negocios, sino los de la porción de la comunidad que, a través del sistema financiero nacional, confía en dicha institución.
El caso que aquí se plantea debe ser abordado y, consecuentemente, resuelto a la luz de la doctrina que, tanto nacional como internacionalmente, los hombres de derecho han elaborado para enfrentar situaciones como la presente, en que se echa mano de lo lícito para simular u ocultar lo ilícito.
Se trata de la aplicación de la doctrina de la “realidad económica”, o de descorrimiento del llamado” velo societario” (“disregard of the legal entity”, para el common law), de inveterada tradición en nuestro derecho comercial e impositivo, ramas éstas que, atendiendo a la unicidad de la ciencia jurídica, presentan innegablemente en la especie una profunda e importante aplicación, que no debe desconocerse.
Las meras disquisiciones técnicas y/o semánticas ceden ante la contundencia de la interconexión de los aquí imputados, entre sí y con los “beneficiarios” de dicha asistencia, en una situación que, por encima de las relaciones técnicas -fijadas como convención-, resulta acreditada, al menos con las exigencias propias de esta fase del proceso, con los alcances y particularidades que, a continuación, se detallarán.
Los criterios técnicos utilizables para discernir cuándo debe considerarse a una persona “vinculada” o no, están normativamente establecidos en el Anexo 1 de la Comunicación” A” 2140, así como en el Capítulo 4 de la Comunicación “A” 49 (Circ. OPRAC-1), ambas del B.C.R.A, que señalan taxativamente una minuciosa y detallada casuística, a la cual me remito.
Sin perjuicio de ello, cabe destacar que el pto. 1.1.4. del referido anexo de la comunicación “A” 2140 antedicha establece un supuesto que resulta de capital importancia para el caso que nos ocupa, en virtud del cual se considerará persona física y/o jurídica vinculada a una entidad financiera a “con carácter excepcional, mediante resolución del Directorio a propuesta del Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias, cualquier empresa o persona que, según se determine, posea una relación con la entidad financiera o con quien la controla, que pueda resultar en perjuicio patrimonial de la entidad financiera.”

Se dirá que, en el caso que nos ocupa, no ha mediado jamás tal resolución del Directorio del B.C.R.A. que declare a una empresa “vinculada” al Banco Mayo y que, por tal motivo, la normativa aludida no puede aplicarse en la especie. Ello que, desde el punto de vista del derecho administrativo y bancario, podría llegar a ser correcto, no lo es en modo alguno en el ámbito del derecho penal, en que la realidad de los hechos prima por sobre toda formalidad legal.
Lo que importa aquí no es la resolución del Directorio del B.C.R.A., sino si se dan o no los presupuestos que habilitan el dictado de una resolución de esa naturaleza. Vade suyo que el otorgamiento de préstamos a personas vinculadas a una entidad bancaria que, por lo general, confluye a determinar su ruina como tal, sólo es advertido por la autoridad de control después de que ocurre y no antes. Precisamente, porque la propia entidad financiera elude o engaña los controles del B.C.R.A., informando a las empresas a las que asiste como “no vinculadas”, a la par que éstas, a su vez, se organizan y constituyen de la mejor manera posible para ocultar tal “vinculación”.
Cuando esto es detectado por el B.C.R.A. y la entidad financiera cae ruinosamente a causa de ello, ya no tiene ningún sentido práctico que el Directorio del ente de control dicte una resolución declarando a tal o cual empresa como “vinculada”. Empero, si se advierte que el B.C.R.A. efectúa cargos administrativos, y hasta penales, señalando una importante asistencia financiera a “vinculadas”, es manifiesto que, para la autoridad rectora del sistema financiero -cuya máximo órgano es el Directorio-, las empresas a las que alude en ese carácter debían ser efectivamente consideradas como “vinculadas” al momento de otorgarse tales préstamos, aún cuando la entidad financiera no las hubiera informado como tales, y con prescindencia de que el B.C.R.A. las haya o no declarado así, porque -reitero- simplemente no podía dictaminar sobre algo que desconocía.
Abordando la temática desde un punto de vista estrictamente jurídico, no cabe sino concluir que la resolución del Directorio del B.C.R.A., a la que alude la normativa citada, por la que se declara a una determinada persona “vinculada” a una entidad financiera, no tiene un carácter “constitutivo” de dicha vinculación, sino meramente” declarativo”. Es decir, la vinculación existe con anterioridad y con prescindencia de dicha resolución, la que sólo viene a reconocer jurídicamente su existencia, pero no a conferirle la misma.
Esto es lo que realmente importa en el análisis que se efectúa en esta sede: ¿Existía o no dicha vinculación? Y, en este sentido, el análisis meramente formal efectuado por los peritos contadores intervinientes en la causa se revela insuficiente, ya que la realidad excede a las meras proporciones matemáticas que los expertos suelen emplear para realizar sus estudios.
Es que, a la luz de la normativa del B.C.R.A. ya referida, no cabe sino concluir:
Que las empresas y/o personas asistidas financieramente por el Banco Mayo poseían una relación con el mismo o con quienes lo controlan, que pudo y, de hecho, resultó en perjuicio patrimonial de la entidad financiera; y Que las empresas y/o personas asistidas financieramente por el Banco Mayo, directa o indirectamente, ejercían influencia controlante sobre la dirección y/o políticas del banco y/o viceversa.
Ello, con total prescindencia de que el B.C.R.A. haya dictado una resolución expresando tal cosa, toda vez que -reitero- todo esto fue descubierto a posteriori por la autoridad de control, cuando ya no tenía ningún sentido efectuar una declaración de ese sentido, que, por otro lado, casi en ninguna oportunidad, fue dictada por el ente rector. La omisión de esta resolución ha quedado salvada con la posterior presentación efectuada por el B.C.R.A. en esta sede, en la que se agravia por la existencia de tal asistencia crediticia a personas “vinculadas” al banco.
No debe olvidarse que, conforme la comunicación” A” 49 del B.C.R.A. que difunde la Circular OPRAC “las entidades deben prestar máxima atención al análisis de los riesgos derivados de las operaciones con empresas o personas vinculadas”. “Para ello, las instituciones deben decidir con prudencia las sumas a comprometer en operaciones financieras, en concordancia con el patrimonio
o ingreso de los demandantes y la rentabilidad de los proyectos. En cada caso, la resolución de las solicitudes debe ser precedida por un análisis ponderado de la situación económica y financiera del cliente, con especial énfasis en la determinación de la capacidad de reintegro de los fondos prestados frente a la .evolución esperada de la actividad que desarrolla.”
Previsiones éstas que las autoridades del Banco Mayo, a pesar de conocerlas, es manifiesto que parecen haber olvidado.
A continuación luce el análisis de cada una de las asistencias crediticias otorgadas por el Banco Mayo a las principales empresas examinadas en el peritaje efectuado en autos, durante el período previo al cierre de la entidad financiera.
En primer lugar, considero adecuado realizar una breve cronología sobre la deuda que esta entidad mantiene con el Banco Mayo. Así se advierte que, al 28/2/98, adeudaba solamente $ 502.000, cifra que se incrementó al 31/5/98 a $ 3.688.000, elevándose en agosto del mismo año a $ 19.597.000, hasta alcanzar días antes del cierre del Banco Mayo una deuda de $ 27.202.000, de los cuales se advierte que el descubierto en cuenta corriente era de $ 23.730.000.
A todo esto, Viviendas Mayo habría reconocido respecto de esta deuda en cuenta corriente solamente $ 10.730.000. En este orden de cosas, Banco Comafi ha informado que la deuda de Viviendas Mayo con el Banco Mayo asciende a un total de $ 33.484.994,43, en concepto -principalmente- de asistencia financiera en cuenta corriente y préstamos. De acuerdo al informe pericial contable practicado en autos se advierte que el origen de la deuda antedicha se remonta a la adquisición de bonos Probón emitidos por el Banco Mayo por una suma de $ 13.000.000, realizada el 27/8/98 y anulada el 2/9/98. Dicho importe fue abonado por un débito en descubierto de la cuenta corriente de Viviendas Mayo en el Banco Mayo, y al cual debe restársele un saldo a cobrar de $ 8.502.000 que, a la fecha de cierre de la entidad, quedaba pendiente de reintegro a Viviendas Mayo.
Así, los expertos consideran que el importe neto adeudado por Viviendas Mayo asciende a la suma de $18.591.303.
En cuanto a la operatoria de los bonos Probón, series “CS4” y “CS5”, ella tiene la particularidad de que el Banco Mayo otorgó la asistencia financiera para esta operación, aceptando títulos propios como garantía, en una operación prohibida expresamente por el arto 222 de la ley 19.550, de aplicación en la especie, por disposición del arto 118 de la ley 20.337.
Además de esta operatoria se observa que en los días 2 y 23 de septiembre de 1998, hubo una significativa asistencia financiera de $ 5.589.784, en concepto de giro en descubierto y débitos varios.
Conforme se desprende del relato efectuado por el B.C.R.A. los cheques librados por la asistencia recibida durante el período de crisis habrían sido firmados, según los casos, por José Naftali, Rafael Charur y/o por Jorge Isaac Eddi y cobrados por los mismos libradores, cartulares éstos que habrían sido inicialados por el propio Rubén Beraja, en su calidad de presidente del Banco Mayo.
Es de hacer notar la actual composición de Viviendas Mayo al 31/12/99. Su presidente es el imputado José Naftali; su vicepresidente el imputado Rafael Charur -concuñado del imputado Beraja, quien, a su vez, es Presidente del Banco Mayo-; Secretario Martín Liniado -de posible relación con el imputado Víctor Liniado, quien, a su vez, es vicepresidente y gerente general del Banco Mayo-; tesorero José Eddi -de posible relación con Jorge Isaac Eddi quien, a su vez, es vocal suplente del Banco Mayo-; y vocal titular 10 el imputado Ricardo Tobal Secretario del Banco Mayo-.
Entre otras autoridades de Viviendas Mayo, se cuentan como síndico titular a Miguel Bigio -de posible relación con el imputado Alfredo Bigio, quien, a su vez, es vocal del Banco Mayo, primo hermano de las esposas de los imputados Rubén Beraja y Rafael Charur-; y como síndico suplente a
Moisés Beraja -quien, por lo menos, resulta ser homónimo del padre del imputado Rubén Beraja, sino su progenitor-.
Por su parte, resultan apoderados de la entidad de mención, Rafael Charur, Ricardo Tobal, Jorge Isaac Eddi -vocal suplente del Banco Mayo-, y Abraham Fleisman -vocal titular del Banco Mayo y Ex- presidente de Sancev S.A.-.
Tampoco pasa inadvertido al suscripto que, entre los numerosos asociados de la cooperativa, se encuentran muchas personas físicas y jurídicas que dan sustento a esta innegable vinculación. Así, según se desprende de la nómina de asociados de Viviendas Mayo obrante a fs. 307/351, se encuentra a los imputados en autos: Adolfo Safdie -vocal fallecido del Banco Mayo-, Alberto Laham, Alberto Tawil, Alfredo Bigio, David Malik, Ernesto Yabra, Felipe Kompel, Rubén E. Beraja, Salomón C. Cheb Terrab, Víctor Liniado, Horacio L. Alegre, Isaac Raimundo Duek, José Naftali, Rafael Charur, Ricardo Tobal, León Laniado.
También se advierte la presencia de otras personas con cargo jerárquico en el Banco Mayo. Ellas son: Jorge Eddi, Jorge Smicun, José Campos Andújar, Susana Pessinei, entre otros.
Asimismo, es de notar la existencia de numerosas personas que presentan iguales apellidos y/o relación de parentesco con algunos de los imputados. Así, se advierte a: A. Daniel Safdie, Argentino Liniado, Cecilia Pión, David Beraja -hermano de Rubén Beraja-, Elías Liniado -padre de Víctor Liniado-, Rosa Cheb Terrab, Ignacio Naftali, Martín Liniado, Miguel A. Cheb Terrab, Miguel Bigio, Moisés Cheb Terrab, Nora Liniado, Raquel Pión -esposa de José Naftali-, Roberto Hasbani -hermano de Jaime Hasbani-, Moisés R. Beraja -padre de Rubén Beraja-, Elías Tobal, Liliana Allami -esposa de Salomón Carlos Cheb Terrab-, Roxana Kompel, Aarón Cheb Terrab -padre de Salomón Carlos Cheb Terrab-, María Boucai -madre de Salomón Carlos Cheb Terrab-, Graciela H. Allami, Miriam Beraja, Ernesto G. Liniado, Oscar Pessinei, Alberto D. Beraja, Raquel Bigio de Beraja -esposa de Rubén Beraja-, Ricardo Liniado, Marcos Tawil, Rafael Naftali -padre de José Naftali-, Alejandra Naftali, entre otros.
También resultan asociadas, entre otras, las siguientes empresas vinculadas directa e indirectamente con los imputados en autos -principalmente con Salomón Carlos Cheb Terrab-: Tres de Febrero de 1971 S.A. 9 de julio 333 S.A., Cabildo 2002 S.A., Cantus S.A. Corrientes Palace S.A., Esces S.A., Fordemi S.A., Halbour S.A., Hipovein S.A., Life Long S.A., Manfisa S.A., Montevideo 781 S.A., Neumu S.A., Newside S.A., Pebo S.A., Phoenician S.A., Rucuas S.A. y Valentín Gómez 2740 S.A.
A todo esto, la entidad de mención, era considerada vinculada al Banco Mayo, para poco antes del cierre del mismo, en un análisis interno, sostener la inexistencia de tal vinculación. De lo expuesto, estimo que no caben dudas acerca de la real y efectiva existencia de dicha vinculación.
Molinia S.A.:
De conformidad con el examen pericial contable efectuado en autos, la firma fue constituida el 1/6/98 con un capital de $ 40.000, es decir, tan sólo cuatro meses antes del cierre del Banco Mayo.
Estaba presidida por Gualterio Kalina, corno vicepresidente José Duek y Jorge Oscar Lerzo corno director suplente. Tanto Gualterio Kalina corno José Duek, aparecen además, conformando otros sociedades relacionadas directa e indirectamente con los imputados en autos. Así Kalina surge corno vicepresidente de Conjunto Barrancas S.A., y habría tenido importante capital accionario en Cantus S.A.. Por su parte, José Duek aparece corno accionista en Corrientes Palace S.A., empresas estas todas ligadas al denominado “Grupo Cheb Terrab” y que, en el caso de Conjunto Barrancas S.A. y Corrientes Palace S.A. resultan ser, a la fecha, deudoras del Banco Mayo.
El total del capital accionario, está dividido en partes iguales entre los dos primeros nombrados. Por otra parte, su patrimonio neto asciende al 31/3/99 a $ 1.068.383,30, Y sin registración contable a partir de esa fecha.

Además, la A.F.I.P. informó que la empresa aludida no ha presentado su declaración jurada, registrando fecha de inscripción al 1/8/98 y alta en el impuesto a la ganancias en el año 1999 -cfr. fs. 3860-.
La referida empresa recurrió al Banco Mayo solicitando una importante asistencia financiera, en un muy corto lapso de tiempo -del 21 al 24 de septiembre de 1998-, por una cifra de $ 7.636.700, que se retiró íntegramente a través de cheques pagadores, que habrían sido firmados por su presidente, Gualterio Kalina y retirados por el nombrado en representación de la firma. Es de hacer notar lo extraño e inusual de que el Banco Mayo acordara conceder créditos de esta naturaleza a una empresa de un patrimonio casi 200 veces inferior al monto de los préstamos que requería.
En este contexto, con fecha 4/9/98 Molinia S.A. compra a Cerecred S.A. el 48% de sus acciones en U$ 3.000.000. De la registración contable del libro diario de la entidad, surge que la suma antedicha está conformada por U$S 100.000 y U$S 2.900.000 en inversiones a pagar. Los acreedores de esta inversión son León Halac, Edgar Halac y Simón Halac por U$S 966.666,66 el primero y U$S 966.666,67 los dos restantes (cabe agregar que Halac León e Hijos S.A. adeuda al Banco Mayo la suma de $ 3.166.450,85, sin que obren registros de cancelaciones parciales ni propuesta de pago alguna, según informara en autos el Banco Comafi S.A.).
Pero, el 18/09/98, y habiendo sólo pagado una de las cuotas correspondientes a esta compra, Molinia S.A. vende al Banco Mayo estas mismas acciones compradas a Cerecred S.A. en u$s 4.800.000, con acreditación de dicho importe, con lo que se hace de una ganancia del orden del 60%, en tan sólo catorce días, a expensas del Banco Mayo.
Además, con fecha 29/9/98, Molinia S.A. le compra mediante pago en efectivo a Cooper Development S.A., el 3 % de los derechos en un fideicomiso a constituirse sobre fracciones de un campo, ubicado en Cañuelas en la suma de U$S 2.500.000. Al día siguiente, esto es el 30/9/98, le presta a la misma firma la suma de U$S 2.900.000 en efectivo, a devolver en 29 cuotas mensuales de U$S 100.000 y, ese mismo día, compra a Fantri S.A. 1200 acciones ordinarias del Banco Mayo que se abonan en efectivo y por U$S 1.200.000.
La compra de las acciones del Banco Mayo, una semana antes de su cierre, resulta una operación por demás dudosa que, ante la situación planteada, parecería tender a licuar o a, eventualmente, compensar la deuda que Molinia S.A. tuviera con la entidad mediante su participación en la misma.
Finalmente, es de destacar que, de acuerdo al informe presentado por el Banco
Comafi, Molinia S.A. adeuda al Banco Mayo la suma de $ 4.465.528, 52, sin que se advierta cancelación parcial ni propuesta de pago alguna a Mequeve S.A.:
Presidida por Jorge Brotsztein -presidente y accionista, a su vez, de Dalkey S.A., deudora del Banco Mayo- y Saúl Hemsani, como vicepresidente, se encuentra compuesta con un capital suscripto de $ 30.000 Y un capital integrado de $ 7.500.
Procedió al retiro, a través de cheques pagadores, el día 22/9/98 de un total de $ 2.698.780, cheques estos que habrían sido firmados y cobrados por su propio presidente; y arribando al 30/9/98 a un descubierto de $1.475.119.
Es de hacer notar la importante variación que registra el patrimonio neto de la
firma, el que al 31/12/97 era de $ 69.249,07, Y al 31/12/98 era de $ 2.063.602,98, con una discontinuidad de su actividad a esta última fecha, según refieren los expertos contables, y que se encuentra avalado por el informe de la A.F.I.P. de fs. 3876.
Según resulta del informe pericial contable de referencia, la empresa aludida registra en el rubro “Inversiones” una inversión en la firma Novocred S.A. por $ 11.900.000 Y una deuda a pagar, dentro del pasivo no corriente, por $10.040.000, la cual sería una deuda hacia el Banco Mayo, con afectación de los mismo títulos que originalmente le vendiera la citada entidad el 6/3/98 y el
29/4/98. Advierten los expertos que no han tenido acceso a documentación que sustente este contrato ni el detalle de los servicios prestados por Mequeve al Banco Mayo.
Por su parte, el Banco Comafi informó que adeuda al Banco Mayo la suma de $ 10.874.030,47, sin cancelación parcial ni propuesta de pago alguna.
De lo expuesto, es manifiesto que la inusual y abultada asistencia financiera otorgada por el Banco Mayo a esta firma constituye uno de los aspectos de la maniobra defraudatoria aquí analizada, que “vació” virtualmente el patrimonio de la entidad, abusando de la confianza que en la misma habían depositado sus ahorristas, cuyo dinero fue a parar en beneficio de empresas como ésta.
A fin de graficar la vinculación de esta empresa, por medio de sus directivos con el Banco Mayo, y su evidente intervención en la maniobra para hacerse de tan ilícito beneficioso, no resulta ocioso recordar que, según se expuso, a fs. 536/6, el testigo Jorge Luis Yohai, damnificado por la operatoria de la mesa de dinero, señaló que, en ocasión de buscar una solución para el reintegro de sus depósitos, “fue atendido por el Sr. Brotsztein en las oficinas del7mo. piso de la calle Sarmiento 732, Casa Central del Banco Mayo”; y que, Miguel Loebb, en igual carácter, dijo que, al tratar de encontrar una solución a este tema, “... verificó una nueva mudanza para la atención de los ahorristas del Banco Mayo, en la nueva dirección de la calle Gral. Perón 3460, a la que se dirigió el dicente con el fin de entrevistarse con el Sr. Jorge Brostein, transmitiendo en esa ocasión nuevas promesas.”, de todo lo cual se colige la evidente relación de Brotsztein con el Banco Mayo e, incluso, con las operatorias ilícitas que en éste se llevaron a cabo.
Lo expuesto, estimo que es, por demás, contundente y habrá de ameritar, en su momento, la oportuna profundización de la investigación a este respecto.
Manfisa S.A.:
Presidida por Salomón Carlos Cheb Terrab y José Babour, como vicepresidente, siendo su apoderado José Naftali, es una empresa a la que el propio Salomón Cheb Terrab no dudó en aceptar como estrechamente ligada a su persona, al extremo de reconocer que se trata de “una empresa que él controla”, al momento de ser indagado, dando extensas explicaciones en cuanto al rol que la misma cumple dentro del esquema de empresas que el citado imputado emplea para sus desarrollos inmobiliarios.
Así, señaló que se trata de una suerte de ”holding” o de “salvavidas” que se encarga de comprar y vender las participaciones accionarias en estas sociedades, prestando o tomando dinero para efectuar estas operaciones.
Sin olvidar la vinculación de esta firma con la ya descripta operatoria de las llamadas “mesas de dinero”, corresponde citar aquí que, con fecha 10/9/98, mediante un cheque que habría sido firmado por Salomón Cheb Terrab y José Naftali, por un valor de $ 5.000.000, el último de los nombrados habría procedido a retirar dicha suma del Banco Mayo, bajo la modalidad de giro en descubierto a través de la cuenta corriente que la citada empresa tenía en la referida entidad bancaria.
La suma antes referida forma parte de la deuda que Manfisa S.A. mantiene con el Banco Mayo, la que, según el Banco Comafi, asciende a un total de $15.180.175,93 y que, según lo informado por dicho banco, a la fecha de emisión de dicho informe, estaba en negociación.
La innegable vinculación de Manfisa S.A. con los imputados Cheb Terrab y Naftali, además del rol que a la misma le tocaría cumplir en el esquema de sociedades de Cheb Terrab, que involucra a varios de los directivos del Banco Mayo, aquí imputados, juntamente con su aparente relación cOn la operatoria de la “mesa de dinero” del Banco Mayo, pone a la intervención de esta firma en los hechos examinados, bajo un manto de sospecha, que merece ser estudiado con detenimiento a lo largo de esta instrucción.

Así no puedo dejar de merituar que Manfisa S.A. interviene en la composición accionaria de Corrientes Palace S.A., junto con los imputados Isaac Raimundo Duek, José Naftali, Horacio L. Alegre, Víctor Isaac Liniado, David Malik, en la que también aparecen, entre otros, Jorge Oscar Lerzo -director suplente de Molinia S.A.- y José Babour -vicepresidente de Manfisa S.A.-.
Simultáneamente surge que, con fecha 11/9/98, Manfisa S.A. celebró un contrato de venta de acciones con Emprendimientos Turísticos Internacionales S.A., por la cual adquiere a un precio de $ 5.150.000, 24 acciones nominativas no endosables de cinco votos c/u y de $1000, valor nominal c/u de la firma Corrientes Palace S.A. De esta forma, según manifestara el propio perito contador de parte propuesto por el imputado Cheb Terrab, Dr. Juan Carlos Cincotta, “con esta adquisición el grupo liderado por Salomón Carlos Cheb Terrab, integrado por él mismo, su esposa, su socio en Manfisa S.A., y dos personas jurídicas también de propiedad de S.C. Cheb Terrab, y familiares, logró incrementar su participación en Corrientes Palace, llegando así a controlar una porción relevante del paquete accionario.”
Así, las cosas y, dada la naturaleza de la operatoria antes descripta, se impone necesario realizar una exhaustiva investigación, tendiente a esclarecer todas las aristas de esta cuestión o, sin perjuicio de que, por el momento, lo expuesto resulta suficiente para el dictado de la presente resolución.
Otras personas deudoras:
Del examen pericial contable efectuado en autos, de conformidad con las imputaciones oportunamente efectuadas por el B.C.R.A., surgen, por lo menos, tres personas más -dos de ellas jurídicas y una física- que' resultan deudoras de una significativa asistencia financiera por parte del Banco Mayo, en el contexto de análisis hasta aquí efectuado.
Se trata de Jolyon S.A., Sancev S.A. y Roberto Vaisman, respectivamente, de las cuales se destaca el caso de la primera, tanto por su abultada deuda de $ 10.160.615,72, como por registrar un pago parcial en sede judicial.
De ello, se destaca el caso de Sancev S.A., de la que fue presidente y accionista el consejero del Banco Mayo, Abraham Fleisman; y el caso de Roberto Vaisman, quien podría tener algún tipo de relación con directivos de la referida entidad bancaria.
También merece destacarse la extensa nómina de deudores del banco aportada por el Banco Comafi a la cual me remito, de la cual surgen gran cantidad de empresas que, conforme al estudio efectuado por el Depto. Análisis Delictivo de la P.F .A., presentan en su composición accionaria y/o directiva una importante relación y/o vinculación con la del propio Banco Mayo (v.gr. Newside S.A., Fordemi S.A., Dalkey S.A., Rosepa S.A., Life Long S.A., Corrientes Palace S.A., Conjunto Barrancas S.A., entre otras), extremo éste que, dentro del contexto general ya analizado, y por vía indiciaria, viene a reforzar la hipótesis delictiva en estudio, habida cuenta que, dado la perentoriedad de los plazos legales en curso para abordar el dictado de la presente, el examen pericial contable vigente a la fecha aún no ha podido expedirse sobre esta intrincada casuística, circunstancia ésta sobre la cual deseo dejar expresa constancia.
a. Corolario:
A lo largo del presente capítulo, se han expuesto aquellas operatorias que, durante el período más crítico de liquidez del Banco Mayo, tuvieron, por un lado, a éste como principal protagonista, en su carácter de “asistente financiero” de cuantiosas sumas dinerarias, y, por el otro, a las empresas receptoras de tan generosos beneficios económicos, las que, a la luz de su composición societaria y/o accionaria, aparecen estrechamente relacionadas con varios de los directivos del banco.
La grave y delicada situación económica y financiera que atravesaba el Banco Mayo en ese entonces, requería de una prudente administración de sus fondos por parte de sus directivos,
circunstancia que, de acuerdo al examen realizado, parece diferir notoriamente de aquel esperado comportamiento. La gestión efectuada por las autoridades del Banco Mayo, al otorgar tan abultada asistencia financiera a las empresas Viviendas Mayo, Molinia S.A., Mequeve S.A., Icatur S.A. -que tendrá su análisis en el capítulo siguiente- empresas éstas que solamente ellas reúnen más de 60 millones de pesos por este concepto; eludiendo, en muchos casos, los propios controles internos del banco para el egreso de fondos, revela por sí sola la conducta desplegada por los intervinientes.
Ello, sin contar la cuantiosa asistencia a un sinnúmero de firmas que, conforme se expuso oportunamente, presentan características de relación y/o vinculación con las autoridades del banco, susceptibles de caer bajo grave sospecha en cuanto a la verdadera finalidad de dicha asistencia y sus efectivos y reales beneficiarios, por un total que asciende a la imponente suma de $333.587.695,24
El importante drenaje de fondos efectuado por esta vía, conjuntamente con la
que se señalará en el capítulo siguiente, constituye el pilar básico de la maniobra defraudatoria aquí investigada, por cuanto, a través de estos mecanismos, los imputados directivos del Banco Mayo, violaron los deberes legales y estatutarios a su cargo, petjudicando los intereses de la entidad financiera que regenteaban, así como los de los numerosos inversionistas que en ella confiaron, para beneficiar a personas jurídicas y / o físicas, de inocultable relación con ellos -entre las cuales, cabe contar a los imputados Naftali y Charur-, cuando no a ellos mismos, con una evidente y grosera finalidad de lucro ilícito.
El rol que le cupo a cada uno de los imputados, juntamente con la participación que en todo ello tuvieron Naftali y Charur, será objeto de oportuno y posterior tratamiento.
Operación Irregular con Icatur S.A.:
La empresa Icatur S.A. es una sociedad anónima constituida en Uruguay el 15/2/95. La sociedad, según acta de Directorio del 13/11/95, resuelve su inscripción en la Rep. Argentina, fijando domicilio legal en Av. Córdoba 2415 piso 70 y designando representante legal y apoderado al Sr. Rafael Charur, pero decide no asignar capital en el país. .
Constataciones efectuadas por personal del B.C.R.A. permitieron establecer que en el domicilio citado había una oficina cerrada con el cartel “RCI”, mientras que en el piso superior operaba la firma “Telemarketing el Peñón” que, desde hacía un año atrás, promocionaba el complejo turístico “Esturión de Montoya” y recibía la correspondencia de Icatur S.A., limitándose a remitirla a su sede de Montevideo, Uruguay.
Respecto de Rafael Charur, apoderado y/o director y/o representante legal de Icatur S.A. en Argentina, se determinó que, a su vez, se desempeña como vicepresidente y apoderado de Viviendas Mayo C.L. sociedad deudora del Banco Mayo y que la propia entidad bancaria había informado como “vinculada” al banco. Además, también sería Presidente de Esces S.A. y accionista de Bien Familiar S.A., Weiter S.A. y Hides S.A./Halbour S.A., empresas estas que efectuaron operaciones con el Banco Mayo relacionadas a subrogación de cartera crediticia por mora o incobrable.
Por su parte, conforme surge de los registros de firma de cuenta corriente y de lo por él declarado al momento de indagárselo, el nombrado resulta ser hijo de Sara Beraja y estar casado con Ruth Lilian Bigio, hermana de Raquel Bigio, quien, a su vez, es esposa de Rubén Beraja -presidente- y prima-hermana de Alfredo Bigio -consejero-, ambos del Banco Mayo.
A su vez, el imputado Isaac Raimundo Duek, integrante del Consejo de Administración del banco, es socio de Charur en Icatur S.A., conforme ambos los admiten.
a. Compra-venta de derechos de uso y goce de tiempo compartido:

Según el Informe, efectuado por Claudia Cagide, Paula Vaisberg y Alicia I. Miyashiro para la Dra. Elba Castaño, requerir la verificación del B.C.R.A. los balances diarios del Banco Mayo, se constató en el rubro “Bienes Diversos” un crecimiento de $ 24.000.000 para el día 23/9/98.
Consultada la documentación respaldatoria de dicho incremento, se verificó la existencia de un contrato por el que el Banco Mayo había adquirido a Icatur S.A. 1200 semanas de tiempo compartido -en acciones de clase “B”- en el complejo turístico denominado “Esturión de Montoya” de Punta del Este, por la suma de u$s 24.000.000, a ser pagados entres pagos parciales de diferentes montos.
Como dichos pagos no fueron cumplidos en el plazo estipulado, el Presidente del Banco, Rubén Beraja, informó al. B.C.R.A., que se había autorizado a Icatur S.A. a girar en descubierto sobre la cuenta corriente que ésta tenía en el Banco Mayo. Al compulsarse los extractos de cuenta corriente N° 97/011817/0 de Icatur S.A., se observa el 21/9/98 un crédito a su favor por $ 24.000.000, que compensó el descubierto que tenía esta firma por $ 22.762.718,92, Y que no constaba en el detalle de los movimientos por pantalla para el mismo período.
La irregularidad comienza con la aprobación de la operación en sí, mediante acta, de fecha 2/7/98, suscripta por el Dr. Beraja, como Presidente, y el Dr. Ricardo E. Tobal, como Secretario, por la que el Consejo de Administración y la Comisión Fiscalizadora del Banco Mayo trató la conveniencia de la operación y aprobó dicha compraventa; continúa perfeccionándose con la efectivización de la firma del contrato, el 5/8/98, entre el Dr. Beraja, por el Banco Mayo, y el Sr. Sebastián P.G. Dragubitzky, en representación de Icatur S.A.; y termina de consumarse con el pago del precio a través de los retiros de fondos efectuados durante septiembre de 1998 hasta la fecha de registración de la incorporación de dicho activo; persistiendo hasta la exclusión de los activos del banco dispuesta por del Directorio del B.C.R.A.
Toda esta operatoria importó la violación de diversas normas reglamentarias: Al art. 28 inc. “a” de la Ley 21.526, por cuanto la compra directa de ese activo implicó la incursión del Banco Mayo en una actividad comercial no autorizada por el B.C.R.A., centrada en la reventa de tiempos compartidos. A la Comunicación “ A” 2775, Seco 1, pta. 1.1, del B.C.R.A., por cuanto habiendo recibido asistencia financiera por iliquidez transitoria, el Banco Mayo aplicó parte de los recursos líquidos con que había sido dotada para un destino manifiestamente opuesto al que debían destinarse los fondos. Y a la Comunicación “ del B.C.R.A., ya que se detectaron excesos al límite máximo del 90% de la relación entre activos inmovilizados y la responsabilidad patrimonial computable de la entidad, comunicada al sistema el 17 /7 /98 y aplicable a partir de septiembre de 1998. El banco registraba valores que excedían significativamente dicho límite con anterioridad a que rigiera la citada relación, a pesar de lo cual adquirieron este nuevo activo incrementando el desfasaje en la relación al elevarla al 234 %.
Asistencia crediticia en cuenta corriente:
Del análisis de los extractos de cuenta corriente de Icatur S.A., surge que, con anterioridad a la acreditación a su favor de un crédito por $ 24.000.000 el día 21/9/98, dicha empresa registraba un saldo deudor de $ 22.762.718,92 que, merced al crédito apuntado, pasó a ser positivo en el orden de los $1.237.281,08. Pero, para el 25/9/98, según memorando interno del Banco Mayo de Casa Matriz a Contaduría General, dicha cuenta registraba un nuevo saldo deudor por $15.321.794,57, información que, surgiendo corroborada de los extractos de cuenta, viene a graficar la magnitud de la asistencia crediticia adicional que tal empresa recibió por parte del Banco Mayo en tan breve lapso de tiempo.
Por otra parte, le observaron acreditaciones adicionales en esta cuenta por $ 1.260.000, en concepto de reintegro de intereses, al 15/9/98, y la devolución del precio de venta relacionado a un contrato que había sido suscripto el 18/2/98, por $ 2.400.000, en operaciones que, según consta en sus
respectivos comprobantes, fueron autorizadas por el propio Presidente del Banco Mayo, y sobre las cuales no se otorgó explicación alguna al B.C.R.A.
Con relación a este tema, y del análisis del legajo de crédito correspondiente a esta firma, se advierte que, por nota de fecha 11/12/97, del Presidente del Banco, Rubén Beraja, a Icatur S.A., se había resuelto acordarle una asistencia crediticia de tipo “revolving” por un máximo de u$s 5.000.000 mensuales; u$s 1.000.000 adicionales por descubierto en cuenta corriente y entre u$s 850.000 y u$s 6.800.000 como préstamos de inversión, cifras éstas que no alcanzan a explicar los adelantos de fondos en cuenta corriente percibidos por Icatur S.A. en tan corto lapso.
A su vez, los débitos registrados en esta cuenta por pago de cheques, entre el 7/9/98 y el 22/9/98, que generaron los saldos deudores antes referidos, alcanzaron a cubrir la suma de $ 35.739.000, siendo percibidos en su totalidad por Sebastián Dragubitzky y Rafael Charur, en sus respectivos caracteres de apoderado y Director de Icatur S.A.
El carácter delictivo del hecho -Su subsunsión en la maniobra global de administración fraudulenta:
La operatoria antes descripta constituye también un aspecto más de la maniobra global de administración fraudulenta que aquí se investiga, habida cuenta que representa un innecesario e injustificado compromiso de los fondos dinerarios e intereses de la persona jurídica Banco Mayo, cuyo patrimonio está netamente diferenciado de los de sus directivos.
A través de la realización de una operación de neta naturaleza comercial, que no es propia ni permitida a la actividad bancaria, juntamente con el otorgamiento de la asistencia financiera de referencia, los directivos del Banco Mayo incurrieron en la acción típica propia de la figura que nos ocupa “perjudicando los intereses confiados”, en este caso, los del banco y los de los ahorristas que, por intermedio de dicha entidad, confiaron en sus autoridades.
El perjuicio que se deriva de ello es evidente para la situación del banco y para los inversores del mismo. En este sentido, de acuerdo a la información aportada al 8/10/99 por el Banco Comafi S.A. -administrador del fideicomiso ACEX-, Icatur S.A. adeuda al Banco Mayo, al 2/12/98 la suma de $ 28.372.514,63, sin que se adviertan cancelaciones parciales, ni propuesta de pago alguna, información esta que difiere de la que la propia firma hace constar en sus libros por una deuda de $ 15.786.361,52 Además, en dicho informe pericial surge que, en el mes de septiembre de 1998, hubo retiros de la cuenta de Icatur S.A. en el Banco Mayo, afectados a compras de acciones de uso y goce y cancelación de documentos con Casa Matriz, por un total de $ 35.839.000.
Por su parte, en el informe brindado por la Administradora de Activos S.A. al Banco Comafi S.A., de fs. 21/25 del expte. del B.C.R.A. N° 012-2540, se resalta que “los activos a recuperar dentro del fideicomiso, que tienen que ver con Icatur S.A., se consideran de escasa o nula o probabilidad de cobro. Los créditos por compra de semanas de tiempo compartido, se encuentran prácticamente en una situación similar.”, opinión esta que resulta compartida por los expertos del Citibank, del Banco Comafi y del B.C.R.A., según se desprende de fs. 29 del citado expediente.
Es manifiesto, por tanto, que, merced a esta operatoria irregular, ajena a la práctica bancaria, Icatur S.A. percibió un beneficio económico al que, de haber obrado el banco dentro de los márgenes legales, no habría podido acceder. Dicha característica convierte a dicho beneficio en un lucro de carácter ilícito, que es, precisamente uno de los elementos exigidos por el tipo penal en estudio.
¿Quiénes estaban detrás de toda esta operatoria, beneficiándose con ello? Pues nada más ni nada menos que el concuñado del Presidente del Banco Mayo -Rubén Beraja-, el Sr. ,Rafael Charur, quien, a su vez, resultaría ser primo político de uno de los consejeros del mismo -Alfredo Bigio- y tiene como socio en Icatur S.A. a Isaac Raimundo Duek, quien al igual que Beraja y Bigio, integra el Consejo de Administración del referido banco.
El Banco Mayo no tenía por qué inmiscuirse en la realización de un “negocio” de esta naturaleza. En este sentido, no pueden merecer crédito las explicaciones dadas por el presidente de la entidad,
Dr. Rubén Beraja, al momento de ser indagado, cuando trató de hacer ver que, debido al acuciante apremio de que la entidad venía siendo objeto por parte del B.C.R.A., se vio obligada a recurrir a alternativas de inversión o de “negocios” que le dieran la liquidez y solvencia que el B.C.R.A. le estaba exigiendo, contexto éste dentro del cual-según el imputado se resolvió la operatoria de Icatur.
La explicación así dada no resiste el menor análisis y debe ser descartada de plano. El Dr. Beraja, como presidente de la entidad, con amplia experiencia en el ámbito bancario y profesional del derecho, no puede desconocer que el banco que presidía no podía incursionar en manejos de estas características, cualquiera fuese la situación de que se tratase. De admitirse como válido su argumento, entonces, por ejemplo, el Estado Nacional, ante una difícil situación económica, estaría habilitado a recurrir a la explotación de negocios que, por ley, le están vedados, bajo la excusa de procurar salir de la mala coyuntura. Habrá de advertirse que dicho argumento, tratando de invocar un artificial e inexistente “cuasi-estado de necesidad”, como justificante es, por cierto, del todo incorrecto y falto de asidero lógico y legal.
Los bancos no pueden” explotar por cuenta propia empresas comerciales, industriales, agropecuarias o de cualquier otra clase, salvo con expresa autorización del Banco Central...”,
Una empresa comercial, en el sentido estipulado por la ley de referencia, no es sólo la simple organización de una persona jurídica, sino la realización de un “emprendimiento” o “actividad”, concepción por cierto más amplia del vocablo “empresa”.
De acuerdo a lo expuesto, un banco no puede realizar actividades o emprendimientos de naturaleza comercial, aún cuando el banco fuere, de los llamados “Bancos Comerciales”, denominación ésta que responde a una categorización convencional y no a la naturaleza de los actos que está autorizado a efectuar un banco.
La limitación de su actividad está supeditada a que el Banco Central le conceda una expresa autorización para incursionar en una determinada y específica empresa, pero dicha autorización no puede ser lisa y llana, sino que, debe fijar “límites y condiciones que garanticen la no afectación de la solvencia y patrimonio de la entidad”. De lo expuesto, es manifiesto que, la finalidad que la norma misma persigue al limitar las incursiones de un banco en emprendimientos de naturaleza comercial o de cualquier otro tipo, es, precisamente, la de resguardar la solvencia y patrimonio del banco.
En la maniobra descripta, no sólo el Banco Mayo no requirió la expresa autorización del B.C.R.A. para efectuar dicha operación sino que, en violación a la ley y a la normativa del B.C.R.A. incursionó en una actividad vedada que contribuyó a “afectar su solvencia y patrimonio”.
Como es de notar, no caben dudas de que la realización de una operación de esta naturaleza, contraría los fines propios de la actividad bancaria, en abierta violación a la normativa legal que la rige. Ello, sin entrar a considerar que, dicha operación y el financiamiento otorgado en cuenta corriente a la compañía Icatur S.A., importaron, de hecho, y más allá de las ficciones legales de las que generalmente se echa mano en este tipo de casos, abusando de la personalidad jurídica, la incursión en una actividad prohibida para los bancos -y ya no limitada- por la ley, como es la de “operar con sus directores y administradores y con empresas o personas vinculadas con ellos, en condiciones más favorables que las acordadas de ordinario a su clientela”.
Sobre el particular, merece recordarse la vinculación por parentesco de Charur con el Presidente y un consejero del banco, su carácter de accionista de la entidad bancaria, por intermedio de Viviendas Mayo, entidad que, como se verá, resulta ser acaso la más estrechamente ligada al Banco Mayo, y su asociación en Icatur con lsaac Raimundo Duek, quien resulta ser, a su vez, también consejero del Banco Mayo.
Más allá de la ficción legal que se pretenda urdir, abusando del concepto de personería jurídica, al tratar de afirmar que el Banco Mayo contrató con Icatur S.A., aseveración ésta que, al menos,
formalmente, resulta correcta, lo cierto es que, fácticamente, detrás de todo esto, Beraja y Bigio, por intermedio del Consejo de Administración del Banco, estaban contratando con un familiar de ambos, Charur, quien a su vez, se amparaba en la pantalla que le ofrecía hacerlo bajo la apariencia de Icatur S.A. El caso resulta aún más patente en el caso de Duek, quien, dentro del esquema expuesto, bien podría decirse que, de hecho, contrató consigo mismo.
Aceptar esta realidad, por sí sola no importaría irregularidad ni delito alguno, salvo -claro está- que las condiciones de esta contratación sean más beneficiosas que las que usualmente estipula el banco en el habitual trato con su clientela ordinaria. y en este sentido, si se atiende al examen pericial contable formulado por los idóneos, en el que, entre otros conceptos, se refiere que Icatur S.A., sucursal Argentina, a la luz de su balance general, posee un patrimonio neto al 30/04/98 de $ 1.230.629,70, Y que, por otra parte, se tuvo a la vista una certificación de integración de capital por $12.000.000 de fecha 25/06/98, sin aclararse la forma de integración, ni justificación de valores en caso de haberse realizado la especie, habrá de convenirse con el suscripto en que, ciertamente, las condiciones de realización de una contratación de por sí prohibida al banco eran evidentemente inusuales y más beneficiosas para Icatur S.A. que las que ordinariamente tenía el Banco Mayo para con el resto de su clientela, circunstancia ésta que, a la luz del cotejo de las composiciones de Icatur S.A. y del propio Banco Mayo, terminan por confirmar el carácter ilícito de la operatoria
De lo expuesto, estimo que, dentro de las características de provisoriedad propias de este estadio procesal, están reunidos los elemento suficientes como para considerar a toda esta irregular operatoria con la firma Icatur S.A. como un aspecto más del delito de administración fraudulenta que aquí se investiga y que habrá de analizarse, desde el punto de vista estrictamente jurídico, en el capítulo que sigue.
Análisis Jurídico de la Imputación:
Los sujetos que integraron el Consejo de Administración del Banco Mayo C.L. y que fueron indagados en esta causa, están imputados, desde el punto de vista jurídico -es decir, abstraído de circunstancias fácticas- por haber perjudicado -en forma directa-los intereses patrimoniales de la citada cooperativa e, indirectamente, los de sus accionistas y ahorristas al violar sus deberes como directivos de la entidad con el fin de procurar para ellos y/o terceros un lucro indebido.
El hecho descripto en el párrafo que antecede es calificado “prima facie” esto es defraudación por administración infiel habida cuenta que las irregularidades analizadas en el capítulo anterior -sin entrar a analizar los elementos de este último tipo penal- sólo podrían encuadrar en la acción de “comprometer injustificada mente el patrimonio” de la entidad, pero la misma se revela insuficiente, toda vez que, como se vio, la maniobra global urdida por los imputados, a través de las irregularidades descriptas.
Sentado lo precedente, y entrando ya al análisis de la figura que nos ocupa, cabe verificar, en primer lugar, si se dan en el caso las calidades que el tipo en estudio exige para ser autor. Debe tratarse de personas que, por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tengan a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos.
Es decir, los tres tipos de relación funcional requeridas por la figura en estudio se dan en el caso de los consejeros, al menos conforme surge de los elementos obrantes hasta el dictado de la presente. Ahora bien, ello no es suficiente para considerar que los imputados reúnen las calidades exigidas por el tipo, por cuanto la misma figura exige una causa o título para la existencia de dichas relaciones funcionales: que las mismas hayan tenido origen en una disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico. Corresponde pues también verificar tal extremo.
Cierto es también que habrá de admitirse que el Presidente y los Consejeros de una sociedad cooperativa detentan tales relaciones funcionales en razón de dos de las causas exigidas por el tipo.
Por un lado, porque la ley nacional 20.337 de sociedades cooperativas les confiere dicha calidad y, por el otro, porque el estatuto constitutivo de la misma sociedad.
Resulta claro pues que los imputados no tuvieron el manejo, la administración y el cuidado de los bienes e intereses pecuniarios del banco que dirigían por un capricho del azar, por una mera costumbre o por una simple situación de hecho, sino que ello fue así porque hay una ley y un acto jurídico -como mínimo- que les dieron dicho poder y su consecuente responsabilidad.
La ley penal también exige que dichas relaciones funcionales recaigan sobre bienes o intereses pecuniarios ajenos, es decir, distintas a los del propio autor. Nadie puede dudar que el Banco Mayo C.L. fuera una persona jurídica y, por tanto, sujeto de derecho distinto a los de los propios imputados. La ajenidad del objeto sobre el cual se verifican tales relaciones funcionales es patente “Hay que destacar -en materia societaria- que los bienes e intereses pecuniarios que manejan los administradores son siempre ajenos...”
Como consecuencia de ello, habrá de concluirse -con el grado de provisoriedad exigido en este estadio- que los imputados reúnen en sí las calidades objetivas requeridas por el tipo para ser autores de la figura cuya comisión se les reprocha.
¿Los imputados perjudicaron los intereses que le habían sido confiados u obligado abusivamente al titular de los mismos, en este caso, al sujeto de derecho Banco Mayo C.L.? La respuesta en esta instancia, con el mismo grado de provisoria certeza antes mencionado, resulta ser afirmativa.
En efecto, tal y como se ha analizado “ut supra”, en cuanto a las irregularidades advertidas en la referida entidad bancaria, no cabe sino concluir que las maniobras efectuadas en el Consejo de Administración del banco, del cual los imputados eran integrantes -y, en el caso de Beraja, además, su máximo representante
¿En qué consistió tal perjuicio? Es una pregunta retórica que, a esta altura de los acontecimientos, entiendo que ya ha sido respondida con la contundencia de las constancias informativas, documentales y pericia les arrimadas a este expediente, y han sido objeto de oportuna evaluación en esta misma resolución.
En una palabra: no cabe sino concluir que los imputados habrían perjudicado en su gestión los intereses societarios que les habían sido confiados.
Ahora bien, la norma en cuestión no se conforma con exigir el perjuicio, sino que requiere, en el aspecto objetivo, que dicho daño sea producto de una violación de deberes del sujeto activo. Tal aspecto corresponde también sea corroborado.
Así se ha entendido que “ En doctrina se distinguen dos supuestos delictivos; el tipo de abuso por un lado y el de quebrantamiento de fidelidad por el otro. El segundo se satisface con que el autor, contraviniendo deberes de fidelidad, perjudique los intereses patrimoniales que le han sido confiados y a cuyo cuidado se encuentra. Resulta claro que no es imprescindible que el autor tenga poderes de disposición sobre bienes ajenos para que su conducta pueda ubicarse en aquélla, ya que quien se encuentra simplemente al cuidado de pertenencias de otro, aunque carezca de poderes dispositivos, también puede perjudicar los intereses confiados “violando sus deberes”.
¿Cuándo se da esa violación de deberes? Pues, cuando se incumplen las obligaciones o se exceden las facultades propias de la relación funcional que detenta el sujeto activo. La figura en estudio es un tipo especial de defraudación, conocida por su modalidad comisiva, denominada “abuso” o “infidelidad”. El tipo penal que nos ocupa, entre los delitos contra la propiedad, tutela intereses patrimoniales, pero específicamente brinda protección a éstos, cuando los mismos han sido “confiados” a otro, por un título lícito, a fin de que dicha “confianza” no sea “defraudada”. De ahí la llamada “infidelidad”, pues el que ha recibido el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, es decir, quien se ha convertido lícitamente en depositario de la confianza ajena, transgrede los deberes
propios del título en virtud del cual detenta esa confianza y es “infiel” al mandato que le había sido conferido, ocasionando un perjuicio en el patrimonio ajeno.
“En la infidelidad defraudatoria debe conocerse que se viola el deber de cuidado del patrimonio ajeno, en detrimento de los intereses confiados.”
“De lo expuesto podemos concluir diciendo que los deberes que violan los administradores son los establecidos por la ley, la autoridad o el acto jurídico, al excederse en las atribuciones conferidas sobre los intereses confiados, a través de la comisión de cualquiera de las acciones típicas que ocasionan un perjuicio. Para ello, los deberes deben versar sobre actividades que otorgan al sujeto activo cierta independencia y responsabilidad.”
Y si los deberes supuestamente transgredidos deben ser evaluados respecto de la relación funcional que detentaba el sujeto activo, debe atenderse a la causa de dicha relación y a las obligaciones que de dicha causa se siguen. En el caso que nos ocupa, siendo que los deberes societarios que pesaban sobre los imputados, lo eran en virtud del estatuto de constitución de la cooperativa -que es un acto jurídico-, pero el que, a su vez, se enmarca en el régimen legal de constitución y funcionamiento de las sociedades de ese tipo establecido por la ley, no cabe sino concluir que los deberes presuntamente violados por los imputados eran deberes legales, emanados e impuestos por disposición de esa misma ley, establece, además la aplicación supletoria del régimen de las sociedades anónimas, regulado por la ley.
Así “Los directores responden ilimitada y solidariamente hacia la sociedad, los accionistas y los terceros, por el mal desempeño de su cargo así como por la violación de la ley, el estatuto o el reglamento y por cualquier otro daño producido por dolo, abuso de facultades o culpa grave ...” establecen el deber de “obrar con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios” en la administración y representación de la sociedad, prescribiendo la seria y grave responsabilidad que se deriva de su inobservancia.
Y, como es de notar, dadas las irregularidades advertidas, no parece factible que los imputados hayan obrado con la lealtad y la diligencia que la ley les requería para el ejercicio de su función. Función ésta que, justo es destacar, no queda limitada al reducido ámbito de la cooperativa que dirigían, sino que la trasciende.
Así, merece considerarse cuáles son los fines, por cierto, altruistas que las cooperativas persiguen y de los cuales el imputado Beraja -principalmente- intentó hacer gala: “El cooperativismo aspira a la realización plena del hombre, con libertad, con predominio de los valores éticos fundamentales de fraternidad y solidaridad humanas. Quiere deponer los factores egoístas de nuestra sociedad, eliminar la idea de “lucro” y realizar las capacidades plenas del hombre poniendo el desarrollo económico y tecnológico al servicio del bien común, que es ponerlo al servicio de todos los hombres, sin distinciones de raza, credos o concepciones políticas. Aspira a un desarrollo económico que sea impulsor del desarrollo integral, ético, cultural, político y social, que crezca horizontalmente, que alcance a todos los hombres y a todos los pueblos.”
Tales fines que, no parecen haber sido observados en la especie, sino todo lo contrario. Una vez más la forma de un fin altruista parece haberse erigido como excusa o pantalla válida para abrigar una finalidad de “lucro” que, en este caso, repugna al orden legal. Así, los directivos del Banco Mayo, aquí imputados, no sólo habrían actuado movidos por el afán de beneficiarse económicamente ellos y/o sus allegados, sino que, además, habrían repartido tal beneficio, en un círculo cerrado y sectorizado, ajeno por cierto a los fines de apertura que declamaban como cooperativistas.
Ello, sin contar que, en razón del especial objeto del Banco Mayo -la actividad bancaria y financiera-, el comportamiento de los imputados extiende sus efectos y consecuencias más allá de los muros de la entidad, afectando a ahorristas particulares -ajenos a la cooperativa-, a la fiabilidad y sólida intercomunicación del sistema bancario nacional y, en general, a toda la comunidad, en la prestación de un servicio de vital y estratégica importancia para el normal desenvolvimiento de la
vida moderna.
“También el Tribunal Supremo Español admite el interés social al afirmar que los delitos financieros son “conductas antijurídicas que lesionan el tráfico comercial, mercantil o estrictamente financiero, porque atañen directamente al interés social del orden público económico, por ausencia de sumisión al deber propio de las sociedades mercantiles y al interés mismo del Estado.”
Comprobada dicha violación a los deberes que eran inherentes a sus funciones, con lo que se completa el análisis de la faz objetiva del tipo, sólo resta dedicarse a la faz subjetiva del mismo, el que, en la especie, requiere específicamente que la acción típica -ya analizada- tenga por fin procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o, en su caso, solamente causar daño.
Es decir que, además del dolo, que hace al conocimiento por parte del autor de los elementos objetivos del tipo y su intención de realizarlos , se requieren en la especie particulares elementos subjetivos que, en este caso, adquieren dos posibles matices: o bien, se comete la acción típica con una finalidad de lucro ilegítimo -esto es: al que lícitamente no se tiene derecho- para el propio autor o para terceros o, simplemente, se la ejecuta con el fin de causar daño.
Pero, previo a ingresar al análisis de estos elementos subjetivos, corresponde determinar si hubo o no dolo en la acción imputada a los encartados. Resulta manifiesto a esta altura de los acontecimientos que los imputados tenían conocimiento de las circunstancias objetivas del tipo penal que aquí se les enrostra. Es decir, no sólo conocían las relaciones funcionales que los ligaban al banco, sino que, también conocían los títulos en virtud de los cuales las poseían, la ajenidad de los bienes e intereses que les habían sido confiados, la violación de deberes en que incurrían con sus conductas y el consecuente perjuicio para terceros que de ello se derivaba.
Y con el pleno conocimiento de tales circunstancias objetivas, aseveración ésta de la que no cabe dudar, al menos hasta ahora, habida cuenta que ningún elemento de prueba de los arrimados a este expediente la desvirtúa, sino que, muy por el contrario, la sostiene, los imputados habrían decidido libre y voluntariamente realizarlas.
Es decir, tenían el dominio de la acción típica y de todas sus circunstancias concomitantes y, a sabiendas del perjuicio que se irrogaba, decidieron llevarla a la práctica, extremo éste que, en grado sumo, viene a cerrar la configuración del núcleo del tipo subjetivo enrostrado, esto es el dolo.
Pero la figura en cuestión no se detiene en ello y requiere además -como se dijo- de un ingrediente subjetivo adicional que, en la especie, puede adoptar dos formas alternativas, según sea la finalidad tenida en mira por el autor al momento de realizar la acción.
Si nos atenemos a la primera de dichas finalidades, esto es al fin de lucro, resulta claro que, al menos con los elementos de prueba reunidos hasta ahora, la infidelidad con que habrían actuado los imputados en su gestión al frente del Banco Mayo C.L. reportó un beneficio patrimonial ilegítimo, sino a ellos, a terceros que aparecen vinculados a ellos.
Así, se ha determinado en autos la existencia de cuantiosos créditos otorgados por la entidad en favor de personas físicas y/o jurídicas estrechamente ligadas a los directivos del banco -cuando no de ellos mismos-, comprometiendo el patrimonio social y la liquidez financiera de la entidad, y que representó un manifiesto lucro para los beneficiarios de tales préstamos al que lícitamente no hubieran podido acceder. Tal circunstancia convierte al beneficio por ellos percibido en ilegítimo o, para emplear los términos escogidos por el legislador al redactar el tipo penal sub-exámine, en el lucro “indebido”, que viene a completar las exigencias subjetivas de la figura imputada.
Pero si se prescindiera de toda consideración en relación a la existencia o no de un lucro indebido en favor de alguien, aún resta ver si la segunda alternativa subjetiva requerida por el tipo penal que nos ocupa se verifica o no en la especie. Es decir, la mera finalidad de “causar daño”.
Sobre el particular, bien podría decirse que la finalidad de lucro indebido antes examinada, en la

medida que trasunta la obtención de un beneficio patrimonial ilegítimo, importa siempre un perjuicio. Pues el objetivo propuesto de obtener un lucro al que lícitamente no se tiene derecho, importa lógicamente la producción de un daño injusto, circunstancia ésta que, va de suyo, queda abarcada por el mismo núcleo del tipo subjetivo.
“La práctica social indica que quien quiere y conoce el perjuicio, tanto en la infidelidad como en el abuso defraudatorio, está guiado, generalmente, por el afán de obtener un lucro indebido. Es un acompañante casi natural del dolo eventual o del dolo directo, aunque, como vimos, la ley no lo exige en este último caso. En suma, el modelo típico recoge un dato de la realidad, como en el ejemplo del administrador de la empresa comercial que confiere créditos a un cliente insolvente o el supuesto del directorio de un banco o entidad financiera que concede un préstamo a una entidad vinculada insolvente; en ambos casos el autor puede actuar con dolo eventual o con dolo de consecuencias necesarias, pero es el afán lucrativo el elemento que generalmente acompaña su acción.”
“El daño al que nos referimos, está dado por la conciencia de dañar dolosamente los intereses pecuniarios del patrimonio ajeno, como podría ser manejar el patrimonio caprichosamente hasta colocar al sujeto pasivo en estado de insolvencia.”
“Se llega a la punición ante la evidencia del quehacer delictual, porque el agente al ejercitar las acciones a su cargo u omitir las que corresponden al rango de sus obligaciones, no tiene sino en consideración las ventajas de un lucro insalvablemente indebido y con conciencia absoluta de ser violatorio del derecho ajeno, o no se detiene ante la certeza del daño ocasionable en el bien ajeno o los intereses pecuniarios representados, los que aparecen enfrentados con la propia violación de sus deberes.”
Las irregularidades detectadas en el manejo, la administración y el cuidado de la entidad bancaria, la ligereza con que se habrían otorgado préstamos y realizado operaciones comerciales de dudosa regularidad máxime en un contexto de iliquidez -que tornaba totalmente desaconsejable una práctica de esa naturaleza, la captación de supuestos” incautos” para invertir en” mesas de dinero off-shore” y el engaño a la autoridad pública de control al solicitar su ayuda, son por demás demostrativos de lo que subyace detrás de tales irregularidades.
Una “política crediticia” del cariz señalado, conforme a la jurisprudencia y doctrina que, a continuación, se cita, aparece” prima facie” incursa en el terreno de lo delictivo.
Es que, en materia bancaria y financiera, al analizarse los supuestos de la figura penal que nos ocupa, “Las obligaciones abusivas más frecuentes son: el otorgamiento de créditos sin causa, sin garantías o con garantías insuficientes.”
Por ello, “Cabe concluir que los directivos de entidades financieras pueden hallarse incursos en el delito del Código Penal por razón de las operaciones efectuadas con trasgresión de las reglamentaciones del Banco Central, aún en los casos en que actúen con la conformidad o aquiescencia de los titulares o accionistas del capital del banco, en la medida en que perjudiquen a los clientes y depositantes de la entidad con inversiones indebidas o clandestinas como consecuencia de las cuales se produzcan la liquidación o falencia de la entidad. Será requisito, asimismo, que el sujeto haya obrado con la conciencia del probable resultado dañoso y admitiendo su acaecimiento, así como que en la motivación de su comportamiento haya existido ánimo de lucro.”
“El grado de vinculación existente entre la institución bancaria y las “empresas vinculadas” prestatarias de aquélla, de por sí solo resultan concluyentes para responsabilizar penalmente a los encausados, mas dado el estado procesal de la causa, constituye un indicio fundamental para determinar el “modus operandi” y con ello demostrar el grado de participación que “prima facie” les pudo haber cabido, más aún teniendo en cuenta las claras y precisas normas del Banco Central en lo

que hace a la política crediticia con relación a este tipo de sociedades, las que exigen un criterio de igualdad de prudencia respecto de las sumas a comprometer en operaciones de este tipo ...Una vez obtenido el control de la sociedad bancaria prestamista, se concedían créditos sin reunir los mínimos requisitos de forma y fondo para las sociedades vinculadas, aún contra la oposición de la auditoría interna por violar las normas del B.C.R.A. sin haber constituido garantías a cambio ...
Sobre este tema, reitero que debe atenderse a los concretos y efectivos datos de la realidad, por encima de las categorizaciones técnicas de la normativa económica aplicable que, en muchos casos, sirve de abrigo o excusa para la impune comisión de delitos que, por un ínfimo margen porcentual, intentan escabullirse por la puerta de lo lícito. Por tal motivo, las debates técnicos, acaso interesantes por cierto, quedan notoriamente reducidos ante la incontrastable realidad de la interrelación de parentesco -sanguíneo, afín y político-, amistad y sociedad que es dable observar entre los integrantes de muchas de las empresas deudoras del banco y los mismos directivos -y sus respectivas familias- aquí imputados, los que se reiteran invariablemente varias veces, en una reveladora coincidencia.
La contundencia de este dato no puede soslayarse y demanda -reitero- de la administración de justicia la aplicación del más mínimo y elemental sentido de la realidad, que debe prevalecer necesariamente en aras del descubrimiento de la verdad real y de una consecuente decisión justa.
De lo expuesto, se advierte que, tal y como lo requiere la figura en estudio, se dan en la especie todos los elementos que hacen al tipo subjetivo enrostrado, tanto general -es decir, el dolo -, como particular, el que está dado por las finalidades de lucro indebido y daño ya analizadas. Tal circunstancia viene a cerrar el aspecto subjetivo, al reunirse plenamente el núcleo del tipo y los demás elementos subjetivos del injusto que, como ha quedado acreditado, se verifican plenamente.
“El dolo constituye en los delitos dolosos el núcleo del injusto personal de la acción y puede conceptuarse por ello como el elemento subjetivo general del tipo: el dolo determina el inicio, el curso, la dirección y la meta de la acción. No obstante, al dolo se suman con frecuencia especiales elementos subjetivos del tipo, que son también componentes del injusto personal de la acción, en tanto caracterizan más detalladamente la voluntad de acción del autor. Como modificaciones de la voluntad típica de la acción, ofrecen, al igual que el dolo, la estructura de la finalidad y se refieren, como éste, al bien jurídico protegido, al objeto de la acción o a la forma y manera de su lesión.”
Como es de notar, sea cual fuera que se escoja de las dos alternativas subjetivas contempladas en la figura en estudio, ambas parecen estar presentes en este caso, circunstancia ésta que, como corolario final, viene a cerrar, al menos con el nivel propio de probabilidad requerido en esta fase, el cuadro de pautas necesarias para determinar la existencia del delito que nos ocupa. Por tal motivo, habrá de recaer el consecuente procesamiento, tomando a todas las irregularidades y demás maniobras en que habrían incurrido los imputados, con violación de sus deberes sociales, como una sola unidad de conducta mantenida en el tiempo.
Ello así, por cuanto “A los fines del delito de defraudación por administración fraudulenta, los episodios infieles no implican reiteración, no convierten al delito en plural, ni multiplican el ilícito, porque se tiene en mira la gestión total del agente. (*)”
Participación Criminal:
RUBÉN EZRA BERAJA, RICARDO ELÍAS TOBAL, ALFREOO BIGIO, LEÓN LANIADO, ISAAC RAIMUNDO DUEK, ABRAHAM FLEISMAN, ALBERTO TAWIL, DAVID MAUK, FELIPE KOMPEL Y SERGIO NORBERTO KOMPEL:
De acuerdo al análisis oportunamente efectuado, y dado el carácter de integrantes del Consejo de Administración del Banco Mayo, de los imputados mencionados en este acápite, es manifiesto que los mismos han contribuido a formar la voluntad de la persona jurídica que regenteaban que, como
todo ente de existencia ideal, va de suyo que no posee, en sentido estricto, voluntad alguna, sino que ésta es el fruto de la conjunción de las voluntades que, legal y estatutariamente, están llamadas a manejarla y representarla.
En este contexto, los imputados aquí mencionados han efectuado su aporte en la decisión que llevó al Banco Mayo a requerir la ya mencionada asistencia financiera por iliquidez transitoria del B.C.R.A. que, como se vio, defraudó al ente de control, sin que puedan alegar los imputados -como pretenden hacerlo un real desconocimiento de la finalidad ilícita perseguida, excusa ésta que, dada la importancia y el nivel de la función que cumplían en el seno de la entidad, aparece increíble.
Así, puede decirse que los mismos deben permanecer afectados a este proceso, acaso más garbosamente que hasta ahora, y dentro del provisorio grado de probabilidad requerido en esta es tapa instructoria, a título de presuntos “co- autores” del delito de estafa perpetrado en perjuicio del B.C.R.A., toda vez que ninguno de ellos, aislada e individualmente, puede decirse que haya ejecutado la acción típica punible ni que haya tenido el dominio del hecho ilícito, sino que la reunión de los mismos ha posibilitado la ejecución de dicha conducta, repartiéndose entre todos ellos el referido dominio fáctico.
En este mismo contexto de co-autoría debe ser evaluada y merituada la intervención de estos imputados en las operatorias, ya explicadas, de las “mesas de dinero”, de la asistencia financiera otorgada e personas relacionadas con la entidad y de las operaciones efectuadas con Icatur S.A.
En el primero de los casos, es manifiesto que muchos de ellos estaban fácticamente inmiscuidos en dicha operatoria así como que los restantes estaban y/o estuvieron al tanto de la misma, al extremo de colaborar con las consecuencias que de ella se derivaron siendo del todo increíble que, en atención al nivel de las funciones desempeñadas y al conocimiento de la realidad del banco, Malik, Kompel -padre e hijo- y Duek desconocieran esta cuestión, como pretendieron hacer ver ante esta sede.
En el segundo de los casos, los imputados han contribuido a conformar la voluntad del ente para asistir de la manera en que se hizo a empresas que, como se vio, estaban, en muchos casos, relacionadas con ellos mismos.
De igual forma, puede decirse que procedieron en las operaciones con Icatur S.A., agregándose a esto un dato objetivo más, cual es el de que, no sólo deben ser imputados a este título por haber contribuido a formar la voluntad del banco en estos hechos, sino que también deben serlo por encontrarse, además, en el otro extremo del hecho, beneficiándose con las consecuencias de esta decisiones, lo que viene a demostrar que innegablemente conjunto de estos imputados tenía el dominio de la maniobra defraudatoria global por la que aquí son procesados, la que, como también se explicó oportunamente, está dada por el conjunto de las maniobras descriptas.
JAIME ZERAJIA HASBANI, JAIME ERNESTO YABRA, GUSTAVO ELIAS D’JMAL:
Hasbani era Síndico del Banco Mayo, Yabra su Gerente Financiero y D’Jmal un empleado del mismo.
En este contexto, es patente que los mismos no han contribuido a formar la voluntad del ente de existencia ideal y que, en este sentido, no hay elementos -al menos, en este estadio- que permitan reprocharles intervención alguna en la estafa urdida en perjuicio del B.C.R.A., por lo que, a este exclusivo respecto, serán beneficiados con el provisional dictado de una resolución en los términos del arto 309 del C.P.P.
De la misma manera, pareciera ser que no podría hacérselos cargar con las consecuencias del delito tipificado en el arto 173 inc. 7º del Código Penal, habida cuenta que dicha figura legal, requiere, en su faz objetiva, determinadas calidades funcionales en el autor, que los imputados de este acápite parecen no reunir.

Lo mismo acontece, al completar la faz objetiva del injusto, cuando se analiza la acción típica propiamente dicha en sus dos modalidades comisivas:”perjudicar los intereses confiados u obligar abusivamente al titular de éstos” ; que si bien se dan en el caso de los consejeros procesados -pues, como se ha dicho, habrían perjudicado en su gestión los intereses cooperativos del banco que les habían sido confiados-, parecen no estar presentes, en cambio, en los sujetos cuya situación procesal aquí se resuelve, toda vez que no contaban con las relaciones funcionales necesarias como para defraudar o abusar de una confianza que no había sido depositada en ellos.
Pero la cuestión no se detiene allí, por cuanto, completo el análisis de la faz objetiva del tipo, restaría avocarse a la faz subjetiva del mismo, el que, en la especie, requiere específicamente que la acción típica -oportunamente analizada- tenga por fin procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o, en su caso, solamente causar daño.
Es decir que, además del dolo, que hace al conocimiento por parte del autor de los elementos objetivos del tipo y su intención de realizarlos, se requiere en la especie particulares elementos subjetivos que, en este caso, adquieren dos posibles matices: o bien, se comete la acción típica con una finalidad de lucro ilegítimo -esto es: al que lícitamente no se tiene derecho- para el propio autor o para terceros o, simplemente, se la ejecuta con el fin de causar daño.
Estos particulares elementos subjetivos del injusto presentes en los directores procesados a la fecha, tampoco parecen estar presentes en los aquí imputados.
En este sentido, resulta innegable que, conforme lo ya ha analizado -a lo que me remito-, Jaime Hasbani era el máximo responsable visible del funcionamiento de “Trust Inversions”, que Gustavo D’Jmal lo era de “Mayf1ower” y que Jaime E. Yabra era el funcionario del Banco Mayo al que reportaban los nombrados en estas dos operatorias, circunstancias éstas que hasta Hasbani y D’Jmal admiten.
La colaboración así prestada por estos imputados reviste un innegable carácter esencial, sin el cual el delito, al menos en lo que a este respecto atañe, no habría podido perfeccionarse. De allí, entonces, el carácter de partícipes “necesarios” o “primarios” que en dicho hecho les atribuyo, siempre dentro del contexto de provisionalidad propio de esta fase procesal.
Lo mismo ocurre con el análisis de los elementos subjetivos, en cuya virtud corresponde determinar si hubo o no dolo en la participación imputada a los encartados, por cuanto la participación criminal en un delito doloso ineludiblemente requiere de dolo.
Resulta manifiesto a esta altura de los acontecimientos que los imputados tenían pleno conocimiento del carácter de la cooperación que estaban brindando a los autores del delito. Los imputados sabían el tipo de “colaboración” o ayuda que estaban prestando.
El rol de Síndico de Hasbani en el seno de la entidad, lejos de toda ingenua excusa que haya intentado esgrimir al respecto, lo coloca en una incontrovertible situación de conocer efectivamente todas aquellas circunstancias que hacían al desenvolvimiento del banco y sus directivos. Lo dicho, se corrobora del examen de las escuchas telefónicas efectuadas en autos, de cuya observación se advierte que el citado imputado se encontraría participando de las gestiones tendientes a encontrar una solución respecto de los damnificados por esta operatoria, revelando un acabado conocimiento de las circunstancias concomitantes a ella, como, por ejemplo, el aparente destino y los beneficiarios reales de todo este manejo.
Del mismo modo, no puede dudarse del conocimiento que sobre la cuestión tenía el imputado Yabra, quien en el elevado cargo de Gerente Financiero, de trato habitual y próximo con las máximas autoridades del banco, era el responsable de supervisar el funcionamiento de esta irregular operatoria, “blanqueándola”, al menos en los números en el propio Tesoro del Banco Mayo, con una modalidad de ocultamiento y sigilo tales que denotan el efectivo conocimiento del carácter ilícito de la colaboración que prestaba.

Similares consideraciones cabe efectuar respecto de Gustavo D’Jmal, quien, más allá de las excusas argüidas, en cuanto a que se trataba de un mero empleado, cierto es que, desde el punto de vista fáctico, se asemejaba en su función e importancia a la de Hasbani, percibiendo por dicha labor una remuneración -que el mismo imputado llegó a admitir como cercana a los cuatro mil pesos mensuales- que no se condice con la de un “mero empleado” sino que, resulta, indicativa, dentro del mundo bancario, de la responsabilidad que sobre esta persona descansaba.
A mayor abundamiento, merece destacarse que, según surge del informe presentado por el Banco Central de Bahamas al B.C.R.A., y que fuera aportado por este último a la causa, el imputado Gustavo Elías D’Jmal era Director de la entidad “The Mayflower International Bank Ltd”, con asiento en Nassau, Bahamas, bajo cuya apariencia se recaudaban fondos en la mesa de dinero que funcionaba en esta Capital Federal, bajo la dirección del nombrado. Cabe agregar que dicha entidad bancaria extranjera dejó curiosamente de funcionar poco tiempo después de que cerrara en nuestro país el Banco Mayo y que, además, en la misma fueron accionistas Rubén Beraja, José Naftali, Víctor l. Liniado, León Laniado y Salomón C. Cheb Terrab, de donde se infiere el evidente grado de conocimiento y estrecha relación que D’Jmal tenía con toda esta maniobra.
Consecuentemente con lo expuesto, y encontrándose reunidos -a juicio del suscripto-, con el grado de provisoriedad requerido en esta etapa procesal, los elementos necesarios a los fines de considerarlos presuntos partícipes o cómplices primarios en el delito investigado, habré de procesar a los nombrados en tal sentido.
VÍCTOR ISAAC LINIADO:
Se trata del Vicepresidente y Gerente General del Banco Mayo. De conformidad con los descargos por él efectuados al momento de ser indagado, que el mismo estuvo gozando de una licencia -por razones de salud- en el desempeño de sus funciones a partir del 1/9/98, por 60 días, motivo por el cual nunca volvió a incorporarse a la entidad, hasta que la misma dejó de funcionar.
En este contexto, debe admitirse, con el grado de provisoriedad propio de esta etapa, que el imputado parece no haber tenido intervención en el pedido de asistencia financiera efectuado al B.C.R.A. ni en la importante asistencia crediticia que el Banco Mayo otorgó a varias empresas, en dicho período, en que el nombrado estuvo ausente.
Por tal motivo, habrá de ser beneficiado con el temperamento provisional previsto por el arto 309 del C.P.P., en cuanto a la estafa urdida en perjuicio del B.C.R.A., extremo éste sobre el que se recabará mayor certeza con el transcurso de la instrucción.
En cambio, distinta es la situación respecto de la imputación que se le formulara por el arto 173 inc. 7º del C.P., toda vez que, sin perjuicio de ser aparentemente ajeno a la operatoria de asistencia financiera a personas relacionadas con la entidad, no puede decirse lo mismo respecto del funcionamiento de las “mesas de dinero” y de las operaciones celebradas con “Icatur S.A.”, que escapan al período invocado en su favor por el imputado, y en las que habría tenido una innegable participación, conforme resulta de los numerosos elementos de prueba ya evaluados, a los cuales me remito.
En este contexto, y siempre en exclusiva relación a estas dos cuestiones, hago extensivas las consideraciones oportunamente efectuadas en el sub-apartado “a” del presente capítulo de “Participación Criminal” -a las que también me remito-, para Víctor Isaac Liniado, quien será procesado por la presunta co-autoría en el ilícito de marras, toda vez que habría contribuido a formar la denominada “voluntad del ente de existencia ideal” en este tipo de operaciones.

ALBERTO ELÍAS LAHAM:
Se trata de quien fuera Sub-Gerente General del Banco Mayo y quien, conforme fuera señalado por algunos testimonios arrimados a la causa habría colaborado con el manejo y las consecuencias del funcionamiento de las “mesas de dinero”, cuya operatoria ya fuera descripta.
Dado la elevada función que le tocó desempeñar en dicha entidad, en la que el propio imputado admitió una extensa trayectoria, y las características de las reuniones en que habría participado a efectos de brindar la colaboración antes referida, no cabe sino concluir que Laham conocía perfectamente el carácter de su cooperación, que no era otro que contribuir al funcionamiento y atenuar los efectos de la crisis de la operatoria de las “mesas de dinero”, respecto de cuya ilicitud es manifiesto que el imputado debía tener acabado conocimiento.
Es éste el único aspecto de la maniobra defraudatoria urdida en que, al menos en este estadio, se verifica la colaboración de este imputado, debiendo ser beneficiado respecto de las demás imputaciones que oportunamente le fueran formuladas, con el provisional dictado de un auto de falta de mérito.
Por ello, dentro de las consideraciones oportunamente efectuadas respecto de las formas de “participación criminal” que realizara en el sub-apartado “b” anterior, las que hago extensivas al presente caso, entiendo que, sin perjuicio de que Laham no reúne en sí las calidades objetivas y subjetivas requeridas para ser autor, debe ser considerado partícipe o cómplice secundario en la comisión de dicho injusto, habida cuenta que -como se expuso- ha brindado un tipo de cooperación -que, aunque secundaria, no deja de ser colaboración al fin- para su consumación y que, para ello, habría tenido cabal conciencia del carácter del aporte que efectuaba, comunicándosele entonces el dolo propio de los autores del injusto.
JOSÉ NAFTALI Y RAFAEL CHARUR:
Se trata de]osé Naftali (Presidente de Viviendas Mayo C.L., Apoderado de Manfisa S.A., Director de Fordemi S.A. y Accionista de Corrientes Palace S.A., empresas éstas todas deudoras del Banco Mayo, siendo las tres últimas del denominado “Grupo Cheb Terrab”) y Rafael Charur (concuñado de Rubén Beraja y primo político de Alfredo Bigio, Representante legal y/o apoderado y/o Director de la Suco Argentina de Icatur S.A., Vicepresidente y apoderado de Viviendas Mayo C.L., Accionista de Bien Familiar S.A. y ex-accionista de Corrientes Palace S.A., deudoras todas del Banco Mayo).
Conforme se expuso abundamente con anterioridad, ambos imputados habrían tenido una inocultable relación con el manejo y funcionamiento de las “mesas de dinero” que funcionaban en el Banco Mayo, al extremo de que habrían participado de reuniones relacionadas con las mismas y que, incluso, en el caso de Naftali, éste habría tenido algún tipo de ingerencia o poder de decisión sobre su funcionamiento.
Por otro lado, tanto Viviendas Mayo C.L. -en que participan Naftali y Charur, junto con un sin numero de directivos del Banco Mayo y personas relacionadas con éstos- como Icatur S.A. -en que participa Charur junto al consejero del Banco Mayo, Isaac R. Duek-, fueron beneficiarias, tanto por la vía del crédito, como por la financiación de descubierto en cuenta corriente, así como por la realización de operaciones comerciales de dudosa -sino nula- regularidad, del dinero del Banco Mayo ilícitamente desviado en favor de ellas.
La activa participación de estos individuos en la realización de estas operaciones constituye un tipo de colaboración -a mi juicio- esencial para el perfeccionamiento del ilícito defraudatorio, al menos en lo que, a estas puntuales maniobras, se refiere.

Este tipo de colaboración necesaria encuentra asidero en las previsiones del arto 45 del Código Penal y es, dentro de las consideraciones oportunamente efectuadas en el sub-apartado “b” anterior de este mismo capítulo -a las que me remito-, que debe entenderse su aplicación.
Así, poco importa que los aquí imputados no reúnan las calidades funcionales sino su efectiva y real colaboración con los autores del delito, con conocimiento y conciencia de dicha cooperación.
Sobre la cuestión, doctrinariamente se ha dicho que: “Es admitida la participación de quien colabora con el sujeto activo, ya sea de manera que sin su ayuda el ilícito no podría cometerse o sólo realizando un aporte secundario. De cualquier forma, el partícipe no tiene el dominio del hecho; por lo tanto, siempre que haya un autor podrá haber un partícipe, debido a que el partícipe depende de éste... Creemos que partícipe puede ser, incluso, alguien ajeno a la sociedad, que colabora con el autor dolosamente.”
Las circunstancias expuestas los convierten en partícipes o cómplices primarios del delito defraudatorio infiel imputado a los consejeros del banco, y por el cual habrán de ser procesados, dejando en claro, desde ya que, en razón de su, al menos hasta ahora, aparente ajenidad, serán beneficiados con el provisional dictado de un auto de falta de mérito en orden a la imputación que sobre Naftali y Charur pesa por posible infracción al arto 174 inc. 5° del Código Penal.
SALOMÓN CARLOS CHEB TERRAB Y HORACIO LEONARDO ALEGRE:
Párrafo aparte merece la situación de los aquí nombrados, quienes, sin perjuicio de aparecer estrechamente relacionados con los hechos investigados en la causa, al menos hasta ahora, presentan una aparente ajenidad formal respecto de los mismos, motivo por el cual -y sin perjuicio de la efectiva prosecución de la investigación a este respecto-, entiendo que corresponde se los beneficie provisoriamente con la adopción del temperamento previsto por el arto 309 del C.P.P.
Ello así, habida cuenta que, a diferencia de las situaciones registradas respecto de los imputados Charur y Naftali -que no son integrantes del Banco Mayo, al igual que estos imputados-, en que se ha logrado acreditar -al menos, para este estadio- su presunta participación en los hechos ilícito s investigados por medio de elementos probatorios directos -tal es el caso de las operatorias de Viviendas Mayo C.L. e Icatur S.A.-, tanto Cheb Terrab como Alegre no aparecen vinculados a estas maniobras a través de elementos de esa naturaleza, sino -al menos, hasta ahora- indiciarios.
Es que las situaciones de las empresas relacionadas a este importante empresario
-Cheb Terrab-, cuya contabilidad es manejada por el Contador Horacio Alegre, empresas éstas entre las que se cuenta, por ejemplo, a Manfisa S.A., parece diferir -al menos, hasta ahora- de las demás empresas analizadas, que presentaban falencias a nivel patrimonial como para endeudarse con el Banco Mayo, al extremo de que, a la fecha, en la mayoría de los casos no han podido saldar estos compromisos con el fideicomiso vigente. No puede decirse lo mismo de Manfisa S.A., por ejemplo, que, a pesar de aparecer, en alguna medida relacionada con esta operatoria -lo que deberá profundizarse en la investigación-, se encuentra en negociaciones de pago, tratando de cancelar su deuda.
Dicho criterio que, reitero, no importa desconocer la aparente contundencia de los elementos de prueba hasta aquí colectados, no empecé al análisis que se continuará efectuando respecto de esta intrincada casuística, a fin de esclarecer acabadamente la cuestión, mediante las conclusiones que aún restan aportar del informe pericial contable actualmente en curso y las demás diligencias que habrá de disponerse en el transcurso de la instrucción sumarial.
Conforme resulta del análisis de las imputaciones formuladas a los sujetos cuya situación procesal aquí se resuelve, al momento de indagárselos, resulta que los mismos están sujetos a este proceso penal, sospechados de haber incurrido en el delito de asociación ilícita.

En este sentido, si bien existen numerosos elementos de prueba que parecen indicar la efectiva y real existencia de dicho ilícito, habida cuenta del carácter organizado con que los imputados se habrían manejado para la realización de los demás ilícitos que se les enrostran, cierto es también que este particular delito presenta aristas de muy difícil análisis, que merecen ser evaluadas -sino profundizadas- con mayor detenimiento a lo largo de la presente instrucción.
Así, resulta fundamental contar con la totalidad de las conclusiones del informe pericial contable actualmente en curso, que comprende el análisis global del manejo de las empresas deudoras del Banco Mayo e, incluso, al manejo de esta entidad bancaria, datos éstos que resultan relevantes a los fines de examinar en su totalidad la existencia o no de relaciones estables y permanentes, de carácter organizado, entre los imputados para la perpetración de sus fines delictivos.
En este sentido, no puede desatenderse, además, que resulta menester efectuar otras medidas de prueba, como declaraciones testimoniales, solicitudes de informes e, incluso, la posible realización de otros puntos de pericia contable, a fin de estudiar detenidamente -como merece- esta situación. Ello, sin contar que, dada la gravedad y peculiaridad probatoria de la figura enrostrada, resulta en grado sumo necesario atender a la evacuación de los descargos efectuados por los imputados, al momento de ser indagados, tarea ésta que es imperativo efectuar, y que, dado lo complejo de la situación, habrá de requerir necesariamente una importante y dilatada labor por parte de este Juzgado, actualmente a mi cargo.
Consecuentemente con ello, habré de adoptar un temperamento provisional, de naturaleza expectante, respecto de los indagados por este delito.

Capítulo IX
COMO VA A TERMINAR ELSZTAIN Y SU GANG
Algunas cuestiones del Gang con la justicia Penal:
Eduardo Elsztain, Felisa Miceli, y los ADR
Para comenzar a hablar de los ADR es conveniente explicar de que se tratan los ADR (American Depositary Receipt) son acciones de una empresa extranjera que pueden operarse en el mercado de valores norteamericano. El manejo delictivo de estos fondos se está ventilando en la justicia.
Como ya es de pleno conocimiento publico Felisa Miceli fue denunciada por “inobservancia de los deberes de funcionario público en perjuicio de la administración pública” y por “defraudación, y por traición a la patria”, ante el juez federal Daniel Rafecas. A lo que un diario porteño informó en agosto del 2007, lo siguiente:
“La justicia investiga una nueva denuncia contra Felisa Miceli, y el titular del Banco Hipotecario, Eduardo Elsztain, entre otros funcionarios, porque habrían perjudicado el patrimonio de la entidad a favor de acreedores extranjeros y porque con su accionar podrían 'llevar al Banco a su vaciamiento'“. También fueron acusados integrantes del directorio del Banco Hipotecario por los delitos de asociación ilícita y prevaricato, en tanto se pidió a la Justicia que se verifique si se configuró el delito de 'cohecho'. En la denuncia se hace referencia a la utilización de fideicomisos, donde quedaban depositados en garantía bienes de la Nación para evitar embargos contra la Argentina que eran obtenidos por distintos fondos extranjeros. Esos fondos debían ser renovados periódicamente para que lo depositado mantenga su 'garantía de indemnidad', sin embargo, según la denuncia, uno de esos fondos fiduciarios 'quedó desguarnecido'. Se trata del fiduciario donde estaban las opciones de las ADR (American Depositary Receipt) 'surgidas de la privatización del Banco Hipotecario”. Las ADR son las acciones de una empresa extranjera que pueden comprarse y venderse en el mercado de valores de los Estados Unidos'. En ese caso se trataba de recursos que estaban pendientes de ser licitados, por lo que se encontraban en custodia de ese fideicomiso. Las acciones del Estado estaban protegidas en el fideicomiso, que venció en febrero y nunca se renovó'. Esa renovación, se encuentra a cargo del área del Ministerio de Economía y Producción, Secretaría y Subsecretaría Legal y Administrativa. Quedaron implicados en la denuncia la ex secretaria legal y administrativa de la cartera económica Estela Palomeque, la subsecretaria legal del ministerio Alejandra Tadei, y directivos y apoderados del Hipotecario, además de Elsztain, Martín Paolantonio y Saúl Zang. Para el letrado hubo una 'operación orquestada con el único fin de que, a través de la utilización de información privilegiada' Paolantonio, vinculado al Hipotecario, 'posibilite la obtención del embargo de las acciones del Banco Hipotecario'. “Los manejos internos poco adecuados en el área legal del Ministerio de Economía durante la gestión Miceli, a cargo de Estela Palomeque y Alejandra Tadei, que permitieron la materialización de un embargo internacional contra las acciones que el Estado posee del Banco Hipotecario, sobrepasa cualquier afirmación de posible negligencia, cambiando únicamente sostener, la pasividad consciente de los funcionarios”. 'Es evidente que el actual grupo controlante pretende ostentar la mayoría real del paquete accionario del Banco Hipotecario, siendo el embargo una vía económica y silenciosa de obtener esa mayoría, a través de sociedades controladas o controlantes'. En la extensa denuncia se describe la maniobra de obtención de embargos, que 'permite la materialización de una situación de copamiento, en perjuicio de los demás accionistas y del interés general de la población”'.

ALLANAMIENTO DEL BHSA
Firmas de balances por el BHSA
En el marco de una investigación que se lleva adelante en torno a firmas de balances (donde también son investigados el contenido de los mismos) del Banco Hipotecario, que habrían sido rubricadas por personas que no asistieron a la asamblea de accionistas, ordenaron el allanamiento de la sede central de la entidad crediticia.
El procedimiento fue dispuesto por el juez en lo penal y económico Guillermo Montenegro y contó con la intervención del fiscal Eduardo Taiano.
En esta investigación se trata de confirmar los balances de la entidad, que habrían sido firmados por personas no autorizadas. Pero surgió que los efectivos que participaron del operativo incautaron el libro de actas del banco Hipotecario.
Pero no es todo. Es que hay denuncias además -como las citadas días atrás por el diario Platense Hoy- sobre que el Hipotecario vende sus derechos a financieras fantasmas que estarían asociadas a la entidad desde julio de 1997 ¿Qué maniobras se esconden en el Hipotecario?
La entidad financiera que fue privatizada y actualmente es gerenciada por el grupo IRSA -que preside Eduardo Elzstain-, tiene su pata en el Estado que aún conserva el 53,9% de las acciones, además posee la acción de oro.
Vale recordar que el Hipotecario viene de una serie de contramarchas sobre todo cuando el ministro de Economía Miguel Peirano comenzó a tomar decisiones puertas adentro de Economía y echó, con el apoyo del presidente Néstor Kirchner, a los dos cuestionados directores por el Estado en el Banco Hipotecario.
Se trataba en su momento de la salida Jaime Grinberg y Jorge March como representantes del Estado en el Hipotecario, dos funcionarios que respondían a la ex ministra de economía Felisa Miceli y que Peirano echó porque quedaron afectados por sospechas de supuestas vinculaciones con la bolsa de dinero encontrada en el baño de la ex ministra.
Recientemente trascendió el allanamiento en la entidad. En efecto según informan medios como Infobae, fuerzas policiales que llevaron a cabo el operativo incautaron el libro de actas del banco, según trascendió al estricto secreto de sumario que acompaña al expediente judicial. La Justicia investiga las firmas de los balances de la entidad financiera, que habrían sido rubricados por personas que ni siquiera participaron de la asamblea anual de accionistas. El material incautado se utilizará, además, para ahondar en la investigación sobre un supuesto desmanejo financiero del Banco Hipotecario.
La ESTAFA por la “Propiedad Participada de los Ex-Trabajadores de YPF” y el patrimonio del Estado Nacional. Banco Hipotecario -Denuncia por ilícito financiero
Este año se constituyeron tres financieras con idéntico capital ($ 30 mil) e idéntico directorio. Dos de ellas funcionan en un mismo departamento. El Hipotecario cedió a ellas varios derechos de hipoteca. Hay más financieras involucradas. Sospechan que estarían asociadas a la entidad
Desde julio de 1997, el Banco Hipotecario Nacional sufrió un proceso de privatización parcial. El Congreso sancionó una ley que dejó para el Estado un 58 % de las acciones y para los grupos privados el resto lRSA, el socio mayoritario, conservó las acciones de privilegio, que valen tres votos cada una y controla la gerencia, es decir, tiene la última palabra.
Aunque desde el Hipotecario repiten hasta el cansancio que la ley que cambió el estatuto del Banco promueve “un interesante equilibrio” para que los privados “no hagan lo que quieran”, la realidad indica que se fue perdiendo el espíritu social con el que fue creado para adoptar una postura netamente comercial.

Actualmente, el Hipotecario vende sus derechos de hipoteca a fondos financieros, sin informarles a sus clientes. De un día para el otro, los deudores hipotecarios se encuentran con que dejaron de deberle al BHN y están en manos de financieras de las que poco se Conoce.
Claro, el argumento del directorio es que “pueden transferir” sus activos sin consultar a nadie, dado que está entre los derechos de una entidad crediticia. Pero si se observa el manejo, se verá que no es del todo claro. “Sacamos un crédito en el año 2000 de 50 mil pesos. Dejamos de pagar en junio de 2003, cuando habíamos cancelado 35 mil pesos. En marzo nos llamaron integrantes de una financiera Argentina Operating Partenrs para decimos que la hipoteca estaba en manos de ellos”, explicó a Hoy Araceli Simón, de 64 años, una platense que se sorprendió cuando atendió el llamado. ¿Pero, cómo? ¿Nunca recibieron una comunicación oficial de la transferencia de una hipoteca? “No, nunca. Para colmo, la financiera nos pedía una suma desorbitante”, añadió.
¿A quién le vende, el Hipotecario, los derechos de hipoteca de la gente que fue a ese Banco con el sueño de la casa propia?
Hay tres financieras creadas en enero de 2007 con el mismo capital, unos 30 mil pesos, y con el mismo directorio. Ahora bien, no sólo comparten integrantes, dos de ellas están en el mismo edificio y en el mismo piso. Corrientes 1820 1º D. A estas financieras, “Argentina Operating Partenrs SA”; “Estudio Corrientes SA” y “SOFMAT SA”, el Hipotecario le transfirió, 4.600 mutuos hipotecarios de la pre y post convertibilidad.
En la composición del directorio hay un nombre que sobresale: el de Marcelo Stubrin, hermano de Adolfo, el titular de la Convención Radical. Además, es un ex diputado nacional.
Según los documentos a los que accedió Hoy en exclusiva, hay otras financieras que se constituyeron con 12 mil pesos de capital y también comparten mismo edificio y departamento. Entre ellas: BH Kabrale, BH Block y BH Kotel. Todas SA que tienen sugestivamente una sigla que bien podría significar “Banco Hipotecario”. O siendo más optimista Baruj Hachem. Los deudores, incluso, sospechan que están asociadas. Stubrin figura en el directorio de las tres primeras “es el ex diputado nacional y hermano de Adolfo Stubrin”.
QUERELLA AL BANCO HIPOTECARIO
En Buenos Aires el 25 de abril 2007 se inicio la presente querella:
El objeto procesal de las presentes se circunscribe a las supuestas irregularidades producidas en el proceso de privatización del Banco Hipotecario Nacional, denominado, luego de su venta, Banco Hipotecario S.A.
Cabe aclarar que dichas conductas habrían sido cometidas en relación al patrimonio del Estado Nacional, dentro de la órbita legal-económica -financiera y del interés social que gira bajo su nombre. Así las cosas, los diputados Bravo, Carrió, Poli¡)9(entre otros, efectuaron una serie de consideraciones respecto a qué delitos se habían incurrido decretando la privatización del Banco Hipotecario Nacional, estableciendo una clasificación de diferentes cuestiones en donde se desprenden, a criterio de los nombrados, diversas irregularidades al respecto, a saber:”
Esbozaron los diputados nacionales que al analizar con profundidad la ley 24.855 se llegó a la conclusión de que los decretos posteriores a la ley, ya referidos, constituyeron una verdadera aberración jurídica, económico financiera y política, que posibilitaba que poseyendo el Estado Nacional el 43, 9 % de las acciones del Banco, no ejerciera el poder de conducción, de manera que sea el mismo Banco Hipotecario el que actúe, instrumentando financieramente una política de vivienda que de respuesta al precepto constitucional que fija el artículo 14 bis de la Constitución Nacional que prescribe el derecho al acceso a una vivienda digna.
El objetivo principal de la privatización del Banco Hipotecario Nacional fue, según lo expresado por su entonces presidente, el Licenciado Pablo Rojo, aplicar el producido de la venta de la mayoría
del paquete accionario, a la constitución de un fondo fiduciario de infraestructura nacional, cuyo objetivo sería financiar un programa de inversiones en obras de infraestructura, lo que no ocurrió, a criterio de .los denunciantes.
Los diputados explicaron que también hubo irregularidades en cuanto a la
decisión de poner en venta las acciones correspondientes al Estado Nacional, indicando que la única explicación de que se lanzara la venta de aquellas, en un momento tan especial como el que atravesaba el país -1998-, era que ese mínimo indispensable correspondía a los límites que determinaba que el sector privado, después de la venta, pasaría a tener el control de la actividad crediticia, toda vez que se encuadraba en lo establecido en el artículo 21 de la ley que determinaba que cuando la tenencia accionaria de los inversores particulares representen un mínimo del 24 % del capital y que las retenga el Estado sea más del 42% como era en este caso, aquella tenencia de acciones iba a representar tres votos en la Asamblea de accionistas ya que la posesión del 25% otorgaba el derecho al 75% de los votos y los grupos económicos que tendrían el 15% de las acciones pasaría a tener el 45% de los votos.
Por el decreto 1394/98, la tan anunciada atomización de la venta por el licenciado Pablo Rojo de forma que ningún accionista tuviera más del 5% del capital, se vio burlada a consideración de los firmantes, al permitir la compra de hasta el 15% a los grupos económicos.
Además, se aduce en la denuncia que esa inédita forma de vender las acciones permitía poder llegar a un control accionario con una muy reducida inversión, considerando que en ello se constituye el ardid y engaño, de una maniobra de estafa preparado y utilizado por el oferente, en franco perjuicio del patrimonio del Estado y en beneficio del grupo accionista.
Se refiere en la presentación que la constitución de un Fideicomiso de Asistencia con el objeto de proceder a la capitalización del Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional de Alcance Nacional, es totalmente extraño al contenido de aquella, y le quita al fondo el manejo de los recursos por la venta de las acciones como preveía la ley referida..
El cuestionamiento de la privatización del Banco Hipotecario Nacional radica a criterio de los diputados, que el Banco Hipotecario S.A. continuador de éste, estaba muy lejos de cumplir con la actividad rectora en el fomento del financiamiento de la vivienda social, a pesar de ser la esencia de su existencia delineada a su vez en la ley de privatización
Añaden que más allá de las pérdidas que generaba la entidad, y que el Estado Nacional debía absorber, se habían constituido sociedades en las que los mismos directores del Banco, han participado como accionistas y directores a los cuales se estarían derivando los negocios propios del Banco, utilizando las siglas del Banco Hipotecario Nacional -BHN-, creando así confusión y un verdadero conflicto de intereses que sin lugar a dudas afectaba a la institución y a la comunidad -
Eso demostraba, que la conducción del Banco en ese momento tenía objetivos totalmente distantes de la función fundamental del Banco Hipotecario de promover soluciones para las viviendas generando una movilización de la industria de la construcción.
Los aquí denunciantes transcriben la nota de la SIGEN en la que el Dr. Rafael Bielsa, en aquel momento, Síndico General de la Nación, cursó al Presidente del Banco Hipotecario S.A. en la que se manifestaba “...contradicción entre el objeto societario central del Banco la mencionada publicidad...” que “... pone en crisis la legalidad de ésta...” recomendando “...la adopción sin demora de las medidas tendientes a asegurar el cese de la difusión y el acatamiento de las pautas expuestas que emanan tanto de la letra como del espíritu de la norma que dispuso la privatización...”.
Se puso de manifiesto también que la última administración del Banco Hipotecario, en uso de la cláusula de ajuste que autorizaba la ley 24.143, fue elevando la tasa de interés -sin otro objetivo aparente que incrementar la cartera de hipotecas- lo que trajo como consecuencia que con el pago
de cada cuota; el deudor no llegara a cancelar el quantum de los intereses capitalizando la diferencia al saldo de la deuda.
Esto llevó a que el Banco Hipotecario Nacional iniciara acciones legales en distintos puntos del país, intentando ejecutar certificados de deudas emitidos por el propio banco, que ha la fecha de la presentación judicial no había podido acreditar ni justificar los mismos, ya que difería abismalmente de los términos estipulados en las escrituras hipotecarias, arrojando supuestos saldos de deuda, que en muchos casos superaban el valor de la vivienda.
Con este proceder, expresan los diputados, se tipificaría el delito de usura ya que una aplicación injusta en el cálculo de intereses, donde se prescinde de principios éticos y de justicia y se aprovecha de la necesidad y la inexperiencia financiera de los deudores, pretendiendo el cobro de intereses evidentemente desproporcionado con las condiciones de equidad, constituye la comisión del tipo penal referido.
En el caso concreto, a entender de los denunciantes, la cuota de interés no llegaba a abonarse por no encuadrarse en los límites previstos y en cada oportunidad de vencimiento, el deudor no podía abonar los mismos, los que se acumulaban al capital adeudado, con lo cual, cada vez, a pesar de pegar las cuotas razonables que debiera, el deudor veía incrementada su deuda.
Por último, refieren que existía un alarmante grado de confusión entre las operatorias de las instituciones Banco de Crédito y Secularización (B.A.C.S.), el Banco Hipotecario S.A. (B.H.S.A.) y la firma First Trust of New York National Association, que se da específicamente en los roles asumidos en los contratos de fideicomiso, ya que el Banco Hipotecario era el generador de hipotecas y se colocaba en la situación de fiduciante, en tanto, el First Trust of New York National se ocupaba de ser el agente fiduciario, pero no sólo del hipotecario, sino también del Banco de Crédito y Secularización (B.A.C.S.). Al respecto, se expresó que el Banco Hipotecario S.A, que desde su creación no había otorgado ningún préstamo, se había limitado a la compra de títulos.
El ardid:
Los denunciantes definen el ardid de la siguiente manera: el Banco Hipotecario S.A. constituye las hipotecas, con las mismas, forma un “fondo” que lo compra el BACS, pero corno la First Trust of New York National es el agente fiduciario, se ocupa de ejecutar los préstamos otorgados por el Hipotecario, desprendiéndose que la operatoria no se realizaría si no fuese por existir un importante beneficio económico, máxime cuando tal beneficio del 100% se consigue aportando sólo el 25% corno es el caso, porcentaje que se reduce notablemente a través de retorno al grupo sospechado a través de las sociedades vinculadas.
También resulta cuestionado por los denunciantes la designación del Dr. Miguel Kiguel ya que a criterio de los suscriptos tal designación, estaría viciada de nulidad al tratar sobre las prohibiciones e incompatibilidades para ser director dispone que “No pueden ser directores los funcionarios de la administración pública cuyo desempeño se relacione con el objeto de la sociedad, hasta dos años del cese de sus funciones” y hasta ese momento sólo habían transcurrido 125 días.
Asimismo, se transcribió una nota periodística publicada por el Diario La Nación, de fecha 3 de septiembre de 2000, en la que el mencionado Kiguel refería que el Banco Hipotecario había entrado en una nueva etapa de gestión queriendo salir de la función tradicional, por la que fuera concedido su creación de prestamista de fondos para la construcción y compras de viviendas, constituyéndose, a partir de su privatización, corno un holding de compañías dedicadas a cubrir todos los servicios vinculados con las hipotecas.
Con ello, se confirmaría, que el Banco Hipotecario S.A. no estaría cumpliendo con la ley 24855 de Privatización, más precisamente con su artículo 17.
BACS (Banco de Crédito & Securitization S.A.)

Informaron los diputados que dicha sociedad surge del edicto publicado en el Boletín Oficial del 25 de agosto de 2000 en la que se informa que por escritura 1895 del 22 de agosto de 2000, por ante el escribano Francisco J. Puiggari la sociedad Banco Corporación Financiera Hipotecaria S.A. cambió su denominación por Banco de Crédito & Securitization S.A.
Refieren que el Banco Corporación Financiera Hipotecaria S.A. era una sociedad constituida con fecha 4 de mayo de 2000 con un capital de $50.000.000 integrado en un 90% por el Banco Hipotecario S.A., con un aporte de $ 45.000.000 Y por un 10% por la sociedad IRSA (Inversiones y Representaciones S.A.), con un aporte de $ 5.000.000.
Asimismo, expresan, el directorio del grupo comprador se relacionaba estrechamente con el directorio compuesto por el Banco Hipotecario S.A. que pergeño la maniobra de venta de la institución, es decir todos funcionarios públicos en el momento de la venta.
En la presente denuncia, se transcribió, conforme lo informado por el Banco Central del país que, hasta ese momento, las participaciones en la referida sociedad habían variado conformándose las mismas de la siguiente manera: Banco Hipotecario S.A.: 72%, Intemational Finance Corporation: 20% y el Grupo IRSA: 8%.
De esa manera el Banco Hipotecario S.A. habría aumentado su aporte de capital del 40% al 72%, mientras que IRSA lo disminuyó del 10% a18%.
Lo que más llama la atención para los diputados nacionales es el interés del Estado a través del Banco Hipotecario S.A. en destinar fondos a una entidad que conforme la información de sus balances no había otorgado ningún préstamo, sino que se había limitado a la compra de títulos, lo que generaba una alta sospecha para los suscriptos el interés estatal en aumentar sus aportes en dicha institución
Se expresa en la denuncia, que las irregularidades de las actividades referidas anteriormente, fueron sólo posibles a través de reiteradas violaciones de leyes y normas de orden público, las que sólo pudieron ser burladas con la participación activa y/o pasiva de organismos y/o funcionarios públicos, a través de cuidadosos y meditados procedimientos que constituyeron los ardides necesarios para lograr el objetivo buscado, como la violación de la ley de sociedades, la violación de las regulaciones prudenciales del Banco Central de la República Argentina, el vaciamiento generado, en virtud del desvío de importantes sumas de dinero y sobre todo los negocios del Banco a sociedades donde participaban sus directores como accionistas creando un conflicto de intereses, los movimientos especulativos con el valor de la acciones, anomalías en los guarismos contables, como así también la constitución de un grupo económico que bajo distintas formas asociativas, tenía por objeto derivar negocios propios del Banco Hipotecario hacia sociedades donde ellos mismos eran socios y/o directores y/o apoderados.
Esa situación permitía derivar hacia otros bancos líneas de financiación blandas, que permitían que estos otorgasen préstamos a empresas propias y/o terceros, incluso para la compra de acciones del mismo banco o financiación de compras especulativas a su favor.
Presentaciones realizadas por la Asociación en Defensa de la Vivienda Familiar de la República Argentina A. De. Vi. F. R. A.
Se realizó una presentación por parte de Ricardo Héctor Feldheim representando a la Asociación en Defensa de la Vivienda Familiar de la República Argentina (A.De.Vi.F.R.A.), conjuntamente con el letrado patrocinante, Dr. Rafael Resnik Brenner.
Solicitó que se lo tenga por parte querellante por ser particular damnificado, en los términos del arto 82 y 83 del C.P.P.N., y que a su representada, se la considere con el carácter de “Amicus Curiae”. Al respecto, se realizó un amplio desarrollo sobre el concepto de la figura referida, citando jurisprudencia, a los efectos de que se observe en qué casos resulta aplicable tal instituto, siendo el que nos acapara en autos, según criterio de los peticionantes, uno de ellos.

Asimismo se indicó que el delito de usura a los deudores con motivo del recálculo de las deudas hipotecarias tienen directa relación con los daños ocasionados a los deudores, considerándose que el delito en cuestión es de carácter continuado.
Por otro lado, se expresó que se había tomado conocimiento la intención del Banco Hipotecario S.A. de vender la cartera de créditos a un fondo carente de legitimidad, es por ello que hallándose en permanente curso la ejecución de los pagos indebidos reclamados por el Banco Hipotecario S.A., se solicitó la adopción de medida cautelar -medida de no innovar- sobre la comercialización y/o transferencia de la cartera hipotecaria del Banco Hipotecario S.A., conformada con los créditos originados oportunamente por el Banco Hipotecario Nacional, expresando que la medida solicitada posee sustento en el arto 518 del C.P.P.N.. La solicitud de dicha medida de no innovar fue reiterada en la presentación de fs. 1265.
Por último, se informó que en distintos expedientes, las entidades relacionadas al Banco Hipotecario S.A, realizan maniobras comprensivas del delito de fraude procesal, en perjuicio de los deudores, consiguiendo con su ardid ser tratadas como entidades financieras, cuando no lo son, todo ello con el fin de burlar su ingreso al sistema de refinanciación hipotecaria dispuesto por la ley 25.798, por lo que se solicita que se oficie al Banco Central de la República Argentina, a los efectos de que se informe si las entidades allí mencionadas resultan ser entidades financieras y si se encuentran sujetas al régimen de la ley 21526.
Dictamen formulado por el Titular de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, Dr. Manuel Garrido, proponiendo medidas de prueba
Se le dio intervención a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas para que tome conocimiento y dictamine sobre los hechos denunciados en autos.
Al respecto, obra el dictamen efectuado por el Dr. Manuel Garrido quien expuso un desarrollo sucinto del desarrollo de las actuaciones, y especificó por acápite la posible configuración de delitos que se desprende de la denuncia aquí realizada.
Al respecto consideró que el Sr. Fiscal Federal, Dr. Gerardo Di Massi, al momento
de solicitar el archivo de las actuaciones, solamente lo hizo en relación al delito de usura, omitiendo emitir opinión respecto de las restantes conductas, por lo que solicitó que se debía correr nueva vista a los fines que se pronuncie respecto a los hechos identificados como: a) Inconstitucionalidad del Decreto Reglamentario 924/97; b) La venta de acciones en 1998; c) Fraude al Fondo Fiduciario; d) Secuelas de la venta; f) Los ilícitos cometidos por las sociedades paralelas constituidas con Directores del Banco; g) El Banco de Crédito y Secularización S.A.; h) Situación de Copamiento; y i) Otros hechos, relacionados con la existencia de movimientos especulativos con el valor de las acciones en relación con las operaciones de compra que se habrían producido durante el mes de junio del año 2000 y por otro lado con las presuntas anomalías en los guarismos contables, en donde específicamente sugieren medidas a los efectos de comprobar dicho accionar.
Sin perjuicio de ello, el titular de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, habida cuenta que el estudio pericial obrante había quedado desactualizado, sostuvo que no resultaba ser suficientemente preciso, y que se había profundizado algunos aspectos que se consideran pertinentes, por lo que se solicitó la realización de un nuevo estudio pericial tendiente a determinar los extremos denunciados.
Cuestiones a resolver
Como primera cuestión evaluaré la solicitud efectuada por Ricardo Héctor Feldheim en representación de la Asociación en Defensa de la Vivienda Familiar de la República Argentina en cuanto a que se lo tenga como parte querellante y a su representada como “Amicus curiae”.

En lo atinente a la solicitud de presentarse como parte querellante cabe expresar que el artículo 82 del C.P.P.N., establece que tendrá derecho a accionar como querellante toda persona con capacidad civil particularmente ofendida por un delito de acción pública. Tal condición es propia de la persona que, de modo especial, singular, individual y directo se presenta afectada por el daño o peligro que el delito comporte y comprende a los mencionados en el primer término del artículo 1079 del C.C.
El término “particular ofendido” alude a la denominada legitimación para obrar, o legitimación procesal, expresiones que hacen referencia a quienes actúan en el proceso. Dicha condición es propia de la persona que se presenta afectada por el daño o peligro que el delito comporte.
La ofensa debe ser contemporánea al delito, lo que equivale a decir que solamente puede querellar quien al momento de su comisión hubiera tenido interés en ejercitar la pretensión punitiva.
Asimismo, para poder ostentar tal carácter en el proceso penal se admiten dos hipótesis, ser particular ofendido por el delito -esto es, ser la persona legitimada por ley-, lo cual habilita que en caso de no gozar de capacidad pueda actuar por él su representante.
La segunda hipótesis es que el ofendido hubiere muerto como consecuencia del delito, alternativa en la que podrán ser querellantes los detallados el párrafo tercero.
La participación en el proceso de la víctima del delito, cuyo derecho de defensa y al debido proceso fue expresamente reconocido por la Corte Suprema a partir de CS-Fallos, 268:266, -oportunidad en la que el tribunal decidió conocer en un recurso deducido por el afectado contra una sentencia-, se refuerza hoy por una más definida protección constitucional de sus derechos, mediante la inclusión del artículo 75, inciso 22 C.N. y los tratados internacionales que incorpora
Por lo tanto, en los términos establecidos por el artículo, el derecho de querellarse (legitimidad) nace de la lesión a un bien jurídicamente protegido y sólo correspondería a su titular, no a quien haya sufrido perjuicio, sin ser titular del derecho.
De esta forma, respecto de bienes jurídicos de titularidad difusa, por el concepto de particular ofendido por el delito no puede considerarse incluida -como se pretende-, a cualquier persona que viva en la Ciudad de Buenos Aires, ya que previamente debería considerarse la modificación del texto legal.
En tal sentido, Navarro y Daray señalan que La igualdad ante la ley, el cuidado del medio ambiente, etcétera, son bienes que afectan a la sociedad en general, por lo que la rigidez del precepto no tolera, salvo por interpretación forzada, que cualquier miembro de la comunidad, o las asociaciones que los agrupen, puedan ostentar en tales hipótesis la calidad de querellantes, sin perjuicio de que las particularidades del hecho puedan indicar afectado en el caso en concreto a un individuo o grupo de individuos determinado, posibilitando de tal modo su legitimación.
Ahora bien, teniendo en consideración la pretensión deducida por Ricardo Héctor Feldheim en representación de la Asociación en Defensa de la Vivienda Familiar de la República Argentina, entiendo que se encuentran reunidos los requisitos antes expuestos, para que se lo constituya como parte querellante en los presentes actuados, ya que se produce en autos una afectación directa, por el daño que el delito podría acarrear, resultando ello, condición indispensable para otorgar dicha legitimación.
De esta forma, el perjuicio que se exige debe ser directo, es decir, debe afectar en forma inmediata un interés o derecho de quien pretende detentar la calidad de damnificado, en este caso la considerable variación del monto de las cuotas adeudadas por dicha parte al Banco Hipotecario S.A., variación producida, posteriormente a la privatización de la entidad bancaria, produciéndose así una posible usura.

Por otro lado, en lo que respecta a la figura de “amicus curae” también invocada por la Asociación, considero que su aplicación conjunta con la figura del querellante resulta contradictoria, por lo que no se hará lugar a tal planteo.
Sin perjuicio de ello, estimo que se ha establecido en varios fallos jurisprudenciales que las presentaciones debían ser realizadas por organizaciones no gubernamentales que persiguen un interés válido y genuino en el tema, y acreditaran una especialización en él. También se afirmó la necesidad de que la materia resultara un caso de amplio interés público.
En otro orden de cosas, a los efectos de realizar medidas tendientes a esclarecer los hechos bajo estudio, y determinar si el Banco Hipotecario S.A. ha llevado en legal forma sus libros contables, la evolución de su paquete accionario, identificar quienes resultaron ser sus titulares a través el tiempo, cual ha sido la participación del Estado Nacional a nivel de titularidad de acciones y la cantidad de votos que se le otorga por ello, cuales han sido los resultados obtenidos por el banco a través del tiempo, como ha evolucionado su capacidad para hacer frente a los pasivos, con los activos que declara, cual ha sido la injerencia que ha tenido el Estado Nacional en las decisiones adoptadas por el banco, sobre quien ha dirigido y administrado a la fecha, todo ello a los efectos de atribuir o no responsabilidades penales en los hechos, es que se hará lugar a las medidas de prueba solicitadas por la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, a cuyo efecto, se deberá proceder a realizar un amplio estudio pericial tendiente a determinar:
1. Si los libros se encuentran llevados en legal forma, en cuyo caso, se deberá realizarse un detalle de:
a. los libros Inventario y Balances, donde se encuentran volcados Estados
Contables correspondientes a los ejercicios 1997 a 2006, indicando por cada uno de ellos lo siguiente:
* Número y Fecha de Rubros
* Cantidad de Folios Útiles
* Organismo y/o profesional que procedió a la rúbrica del libro
* Folio y fecha de la primera registración asentada
* Folio y fecha de la última registración asentada -
* Si existen registraciones antedatadas, respecto de la fecha de rúbrica
* Si se encuentran llevados de acuerdo a las prescripciones del Código de Comercio y la ley de sociedades, especificando, e individualizando, en su caso, que aspectos no cumplen con esos requisitos
* Si se encuentran volcados en tiempo y forma, los inventarios, de cada ejercicio, indicando, en su caso, cuales no.
b. Los libros diarios con registraciones, entre él, 01/07/1997, y el 28/02/07, indicando por cada uno de ellos lo siguiente:
* número y fecha de rúbrica.
* cantidad de folios útiles.
* organismo y/o profesional que procedió a la rúbrica del libro.
* Folio y fecha de la primera registración asentada.
* Folio y fecha de la última registración asentada.
* Si existen registraciones antedatadas, respecto de la fecha de rúbrica.
* Si se encuentran llevados de acuerdo a las prescripciones del Código de Comercio y la ley de sociedades, especificando, e individualizando, en su caso, que aspectos no cumplen con esos requisitos
* para el caso de existir autorizaciones de la inspección general de justicia que permitan llevar éste libro en otro tipo de soporte, deberá detallarse, pormenorizada mente la fecha de esas autorizaciones, e indicar si la nueva metodología de registración se ajusta a ella.
Detalle de la composición accionaria del Banco Hipotecario S.A. (al momento de celebración de cada asamblea) desde la fecha en que comenzó a funcionar como sociedad anónima hasta el presente, relevando al efecto la información volcada en los libros de accionistas y registro de asistencias a asambleas. Por cada accionista, deberá indicarse la razón social y/o apellido y nombre, tipo y cantidad de acciones que poseía, importe del capital social que le corresponde, y la cantidad de votos totales, que se le asignan en función del tipo y cantidad de acciones que posee.
Por cada una de las asambleas generadas, desde que el banco comenzó a funcionar como sociedad anónima, y hasta la fecha, deberá especificarse, qué cantidad de acciones, posee el Estado Nacional, u otros entes, en los que participe el mismo (fideicomiso del Banco Nación Argentina o Fideicomisos en representados por funcionarios de esta institución, Banco Nación Argentina, Ministerio de Economía, etc) y qué porcentaje representan las misma respecto del total del capital social. En el mismo se sentido, deberá indicarse por cada Asamblea celebrada la cantidad de votos, que posee el Estado Nacional u otros entes que participe el mismo (fideicomiso del Banco Nación Argentina o Fideicomisos en representados por funcionarios de esta institución, Banco Nación Argentina, Ministerio de Economía, etc) y que porcentaje representa los mismos respecto del total de votos emitidos y/o autorizados a votar en cada asamblea.
Se deberá establecer cuál era la situación económica, financiera, y patrimonial del Banco Hipotecario S.A. al cierre de cada ejercicio, a partir de la fecha en que comenzó a funcionar como sociedad anónima y hasta la fecha.
A tal fin, por cada cierre de ejercicio deberán determinarse, a través de un análisis vertical, al menos, los siguientes índices detallando los resultados obtenidos, en cada caso, y qué representan los mismos:
* liquidez corriente
* Liquidez seca o “prueba ácida”
* Solvencia
* Rentabilidad sobre el patrimonio neto
* Rentabilidad sobre el activo
Por otra parte, deberá efectuarse una comparación horizontal de los índices determinados, con el fin de establecer su evolución.
Se deberá establecer, al cierre de cada ejercicio comercial del Banco Hipotecario S.A., cuál fue el resultado final del ejercicio, y a cuánto ascendió la pérdida acumulada en cada uno de ellos.
Se deberá establecer cuál fue la evolución de los pasivos del Banco Hipotecario S.A. al cierre de cada ejercicio y, además, comparando a esas fechas el total de los mismos con el total del activo al cierre.
Se deberá determinar, desde el momento en que el Banco Hipotecario S.A. comenzó a funcionar como Sociedad Anónima y hasta la fecha, la composición del Directorio de la sociedad y del Comité Ejecutivo especificando en cada caso apellido y nombre, período en que ocupó el cargo y a qué parte representa cada uno de los integrantes.
En otro orden de cosas, se librará oficio al Banco Central de la República
Argentina a los efectos de que se informe si las entidades JP Morgan, First Trusty of New York National Association, BACS Banco de Crédito y Secularization, FF Hipotecario BACS I, FF Hipotecario BHN I, FF Hipotecario BHN II, FF Hipotecario BHN III, FF Hipotecario BHN VI, BHN Sociedad de Inversión S.A., BHN Inmobiliaria S.A., BHN Seguros Generales S.A., BHN
Seguros de Crédito Hipotecario S.A., BHN Vida S.A., BHN VR Particulares S.A. y BHN VR Somif S.A., son entidades financieras, si se encuentran sujetas al régimen de la ley 21.526, y sus modificatorias. Asimismo, se deberá especificar quienes han sido los representantes de cada una de ellas desde la privatización del Banco Hipotecario a la fecha, y si aquellos han sido o han tenido participación en el directorio de la entidad financiera.
Asimismo, se deberá informar, por intermedio de donde corresponda, todos los movimientos efectuados en las cuentas de esas firmas, debiendo especificar si desde la fecha de la privatización del Banco Hipotecario, al presente ha habido o actualmente hay directores que se desempeñaron en aquellas, y en la entidad bancaria.
Por último se requerirá a dicha entidad la totalidad de antecedentes que se posean relativos a la Propuesta de Reestructuración de Pasivos Externos presentada por el Banco Hipotecario S.A. informando las resoluciones y medidas adoptadas en ese sentido, como así también deberá expedirse respecto a como afecta esta circunstancia en la situación patrimonial, financiera y económica de la entidad bancaria en la actualidad.
Ante todo lo expuesto es que; Se resuelve: constituir como parte querellante a Ricardo Héctor Feldheim en representación de la Asociación en Defensa de la Vivienda Familiar de la República Argentina debiendo el nombrado, a partir de la fecha quedar sometido a las resultas de la causa
NO HACER LUGAR a la solicitud de la Asociación en Defensa de la Vivienda Familiar de la República Argentina de que se la tenga como “amicus curae”.
REALIZAR un amplio estudio pericial, por intermedio de Peritos Contadores de la C.S.J.N. tendiente a determinar: 1. Si los libros se encuentran llevados en legal forma, en cuyo caso, se deberá realizarse un detalle de: a. los libros Inventario y Balances, donde se encuentran volcados Estados Contables correspondientes a los ejercicios 1997 a 2006, indicando por cada uno de ellos lo siguiente: número y fecha de Rubros, cantidad de Folios Útiles, organismo y/o profesional que procedió a la rúbrica del libro, folio y fecha de la primera registración asentada, folio y fecha de la última registración asentada, si existen registraciones antedatadas, respecto de la fecha de rúbrica, si se encuentran llevados de acuerdo a las prescripciones del Código de Comercio y la ley de sociedades, especificando, e individualizando, en su caso, que aspectos no cumplen con esos requisitos, si se encuentran volcados en tiempo y forma, los inventarios, de cada ejercicio, indicando, en su caso, cuales no. b. Los libros diarios con registraciones, entre él, 01/07/1997, y el 28/02/07, indicando por cada uno de ellos lo siguiente: número y fecha de rúbrica, cantidad de folios útiles, organismo y/o profesional que procedió a la rúbrica del libro, folio y fecha de la primera registración asentada, folio y fecha de la última registración asentada, si existen registraciones antedatadas, respecto de la fecha de rúbrica, si se encuentran llevados de acuerdo a las prescripciones del Código de Comercio y la ley de sociedades, especificando, e individualizando, en su caso, que aspectos no cumplen con esos requisitos, para el caso de existir autorizaciones de la inspección general de justicia que permitan llevar éste libro en otro tipo de soporte, deberá detallarse, pormenorizada mente la fecha de esas autorizaciones, e indicar si la nueva metodología de registración se ajusta a ella. 2. Detalle de la composición accionaria del Banco Hipotecario S.A. (al momento de celebración de cada asamblea) desde la fecha en que comenzó a funcionar como -sociedad anónima -hasta-el presente, relevando al efecto la información volcada en los libros de accionistas y registro de asistencias a asambleas. Por cada accionista, deberá indicarse la razón social y/o apellido y nombre, tipo y cantidad de acciones que poseía, importe del capital social que le corresponde, y la cantidad de votos totales, que se le asignan en función del tipo y cantidad de acciones que posee. 3. Por cada una de las asambleas generadas, desde que el banco comenzó a funcionar como sociedad anónima, y hasta la fecha, deberá especificarse, qué cantidad de acciones, posee el Estado Nacional, u otros entes, en los que participe el mismo (fideicomiso del Banco Nación Argentina o Fideicomisos en representados por funcionarios de esta institución, Banco Nación Argentina, Ministerio de Economía, etc) y qué
porcentaje representan las misma respecto del total del capital social. En el mismo se sentido, deberá indicarse por cada Asamblea celebrada la cantidad de votos, que posee el Estado Nacional u otros entes que participe el mismo (fideicomiso del Banco Nación Argentina o Fideicomisos en representados por funcionarios de esta institución, Banco Nación Argentina, Ministerio de Economía, etc) y que porcentaje representa los mismos respecto del total de votos emitidos y/o autorizados a votar en cada asamblea. 4. Se deberá establecer cuál era la situación económica, financiera, y patrimonial del Banco Hipotecario S.A. al cierre de cada ejercicio, a partir de la fecha en que comenzó a funcionar como sociedad anónima y hasta la fecha. A tal fin, por cada cierre de ejercicio deberán determinarse, a través de un análisis vertical, al menos, los siguientes índices detallando los resultados obtenidos, en cada caso, y qué representan los mismos: liquidez corriente, liquidez seca o “prueba ácida, solvencia, rentabilidad sobre el patrimonio neto, rentabilidad sobre el activo. Por otra parte, deberá efectuarse una comparación horizontal de los índices determinados, con el fin de establecer su evolución. 5. Se deberá establecer, al cierre de cada ejercicio comercial del Banco Hipotecario S.A., cuál fue el resultado final del ejercicio, y a cuánto ascendió la pérdida acumulada en cada uno de ellos. 6. Se deberá establecer cuál fue la evolución de los pasivos del Banco Hipotecario S.A. al cierre de cada ejercicio y, además, comparando a esas fechas el total de los mismos con el total del activo al cierre. 7. Se deberá determinar, desde el momento en que el Banco Hipotecario S.A. comenzó a funcionar como Sociedad Anónima y hasta la fecha, la composición del Directorio de la sociedad y del Comité Ejecutivo especificando en cada caso apellido y nombre, período en que ocupó el cargo y a qué parte representa cada uno de los integrantes.
LIBRAR oficio al Banco Central de la República Argentina a los efectos de que se informe si las entidades JP Morgan, First Trusty of New York National Association, BACS Banco de Crédito y Secularization, FF Hipotecario BACS I, FF Hipotecario BHN I, FF Hipotecario BHN II, FF Hipotecario BHN III, FF Hipotecario BHN VI, BHN Sociedad de Inversión S.A., BHN Inmobiliaria S.A., BHN Seguros Generales S.A., BHN Seguros de Crédito Hipotecario S.A., BHN Vida S.A., BHN VR Particulares S.A. y BHN VR Somif S.A., son entidades financieras, si se encuentran sujetas al régimen de la ley 21.526, y sus modificatorias. Asimismo, se deberá especificar quienes han sido los representantes de cada una de ellas desde la privatización del Banco Hipotecario a la fecha, y si aquellos han sido o han tenido participación en el directorio de la entidad financiera. Asimismo, se deberá informar, por intermedio de donde corresponda, todos los movimientos efectuados en las cuentas de esas firmas, debiendo especificar si desde la fecha de la privatización del Banco Hipotecario, al presente ha habido o actualmente hay directores que se desempeñaron en aquellas, y en la entidad bancaria. Por último se requerirá a dicha entidad la totalidad de antecedentes que se posean relativos a la Propuesta de Reestructuración de Pasivos Externos presentada por el Banco Hipotecario S.A. informando las resoluciones y medidas adoptadas en ese sentido, como así también deberá expedirse respecto a como afecta esta circunstancia en la situación patrimonial financiera y económica de la entidad bancaria en la actualidad.
Epílogo
LA NECESIDAD DE UN GRAN MOVIMIENTO ANTIMAFIA
Tres preguntas se plantea Antonio Ingroia en su trabajo "Las nuevas estrategias de la mafia y las perspectivas de la antimafia en los años 2000":
"¿Qué es la mafia hoy, cuáles son sus estrategias y sus objetivos? ¿Cuál es la consistencia del poder mafioso en los años 2000? ¿Cuál es el balance y las perspectivas de la antimafia en la Italia de hoy?".
Se trata de tres preguntas fundamentales. La tercera podría reemplazar a Italia por la Argentina si prescindimos de detalles folk. Tenemos una realidad y no podemos perderla de vista: estamos ante una contradicción mafia -antimafia, en la que hemos tomado partido en el segundo de los polos.
Ingroia es un militante de la antimafia desde 1988, cuando empezó a colaborar con el juez Giovanni Falcone, para luego ser fiscal de Marsala en los años 90. En ese momento era juez en Marsala Paolo Borsellino, luego juez en Palermo. Borsellino fue asesinado en el verano de 1992, con un ataque de auto-bomba. Pero en el 93 vino la revolución de la Italia de la legalidad, dice Ingroia, y define esa revolución:
"... desmantelamiento de estructuras militares enteras de Cosa Nostra en el territorio, a la identificación, embargo y confiscación de patrimonios enormes de los mafiosos, que después se han dejado para ser administrados por cooperativas de jóvenes; seguido del aumento del fenómeno de la disociación de las filas de las organizaciones mafiosas, hasta el punto de llegar a ser un fenómeno de masa, a la realización de un régimen penitenciario' distinto' para los mafiosos que hiciera posible cortar cualquier contacto con la organización fuera de la cárcel y así impedir a los jefes de mafia que continuaran dirigiendo desde la cárcel los tráficos ilegales; a la identificación de los autores materiales y de los organizadores de los estragos y de los hechos de sangre más graves ocurridos en estos últimos años, hasta llegar a sacar a la luz las relaciones de la mafia con la sociedad siciliana y nacional en todos los niveles, incluso políticos y de la alta finanza".
Ingroia agrega que hace falta un movimiento antimafia internacional:
"En particular, estoy convencido de que es posible enfrentarse a un poder mafioso cada vez más internacional sólo mediante un movimiento antimafia internacional, un movimiento antimafia que se traduce en iniciativas internacionales para obtener por parte de las instituciones internacionales compromisos concretos precisos y acciones concretas. Por esta razón estoy convencido de que depende de todos nosotros y de todos vosotros el que se haga realidad la profecía de Falcone (la mafia, como fenómeno humano, ha tenido un inicio y tendrá un final), aunque se trate de un contexto internacional así de complejo, cada uno de nosotros puede tener un rol y tiene una responsabilidad. El final de la mafia depende de cada uno de nosotros, ciudadanos del mundo".
El fenómeno Tough Jews
Un libro muy importante publicado hace relativamente poco tiempo, es el del periodista Rich Cohen, cuyo título original es Tough Jews, traducido al italiano como Ebrei di Mafia, y al francés como Yddisch Connection. Rich Cohen es hijo de Herbie Cohen y de ahí sacó la base de su texto.
Se basó en muchos textos, entre ellos las memorias de Lucky Luciano ('El último testamento'). Cohen estudió a los gangsters judíos de Brooklyn, en especial a Jacob Gurrah Shapiro, famoso asesino, Charlie Workman, Mendy Weiss, la banda de los Guerreros, que contaba con inversiones en el mundo del béisbol.

Cohen levanta como héroes la épica de ros gángsters judíos. Harto de la imagen del holocausto y la debilidad que muestra el aprisionamiento y la esclavitud de los campos, Cohen levanta como heroica la figura de 1os gangsters judíos. Pero hay algo más: la mayoría de los judíos guerreros era comunista. Estaban al medio del Komintern y la actividad gangsteril. Eran muy especiales estos últimos: impusieron los pozos de cal viva.
Algo más dice Cohen: los gangsters entendieron cómo razonaban los nazis por eso calcularon lo que vendría en Alemania e Italia. En el año 1935 los nazis metieron casi 30 mil personas en el Madison Square Garden. Bugsy Siegel, uno de los judíos duros la tenías clara: quería matar a Goebbels. Lucky Luciano, por su parte, sacó del puerto de Nueva York a los nazisfascistas, que eran muchos.
Sino hubiera sido por los Tough Jews, los judíos duros, delincuentes gangteriles de Estados Unidos, y por el poder profundo de la Mafia en la sociedad norteamericana, los judíos norteamericanos hubieran ido a parar a un campo de concentración.
A los judíos norteamericanos y a los judíos argentinos también, los fascinaron durante mucho tiempo el tema de las mafias. Pero las formas y los efectos fueron diferentes.
El tough jews era un defensor delictivo del marginado frente al racismo de la sociedad norteamericana. Por el contrario, la Migdal -primera estructura mafiosa judía en la Argentina -era algo demasiado transnacional, demasiado global, que aunque tenía capitalidad en Buenos Aires, en lugar de defender al judío lo exponía a la vergüenza pública.
Rich Cohen destaca su admiración por el "gang de los guerreros", como se denominó a los toughs jews, frente a la imagen debilista y vencida de los judíos de los campos. Eso le dio fuerza a los paisanos de Estados Unidos.
La Migdal y la mafia Elsztain no sólo no nos defienden sino que nos debilitan frente al antisemitismo.
Ford y su panfleto antisemita no pudieron contra los judíos duros, pero el antisemitismo argentino se ha enriquecido de argumentos por causa de los proxenetas de la Migdal y los especuladores rentístico inmobiliarios de Elsztain, Mindlin y compañía.
Las grandes derechas racistas norteamericanas estuvieron contra las mafias. Y al combatirlas, la función de las mafias fue democrática, posibilitó resistir a Ford, que de no haber sido por las resistencias mafiosas, en especial de la mafia judía, hubiera llegado a führer en Estados Unidos. No nos equivoquemos: el principal de los libros de cabecera de Hitler era el panfleto de Henry Ford, llamado 'El Judío Internacional'.
La sociedad capitalista es caínica de diversa manera. Los judíos tough eran davídicos. Después de todo eran el cumplimiento de la una gran profecía liberadora. Por el contrario, la Migdal y Elsztain operan al estilo de Goliath.
EL FENÓMENO HOFJUDEN
La expresión quiere decir simplemente "judío de la corte". Entre los años 1650 y 1750, los monarcas absolutos incorporaban a la Corte a comerciantes de Bohemia y de Europa Oriental: eran banqueros y financistas del monarca. Los Hofjuden establecían una relación interdependiente con los monarcas, pero siempre en un marco precario. El poder absoluto podía objetivamente más que el recurso monetario. En este marco, Leopold I expulsó a la comunidad judía vienesa, pero nombró judío de corte a Samuel Oppenheimer, que vivió entre 1630 y 1703. Oppenheimer fue proveedor del Imperio.
Entre 1740 y 1786, Federico II de Prusia utilizó sus judíos de Corte para que le dieran recursos para de ese modo poder financiar la Guerra de los Siete Años (1756 -1763). Süs Oppenheimer fue judío
de Corte entre 1698 y 1738, pero al morir su soberano, y al no contar con ninguna seguridad jurídica en su situación, perdió todo el status conseguido en prestimonio. Un autor muy importante sostiene que no había un lazo de continuidad entre los Hofjuden y los potentados judíos tipo Rothschild en el siglo XIX. [GRAETZ, Michael: Court Jews in Economics and Politics, in Vivian Mann & Richard L. Cohen: From Court Jews to the Rosthschild, Art, Patronage, and Power 1600-1800, 1996, pags. 27-43].
El judío de Corte era un líder en la colectividad que se constituía alrededor del propio Hofjude, que a su vez se transformaba en garante de dicha comunidad y líder en todos los grandes aspectos: comunitario, civil y religioso. Los Hofjude establecieron un puente entre la Corte y el colectivo judío, lo que arrastró hacia estas últimas costumbres y visiones del mundo que venían de la aristocracia y del mundo palaciego. El Hofjude era un fenómeno palaciego. El Hofjude tuvo un papel aperturista y desde ahí se dieron formas de secularización y aculturación. Como forma institucional era un puente de negociación, pero no protegía del antisemitismo.
Hoy se reedita esta forma, mediante la peligrosa actividad de miembros de la mafia como judíos de la corte del poder. Hay hechos evidentes: Elsztain y Mindlin latifundistas cerealexportadores de confianza en el poder kirchnerista, Apelbaum, del mismo gang, manejando los resortes de la 'política de vivienda del macrismo. Son hofjuden y extienden los tentáculos de un aparato capaz de cualquier cosa, como ya se manifestó con el ladrillo de Felisa Miceli.
La mafia maneja todo
El tough jews tuvo una función verdaderamente democrática aunque en un contexto criminal. Posibilitó resistir a Ford y a su discurso, que si no hubiera sido por esa resistencia hubiera llegado quizá a führer de Estados Unidos... y si no hubiera sido por Mayer Lansky, Nevada y su desierto ¿qué hubieran sido?
¿Acaso no hubieran sido algo así como Treblinka o Auschwitz? ¿No era Ford el ideólogo preferido por Hitler?
Volvamos a la Argentina: la mafia maneja al país por sobre el oficialismo y la oposición, por sobre la izquierda y la derecha, por sobre el campo y la industria, por sobre lo transnacional y lo nacional, por sobre los bancos y las universidades, por sobre los credos y las ideologías, por sobre la civilización y la barbarie, por sobre todo.
Esa mafia tiene una cabeza operativa con nexos hacia diversas actividades. Esa cabeza operativa es Elsztain, su lugarteniente Mindlin y el estudio Zang, Bergel y Viñes. Desde ahí se desprende todo.
Lo estamos viviendo día a día. Las transnacionales y el gobierno manejan porciones del país, pero el manejo de conjunto, el manejo estratégico, lo tiene la mafia manejada por Elsztain -Mindlin.
Este libro no es simplemente un retrato de un grupo mafioso etnosocial. ¡Qué poco lograríamos con eso! Es mucho más. Es un trabajo profundo sobre la mafia disolutoria y un tipo especial de Estado.
Ya hemos señalado que hay una mafia que afirma, refuta y fundamenta el derecho a la existencia social de un grupo etnosocial. Pero las mafias judías que operaron en la Argentina han sido esencialmente disolutorias, una especie de sustancia líquida, un gas sociodegradable. Así operó la Migdal, así operó el gang Beraja, así está operando el gang Elsztain Mindlin de manera ampliada.
Admitamos que tendencia a la disolvencia es algo que pesa en dirección a la destitución, la licuefacción de las estructuras.
Hay que reconocer que la violencia a la defensiva frente al fascismo y al populismo moral racista, era mucho menos peligrosa que el despojo light de todo orden que implicaron la Migdal y Beraja, y hoy Elsztain Mindlin.

Los fascistas y todas las bandas de ultra derecha, nos acusaron de querer adueñamos de la tierra en la Argentina. Eso fue la leyenda del Plan Andinia, urdida por el antisemitismo militante. Se decía que nuestros paisanos de Europa Oriental se apoderarían de la tierra en el sur del país. Pero aquello, con ser falso, era benéfico. En todo caso hubieran llegado colonos no muy diferentes a los a los que vinieron a Entre Ríos, transformándose en los gauchos judíos.
La estructura de poder hegemónico que manejan desde las sombras Elsztain y Mindlin consiste en un proyecto latifundario, capital concentrado, egoísta aunque se lo disfrace de cierto pietismo religioso que nada tiene que ver con la zedaká, y sí con la caridad de muchos religiosos de otros credos que dan lo que sobra y de mala gana, para obtener encubrimiento o falsa tranquilidad de conciencia.
Hoy hace falta que el judaísmo recupere, en un gran movimiento ético, su rol de guía cultural en la defensa de grandes valores democráticos, que combinan un fuerte compromiso por la justicia y la verdad. Por esa razón, tiene que limpiarse de las mafias, y tiene que lanzarse abierta y sostenidamente a la lucha mundial contra la peor de todas las mafias, la que maneja los aspectos más predatorios de la combinación entre capital financiero concentrado y control del espacio territorial urbano y rural.

Apéndice
Periodístico:
1. Proceso por encubrimiento a Beraja
BERAJA, IGLESIAS Y UNA CAUSA POR ENCUBRIMIENTO
"Dos ex abogados y el ex contador del titular de la DAIA durante el menemismo, Rubén Beraja, fueron procesados por el presunto encubrimiento de maniobras vinculadas a la caída del Banco Mayo. El juez federal Norberto Oyarbide les trabó, además, embargos por 1 millón de pesos a cada uno.
Beraja y una decena de personas ya están procesadas por ser los miembros de una posible asociación ilícita que quebró fraudulentamente el Mayo. Ahora fue el turno de los abogados José Antonio Iglesias -padre de uno de los chicos fallecidos en el boliche Cromañón -y Juan Saúl Jinkus, más el contador Marcos Schagas.
De acuerdo a una resolución a la que accedió Clarín, Oyarbide procesó a Iglesias y Jinkus como coautores del delito de encubrimiento agravado por ánimo de lucro, que se castiga con penas de hasta 6 años de prisión; en la misma situación quedaron Ezra Slelatt, Manuel Héctor García y Carlos Adolfo De la Vega, directivos de Newside, una sociedad mediante la cual se habría defraudado a los ahorristas del banco. A Schagas, el juez lo señaló como uno de los partícipes necesarios de esta operación.
Esta causa se inició como un desprendimiento de la investigación principal sobre el Mayo, entidad presidida por Beraja. En 2002, el abogado de los inversores defraudados, Mateo Corvo Dolcet, denunció a varias personas -muchas vinculadas a Beraja -por lavado de dinero. Lo que Oyarbide dio por probado es que Iglesias, Jinkus, Chagas y otros intentaron estructurar una compleja trama jurídica que permitió distraer los fondos del banco.
Para esto se utilizaron mesas de dinero, fideicomisos, un millonario préstamo de una financiera de Bahamas (The Myflower International), sociedades fantasma de Panamá (Altona y Greypark) y vínculos con el contador uruguayo Israel Lublinerman, mencionado -recordó Oyarbide -en el 'famoso informe" de una comisión legislativa que encabezara la diputada Elisa Carrió.
Como abogado, Iglesias representa a parte de los familiares de las víctimas de Cromañón. Asumió la posición más dura en el juicio político contra el destituido jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra.
Newside, la sociedad desde la que se armó la maniobra, fue hasta hace poco la titular de una porción de valiosísimos terrenos en el Dique 1 de Puerto Madero. Los pagó en 1993 a 9 millones de dólares que, para el juez, en definitiva salieron de los depósitos del Mayo. Esos 152 mil metros cuadrados se habrían vendido este año a 400 millones a un fideicomiso entre cuyos dueños se encuentran los accionistas del Banco Macro, de Jorge Brito.
De ese dinero se cobraron los ahorristas del Mayo. Beraja, de todos modos, está a la espera de que ese expediente sea elevado a juicio oral (ver Antecedentes).
En su resolución, Oyarbide relató que Iglesias y Jinkus admitieron "la materialidad táctica de los hechos imputados", Agregó el juez: "No se encontraban autorizados a hacer cualquier cosa con tal de favorecer a su cliente", en especial en momentos "en que la comunidad en general exhibe una opinión muy crítica respecto del mundo judicial y abogadil, ya fin que quedé bien en claro que no todo está permitido".
Los otros procesados como partícipes necesarios del supuesto encubrimiento son Dante Taddei, Fernando Abascal, Juan Carlos Pessolano, Carlos Chirkes y Carlos Grobas, que prestaron sus nombres para la operación".

[ABIAD, Pablo: Quiebra fraudulenta del Banco Mayo. Procesaron a abogados de Beraja por encubrir maniobras financieras. Uno es José Antonio Iglesias, padre de un joven muerto en el boliche Cromañón, Clarín, 14 de diciembre del 2006.].
2. Soros y Elsztain
George Soros realizó importantes negocios argentinos durante la Convertibilidad; algunos de ellos en sociedad con Eduardo Elsztain: la inmobiliaria Irsa y la agropecuaria Cresud; también intentó convencer a Domingo Cavallo acerca de las bondades de un proyecto inmobiliario en los terrenos de los ferrocarriles en Retiro -iniciativa que no prosperó-.
Más recientemente, Soros compró los campos que fueron de J. Gregorio Pérez Companc, en una sociedad con Alejandro Quentin, hijo de Claudia Caraballo de Quentín, una de las dueñas de Bunge y Born. Previamente, Soros y Elsztain tuvieron días de gloria, cuando el húngaro nacionalizado estadounidense se desprendió de gran parte de sus acciones en Irsa y Cresud antes de el precio de las acciones de ambas compañías se depreciara.
Con Elsztain, Soros participó de un último negocio: el ingreso al Banco Hipotecario, que Carlos Menem y Pablo Rojo comenzaron a vender en porciones (¿No habrá resultado un error que Rojo haya saltado del Hipotecario al Dresdner Kleinwort Wasserstein, colocador de deuda del Hipotecario en 1999?).
De acuerdo a la entrevista de Hugo Alconada Mon, enviado especial del diario La Nación, al Forum Económico Mundial, en Davos, Suiza, Soros "dio una conferencia de prensa que se anunció como Perspectivas sobre la Economía Mundial y la Política Exterior de George W. Bush", oportunidad en la que dijo: “Lula da Silva es un hombre que quiere generar un cambio social y traer a los excluidos de vuelta a la economía, pero creo que es realista para saber que debe hacerlo con una política fiscal sólida".
¿Habrá sido el mismo Soros que le dijo al diario Folha de Sao Paulo, en plena campaña electoral brasileña: "Brasil está condenado a elegir como presidente a (José) Serra o a sumergirse en el caos, pues en el capitalismo moderno, global, sólo votan los norteamericanos; los brasileños no votan"? Serra era el rival de Lula. Y el entonces ministro de Hacienda, Pedro Malán, debió salir al cruce de Soros acusándolo de cometer “una intromisión indebida en el proceso político brasileño" .
En la ocasión, el ex ministro de Hacienda brasileño, Marcilio Marques Moreira, se sumó a las afirmaciones de Malán, al afirmar que "Soros ya no tiene tanta importancia y últimamente ha errado mucho en sus predicciones".
Según Mon, el diálogo en Davos fue:
¿Cree que hay alguna solución para la Argentina? No. No hay ninguna solución.
¿Qué medidas o reformas cree que debería instrumentar el gobierno argentino? ¿Qué gobierno? Primero se necesita tener un gobierno. Bueno, la economía muestra indicios de estabilidad y... (Interrumpe) La economía está estable, es cierto, pero queda mucho más que eso por hacer.
Entre las tareas pendientes para Duhalde o para quien le suceda, se encuentra reestructurar el sistema bancario; y eliminar la banca controlada por el Estado. El Hipotecario, por ejemplo, no se privatizó porque Soros y Elsztain no ejercieron la opción que tenían por la mayoría del paquete accionario de la entidad.
Y, aún cuando no ejercieron su opción, mantuvieron la gestión del banco (ellos impusieron como presidente a Miguel Kiguel, un hábil personaje responsable de la impresionante cantidad de deuda pública externa argentina emitida y colocada entre 1995 y 1999, Y por la que Carlos Menem debería dar cuenta antes de seguir con su campaña presidencial).
En este contexto, es desopilante otro fragmento de la entrevista de La Nación a Soros:

¿Pero qué cree que causó el colapso argentino? Los problemas comienzan cuando se pide demasiado dinero prestado. Ahí no hay otra alternativa que aceptar tasas de interés del 40% anual.
Luego apareció otra pregunta: ¿Mantendrá sus inversiones en la Argentina? Me refiero al Banco Hipotecario, en el que creo que aún tiene intereses... Eeeh... (duda). Bueno..., no tengo alternativa. .
Soros nada mencionó sobre la posibilidad de hacer un aporte de capital o alguna otra estrategia para una entidad que pasa por pésimos momentos, según se comenta en la plaza bancaria local, pese a haber sido la entidad más grande del país en términos de patrimonio neto, con 35% del mercado residencial y 23% del total.
A Soros nunca pareció importarle la anómala situación por la que el Estado argentino está en minoría en el directorio, pese a que tiene el 51 % de las acciones, Más recientemente, George Soros amenazó y abandonó la compra del Banco Comeré1al de Uruguay porque no obtuvo una respuesta satisfactoria del gobierno de Jorge Batlle, a quien le propuso una fórmula similar a la que logró en la Argentina con el Hipotecario.
Resulta contradictorio el Soros que hace de negocios exprimiendo al Estado con el Soros que, como presidente del Fondo Soros y diversas entidades filantrópicas, consideró insuficiente/ insatisfactoria una propuesta del presidente George W. Bush de otorgar una asistencia al desarrollo de US$ 5.000 millones.
Toda persona tiene derecho a la contradicción pero... algunos menos que otros...
Soros fue quien propuso, hace poco, que los países ricos otorguen asistencia al desarrollo, una propuesta complicada vía los derechos especiales de giro, que son recursos internacionales creados por el Fondo Monetario Internacional y distribuidos entre los países miembro.
Regresando a la Argentina, el Banco Hipotecario fue creado en 1886, y es la entidad financiera con mayor experiencia.
El Hipotecario lideró el crecimiento del mercado hipotecario residencial durante los '90, prestando cerca de US$ 2.300 millones desde 1994.
Que el Hipotecario entrara en cesación de pagos, fue el resultado de una mala gestión, más allá de la deuda estimada en US$ 1.100 millones: "Debemos en dólares, pero cobramos en pesos que se devaluaron un 66%. Es algo insostenible", dijo un directivo del Banco Hipotecario al diario Clarín al justificar el cese de pagos".
Pero Soros-accionista prefiere cuestionar a Duhalde i sin duda hay decenas de razones para embestir contra el senador nacional suburbano, pero no es Soros la persona más indicada para hacerlo cuando él también es... uno más de la Patria subsidiada.
[MAINHARD, Edgard: Todo bien Soros, pero... ¿Qué está pasando
en el Banco Hipotecario de Argentina?, en El Correo de la Diáspora.
3- EL NEGOCIADO DE LAS ACCIONES DE YPF
Indagatoria a ex directores por la venta de YPF
La causa iniciada por ex trabajadores contra YPF por supuestas irregularidades en la venta de acciones (Propiedad Participada), en la que se sienten claramente estafados, avanza silenciosamente en el juzgado del juez Claudio Bonadío. El magistrado tomó la decisión de "no prescripción" y el llamado a declaración indagatoria de 33 ex directivos de la empresa, entre los que se encuentra el mismísimo Ernesto Viñes. Pese a que éstos ya empezaron a visitar los tribunales, todo transcurre en un estricto hermetismo. La Tecla tuvo acceso exclusivo a gran parte de la causa.

Bonadío concreta el llamado a indagatoria, basándose en el artículo 294 del Código Procesal Penal de La Nación, el cual dispone que "cuando hubiere motivo suficiente para sospechar que una persona ha participado en la comisión de un delito, el juez procederá a interrogarla".
La sola presencia de algunos nombres relevantes involucrados debería llamar la atención. Entre los imputados figura Alessandra Minnicelli, síndico general adjunta de la Nación y esposa del ministro de Planificación, Julio De Vido; el ex presidente de la petrolera española Repsol YPF, Alberto Cortina; y Norberto Noblia, ex asesor jurídico y ex director de Asuntos jurídicos de la empresa, entre otros. El lunes 13 de febrero comenzó el período de indagatorias que durará hasta el 29 de marzo.
La causa
Los ex trabajadores de la petrolera (YPF) reclaman ante la Justicia federal por lo que entienden fue una verdadera estafa cometida a través del Programa de Propiedad Participa da. Cuando fue privatizada la compañía (1993), el 10% del paquete accionario fue pasado, por Ley, a los trabajadores. Sin embargo el gobierno de Carlos Menem vendió luego, en 1997, la totalidad de las acciones a la firma Española Repsol.
La causa, que lleva el número 8568/99 y está caratulada como “YPF S.A. S/Delitos de Acción Pública", es una denuncia penal contra YPF S.A., .sus directivos y todos los funcionarios y sindicalistas que intervinieron para concretar el despojo del 10 % las acciones Clase C del Programa de Propiedad Participada que les pertenecía.
El expediente circuló primero por el juzgado Federal 4 a cargo de Jorge Ballesteros, pero finalmente fue remitida al juzgado 19 de Carlos Bonadío.
El fundamento de esta demanda es que en la ley de Reforma del Estado y el Régimen de Privatizaciones implementados por la ley 23.696, los ex trabajadores de YPF quedaron enmarcados dentro del Programa de Propiedad Participada como "sujetos adquirentes-titulares" del paquete accionario de las empresas a privatizar, conforme lo establece el capitulo III artículo 21 y 22 de la citada norma.
A través de la demanda 8568/99 se pone sobre el tapete que la venta de YPF fue "ilegal", y se encuentra "viciada de nulidad" por las siguientes razones:
Se efectuó mediante una adjudicación directa, sin la correspondiente "oferta pública", violando de esta manera expresas normas constitucionales.
El valor de venta fue fraudulento: se vendió a 11.500 millones de dólares (épocas de uno a uno) y hoy vale más de 25.000 millones de la moneda norteamericana.
Repsol YPF conocía al momento de la compra la existencia -entre otros- del decreto 628/97 donde, en su artículo 4°/ reconoce la existencia de medidas cautelares por parte de ex trabajadores de la petrolera estatal, o sea que compraron “bienes litigiosos".
“Concretamente, en la causa penal está probado que las acciones Clase C eran de propiedad y titularidad de los ex empleados de YPF por ley de reforma del Estado y que les correspondía un porcentaje de la titularidad de esta empresa”, detalló ante La Tecla Alejandro Dibo, abogada patrocinante de los ex trabajadores, y puntualizó que “a estos empleados, el directorio de la empresa, tras los retiros voluntarios y los despidos empresariales, les desbarató sus derechos, los defraudó y, para colmo, contó con la colaboración de las resoluciones conjuntas de los ministerios de Economía y de Trabajo, que no fueron publicadas en el Boletín Oficial”.
“La demanda penal recae, por acción u omisión, en el ex presidente Carlos Menem y los entonces funcionarios menemistas Horacio Liendo, Antonio Erman González, Domingo Cavallo, Roque Fernández, Caro Figueroa, Rodolfo Díaz, miembros del Directorio de YPF, Repsol S.A. y Repsol-YPF, Comisión Nacional de Valores y el ex secretario general del Sindicatos Unidos Petroleros del Estado (SUPE) Antonio Cassia, diputados y senadores nacionales, actuales funcionarios, Bancos, sociedad de Bolsas y entidades internacionales”, detalló Dibo.
Acuerdo entre Estado y Repsol
La ley 23.026 (ley de reforma del Estado) que permite la privatización de todas las empresas estatales, contiene la cláusula de Propiedad Participativa, que establece que el 10% de las acciones de la empresa corresponden a los trabajadores. Los ex empleados comenzaron los reclamos de sus acciones, que durante los despidos habían sido compradas en forma supuestamente “fraudulenta” por Repsol, ya que se trataba de acciones en litigio.
Sin embargo, voceros de Repsol sostienen que la empresa compra YPF S.A en 1999, y las acciones clase C se venden en 1997. “Repsol no cometió ningún ilícito, el directorio actual nunca tuvo en su temario la causa, porque no es un tema que involucre al directorio ni a la compañía”.
Al parecer, la venta de las acciones de YPF estaría viciada. Según denuncian, Menem vendió YPF en Nueva York dos días antes que saliera anunciado en el Boletín Oficial. En ese reclamo se imputa que se habrían vendido hasta las acciones que no eran propiedad del Estado, sino también aquellas que correspondían a los trabajadores de YPF.
Transcurridos seis años, son dos mil los ex trabajadores que denuncian e impulsan la causa. El día 11 de Octubre de 2005, la doctora Dibo menciona en su escrito que “...otra nueva reincidencia de conductas antijurídicas, dolosas y mendaces, que por su tipo configura otra gran estafa de la empresa Repsol YPF S.A. junto al actual Gobierno del Estado Nacional, en cabeza del ministerio de Economía y Producción" , y en la que imputa también a la Empresa MBA Sociedad de Bolsa S.A., todos implicados en la intención de disponer de las acciones clase C que "no pudieron ser vendidas en Julio de 1997, por haberse trabado por medidas cautelares a favor de ex empleados de Y.P.F. y efectivizar así las transferencias de las mismas".
El Fiscal Federal Carlos Stornelli expresa: "De esta manera, atendiendo que la posible calificación se encuentra incluida en el capítulo VII del título XI del libro 2do, la prescripción de la acción se suspende para todos los participantes, mientras cualquiera de ellos haya desempeñado un cargo público, y en este sentido resulta relevante mencionar que se encuentran imputados Domingo Cavallo (ex ministro de Economía y Servicios Públicos), Jorge Armando Caro Figueroa (ex ministro de Trabajo y Seguridad Social), Jorge Alberto Rodríguez (ex jefe de Gabinete de Ministros) y Roque Benjamín Fernández (ex ministro de Economía y Servicios Públicos), por lo que el plazo previsto en el art 62, inc 2do correría a partir del cese de funciones de los nombrados. Por lo expuesto, solicito no se declare prescripta la acción penal".
Por su parte, el juez Bonadío, acompañando esta última resolución del Fiscal Carlos Stornelli, resolvió no dar lugar a la prescripción de la causa penal 8568/99 solicitada por YPF y emite el "Llamamiento a Indagatorias, 26.12.05".
"Resulta bastante claro, más allá de las diferentes interpretaciones que se puedan hacer respecto a los hechos, que existe una acción en la que presuntamente se sustrajo efectos públicos, lo que habría perjudicado tanto a particulares como así también dicha maniobra puso en peligro el bien jurídico protegido por este tipo de acciones relacionadas con la actividad administrativa patrimonial, cuyo normal y regular desarrollo fue alterado en virtud de las conductas denunciadas", sostiene Claudio Bonadío en su fallo.
"Por ello, no cabe descartar, en esta altura del proceso, la figura prevista por el arto 261 del CP, en tanto estas acciones clase" C" fueron sometidas a actos que presumiblemente las separaron, apartaron o quitaron de la esfera de actividad patrimonial de la administración pública".
"En razón de lo expuesto, de acuerdo con la pacífica jurisprudencia en tanto se sostiene que a los efectos de la prescripción de la acción, no existiendo calificación definitiva, debe merituarse aquella que resulte más gravosa (...), de tenerse presente la calificación antes aludida para evaluar el plazo de prescripción de los hechos", continúa el magistrado. .
Y sigue. "Por lo tanto, teniendo en cuenta que en la oportunidad correspondiente el suscripto circunscribió provisoriamente los hechos a investigar en el período 1994/1998, que la pena prevista para el delito del arto 261 del CP es de reclusión o prisión de dos a diez años y lo dispuesto por el arto 67 del CP, es que ha transcurrido el plazo legalmente establecido para considerar que se ha extinguido la acción penal respecto a los hechos denunciados. Pottodbl0 expuesto, resuelvo declarar no extinguida la acción penal en la presenté investigación".
El 26 de diciembre de 2005, el magistrado resuelve:" Atento a lo resuelto en el día de la fecha en el incidente de prescripción formado en la presente causa, y existiendo motivos de sospecha suficiente para proceder a los dispuesto en el arto 294 del CPPN, cítese a los estrados de este tribunal a los fines de recibírsele declaración indagatoria", a los 33 miembros del directorio de YPF.
4- Evasión de divisas (1)
EVASIÓN DE DIVISAS
LA MAFIA ELSZTAIN CONTRIBUYÓ A PROVOCAR LA CRISIS DEL 2001
El lunes 18 de noviembre del 2002 alas 10 de la noche por la señal de cable P+E, en el programa El Destape, conducido por Roberto Navarro, se dio a conocer el listado completo de los empresarios y banqueros que fugaron miles de millones de dólares al exterior durante el 2001, provocando la crisis financiera, que terminó en el corralito, el default y la devaluación.
"En total, son 1500 privilegiados que fugaron 3000 millones de dólares durante el 2001. Para colmo, muchos de ellos giraron el capital sin declararlo al fisco. La AFIP está cruzando la información suministrada por 58 bancos sobre la fuga de divisas que terminó provocando la crisis financiera. Sobre un muestreo de 420 personas que giraron 500 millones de dólares al exterior, 200 no habían declarado la transferencia o habían presentado declaraciones impositivas por importes menores a los girados. Los casos denunciados por irregularidades suman 350 millones de dólares, el 70 por ciento del monto total del muestreo.
Página 12 accedió, en exclusiva, al listado completo que incluye empresarios que hicieron lobby para conseguir la pesificación de sus pasivos, aduciendo que no tenían los dólares para pagar; otros que aún siguen pidiendo un seguro de cambio para sus deudas en el exterior; deudores morosos del fisco y del sistema financiero y banqueros que, mientras fugaban su dinero, porque sabían que se venía la noche seguían tomando plazos fijos a los que finalmente quedaron atrapados. También fugaron su capital funcionarios del gobierno de De la Rua, economistas y periodistas defensores de Cavallo y ricos y famosos.
Los banqueros del poder obtuvieron enormes utilidades en los noventa. Terminada la fiesta, algunos vendieron sus entidades, otros aún están viendo como estabilizan la nave. Pero todos se llevaron sus fortunas personales. Tuvieron como aliado al ex ministro Domingo Cavallo, que los esperó hasta que sacaran sus dólares. Durante el 2001 se fugaron 18 mil millones de dólares. Cavallo recién frenó la salida cuando adentro sólo quedaban los depósitos de los pequeños ahorristas. Otros dueños de la Argentina que no están incluidos. Es así porque muchos bancos se negaron a entregar la información y porque, se sospecha, algunos de los que la dieron omitieron nombres. De todas maneras, con los que figuran alcanza para comprobar que no es cierto lo que dicen el ministro de Economía y los más encumbrados economistas liberales en cuanto a que la devaluación empobreció a todos.
Los que se la llevaron, en muchos casos sin siquiera pagar impuestos, multiplicaron su poder de compra local. Con la divulgación de este listado el Estado ahora puede revisar la pesificación de los créditos de estas personas; el fisco, reclamar deudas impositivas; los bancos, intimar morosos, y la ciudadanía saber quiénes apuestan al país y quiénes ganan su dinero en Argentina, pero tienen el corazón mirando al norte.
Algunos evasores:
Javier Madanes Quintanilla 25 millones de dólares; Familia Acevedo (Acindar) 36 millones de dólares; Familia Fravega, 30 millones de dólares; Familia Paladini, 11 millones de dólares; Jorge Blanco Villegas, 10 millones de dólares; Luis Pérez Companc, 6 millones de dólares; Carlos Spadone, 5 millones de dólares; Eduardo Elsztain, 4 millones de d61ares; Federico Zorroaquin, 4 millones de dólares; Awada Daniel, 3,5 millones de dólares; Péculo Alfredo, 3,5 millones de dólares; Familia Minetti, 3,4 millones de dólares; Amalia Fortabat, 2,7 millones de dólares; Bagó Juan Carlos, 2 millones de dólares; Familia Gancia, 1,7 millones de dólares; Familia Born, 1 millón de dólares; Santiago Solda ti, 800 mil dólares; Carlos Bulgheroni, 500 mil dólares; Familia Angulo, 65 millones de dólares; Marín Ruete Aguirre, 1,6 millón de dólares; Ricardo Handley, 1,7 millón de dólares; Familia Roberts, 2,8 millones de dólares; Luis Otero Monsegur, 2,5 millones de dólares; Familia Escasany, 6,3 millones de dólares".
[Fuente: Roberto Navarro vía Juan Gabriel Labake, Bs As, Arg, 23nov02]
[Equipo Nizkor, noviembre del 2000
4-Evasión de divisas y lavado de dinero (2)
Un "arrepentido" de JP Morgan en Nueva York reveló cómo empresarios argentinos sacan dólares del país. En la lista de sospechosos figuran Bulgheroni, Mindlin, Blaquier, Costantini, Bemberg, Cartellone y Ernestina Noble, Jorge Lanata.
Cuando Diego Slupsky, secretario del Juzgado Federal N° 12, entró a las oficinas del JP Morgan en el piso 22 de Madero 900, una mezcla de pánico y sorpresa dominó la escena. Slupsky dijo que se trataba de un allanamiento por orden judicial, y eso borró de inmediato la sonrisa profesional de todos los empleados.
Hemán Arbizu, el argentino, estaba dispuesto a hablar. Media hora más tarde, en la sala de reuniones, discutían un plan de contingencia que recién dieron a conocer el lunes 16 en un cable de la agencia Reuters: "JP Morgan Securities presentó una demanda contra un ex ejecutivo argentino que administraba más de 200 millones de dólares en activos de clientes ricos con negocios en la Argentina y Chile [.. .]. La demanda señala que Arbizu robó información confidencial y solicitó al tribunal del distrito de Nueva York que impida al acusado difundirla".
Ésta no es la historia de un testigo, sino la de un protagonista; sus detalles revelan una extensa lista de argentinos investigados hoy por lavado de dinero, él los ayudó a hacerlo.
Así definió Arbizu su trabajo ante el juez: “Administración de activos líquidos (inversiones), creación de estructuras de administración de riquezas con fines hereditarios, ayudar a clientes para crear estructuras con las que ocultar la verdadera titularidad de los activos ( esto se debe a que en muchos casos los activos no son declarados en los países donde viven los clientes), y préstamos en la Argentina usando como garantía activos no declarados depositados en el exterior”. Arbizu pasaba tres semanas en la Argentina y una en Nueva York. Trabajaba, claro, en la oficina de Catalinas allanada. Su objetivo para 2008 –bajo fuerte presión- era aumentar su cartera, que ya era de 500 millones de dólares, en 150 millones más.
La declaración del arrepentido ante el juez Torres no puede ser más clara: se titula “Mi error”. En ella Arbizu se declara culpable de haber hecho transferencias no autorizadas y falsificar una firma, lo que terminó perjudicando a un cliente argentino: Natalio Garber, el ex dueño de Musimundo.
Arbizu, quien se considera “un arrepentido del mundo de las finanzas”, relató en su declaración las dos maniobras principales hechas por el JP Morgan:

- Buscan captar nuevos fondos, sobre todo los provenientes de la venta de empresas, y una vez afuera esos fondos evaden obligaciones tributarias.
- Suelen actuar “en complicidad” con las AFJP: cuando una empresa efectúa una oferta pública a través del banco, las administradoras de AFJP compran la emisión primaria o secundaria, aunque no sea un buen negocio. Cerrada la operación, los fondos son sacados del país por el cliente y administrados por el banco en Suiza o Estados Unidos.
Las mayoría de sus clientes superan los 20 millones de dólares en depósitos, y a la hora de armar los “prospects” (potenciales clientes) la discusión sobre el dinero de la corrupción es un tema recurrente: ¿a partir de que generación de dinero comienza a ser genuino? Si el abuelo fue narco, ¿el nieto puede ser cliente? En una de las reuniones de ejecutivos, por ejemplo, fue rechazada “por un problema de carácter” la empresa Electroingeniería, con sede en Córdoba y muy cercana al kirchnerismo. También se negaron a manejar dinero del banquero Esquenazi.
AQUÍ ESTÁN, ESTOS SON. De la lista entregada por Arbizu a la Justicia aquí se reproduce solo una parte, ya que son más de veinte carillas. Muchas de las cuentas tienen nombre de fantasía y son “empresas” radicadas en el exterior, la mayoría sin ninguna actividad comercial: son todas las terminadas en “Inc.”, “Corp.”, “Ltd.”.
Éstas son cuentas de empresas del sector energético controladas por Marcelo Mindlin, dueño de Edesur y socio en la transportadora de energía eléctrica Transener.
Nombre Cuenta (Total en U$S)
*Pampa Holding S.A. 220508816.00 (U$S 3.332.707,98)
*Diruley S.A. (controlada por Pampa Holding) 220508816.00 (U$S 11.642.372,56)
Henán Arbizu tiene una hermana a la que define como "militante religiosa". Durante años su hermana le cuestionó su trabajo. Ahora la recuerda en su descargo ante el juez: "Por haberle faltado a mi mujer y a mi hijo -dice-, a mis padres y a mi familia, a mi hermana tan especial, que de alguna forma me lo venía observando, es que estoy en este juzgado. Para cumplir con lo que deba cumplir, arrepentirme ante los hombres y Dios, y ayudar a que no se produzcan, en lo posible, situaciones como las que he visto y controlado, y de las que he participado". ¿Se hará justicia?
INVESTIGACIÓN: J L /LUCIANA GEUNA/JESICA BOSSI
Ahora se dará cuenta el lector por que la cantidad de cientos de sociedades que tienen y para que las usan.
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SARTRE, Jean-Paul: Reflexiones sobre la cuestión judía, Ediciones Debolsillo- Sudamericana, Buenos Aires, 2004
VIAU, Susana: En el espejo de Menem, Página 12, 30 de diciembre del 2003


EDIT.: gabrielsppautasso@yahoo.com.ar
DIARIO PAMPERO Cordubensis INSTITUTO EREMITA URBANUS.
Córdoba de la Nueva Andalucía, 26 de mayo del Año del Señor de 2009. Fiesta de SAN FELIPE NERI. Sopla el Pampero.
¡VIVA LA PATRIA! ¡LAUS DEO TRINITARIO.gspp.

Un aporte del Sr. ROBERTO MÜLLER.

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